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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEsocial 2

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Título del test:
social 2

Descripción:
ljs_Ap2

Autor:
anas
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Fecha de Creación:
19/05/2023

Categoría:
Otros

Número preguntas: 10
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Temario:
Según el art. 66 LJS, cuando estando debidamente citadas las partes para el acto de conciliación o de mediación no compareciese el solicitante ni alegase justa causa se tendrá por presentada la papeleta de conciliación o la solicitud de mediación, continuando la tramitación del procedimiento como si la conciliación hubiese finalizado sin avenencia se hará constar expresamente en la certificación del acta de conciliación o de mediación y se tendrá la conciliación o la mediación por intentada sin efecto se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación o la solicitud de mediación, archivándose todo lo actuado se efectuará un nuevo emplazamiento dentro de los cinco días siguientes y si citado no compareciese por segunda vez, se procederá al archivo de lo actuado.
En la revisión de los actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios las entidades, órganos u organismos gestores, o el fondo de garantía salarial podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios ninguna es correcta las entidades, órganos u organismos gestores, con exclusión del Fondo de Garantía Salarial no podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios, debiendo solicitar la revisión ante el juzgado de lo social competente mediante demanda que se dirigirá contra el beneficiario del derecho reconocido las entidades, órganos u organismos gestores, o el fondo de garantía salarial no podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios, debiendo solicitar la revisión ante el juzgado de lo social competente mediante demanda que se dirigirá contra el beneficiario del derecho reconocido.
en la jurisdicción social el acuerdo de conciliación o de mediación... sólo podrá ser impugnado por las partes podrá ser impugnado por las partes y por quienes pudieran sufrir perjuicio por aquel no podrá ser impugnado por quienes pudieran sufrir perjuicio, por no ser parte ninguna es correcta.
La presentación de la demanda por despido deberá efectuarse dentro de los veinte días hábiles siguientes a aquél en que se hubiera producido, no se computarán los sábados, domingos y festivos dentro de los veinte días naturales siguientes a aquél en que se hubiera producido dentro del mes siguiente a aquél en que se hubiera producido dentro de los quince días naturales siguientes a aquél en que se hubiera producido.
De no existir regulación especial, el procedimiento iniciado por demanda en impugnación de los actos administrativos en materia laboral dirigida contra el Estado, comunidades autónomas entidades locales u otras administraciones u organismos públicos se regirá por los principios y reglas del despido disciplinario de las normas reguladoras de la jurisdicción contencioso administrativa en cuanto no sean compatibles con los principios del proceso social del procedimiento de reclamación del pago de salarios de tramitación del estado del proceso ordinario laboral.
Según la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, la competencia para la remisión de oficios, mandamientos y exhortos corresponde al secretario judicial, hoy letrado de la administración de justicia al juez o magistrado al jefe de sección de las oficinas de apoyo directo al jefe de sección de las oficinas de servicios comunes.
Las demandas por despido, además de los requisitos generales previstos, deberán contener unos requisitos especiales, ¿Cuál de los siguientes no es requisito de la demanda de despido? fecha de efectividad del despido, forma en que se produjo y hechos alegados por el empresario antigüedad, concretando los períodos en que hayan sido prestados los servicios salario, tiempo y forma de pago del mismo si el trabajador ostenta, o ha ostentado en algún momento anterior a la demanda la cualidad de representante legal o sindical de trabajadores.
Cuando el despido fuese declarado improcedente por incumplimiento de los requisitos de forma establecidos y se hubiese optado por la readmisión del trabajador, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de siete días desde la firmeza de la sentencia dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia dentro del plazo de cinco días desde la firmeza de la sentencia dentro del plazo de siete días desde la notificación de la sentencia.
En el proceso laboral en relación con la práctica de la prueba es correcto afirmar que una vez comenzada la práctica de una prueba admitida, la parte que propuso la prueba no puede renunciar a ella podrán admitirse aquellas pruebas que requieran la traslación del juez o tribunal fuera del local de audiencia, si se estimasen imprescindibles el órgano judicial no podrá hacer a las partes preguntas sobre los hechos objeto del juicio todas las respuestas son correctas.
De acuerdo con lo previsto en el art. 69 de lJS cuando se deba entender agotada la vía administrativa ¿en qué plazo podrá el interesado formalizar la demanda ante el juzgado o la sala competente? doce meses dos meses un mes quince días.
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