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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESESistema de responsabilidad penal

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Título del test:
Sistema de responsabilidad penal

Descripción:
Tema 14 Criminología

Autor:
AVATAR
Aarón Argudo Palacios
(Otros tests del mismo autor)


Fecha de Creación:
28/12/2018

Categoría:
UNED

Número preguntas: 40
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Temario:
Si una persona realiza una conducta sin saber ni poder saber que la misma era antijurídica, no podemos reprocharle esta conducta, no podremos decir que actúa de forma culpable. verdadero falso.
ERROR IURIS NOCET (el error de derecho perjudica) es relevante. Si es invencible (excluye la responsabilidad criminal); si es vencible (excluye el dolo y podrá dar lugar a una responsabilidad por imprudencia). Error de hecho Error de derecho.
ERROR IURIS NOCET (el error de derecho perjudica) es irrelevante. Su concurrencia no afecta a la responsabilidad penal. Error de hecho Error de derecho.
ERROR IURIS NOCET (el error de derecho perjudica) perjudica a quien lo sufre, pues su concurrencia no se tiene en cuenta a efectos de establecer o graduar la responsabilidad. Error de hecho Error de derecho.
Teoria del dolo no solo se excluirá el dolo, sino también la posibilidad del castigo por imprudencia. No habrá ni culpabilidad ni pena. Si el error es invencible Si el error es vencible.
Teoria del dolo excluirá el dolo, pero podrá darse responsabilidad por imprudencia Si el error es invencible Si el error es vencible.
TEORÍA DE LA CULPABILIDAD el sujeto no conocía (en el momento del hecho) la antijuricidad de su conducta, pero podría haberla conocido. Podrá o deberá dar lugar a una atenuación de la pena en cuanto suponga una menor reprochabilidad. Casos de error vencible Casos de error invencible.
TEORÍA DE LA CULPABILIDAD el sujeto ni conocía la antijuricidad de su conducta ni hubiese podido llegar a conocerla. Excluye la culpabilidad y la pena. Casos de error vencible Casos de error invencible.
APARICIÓN DEL PENSAMIENTO DE LA NO EXIGIBILIDAD tomando como punto de partida el lenguaje de la vida cotidiana llega a dos conclusiones básicas para el concepto de culpabilidad: 1) Que las circunstancias que rodean la realización de la acción pertenecen al concepto de culpabilidad, 2) Si esas circunstancias pueden disminuir la culpabilidad, también pueden excluirla. FRANK GOLDSCHMIDT FREUDENTHAL.
APARICIÓN DEL PENSAMIENTO DE LA NO EXIGIBILIDAD perspectiva técnico-jurídica. Cree que lo que hace reprochable a una conducta es la infraccion de una norma de deber (que regula el comportamiento interno), y que se encuentra junto a la norma de derecho (que regula el comportamiento externo FRANK GOLDSCHMIDT FREUDENTHAL.
APARICIÓN DEL PENSAMIENTO DE LA NO EXIGIBILIDAD destaca la distancia del lenguaje jurista con el cotidiano. Los juristas consideran culpable al que el pueblo considera inocente (“ha actuado como hubiese actuado cualquiera en su situación”). Considera que ya en los delitos dolosos de acción debe producirse la impunidad cuando no se esperase una actuación distinta a la realizada. FRANK GOLDSCHMIDT FREUDENTHAL.
APARICIÓN DEL PENSAMIENTO DE LA NO EXIGIBILIDAD SITUACIÓN ACTUAL desvinculación definitiva de la exigibilidad y el concepto material de culpabilidad. La exigibilidad no tiene nada que ver con el principio de culpabilidad, no es una consecuencia del mismo. KAUFMANN HENKEL FREUDENTHAL.
APARICIÓN DEL PENSAMIENTO DE LA NO EXIGIBILIDAD SITUACIÓN ACTUAL rompe la relación entre exigibilidad y concepto material de culpabilidad desde un punto de vista metodológico. Estudia la exigibilidad en el ordenamiento jurídico en general, llegando a la conclusión de que no estamos ante un principio normativo apto para la resolución de casos concretos por su propio contenido. KAUFMANN HENKEL FREUDENTHAL.
MODALIDADES DE ENCUBRIMIENTO Se refiere a las personas que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, intervienen con posterioridad a su ejecución “ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento”. FAVORECIMIENTO REAL FAVORECIMIENTO PERSONAL.
MODALIDADES DE ENCUBRIMIENTO Se refiere a quien, concurriendo las circunstancias ya descritas, interviene con posterioridad a la ejecución “ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra algunas de las circunstancias siguientes”, circunstancias que se refieren a la clase de delito encubierto o que la persona que favorece al delincuente haya obrado con abuso de funciones públicas. FAVORECIMIENTO REAL FAVORECIMIENTO PERSONAL.
REINCIDENCIA se comete un delito de distinta naturaleza al cometido anteriormente Reincidencia Genérica Reincidencia Específica Reincidencia Propia Reincidencia Impropia.
REINCIDENCIA el delito que se comete es semejante o análogo al que produjo la condena anterior. Reincidencia Genérica Reincidencia Específica Reincidencia Propia Reincidencia Impropia.
REINCIDENCIA no sólo se ha sido condenado, sino que se ha cumplido la condena antes de cometer el nuevo delito. Reincidencia Genérica Reincidencia Específica Reincidencia Propia Reincidencia Impropia.
REINCIDENCIA el sujeto ha sido condenado, pero no ha cumplido la pena anterior cuando comete el nuevo delito. Reincidencia Genérica Reincidencia Específica Reincidencia Propia Reincidencia Impropia.
REINCIDENCIA según la pena OjO NO SEGUN NATURALEZA Manuel es condenado en marzo de 2008 por la comisión de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas. En diciembre de 2010 comete un nuevo delito de robo con violencia e intimidación en las personas, por el que se le condena en marzo de 2011. Reincidencia Genérica Reincidencia Específica Reincidencia Propia Reincidencia Impropia.
Señale cual no es un elemento de la eximente del miedo insuperable: a) El miedo como causa de la actuación del sujeto b) El mal amenazante o la creencia racional en un mal amenazante c) La insuperabilidad del miedo d) Que el mal causado por la actuación motivada por el miedo sea menor que el mal que amenazaba al sujeto a b c d.
De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado, para aplicar la eximente de encubrimiento entre parientes en su modalidad de favorecimiento real: a) Es necesario que exista afecto entre el encubridor y el pariente al que este ayuda. b) No es necesario que exista afecto entre el encubridor y el pariente al que este ayuda c) Basta con que exista una relación de amistad entre el encubridor y la persona al que este ayuda d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta a b c d.
El Tribunal Supremo español de forma mayoritaria y especialmente bajo la vigencia del Código Penal de 1995, ha considerado que el Código Penal sigue, en relación con el tratamiento del error sobre la antijuricidad de la conducta: a) La teoría del dolo b) La teoría de la culpabilidad pura c) La teoría del “error iuris nocet” d) La teoría de la culpabilidad restringida. a b c d.
Señale cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA teniendo en cuenta la postura defendida en el manual básico recomendado: a) En el Código Penal español la conciencia de la antijuricidad no es un elemento del dolo b) El error de prohibición solo puede darse respecto de delitos dolosos c) De acuerdo con lo que expresamente establece el Código penal, el error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad penal d) De acuerdo con la teoría del dolo, si el sujeto no tienen conciencia de la antijuricidad de la conducta, no podrá actuar dolosamente. a b c d.
¿Cuál es el criterio mayoritariamente defendido por la doctrina para determinar la insuperabilidad del miedo como causa de exención de la responsabilidad penal? a) El criterio objetivo b) El criterio subjetivo c) El criterio mixto d) El criterio lógico. a b c d.
Según la postura sustentada por el texto básico recomendado, la aplicación de la eximente INCOMPLETA de miedo insuperable requiere la concurrencia de: a) La amenaza o creencia razonable de la amenaza de un mal, la actuación impulsada de modo preponderante por el miedo a dicha amenaza y la insuperabilidad del miedo b) Únicamente la amenaza o creencia razonable de la amenaza de un mal y la actuación impulsada de modo preponderante por el miedo a dicha amenaza c) Únicamente la amenaza o creencia razonable de la amenaza de un mal d) Únicamente la actuación impulsada de modo preponderante por el miedo. a b c d.
De acuerdo con una postura jurisprudencial constante, para que un sujeto pueda quedar exento de responsabilidad penal por miedo insuperable: a) Es necesario que el miedo sea la única causa de la conducta del sujeto b) Basta con que el miedo sea el motivo preponderante de la actuación del sujeto pero no tiene por qué ser el motivo exclusivo. c) No es necesario que el mal que le amenace sea real d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. a b c d.
Cuando nos referimos a la reincidencia impropia, queremos señalar que dicha circunstancia se aplica cuando: a) El delito cometido es de distinta naturaleza al que se había cometido con anterioridad b) El delito cometido tiene menor pena que el que se había cometido con anterioridad c) El sujeto ha sido condenado pero no ha cumplido la pena anterior cuando comete el nuevo delito d) El sujeto no ha cometido delito alguno con anterioridad pero es condenado por varios delitos en una misma sentencia.. a b c d.
Según el texto básico recomendado la circunstancia agravante de precio, recompensa o promesa se aplica: a) Únicamente al autor del delito b) Únicamente al que haga –inductor-. c) Únicamente al autor del delito y al que paga –inductor-. d) Tanto al autor del delito y al que paga –inductor-, como a otros posibles intervinientes en el mismo –cómplices o cooperadores necesarios-. a b c d.
¿Qué debemos hacer si un sujeto se encuentra en un error invencible sobre la concurrencia de un estado de necesidad como causa de exculpación? a) Imponerle la pena del delito doloso atenuada en uno o dos grados b) Castigarle por la comisión de un delito imprudente c) Castigarle por delito doloso o imprudente, pero atenuando la pena en uno o dos grados d) Considerar que queda exento de responsabilidad criminal. a b c d.
Según el planteamiento sostenido por el texto básico recomendado, ¿cuál de las siguientes afirmaciones sobre la circunstancia agravante de motivos discriminatorios del art 22.4ª es INCORRECTA? a) Para su aplicación el autor ha de actuar impulsado por uno de los motivos discriminatorios recogidos en el Código, siendo preciso además que la víctima posea, como tal, la cualidad en la que está pensando el sujeto activo. b) Mayoritariamente se entiende que supone una mayor gravedad de la culpabilidad. c) Su aplicación es compatible con la concurrencia de otros móviles, pero el motivo discriminatorio debe ser el que guíe la acción. d) No puede aplicarse en delitos en los que sea inherente. a b c d.
Señale cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA: a) El Tribunal Supremo exige de manera constante que el mal amenazante, como elemento de la eximente de miedo insuperable, sea un mal jurídicamente desaprobado. b) Los tribunales españoles no dudan que el mal amenazante, como elemento de la eximente de miedo insuperable, debe ser un mal real. c) De acuerdo con la postura reflejada en el texto recomendado, el mal amenazante, como elemento de la eximente de miedo insuperable, debe proceder necesariamente de la actuación de una persona. d) A los efectos de apreciar la eximente de miedo insuperable, el Tribunal Supremo ha exigido en algunas ocasiones que el miedo haya provocado una parálisis en el sujeto. a b c d.
Según si el sujeto que había incurrido en un error de prohibición hubiese podido tener conciencia de la antijuridicidad de su conducta o no, distinguimos entre error de prohibición: a) Total o parcial b) Completo o incompleto c) Vencible o invencible d) Directo o indirecto a b c d.
Para poder aplicar la agravante de multirreincidencia es necesario haber sido condenado previamente por: a) Dos delitos comprendidos en el mismo título del Código y de la misma naturaleza b) Dos delitos comprendidos en el mismo capítulo del Código y de la misma naturaleza. c) Tres delitos comprendidos en el mismo capítulo del Código y de la misma naturaleza d) Tres delitos comprendidos en el mismo título del Código y de la misma naturaleza. a b c d.
La circunstancia agravante de reincidencia se regula en el vigente código penal según un sistema: a) Genérico y propio b) Especifico e impropio c) Genérico e impropio d) Especifico y propio a b c d.
Paco realiza una conducta prevista como delito en el código penal desconociendo que la misma es antijurídica. Podremos decir que actúa en: a) Error de prohibición vencible b) Error de prohibición invencible c) Error de prohibición o sobre la antijuridicidad de su conducta d) Error de tipo a b c d.
Por el mero dato de que un sujeto crea erróneamente que concurren las circunstancias que sirven de base a una causa de justificación podemos afirmar que se encuentra en un error de prohibición: a) Vencible b) Invencible c) Directo d) Indirecto a b c d.
Un sistema penal incluye una agravante de reincidencia para cuya aplicación se exige que el sujeto haya sido condenado con anterioridad por cualquier tipo de delito, sea o no de la misma naturaleza que el enjuiciado, y que haya cumplido la condena antes de cometer el nuevo delito. Estamos ante una circunstancia de reincidencia: a) Genérica y propia b) Genérica e impropia c) Específica y propia d) Específica e impropia a b c d.
Para su aplicación como eximente incompleta, el encubrimiento de parientes plantea el problema de que se encuentra regulado en la Parte especial del Código penal y no entre las otras eximentes del art 20 CP. Es por ello que en caso de que se plantee su concurrencia como eximente incompleta y según la opción sustentada en el texto básico recomendado: a) Se podrá aplicar en cualquier caso una eximente incompleta del art 21.1ª CP b) Deberemos acudir a la aplicación de una atenuante por analogía del art 21.7ª CP c) No será posible aplicar ninguna atenuación d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta pues no existe tal eximente de encubrimiento de parientes a b c d.
Según la regulación de nuestro Código Penal del encubrimiento entre parientes como eximente, la misma puede aplicarse en los casos de: a) Favorecimiento real y favorecimiento personal b) Favorecimiento objetivo y favorecimiento subjetivo c) Receptación con y sin ánimo de lucro d) Favorecimiento material y favorecimiento ideal a b c d.
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