TAACSEDipu_26
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Título del Test:
![]() TAACSEDipu_26 Descripción: TAACSE Dipu_26 |



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499.- La acogida al ciudadano en un servicio público cultural se orienta principalmente a: Controlar sanciones. Facilitar el acceso y la comprensión del servicio. Incrementar ingresos. Limitar el acceso. 500.- La calidad en la atención al público se mide, entre otros, por: El tiempo de espera y la resolución de consultas. La recaudación. El número de sanciones. La publicidad institucional. 501.- La comunicación interpersonal en atención al público debe basarse en: Escucha activa y trato respetuoso. Autoridad. Discrecionalidad. Jerarquía normativa. 502.- La señalización y la cartelería de acogida contribuyen principalmente a: Incrementar sanciones. Orientar y reducir incertidumbre del usuario. Limitar movimientos. Evitar cualquier pregunta. 503.- La atención telefónica y digital se considera: Una función secundaria. Una potestad reservada a las situaciones en las que el trato directo es imposible. Actividad mercantil. Parte del servicio de información al ciudadano. 504.- En el ámbito de la atención al público, la acogida debe contemplar especialmente: Preferencias del gestor. Necesidades de accesibilidad y diversidad de usuarios. Solo al público turístico. Exclusivamente a grupos escolares. 505.- La gestión de colas y turnos busca principalmente: Agitar el ambiente creando conflicto. Evitar reclamaciones penales. Limitar el acceso por perfiles. Ordenar la atención y mejorar la eficiencia. 506.- La derivación correcta de un ciudadano a otro servicio implica: Orientar y facilitar la continuidad de la atención. Desentenderse del caso. Evitar registrar la consulta. Finalizar la relación. 507.- La obligación de la Administración de actuar con objetividad y al servicio del interés general deriva de: Costumbre administrativa. La Constitución Española. El derecho privado. Ley 40/2015. 508.- La atención prioritaria o adaptada a determinados colectivos se justifica por: El mandato de promover la igualdad real y efectiva. Preferencia del gestor. Interés turístico. Rentabilidad. 509.- La atención a personas con discapacidad en puntos de información se vincula directamente con: Voluntariedad. Autonomía privada. Rentabilidad social. Accesibilidad universal. 510.- La recogida de datos personales del ciudadano (p. ej., para gestionar una consulta) requiere: Ninguna base. Solo consentimiento siempre. Una base de licitud del tratamiento. Registro previo obligatorio. 511.- La atención al público por medios electrónicos se integra en: Actividad mercantil. La relación electrónica con la Administración. Potestad sancionadora. Gestión privada. 512.- Las quejas o sugerencias presentadas por la ciudadanía deben tramitarse respetando: Solo el criterio del responsable. Los derechos del interesado y el registro de entrada. El derecho mercantil. El derecho penal. 513.- La actuación del personal de atención al público debe regirse por los principios de: Eficacia, servicio al ciudadano y buena fe. Rentabilidad y competencia. Exclusividad y discrecionalidad. Finalidad comercial. 514.- Cuando se capten imágenes del ciudadano en instalaciones (videovigilancia), el tratamiento debe ajustarse a: Costumbre. Reglamento interno únicamente. Normativa mercantil. Normativa de protección de datos. 515.- La organización de turnos y aforos en espacios de atención al público se vincula también con cuál de los siguientes ámbitos?: La planificación de la seguridad y la prevención de riesgos. La ordenación general de la actividad económica. La estrategia de promoción turística del territorio. La gestión ordinaria de los recursos comerciales. 516.- Los protocolos de atención al público sirven principalmente para: Homogeneizar respuestas y mejorar la calidad. Limitar la autonomía del personal. Incrementar sanciones económicas. Evitar transparencia. 517.- La evaluación del servicio de atención al público permite: Eliminar el servicio. Mejorar el beneficio privado. Mejorar procesos, tiempos y satisfacción. Reducir accesibilidad. |




