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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESET 30

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Título del test:
T 30

Descripción:
MIS TEST

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
21/08/2018

Categoría:
Otros

Número preguntas: 41
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Con respeto siempre al principio de proporcionalidad, se procederá al embargo de los bienes y derechos del obligado tributario en cuantía suficiente para cubrir: El importe de la deuda no ingresada. Los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro. Los recargos del período ejecutivo. Las costas del procedimiento de apremio. Todas son correctas.
Si la Administración y el obligado tributario no hubieran acordado otro orden diferente se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor menor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el obligado. se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el obligado. se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la mayor onerosidad de ésta para el obligado. se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la menorfacilidad de su enajenación y la mayor onerosidad de ésta para el obligado.
Si la Administración y el obligado tributario no hubieran acordado otro orden diferente en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el obligado. Si los criterios establecidos en el párrafo anterior fueran de imposible o muy difícil aplicación, los bienes se embargarán por el siguiente orden: Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Sueldos, salarios y pensiones. Bienes inmuebles. Intereses, rentas y frutos de toda especie. Establecimientos mercantiles o industriales. Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. Bienes muebles y semovientes. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Bienes inmuebles. Sueldos, salarios y pensiones. Intereses, rentas y frutos de toda especie. Establecimientos mercantiles o industriales. Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. Bienes muebles y semovientes. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Sueldos, salarios y pensiones. Intereses, rentas y frutos de toda especie. Bienes inmuebles. Establecimientos mercantiles o industriales. Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. Bienes muebles y semovientes. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Sueldos, salarios y pensiones. Bienes inmuebles. Intereses, rentas y frutos de toda especie. Establecimientos mercantiles o industriales. Bienes muebles y semovientes. Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. .
A efectos de embargo se entiende que un crédito, efecto, valor o derecho es realizable ninguna es correcta a corto plazo cuando, en circunstancias normales y a juicio del órgano de recaudación, pueda ser realizado en un plazo no superior a 6 meses. Los demás se entienden realizables a largo plazo. a corto plazo cuando, en circunstancias normales y a juicio del órgano de recaudación, pueda ser realizado en un plazo no superior a 3 meses. Los demás se entienden realizables a largo plazo. a corto plazo cuando, en circunstancias normales y a juicio del órgano de recaudación, pueda ser realizado en un plazo no superior a 12 meses. Los demás se entienden realizables a largo plazo.
Siguiendo el orden establecido se embargarán sucesivamente los bienes o derechos conocidos en ese momento por la Administración tributaria hasta que se presuma cubierta la deuda. En todo caso, se embargarán en último lugar Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. Bienes muebles y semovientes. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. aquéllos para cuya traba sea necesaria la entrada en el domicilio del obligado tributario.
¿Es posible alterar el orden de embargo establecido? no SI, a solicitud del obligado tributario se podrá alterar el orden de embargo si los bienes que señale garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y prontitud que los que preferentemente deban ser trabados y no se causa con ello perjuicio a terceros. SI, a solicitud de la Administración tributaria se podrá alterar el orden de embargo si los bienes que señale garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y prontitud que los que preferentemente deban ser trabados y no se causa con ello perjuicio a terceros. ninguna es correcta.
No se embargarán los bienes o derechos Ninguna es correcta declarados inembargables por las leyes ni aquellos otros respecto de los que se presuma que el coste de su realización NO pudiera exceder del importe que normalmente podría obtenerse en su enajenación. declarados embargables por las leyes y aquellos otros respecto de los que se presuma que el coste de su realización NO pudiera exceder del importe que normalmente podría obtenerse en su enajenación. declarados inembargables por las leyes ni aquellos otros respecto de los que se presuma que el coste de su realización pudiera exceder del importe que normalmente podría obtenerse en su enajenación.
Cada actuación de embargo se documentará en diligencia, que se notificará a la persona con la que se entienda dicha actuación. Efectuado el embargo de los bienes o derechos, la diligencia se notificará al obligado tributario y, en su caso, al tercero titular, poseedor o depositario de los bienes si no se hubiesen llevado a cabo con ellos las actuaciones, así como al cónyuge del obligado tributario cuando los bienes embargados sean gananciales y a los condueños o cotitulares de los mismos. todas son correctas.
Si los bienes embargados fueran inscribibles en un registro público, la Administración tributaria NO tendrá derecho a que se practique anotación preventiva de embargo en el registro correspondiente la Administración tributaria tendrá derecho a que se practique anotación preventiva de embargo en el registro correspondiente la Administración tributaria PODRÁ tener derecho a que se practique anotación preventiva de embargo en el registro correspondiente ninguna es correcta.
Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. Falta de notificación de la providencia de apremio. Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley. Suspensión del procedimiento de recaudación. Todas son correctas.
Cuando la Administración tributaria tenga conocimiento de la existencia de fondos, valores, títulos u otros bienes entregados o confiados a una determinada oficina de una entidad de crédito u otra persona o entidad depositaria, podrá disponer su embargo en la cuantía que proceda. En la diligencia de embargo deberá identificarse el bien o derecho conocido por la Administración actuante, pero el embargo podrá extenderse, sin necesidad de identificación previa, al resto de los bienes o derechos existentes en dicha persona o entidad, dentro del ámbito estatal, autonómico o local que corresponda a la jurisdicción respectiva de cada Administración tributaria ordenante del embargo. En la diligencia de embargo deberá identificarse el bien o derecho conocido por la Administración actuante, pero el embargo podrá extenderse, mediante identificación previa, al resto de los bienes o derechos existentes en dicha persona o entidad, dentro del ámbito estatal, autonómico o local que corresponda a la jurisdicción respectiva de cada Administración tributaria ordenante del embargo. ninguna de las dos es correcta todas son correctas.
Cuando los fondos o valores se encuentren depositados en cuentas a nombre de varios titulares se embargará sólo la parte correspondiente al obligado tributario. a la totalidad de los titulares ninguna de ls dos es correcta las dos son correctas.
A efectos de embargo se considerará sueldo, salario o pensión el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes en que se practique el embargo o, en su defecto, en el mes anterior. el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes en que se practique el embargo el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes anterior al que se practique el embargo ninguna es correcta.
La enajenación de los bienes embargados se realizará mediante subasta concurso adjudicación directa todas son correctas.
La Administración tributaria no podrá proceder a la enajenación de los bienes y derechos embargados hasta que el acto de liquidación de la deuda tributaria ejecutada sea firme, salvo en los supuestos de fuerza mayor, bienes perecederos, bienes en los que exista un riesgo de pérdida inminente de valor o cuando el obligado tributario solicite de forma expresa su enajenación. hasta que el acto de liquidación de la deuda tributaria ejecutada sea firme, cuando se trate de bienes perecederos, bienes en los que exista un riesgo de pérdida inminente de valor o cuando el obligado tributario solicite de forma expresa su enajenación. ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
Cuando se embargue dinero en efectivo, de la diligencia se emitirá un duplicado. (2) el órgano de recaudación competente lo hará constar en diligencia (1) El dinero será inmediatamente ingresado en el Tesoro (3) todas son correctas.
Si el objeto del embargo se trata de la recaudación de cajas, taquillas o similares de empresas o entidades en funcionamiento, el órgano de recaudación competente podrá acordar los pagos que deban realizarse con cargo a dicha recaudación, en la cuantía necesaria para evitar la paralización de aquellas. el órgano de recaudación competente acordará los pagos que deban realizarse con cargo a dicha recaudación, en la cuantía necesaria el órgano de recaudación competente podrá acordar la suspensión de los pagos que deban realizarse con cargo a dicha recaudación, en la cuantía necesaria para evitar la paralización de aquellas. todas son correctas.
Cuando la Administración conozca la existencia de, al menos, una cuenta o depósito abierto en una oficina de una entidad de crédito, el embargo se llevará a cabo mediante directamente sobre la cuenta o el depósito conocido por la Administración actuante. el embargo se llevará a cabo mediante diligencia de embargo en la que deberá identificarse la cuenta o el depósito conocido por la Administración actuante. ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
Cuando la Administración conozca la existencia de, al menos, una cuenta o depósito abierto en una oficina de una entidad de crédito, el embargo se llevará a cabo mediante diligencia de embargo en la que deberá identificarse la cuenta o el depósito conocido por la Administración actuante. Ninguna de las dos es correcta El embargo NO extenderse, sin necesidad de identificación previa, al resto de los bienes y derechos de que sea titular el obligado al pago existentes en dicha entidad de crédito El embargo podrá extenderse, sin necesidad de identificación previa, al resto de los bienes y derechos de que sea titular el obligado al pago existentes en dicha entidad de crédito ls dos son correctas.
La forma, medio, lugar y demás circunstancias relativas a la presentación de la diligencia de embargo en la entidad depositaria, así como el plazo máximo en que habrá de efectuarse la retención de los fondos, podrán ser convenidos, con carácter general, entre la Administración actuante y la entidad de crédito afectada NO podrán ser convenidos, con carácter general, entre la Administración actuante y la entidad de crédito afectad Serán determinados en la diligencia de embargo todas son correctas.
si no hay acuerdo entre la Administración y la entidad bancariaria la diligencia de embargo se presentará en la oficina donde esté abierta la cuenta y sus responsables PODRÁN proceder de forma inmediata a retener el importe embargado si existe en ese momento saldo suficiente, o en otro caso, el total de los saldos existentes a nombre del obligado al pago. la diligencia de embargo se presentará en la oficina donde esté abierta la cuenta y sus responsables deberán proceder de forma inmediata a retener el importe embargado si existe en ese momento saldo suficiente, o en otro caso, el total de los saldos existentes a nombre del obligado al pago. la diligencia de embargo se presentará en la oficina donde esté abierta la cuenta Ninguna es correcta.
la diligencia de embargo se podrá presentar en alguno de los siguientes lugares: En la oficina designada por la entidad depositaria para relacionarse con el órgano de recaudación competente, En el domicilio fiscal o social de la entidad de crédito. ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
cuando el embargo deba trabarse sobre fondos cuya gestión o depósito no se encuentren localizados en el lugar en que se presente la diligencia de embargo, . la retención de los fondos se efectuará de manera inmediata o, si ello no fuera posible, en el plazo más breve que permitan las características de los sistemas de información interna o de contabilidad de la entidad El plazo no podrá ser superior a cinco días, tendrá carácter improrrogable y se comunicará al órgano de recaudación que haya efectuado el embargo En todo caso, el embargo surtirá efectos legales desde el día de presentación de la diligencia de embargo a la entidad todas son correctas.
Si el depósito está constituido en cuentas a plazo, el embargo se efectuará igualmente de forma inmediata, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 6. el embargo se podrá efectuar igualmente en los plazos convenidos en la cuenta, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 6. el embargo no efectuará de forma inmediata, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 6. todas son correctas.
El importe de las cantidades retenidas será ingresado en el Tesoro, una vez transcurridos 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de la traba sin haber recibido la oficina o entidad correspondiente comunicación en contrario del órgano de recaudación. una vez transcurridos 15 días naturales desde el día siguiente a la fecha de la traba sin haber recibido la oficina o entidad correspondiente comunicación en contrario del órgano de recaudación. una vez transcurridos 30 días naturales desde el día siguiente a la fecha de la traba sin haber recibido la oficina o entidad correspondiente comunicación en contrario del órgano de recaudación. ninguna es correcta.
Si se trata de cuentas a plazo, el ingreso deberá realizarse una vez transcurridos 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de la trabar . o al día siguiente del fin del plazo, según qué fecha sea posterior No obstante, si el depositante tiene la facultad de disponer anticipadamente del dinero depositado, al notificar la diligencia de embargo se advertirá al obligado al pago la posibilidad que tiene de hacer uso de tal facultad frente a la entidad depositaria, según las condiciones que se hubieran establecido si el depositante tiene la facultad de disponer anticipadamente del dinero depositado, el ingreso en el Tesoro se producirá al día siguiente de la cancelación. todas son correctas.
Cuando la Administración conozca la existencia de valores de titularidad del obligado al pago, el embargo se llevará a cabo ninguna de las dos es correctas mediante diligencia de embargo que podrá dentificar los valores conocidos por la Administración actuante mediante diligencia de embargo que identificará los valores conocidos por la Administración actuante y comprenderá un número de valores que, a juicio del órgano de recaudación, cubra el importe total mediante diligencia de embargo que identificará los valores conocidos por la Administración actuante y comprenderá un número de valores que, a juicio del órgano de recaudación, cubra el importe total las dos son correctas.
Si el embargo se refiere a valores representados mediante títulos o mediante anotaciones en cuenta que se hallen depositados, entregados o confiados a una oficina de una entidad de crédito, sociedad o agencia de valores, o cualesquiera otras entidades depositarias, En el acto de presentación, la receptora de la diligencia deberá confirmar al órgano de recaudación competente la concordancia o no de los valores conocidos por la Administración con los realmente depositados o anotados. En caso de discordancia o de insuficiencia de los valores conocidos por la Administración e identificados en la diligencia para cubrir el importe total adeudado, la entidad entregará en el acto, o de no ser posible, en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, relación de los valores con los datos que permitan su valoración. El órgano de recaudación competente indicará a la entidad los valores que deben quedar definitivamente embargados y aquellos que deben quedar liberados, pudiendo convenirse a estos efectos y con carácter previo la forma de actuación de la entidad. En todo caso, los valores embargados se considerarán trabados el día de la presentación de la diligencia de embargo a la entidad. No obstante, la forma, medio y lugar de presentación de la diligencia podrán ser convenidos, con carácter general, entre la Administración actuante y la entidad de crédito, sociedad o agencia de valores o cualquier otra depositaria. el embargo se llevará a cabo mediante la presentación de la diligencia de embargo a la entidad y podrá extenderse, sin necesidad de identificación previa, a los demás bienes y derechos del obligado al pago existentes en dicha entidad de crédito, sociedad o agencia de valores, dentro del ámbito estatal, autonómico o local que corresponda a la jurisdicción respectiva de cada Administración tributaria ordenante del embargo, sean o no conocidos por la Administración. el embargo se llevará a cabo mediante la presentación de la diligencia de embargo a la entidad y podrá extenderse, mediante identificación previa, a los demás bienes y derechos del obligado al pago existentes en dicha entidad de crédito, sociedad o agencia de valores, dentro del ámbito estatal, autonómico o local que corresponda a la jurisdicción respectiva de cada Administración tributaria ordenante del embargo, sean o no conocidos por la Administración. ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
En caso de discordancia o de insuficiencia de los valores conocidos por la Administración e identificados en la diligencia para cubrir el importe total adeudado, la entidad entregará en el acto, o de no ser posible, en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, relación de los valores con los datos que permitan su valoración. El órgano de recaudación competente indicará a la entidad los valores que deben quedar definitivamente embargados y aquellos que deben quedar liberados, pudiendo convenirse a estos efectos y con carácter previo la forma de actuación de la entidad En todo caso, los valores embargados se considerarán trabados el día de la presentación de la diligencia de embargo a la entidad. todas son correctas.
El órgano de recaudación competente ordenará la enajenación de aquellos valores que resulten suficientes para cubrir el importe total lo que se realizará en las mejores condiciones posibles según las prácticas usuales de buena gestión. Si los valores están admitidos a cotización en un mercado secundario oficial, la venta se llevará a cabo a través de este. En otro caso, se acordará su venta mediante subasta, salvo que proceda la adjudicación directa. todas son correctas.
Cuando resulte más adecuado para la satisfacción de la deuda, el órgano de recaudación competente DEBERÁ acordar, en lugar de la enajenación de los valores, el embargo de los rendimientos de toda clase y, en su caso, reintegros, derivados de aquellos. el órgano de recaudación competente NO podrá acordar, en lugar de la enajenación de los valores, el embargo de los rendimientos de toda clase y, en su caso, reintegros, derivados de aquellos. el órgano de recaudación competente podrá acordar, en lugar de la enajenación de los valores, el embargo de los rendimientos de toda clase y, en su caso, reintegros, derivados de aquellos. Todas son correctas.
Cuando se trate de créditos, efectos y derechos realizables en el acto o a corto plazo no regulados en el artículo anterior, se procederá como sigue: Si se trata de créditos, efectos y derechos sin garantía, se notificará la diligencia de embargo a la persona o entidad deudora del obligado al pago, apercibiéndole de que, a partir de ese momento, no tendrá carácter liberatorio el pago efectuado al obligado. Cuando el crédito o derecho embargado haya vencido, la persona o entidad deudora del obligado al pago deberá ingresar en el Tesoro el importe hasta cubrir la deuda. En otro caso, el crédito quedará afectado a dicha deuda hasta su vencimiento, si antes no resulta solventada. Si el crédito o derecho conlleva la realización de pagos sucesivos, se ordenará al pagador ingresar en el Tesoro los respectivos importes hasta el límite de la cantidad adeudada, salvo que reciba notificación en contrario por parte del órgano de recaudación. todas son correctas.
Cuando se trate de créditos, efectos y derechos realizables en el acto o a corto plazo no regulados en el artículo anterior, se procederá como sigue: Si se trata de créditos garantizados, también deberá notificarse la diligencia de embargo al garante o, en su caso, al poseedor del bien o derecho ofrecido en garantía, que podrá depositarse hasta el vencimiento del crédito. Vencido el crédito, si no se paga la deuda se promoverá la ejecución de la garantía, que se realizará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 74. La forma, medio, lugar y demás circunstancias relativas a la presentación de las diligencias de embargo podrán ser convenidas, con carácter general, entre la Administración ordenante y los destinatarios de dichas diligencias todas son correctas.
El embargo de sueldos, salarios y pensiones se efectuará teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimiento de la Ley de 26 de mayo 2018 ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
La diligencia de embargo se presentará al pagador. la cantidad adeudada. Este quedará obligado a retener las cantidades procedentes en cada caso sobre las sucesivas cuantías satisfechas como sueldo, salario o pensión y a ingresar en el Tesoro el importe detraído hasta el límite de La forma, medio, lugar y demás circunstancias relativas a la presentación de las diligencias de embargo podrán ser convenidas, con carácter general, entre la Administración ordenante y los pagadores destinatarios de dichas diligencias. las dos son correctas ninguna es correcta.
Si el obligado al pago es beneficiario de más de una de dichas percepciones, La cantidad embargada podrá detraerse de la percepción o percepciones que fije el órgano de recaudación competente Si el obligado al pago propone expresamente otra, le será aceptada, si ello no supone obstáculo para el cobro. se acumularán para deducir sobre la suma de todas ellas la parte inembargable. todas son correctas.
El embargo de bienes inmuebles y derechos sobre estos se efectuará mediante diligencia, que especificará las circunstancias siguientes: Nombre y apellidos o razón social o denominación completa del titular y, en su caso, del poseedor de la finca embargada, número de identificación fiscal de ambos y cuantos datos puedan contribuir a su identificación. Si se trata de fincas urbanas: localidad, calle y número, locales y pisos de que se componen, superficie, e identificación registral y catastral, si constan. Si se trata de fincas rústicas: naturaleza y nombre de dicha finca, término municipal donde radique y situación según se nombre en la localidad, linderos, superficie y cabida, e identificación registral y catastral, si constan. Derechos del obligado al pago sobre los inmuebles embargados. Importe total del débito, concepto o conceptos a que corresponda e importe de la responsabilidad a que se afecta el inmueble por principal, recargos, intereses y costas, con la advertencia de que podrá extenderse a los intereses que puedan devengarse hasta que concluya la ejecución y a las costas de esta. Advertencia de que se tomará anotación preventiva del embargo en el Registro de la Propiedad a favor del Estado o, en su caso, de la entidad u organismo titular del crédito que motiva la ejecución. De constar fehacientemente, estado civil y régimen económico del matrimonio. son correctas.
En el momento de notificarse la diligencia de embargo se requerirán los títulos de propiedad a los titulares de los bienes o derechos. una declaración jurada los títulos de posesión todas son correctas.
Si debiera practicarse deslinde, el órgano de recaudación competente podrá optar por el nombramiento de un funcionario técnico adscrito a dicho órgano o por la contratación de los servicios de empresas especializadas. En ambos casos, el deslinde se realizará en el plazo de 15 días En ambos casos, el deslinde se realizará en el plazo de 20 días En ambos casos, el deslinde se realizará en el plazo de 30 días En ambos casos, el deslinde se realizará en el plazo de 1o días.
El embargo de los restantes bienes muebles y semovientes se llevará a efecto mediante personación en el domicilio del obligado al pago o, en su caso, en el lugar donde se encuentren los bienes. mediante comunicación dirigida al domicilio del obligado al pago o, en su caso, en el lugar donde se encuentren los bienes. ninguna de las dos es correcta las dos son correctas.
Embargo de los restantes bienes muebles y semovientes Del resultado de la actuación se extenderá la correspondiente diligencia en la que se habrán de identificar los bienes embargados. Si no se depositan los bienes de forma inmediata, se procederá al precintado u otras medidas de aseguramiento que procedan. Del resultado de la actuación se extenderá la correspondiente diligencia el resultado de la actuación se extenderá la correspondiente diligencia en la que, de forma inmediata, se procederá al precintado u otras medidas de aseguramiento que procedan. ninguna es correcta.
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