Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESET41 Fitología (P DATOS)

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
T41 Fitología (P DATOS)

Descripción:
estudio de las plantas

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/05/2020

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 128
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
1. Actuará como interlocutor del responsable o encargado del tratamiento ante la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos: el delegado de protección de datos el representante del afectado la autoridad de control española o autonómica la unión de afectados por el tratamiento .
2. El delegado de protección de datos (señala la incorrecta): podrá inspeccionar los procedimientos relacionados con el objeto de la presente ley orgánica podrá emitir recomendaciones en el ámbito de sus competencias en el ejercicio de sus funciones el delegado de protección de datos tendrá acceso a los datos personales y procesos de tratamiento no podrá ser removido ni sancionado por el responsable o el encargado por desempeñar sus funciones en ningún caso .
3. Cuando el delegado de protección de datos aprecie la existencia de una vulneración relevante en materia de protección de datos lo documentará y lo comunicará inmediatamente: a los órganos de administración y dirección del responsable del tratamiento a los órganos de administración y dirección del encargado del tratamiento a los órganos de administración y dirección del responsable o el encargado del tratamiento ninguna es correcta .
4. Cuando el responsable o el encargado del tratamiento hubieran designado un delegado de protección de datos el afectado podrá: con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante el delegado de protección de datos dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos de la entidad contra la que se reclame con carácter posterior a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante la Agencia Española de Protección de Datos dirigirse al delegado de protección de datos de la entidad contra la que se reclame con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante la Agencia Española de Protección de Datos dirigirse al delegado de protección de datos de la entidad contra la que se reclame con carácter posterior a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante el delegado de protección de datos dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos de la entidad contra la que se reclame.
5. Cuando el afectado se dirija previamente al delegado de protección de datos en caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos, este último comunicará al afectado la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de: 1 mes a contar desde la recepción de la reclamación 2 meses a contar desde la recepción de la reclamación 3 meses a contar desde la recepción de la reclamación 4 meses a contar desde la recepción de la reclamación .
6. Cuando el afectado presente una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante las autoridades autonómicas de protección de datos, aquellas podrán remitir la reclamación al delegado de protección de datos a fin de que este responda en el plazo de: 1 mes 2 meses 3 meses 6 meses .
7. Los códigos de conducta regulados por la sección 5.ª del Capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679: serán vinculantes para los responsables o encargados del tratamiento a los que les sea aplicable dicho reglamento serán vinculantes para todo los responsables o encargados del tratamiento serán vinculantes para quienes se adhieran a los mismos ninguna es correcta .
8. Los códigos de conducta podrán promoverse por (señala la incorrecta): cualquier asociación u organismo empresas o grupos de empresas los responsables o encargados a los que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica organismos o entidades que asuman las funciones de supervisión y resolución extrajudicial de conflictos a los que se refiere el artículo 41 del Reglamento (UE) 2016/679 .
9. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 37 de esta ley orgánica, los responsables o encargados del tratamiento que se adhieran al código de conducta se obligan a someter al organismo o entidad de supervisión las reclamaciones que les fueran formuladas por los afectados en relación con los tratamientos de datos: incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que procede atender a lo solicitado en la reclamación incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que no procede atender a lo solicitado en la reclamación no incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que procede atender a lo solicitado en la reclamación no incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que no procede atender a lo solicitado en la reclamación .
10. Los códigos de conducta serán aprobados por: la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, por la autoridad autonómica de protección de datos competente los responsables o encargados del tratamiento las asociaciones y otros organismos representativos de categorías de responsables o encargados del tratamiento todas son correctas.
11. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos mantendrán registros de los códigos de conducta aprobados por las mismas, que estarán interconectados entre sí y coordinados con el registro gestionado por: la Comisión Europea. El registro será accesible a través de medios electrónicos el Comité Europeo de Protección de Datos. El registro no será accesible la Comisión Europea. El registro no será accesible el Comité Europeo de Protección de Datos. El registro será accesible a través de medios electrónicos .
12. El contenido del registro de los códigos de conducta y las especialidades del procedimiento de aprobación de los códigos de conducta se establecerán mediante: ley real decreto decreto legislativo orden ministerial .
13. Las transferencias internacionales de datos se regirán por lo dispuesto en: el Reglamento (UE) 2016/679 la presente ley orgánica y sus normas de desarrollo aprobadas por el Gobierno las circulares de la Agencia Española de Protección de Datos y de las autoridades autonómicas de protección de datos, en el ámbito de sus respectivas competencias todas son correctas .
14. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos podrán adoptar, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.2.c) del Reglamento (UE) 2016/679, cláusulas contractuales tipo para la realización de: transferencias nacionales de datos, que se someterán previamente al dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos transferencias nacionales de datos, que se someterán posteriormente al dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos transferencias internacionales de datos, que se someterán posteriormente al dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos transferencias internacionales de datos, que se someterán previamente al dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos .
15. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos podrán aprobar normas corporativas: vinculantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 de la presente ley vinculantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento (UE) 2016/679 no vinculantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 de la presente ley no vinculantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento (UE) 2016/679 .
16. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos podrán aprobar normas corporativas vinculantes. El procedimiento se iniciará a instancia de: una entidad situada en España y tendrá una duración máxima de 6 meses una entidad situada en España y tendrá una duración máxima de 9 meses una entidad situada fuera de España y tendrá una duración máxima de 6 meses una entidad situada fuera de España y tendrá una duración máxima de 9 meses .
17. Requerirán una previa autorización de la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, autoridades autonómicas de protección de datos las transferencias internacionales de datos a países u organizaciones internacionales que: no cuenten con decisión de adecuación aprobada por la Comisión no se amparen en alguna de las garantías previstas en el artículo 41 de la presente ley sobre supuestos de adopción por la Agencia Española de Protección de Datos no se amparen en alguna de las garantías previstas en el artículo 46.2 del Reglamento (UE) 2016/679 todas son correctas.
18. La autorización de la Agencia Española de Protección de Datos a las transferencias internacionales de datos a países u organizaciones internacionales en los supuestos que sea necesario quedará sometida a la emisión de dictamen de: el Comité Europeo de Protección de Datos la Comisión Europea la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos el Consejo General del Poder Judicial .
19. Los responsables del tratamiento deberán informar a la Agencia Española de Protección de Datos de cualquier transferencia internacional de datos que pretendan llevar a cabo sobre la base de su necesidad para fines relacionados con: intereses legítimos innecesarios perseguidos por aquéllos intereses legítimos evitables perseguidos por aquéllos intereses legítimos imperiosos perseguidos por aquéllos intereses legítimos secundarios perseguidos por aquéllos .
20. El Título VI de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales se denomina: Transferencias internacionales de datos Autoridades de protección de datos Responsable y encargado del tratamiento Disposiciones aplicables a tratamientos concretos .
21. La Agencia Española de Protección de Datos: es una autoridad administrativa dependiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica y plena capacidad pública, que actúa en dependencia de los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones es una autoridad administrativa dependiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones es una autoridad administrativa independiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones es una autoridad administrativa independiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica y plena capacidad pública, que actúa en dependencia de los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones .
22. La denominación oficial de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será: «Agencia Española de Protección de Datos, Autoridad Responsable Dependiente» «Agencia Española de Protección de Datos, Autoridad Administrativa Independiente» «Agencia Española de Protección de Datos, Autoridad Administrativa Dependiente» «Agencia Española de Protección de Datos, Autoridad Responsable Independiente» .
23. La Agencia Española de Protección de Datos se relaciona con el Gobierno a través de: el Ministerio de Justicia el Consejo de Ministros el Consejo General del Poder Judicial el Ministerio del Interior .
24. La Agencia Española de Protección de Datos tendrá la condición de representante común de las autoridades de protección de datos del Reino de España en: el Comité Europeo de Protección de Datos la Comisión Europea el Parlamento Europeo el Consejo Europeo .
25. Colaborarán en aras del adecuado ejercicio de las respectivas competencias que la Ley Orgánica 6/1985, de 1 julio, del Poder Judicial, les atribuye en materia de protección de datos personales en el ámbito de la Administración de Justicia: el Comité Europeo de Protección de Datos y el Ministerio Fiscal el Comité Europeo de Protección de Datos y el Consejo General del Poder Judicial la Agencia Española de Protección de Datos y el Ministerio Fiscal la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo General del Poder Judicial .
26. La Agencia Española de Protección de Datos se rige por lo dispuesto en: el Reglamento (UE) 2016/679 la ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales todas son correctas .
27. Aprobará el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos: las Cortes Generales, a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos, mediante ley la Agencia Española de Protección de Datos, a propuesta del Gobierno, mediante real decreto el Gobierno, a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos, mediante ley el Gobierno, a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos, mediante real decreto .
28. Elaborará y aprobará el presupuesto de la Agencia Española de Protección de Datos: el Comité Europeo de Protección de Datos las Cortes Generales la Agencia Española de Protección de Datos el Gobierno.
29. Una vez aprobado el presupuesto de la Agencia Española de Protección de Datos será remitido a: el Comité Europeo de Protección de Datos para que sea integrado en los Presupuestos Generales del Estado el Gobierno para que sea integrado en los Presupuestos Generales del Estado las Cortes Generales para que sea integrado en los Presupuestos Generales del Estado el Congreso para que sea integrado en los Presupuestos Generales del Estado .
30. Corresponde a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos autorizar las modificaciones presupuestarias que impliquen: hasta un 3% de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que se incrementen los créditos para gastos de personal hasta un 5% de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que se incrementen los créditos para gastos de personal hasta un 3% de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que no se incrementen los créditos para gastos de personal hasta un 5% de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que no se incrementen los créditos para gastos de personal.
31. Las modificaciones presupuestarias que no excedan de un 5% del presupuesto serán autorizadas por: el Ministerio de Hacienda el Gobierno el Consejo General del Poder Judicial el Comité Europeo de Protección de Datos .
32. Las modificaciones presupuestarias que excedan de un 5% del presupuesto serán autorizadas por: el Ministerio del Interior el Gobierno el Consejo General del Poder Judicial el Comité Europeo de Protección de Datos .
33. La Agencia Española de Protección de Datos contará para el cumplimiento de sus fines con: las asignaciones que se establezcan con cargo a los Presupuestos Generales del Estado los bienes y valores que constituyan su patrimonio los ingresos, ordinarios y extraordinarios derivados del ejercicio de sus actividades todas son correctas .
34. El resultado positivo de sus ingresos se destinará por la Agencia Española de Protección de Datos a: la dotación de sus reservas con el fin de garantizar su plena independencia la donación a organización no gubernamentales aumentar el patrimonio de Hacienda el mantenimiento de los registros de actividades de tratamiento.
35. El personal al servicio de la Agencia Española de Protección de Datos será: funcionario o laboral autónomo exclusivamente funcionario autónomo o laboral .
36. El personal al servicio de la Agencia Española de Protección de Datos se regirá por lo previsto en: el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público la normativa reguladora de los funcionarios públicos en su caso, por la normativa laboral todas son correctas .
37. La Agencia Española de Protección Datos elaborará y aprobará su relación de puestos de trabajo, en el marco de los criterios establecidos por: el Ministerio de Hacienda el Ministerio del Interior el Gobierno el Comité Europeo de Protección de Datos .
38. En la relación de puestos de trabajo que elaborará la Agencia Española de Protección Datos constarán, en todo caso, aquellos puestos que deban ser desempeñados en exclusiva por: funcionarios públicos personal laboral funcionarios públicos o personal laboral ninguna es correcta .
39. Sin perjuicio de las competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas, la gestión económicofinanciera de la Agencia Española de Protección de Datos estará sometida al control de: el Síndico de Agravios la Intervención General de la Administración del Estado el Ministerio de Hacienda ninguna es correcta .
40. Corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos: supervisar la aplicación de esta ley orgánica supervisar la aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 ejercer las funciones establecidas en el artículo 57 y las potestades previstas en el artículo 58 del Reglamento (UE) 2016/679, en la presente ley orgánica y en sus disposiciones de desarrollo todas son correctas .
41. Ostenta la representación y dicta las resoluciones, circulares y directrices de la Agencia Española de Protección de Datos: la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos el Ministerio de Hacienda un vocal del Comité Europeo de Protección de Datos el Secretario de la Agencia Española de Protección de Datos .
42. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos estará auxiliada por: un Vocal en el que podrá delegar sus funciones y que la sustituirá en el ejercicio de las mismas un Secretario en el que podrá delegar sus funciones y que la sustituirá en el ejercicio de las mismas un Adjunto en el que podrá delegar sus funciones y que la sustituirá en el ejercicio de las mismas un Delegado en el que podrá delegar sus funciones y que la sustituirá en el ejercicio de las mismas .
43. Ejercerá sus funciones con plena independencia y objetividad y no estará sujeto a instrucción alguna en su desempeño: a. la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos b. el Adjunto de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos c. a y b son correctas d. ninguna es correcta .
44. Le será aplicable la legislación reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado: a. la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos b. el Adjunto de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos c. a y b son correctas d. ninguna es correcta .
45. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y su Adjunto serán nombrados por: el Gobierno, a propuesta del Presidente del Gobierno el Presidente del Gobierno, a propuesta del Gobierno el Presidente del Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia .
46. El Ministerio de Justicia ordenará la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria pública de candidatos a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos: 2 meses antes de producirse la expiración del mandato o, en el resto de las causas de cese, cuando se haya producido éste 1 mes antes de producirse la expiración del mandato o, en el resto de las causas de cese, cuando se haya producido éste 2 meses antes de producirse la expiración del mandato o, en el resto de las causas de cese, 1 mes después 1 mes antes de producirse la expiración del mandato o, en el resto de las causas de cese, 2 meses después .
47. El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una propuesta de Presidencia y Adjunto acompañada de un informe justificativo que, tras la celebración de la preceptiva audiencia de los candidatos, deberá ser ratificada por la Comisión de Justicia en votación pública por: mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación o, de no alcanzarse ésta, por mayoría absoluta en segunda votación mayoría de dos tercios de sus miembros en primera votación o, de no alcanzarse ésta, por mayoría simple en segunda votación mayoría de dos tercios de sus miembros en primera votación o, de no alcanzarse ésta, por mayoría absoluta en segunda votación mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación o, de no alcanzarse ésta, por mayoría simple en segunda votación .
48. La Presidencia y el Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos serán nombrados por el Consejo de Ministros mediante: real decreto ley ordinaria ley orgánica orden ministerial .
49. El mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos tiene una duración de: 4 años renovables 5 años renovables 4 años no renovables 5 años no renovables .
50. La Presidencia y el Adjunto solo cesarán antes de la expiración de su mandato, a petición propia o por separación acordada por el Consejo de Ministros, por (señala la incorrecta): incumplimiento grave de sus obligaciones incapacidad sobrevenida para el ejercicio de su función incompatibilidad condena provisional o firme por delito doloso .
51. Los actos y disposiciones dictados por la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos: ponen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional no ponen fin a la vía administrativa, siendo recurribles ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional ponen fin a la vía administrativa, no siendo recurribles nuevamente no ponen fin a la vía administrativa, siendo recurribles ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Supremo .
52. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos estará asesorada por un Consejo Consultivo compuesto por los siguientes miembros (señala la incorrecta): un Diputado, propuestos por el Congreso de los Diputados un Senador, propuesto por el Senado un representante designado por el Consejo General del Poder Judicial un representante de la Administración General del Estado con experiencia en la materia, propuesto por el Ministerio Fiscal .
53. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos estará asesorada por un Consejo Consultivo compuesto por los siguientes miembros (señala la incorrecta): un representante de cada Comunidad Autónoma que haya creado una Autoridad de protección de datos en su ámbito territorial un experto propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias un experto propuesto por el Consejo de Consumidores y Usuarios un experto propuesto por las Organizaciones Empresariales .
54. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos estará asesorada por un Consejo Consultivo compuesto por los siguientes miembros: un representante de los organismos o entidades de supervisión y resolución extrajudicial de conflictos previstos, propuesto por el Ministro de Justicia un experto, propuesto por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas un experto en transparencia y acceso a la información pública propuesto por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno todas son correctas .
55. Los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos serán nombrados por: orden del Ministro de Justicia decreto del Consejo de Ministros ley de las Cortes Generales real decreto del Gobierno .
56. El Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos se reunirá cuando así lo disponga: el Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos y, en todo caso, una vez al trimestre la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y, en todo caso, una vez al trimestre el Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos y, en todo caso, una vez al semestre la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y, en todo caso, una vez al semestre .
57. Las decisiones tomadas por el Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos: tendrán en todo caso carácter vinculante no tendrán en ningún caso carácter vinculante tendrán carácter vinculante cuando así lo decida la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos tendrán carácter vinculante cuando así lo decida la mayoría del Consejo .
58. La Agencia Española de Protección de Datos publicará las resoluciones de su Presidencia (señala la incorrecta): que no pongan fin a los procedimientos de reclamación que archiven las actuaciones previas de investigación que sancionen con apercibimiento a las entidades a que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica que impongan medidas cautelares .
59. La actividad de investigación de la Agencia Española de Protección de Datos se llevará a cabo por: a. los funcionarios de la Agencia Española de Protección de Datos b. funcionarios ajenos a ella habilitados expresamente por su Presidencia c. funcionarios ajenos a ella habilitados expresamente por su Adjunto d. a y b son correctas .
60. Los funcionarios que desarrollen actividades de investigación: tendrán la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones también se considerarán agentes de la autoridad cuando no estén ejerciendo sus funciones estarán obligados a guardar secreto sobre las informaciones que conozcan con ocasión de dicho ejercicio mientras sigan trabajando en la investigación todas son correctas.
61. Estarán obligados a proporcionar a la Agencia Española de Protección de Datos los datos, informes, antecedentes y justificantes necesarios para llevar a cabo su actividad de investigación: las Administraciones Públicas, incluidas las tributarias las Administraciones Públicas, incluidas las de la Seguridad Social los particulares todas son correctas.
62. Quienes desarrollen la actividad de investigación: podrán recabar las informaciones precisas para el cumplimiento de sus funciones realizar inspecciones requerir la exhibición o el envío de los documentos y datos necesarios todas son correctas .
63. Cuando fuese necesario el acceso por el personal que desarrolla la actividad de investigación al domicilio constitucionalmente protegido del inspeccionado, será preciso: contar con su consentimiento haber obtenido la correspondiente autorización judicial contar con su consentimiento o haber obtenido la correspondiente autorización judicial contar con su consentimiento y haber obtenido la correspondiente autorización judicial .
64. Cuando se trate de órganos judiciales u oficinas judiciales el ejercicio de las facultades de inspección se efectuará a través y por mediación de: el Consejo General del Poder Judicial la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos el Ministerio de Hacienda el Secretario de la Agencia Española de Protección de Datos .
65. Podrá acordar la realización de planes de auditoría preventiva, referidos a los tratamientos de un sector concreto de actividad: el Consejo General del Poder Judicial la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos el Ministerio de Hacienda el Secretario de la Agencia Española de Protección de Datos .
66. A resultas de los planes de auditoría, la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos podrá dictar para un concreto responsable o encargado de los tratamientos precisas para asegurar la plena adaptación del sector o responsable al Reglamento (UE) 2016/679 y a la presente ley orgánica: únicamente directrices generales únicamente directrices específicas directrices generales o específicas ninguna es correcta .
67. Las directrices que pueda dictar la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos: serán de obligado cumplimiento para el sector o responsable al que se refiera el plan de auditoría serán de obligado cumplimiento para el sector o responsable al que se refiera el plan de auditoría cuando así lo indiquen las propias directrices serán de cumplimiento voluntario para el sector o responsable al que se refiera el plan de auditoría ninguna es correcta .
68. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos podrá dictar disposiciones que fijen los criterios a que responderá la actuación de esta autoridad en la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica, que se denominarán: Órdenes de la Agencia Española de Protección de Datos Circulares de la Agencia Española de Protección de Datos Decretos de la Agencia Española de Protección de Datos Disposiciones de la Agencia Española de Protección de Datos .
69. Las circulares de la Agencia Española de Protección de Datos: serán obligatorias desde el momento en que se dicten serán obligatorias una vez publicadas en el Boletín Oficial del Estado serán voluntarias en todo caso solo serán obligatorias si así lo indican las mismas .
70. La titularidad y el ejercicio de las funciones relacionadas con la acción exterior del Estado en materia de protección de datos corresponde a: la Agencia Española de Protección de Datos el Comité Europeo de Protección de Datos el Ministerio de Asuntos Exteriores el Consejo General del Poder Judicial .
71. Las autoridades autonómicas de protección de datos personales podrán ejercer, las funciones y potestades establecidas en los artículos 57 y 58 del Reglamento (UE) 2016/679, de acuerdo con la normativa autonómica, cuando se refieran a: tratamientos de los que sean responsables las entidades integrantes del sector público de la correspondiente Comunidad Autónoma tratamientos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas para el ejercicio de las funciones públicas en materias que sean competencia de la correspondiente Administración Autonómica o Local tratamientos que se encuentren expresamente previstos, en su caso, en los respectivos Estatutos de Autonomía todas son correctas .
72. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos para contribuir a la aplicación coherente del Reglamento (UE) 2016/679 y de la presente ley orgánica convocará a las autoridades autonómicas de protección de datos: por iniciativa propia cuando lo solicite otra autoridad por iniciativa propia o cuando lo solicite otra autoridad ninguna es correcta .
73. Respecto a la cooperación institucional, en todo caso, se celebrarán: reuniones mensuales de cooperación reuniones trimestrales de cooperación reuniones semestrales de cooperación reuniones anuales de cooperación .
74. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos podrán solicitar y deberán intercambiarse mutuamente la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones y, en particular, la relativa a: la actividad del Comité Europeo de Protección de Datos la actividad de la jurisdicción contencioso-administrativa la actividad del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos la actividad de la Administración General del Estado .
75. Cuando la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos considere que un tratamiento llevado a cabo en materias que fueran competencia de las autoridades autonómicas de protección de datos vulnera el Reglamento (UE) 2016/679 podrá requerirlas a que adopten, en el plazo de: 10 días, las medidas necesarias para su cesación un mes, las medidas necesarias para su cesación dos meses, las medidas necesarias para su cesación tres meses, las medidas necesarias para su cesación .
76. Si la autoridad autonómica no atendiere en plazo el requerimiento o las medidas adoptadas no supusiesen la cesación en el tratamiento ilícito, la Agencia Española de Protección de Datos podrá ejercer las acciones que procedan ante: la jurisdicción civil la jurisdicción contencioso-administrativa la jurisdicción procesal la jurisdicción penal .
77. Todas las comunicaciones entre el Comité Europeo de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos cuando éstas, como autoridades competentes, deban someter su proyecto de decisión al citado comité o le soliciten el examen de un asunto en virtud de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 64 del Reglamento (UE) 2016/679: se practicarán por conducto del Ministerio de Asuntos Exteriores se practicarán por conducto de la Administración General del Estado se practicarán por conducto de la Agencia Española de Protección de Datos se practicarán por conducto del Consejo General del Poder Judicial .
78. Las disposiciones de este Título serán de aplicación a los procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos en los supuestos en los que: un afectado reclame que no ha sido atendida su solicitud de ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 investigue la existencia de una posible infracción de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 investigue la existencia de una posible infracción de lo dispuesto en la presente ley orgánica todas son correctas .
79. Cuando el procedimiento se refiera exclusivamente a la falta de atención de una solicitud de ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, se iniciará por acuerdo de admisión a trámite, que se adoptará conforme a lo establecido en el artículo 65 de esta ley orgánica. En este caso el plazo para resolver el procedimiento será de: 3 meses a contar desde la fecha en que hubiera sido notificado al reclamante el acuerdo de admisión a trámite. Transcurrido ese plazo, el interesado podrá considerar estimada su reclamación 6 meses a contar desde la fecha en que hubiera sido notificado al reclamante el acuerdo de admisión a trámite. Transcurrido ese plazo, el interesado podrá considerar desestimada su reclamación 3 meses a contar desde la fecha en que hubiera sido notificado al reclamante el acuerdo de admisión a trámite. Transcurrido ese plazo, el interesado podrá considerar desestimada su reclamación 6 meses a contar desde la fecha en que hubiera sido notificado al reclamante el acuerdo de admisión a trámite. Transcurrido ese plazo, el interesado podrá considerar estimada su reclamación .
80. Cuando el procedimiento en caso de posible vulneración de la normativa de protección de datos tenga por objeto la determinación de la posible existencia de una infracción de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica, se iniciará: a. mediante acuerdo de inicio adoptado por propia iniciativa b. como consecuencia de reclamación c. a y b son correctas d. ninguna es correcta .
81. Cuando el procedimiento tenga por objeto la determinación de la posible existencia de una infracción de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica, se iniciará mediante acuerdo de inicio adoptado por propia iniciativa o como consecuencia de reclamación. El procedimiento tendrá una duración máxima de: 6 meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio o, en su caso, del proyecto de acuerdo de inicio. Transcurrido ese plazo se producirá su caducidad y, en consecuencia, el archivo de actuaciones 9 meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio o, en su caso, del proyecto de acuerdo de inicio. Transcurrido ese plazo se producirá su desestimación y, en consecuencia, el archivo de actuaciones 6 meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio o, en su caso, del proyecto de acuerdo de inicio. Transcurrido ese plazo se producirá su desestimación y, en consecuencia, el archivo de actuaciones 9 meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio o, en su caso, del proyecto de acuerdo de inicio. Transcurrido ese plazo se producirá su caducidad y, en consecuencia, el archivo de actuaciones .
82. La Agencia Española de Protección de Datos inadmitirá las reclamaciones presentadas cuando: no versen sobre cuestiones de protección de datos personales carezcan manifiestamente de fundamento sean abusivas o no aporten indicios racionales de la existencia de una infracción todas son correctas .
83. La decisión sobre la admisión o inadmisión a trámite de las reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos, deberá notificarse al reclamante en el plazo de: 1 mes 2 meses 3 meses 6 meses .
84. Salvo en los supuestos a los que se refiere el artículo 64.3 de esta ley orgánica, la Agencia Española de Protección de Datos deberá, con carácter previo a la realización de cualquier otra actuación: incluida la admisión a trámite de una reclamación o el comienzo de actuaciones previas de investigación, examinar su competencia y determinar el carácter nacional o transfronterizo, en cualquiera de sus modalidades, del procedimiento a seguir salvo la admisión a trámite de una reclamación o el comienzo de actuaciones previas de investigación, examinar su competencia y determinar el carácter nacional o transfronterizo, en cualquiera de sus modalidades, del procedimiento a seguir incluida la admisión a trámite de una reclamación o el comienzo de actuaciones previas de investigación, examinar su competencia y determinar el carácter nacional o transfronterizo, cuando el procedimiento a seguir no sea de urgencia salvo la admisión a trámite de una reclamación o el comienzo de actuaciones previas de investigación, examinar su competencia y determinar el carácter nacional o transfronterizo, cuando el procedimiento a seguir no sea de urgencia .
85. La Agencia Española de Protección de Datos podrá llevar a cabo actuaciones previas de investigación a fin de lograr una mejor determinación de los hechos y las circunstancias que justifican la tramitación del procedimiento: antes de la adopción del acuerdo de inicio de procedimiento, y previamente a la admisión a trámite de la reclamación tras la adopción del acuerdo de inicio de procedimiento, y previamente a la admisión a trámite de la reclamación tras la adopción del acuerdo de inicio de procedimiento, y una vez admitida a trámite la reclamación si la hubiese antes de la adopción del acuerdo de inicio de procedimiento, y una vez admitida a trámite la reclamación si la hubiese .
86. Concluidas, en su caso, las actuaciones previas de investigación, corresponderá a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos, cuando así proceda, dictar acuerdo de inicio de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en que se concretarán: los hechos la identificación de la persona o entidad contra la que se dirija el procedimiento la infracción que hubiera podido cometerse y su posible sanción todas son correctas .
87. Durante la realización de las actuaciones previas de investigación o iniciado un procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, la Agencia Española de Protección de Datos podrá acordar motivadamente las medidas provisionales necesarias y proporcionadas para salvaguardar el derecho fundamental a la protección de datos y, en especial: las previstas en el artículo 66.1 del Reglamento (UE) 2016/679 el bloqueo cautelar de los datos la obligación inmediata de atender el derecho solicitado todas son correctas .
88. En los casos en que la Agencia Española de Protección de Datos considere que la continuación del tratamiento de los datos personales, su comunicación o transferencia internacional comportara un menoscabo grave del derecho a la protección de datos personales, podrá ordenar a: los responsables o encargados de los tratamientos el bloqueo de los datos y la cesación de su tratamiento y, en caso de incumplirse por estos dichos mandatos, proceder a su destrucción los responsables o encargados de los tratamientos el bloqueo de los datos y la cesación de su tratamiento y, en caso de incumplirse por estos dichos mandatos, proceder a su inmovilización la autoridad de protección de datos competente el bloqueo de los datos y la cesación de su tratamiento y, en caso de incumplirse por estos dichos mandatos, proceder a su destrucción la autoridad de protección de datos competente el bloqueo de los datos y la cesación de su tratamiento y, en caso de incumplirse por estos dichos mandatos, proceder a su inmovilización.
89. Cuando se hubiese presentado ante la Agencia Española de Protección de Datos una reclamación que se refiriese, entre otras cuestiones, a la falta de atención en plazo de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, la Agencia Española de Protección de Datos podrá acordar la obligación de atender el derecho solicitado, prosiguiéndose el procedimiento en cuanto al resto de las cuestiones objeto de la reclamación: en cualquier momento, incluso con anterioridad a la iniciación del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, mediante resolución motivada y previa audiencia del responsable del tratamiento con posterioridad a la iniciación del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, mediante resolución motivada y sin audiencia del responsable del tratamiento con posterioridad a la iniciación del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, mediante resolución motivada y previa audiencia del responsable del tratamiento en cualquier momento, incluso con anterioridad a la iniciación del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, mediante resolución motivada y sin audiencia del responsable del tratamiento .
90. Están sujetos al régimen sancionador establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica (señala la incorrecta): el delegado de protección de datos los responsables y los encargados de los tratamientos los representantes de los responsables o encargados de los tratamientos no establecidos en el territorio de la Unión Europea las entidades de certificación .
91. Las infracciones muy graves establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: no prescriben prescribirán al año prescribirán a los 2 años prescribirán a los 3 años.
92. En función de lo que establece el artículo 83.5 del Reglamento (UE) 2016/679 se consideran muy graves las infracciones siguientes (señala la incorrecta): el tratamiento de datos personales vulnerando los principios y garantías establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679 el tratamiento de datos personales sin que concurra alguna de las condiciones de licitud del tratamiento establecidas en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 el incumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/679 para la validez del consentimiento la utilización de los datos para una finalidad que no sea compatible con la finalidad para la cual fueron recogidos, aún contando con el consentimiento del afectado.
93. En función de lo que establece el artículo 83.5 del Reglamento (UE) 2016/679 se consideran muy graves las infracciones siguientes (señala la incorrecta): la resistencia u obstrucción del ejercicio de la función inspectora por la autoridad de protección de datos competente el tratamiento de datos personales de un menor de edad sin recabar su consentimiento, cuando tenga capacidad para ello la vulneración del deber de confidencialidad establecido en el artículo 5 de esta ley orgánica el incumplimiento de la obligación de bloqueo de los datos establecida en el artículo 32 de esta ley orgánica cuando la misma sea exigible .
94. Las infracciones graves establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: no prescriben prescribirán al año prescribirán a los 2 años prescribirán a los 3 años .
95. En función de lo que establece el artículo 83.5 del Reglamento (UE) 2016/679 se considera infracción muy grave: no disponer del registro de actividades de tratamiento establecido en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 el incumplimiento del deber del encargado del tratamiento de notificar al responsable del tratamiento las violaciones de seguridad de las que tuviera conocimiento el incumplimiento de la obligación de designar un representante del responsable o encargado del tratamiento no establecido en el territorio de la Unión Europea la omisión del deber de informar al afectado acerca del tratamiento de sus datos personales .
96. Las infracciones leves establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: no prescriben prescribirán al año prescribirán a los 2 años prescribirán a los 3 años.
97. En función de lo que establece el artículo 83.5 del Reglamento (UE) 2016/679 se considera infracción grave: el incumplimiento de la obligación de documentar cualquier violación de seguridad facilitar información inexacta a la Autoridad de protección de datos, en los supuestos en los que el responsable del tratamiento deba elevarle una consulta previa el incumplimiento de la obligación de suprimir los datos referidos a una persona fallecida cuando ello fuera exigible encargar el tratamiento de datos a un tercero sin la previa formalización de un contrato.
98. Interrumpirá la prescripción de la infracción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante: más de 3 meses por causas imputables al presunto infractor más de 3 meses por causas no imputables al presunto infractor más de 6 meses por causas imputables al presunto infractor más de 6 meses por causas no imputables al presunto infractor .
99. Será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado la información que identifique al infractor, la infracción cometida y el importe de la sanción impuesta cuando la autoridad competente sea la Agencia Española de Protección de Datos, la sanción fuese superior a: un millón de euros y el infractor sea una persona jurídica cien mil euros y el infractor no sea una persona jurídica cien mil de euros y el infractor sea una persona jurídica un millón de euros y el infractor no sea una persona jurídica .
100. Respecto a las sanciones impuestas en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: las sanciones por importe igual o inferior a 20.000 euros, prescriben en el plazo de un año las sanciones por importe igual o inferior a 40.000 euros, prescriben en el plazo de dos años las sanciones por importe igual o inferior a 20.000 euros, prescriben en el plazo de dos años las sanciones por importe igual o inferior a 40.000 euros, prescriben en el plazo de un año .
101. Respecto a las sanciones impuestas en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 200.000 euros prescriben a los dos años las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros prescriben a los dos años las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 200.000 euros prescriben a los tres años las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros prescriben a los tres años .
102. Respecto a las sanciones impuestas en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: las sanciones por un importe superior a 200.000 euros prescriben a los tres años las sanciones por un importe superior a 200.000 euros no prescriben las sanciones por un importe superior a 300.000 euros no prescriben las sanciones por un importe superior a 300.000 euros prescriben a los tres años .
103. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde: el día en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla el día anterior a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla ninguna es correcta .
104. La prescripción de las sanciones se interrumpirá por la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si el mismo está paralizado durante: más de 6 meses por causas imputables al infractor más de 6 meses por causas no imputables al infractor más de 3 meses por causas imputables al infractor más de 3 meses por causas no imputables al infractor .
105. Son plenamente aplicables en Internet los derechos y libertades: consagrados en la Constitución consagrados en los Tratados Internacionales en que España sea parte consagrados en los Convenios Internacionales en que España sea parte todas son correctas.
106. Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos: sociales o económicos técnicos o económicos técnicos o geográficos personales o sociales .
107. Todos tienen derecho a acceder a Internet independientemente de su condición: personal, social, económica o geográfica civil, social, económica o militar personal, sexual, económica o política física, social, familiar o geográfica .
108. El sistema educativo garantizará la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso de los medios digitales que sea seguro y respetuoso con: la dignidad humana los valores constitucionales y los derechos fundamentales el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos personales todas son correctas.
109. Los padres, madres, tutores, curadores o representantes legales procurarán que los menores de edad hagan un uso equilibrado y responsable de los dispositivos digitales y de los servicios de la sociedad de la información a fin de: a. garantizar el adecuado desarrollo de su personalidad b. preservar su dignidad y sus derechos fundamentales c. a y b son correctas d. transmitir valores constitucionales y velar por la seguridad e integridad de su persona .
110. La utilización o difusión de imágenes o información personal de menores en las redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes que puedan implicar una intromisión ilegítima en sus derechos fundamentales determinará la intervención de: el Ministerio Fiscal la Agencia Española de Protección de Datos los jueces los tribunales .
111. Según el artículo 85 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: todos tienen derecho a la libertad de expresión en Internet todos los mayores de edad tienen derecho a la libertad de expresión en Internet todos los españoles tienen derecho a la libertad de expresión en Internet todos los españoles mayores de edad tienen derecho a la libertad de expresión en Internet .
112. Adoptarán protocolos adecuados para posibilitar el ejercicio del derecho de rectificación ante los usuarios que difundan contenidos que atenten contra el derecho al honor, la intimidad personal y familiar en Internet y el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz: los proveedores de servicios de Internet los responsables de redes sociales y servicios equivalentes las Administraciones Públicas la Agencia Española de Protección de Datos y el Comité Europeo de Protección de Datos .
113. El empleador: a. podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias b. podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de garantizar la integridad de dichos dispositivos c. a y b son correctas d. no podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores en ningún caso.
114. Los empleadores deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales respetando en todo caso los estándares mínimos de protección de su intimidad de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente. En su elaboración: podrán participar los representantes de los trabajadores podrán participar los trabajadores que lo soliciten deberán participar los representantes de los trabajadores no participarán los representantes de los trabajadores .
115. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar: fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, salvo su intimidad personal y familiar dentro y fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, salvo su intimidad personal y familiar dentro y fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar .
116. Se definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática en una política interna dirigida a trabajadores: incluidos los que ocupen puestos directivos que será elaborada por el empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores salvo los que ocupen puestos directivos que será elaborada por el empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores salvo los que ocupen puestos directivos que será elaborada por el empleador, sin audiencia de los representantes de los trabajadores incluidos los que ocupen puestos directivos que será elaborada por el empleador, sin audiencia de los representantes de los trabajadores.
117. Los empleadores podrán tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores. Los empleadores: no tendrán obligación alguna de informar siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo habrán de informar con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida habrán de informar con carácter posterior, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida habrán de informar con carácter posterior, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en ningún caso, a sus representantes, acerca de esta medida.
118. La instalación de sistemas de grabación de videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos: se admitirá cuando se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo se admitirá siempre que se haya acordado con los representantes de los trabajadores se admitirá siempre que se haya acordado con los trabajadores no se admitirá en ningún caso .
119. La utilización de sistemas para la grabación de sonidos en el lugar de trabajo se admitirá únicamente cuando resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo y siempre respetando: el principio de proporcionalidad el de intervención mínima las garantías previstas todas son correctas .
120. Respecto al tratamiento de datos obtenidos a través de sistemas de geolocalización para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas: los empleadores podrán tratar estos datos, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo los empleados no están autorizados al tratamiento de estos datos los empleadores no tendrán que informar a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de la existencia y características de estos dispositivos no deberán informar a los trabajadores acerca del posible ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión .
121. Podrán establecer garantías adicionales de los derechos y libertades relacionados con el tratamiento de los datos personales de los trabajadores y la salvaguarda de derechos digitales en el ámbito laboral: los convenios colectivos los acuerdos de la patronal los acuerdos de los sindicatos todas son correctas .
122. Garantizarán la protección del interés superior del menor y sus derechos fundamentales, especialmente el derecho a la protección de datos personales, en la publicación o difusión de sus datos personales a través de servicios de la sociedad de la información: los centros educativos cualesquiera personas físicas que desarrollen actividades en las que participen menores de edad cualesquiera personas jurídicas que desarrollen actividades en las que participen menores de edad todas son correctas .
123. Toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de su nombre los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta: los fines para los que se recogieron o trataron el tiempo transcurrido la naturaleza e interés público de la información todas son correctas .
124. Los usuarios de servicios de redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes tendrán derecho a: a. recibir y transmitir los contenidos que hubieran facilitado a los prestadores de dichos servicios b. que los prestadores transmitan dichos servicios directamente a otro prestador designado por el usuario, siempre que sea técnicamente posible c. a y b son correctas d. a y b son incorrectas.
125. Respecto al acceso a contenidos gestionados por prestadores de servicios de la sociedad de la información sobre personas fallecidas, podrán dirigirse a los prestadores de servicios de la sociedad de la información al objeto de acceder a dichos contenidos e impartirles las instrucciones que estimen oportunas sobre su utilización, destino o supresión (señala la incorrecta): cualquier persona cuyos intereses puedan resultar afectados por la utilización de dichos contenidos las personas vinculadas al fallecido por razones familiares las personas vinculadas al fallecido por razones de hecho los herederos del fallecido .
126. Respecto al acceso a contenidos gestionados por prestadores de servicios de la sociedad de la información sobre personas fallecidas, en caso de personas fallecidas menores de edad, estas facultades podrán ejercerse también por sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, por el Ministerio Fiscal, que: actuará siempre de oficio podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física interesada podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona jurídica interesada podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada .
127. El Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, elaborará un Plan de Acceso a Internet con los siguientes objetivos: superar las brechas digitales y garantizar el acceso a Internet de colectivos vulnerables mediante, entre otras medidas, un bono social de acceso a Internet impulsar la existencia de espacios de conexión de acceso público fomentar medidas educativas que promuevan la formación en competencias y habilidades digitales básicas a personas y colectivos en riesgo de exclusión digital todas son correctas .
128. El Gobierno presentará un informe anual en el que se dará cuenta de la evolución de los derechos, garantías y mandatos contemplados en el Título X de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: ante la comisión parlamentaria correspondiente del Congreso de los Diputados ante la comisión parlamentaria correspondiente del Senado ante la Agencia Española de Protección de Datos ante el Comité Europeo de Protección de Datos .
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso