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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 16

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Título del test:
Tema 16

Descripción:
Art. por Art. Juicio Verbal

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/12/2022

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 114
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Temario:
Las que soliciten alimentos debidos por disposición legal o por otro título, se regulan en: Art. 250.1.7º LEC Art. 250.1.8º LEC. Art. 250.1.9º LEC. Art. 250.1.10º LEC.
Las que pretendan la recuperación de la plena posesión de una finca rústica o urbana, cedida en precario, por el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer dicha finca, se regulan en: Art. 250.1.1º LEC. Art. 250.1.2º LEC. Art. 250.1.3º LEC. Art. 250.1.4º LEC.
Las que supongan el ejercicio de la acción de rectificación de hechos inexactos y perjudiciales, se regulan en: Art. 250.1.7º LEC. Art. 250.1.8º LEC. Art. 250.1.9º LEC. Art. 250.1.4º LEC.
Las que pretendan que el tribunal resuelva, con carácter sumario, sobre el incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero, de arrendamiento de bienes muebles, o de un contrato de venta a plazos con reserva de dominio, siempre que estén inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles y formalizados en el modelo oficial establecido al efecto, mediante el ejercicio de una acción exclusivamente encaminada a obtener la inmediata entrega del bien al arrendador financiero, al arrendador o al vendedor o financiador en el lugar indicado en el contrato, previa declaración de resolución de éste, en su caso, se regulará en: Art. 250.1.8º LEC. Art. 250.1.9º LEC. Art. 250.1.10º LEC. Art. 250.1.11º LEC.
El arrendador que pretenda el desahucio de un inquilino por obras inconsentidas por parte del arrendatario se regulará en: Art. 250.1.1º LEC Art. 249.1.6º LEC Art. 250.1.2º LEC Art. 250.1.4º LEC.
Si el arrendador reclama al inquilino 7.000 euros por rentas debidas y 2.300 euros por cantidades debidas lo hará por: Art. 250.1.1º LEC Art. 249.2 LEC Las rentas debidas por juicio ordinario, mientras las cantidades lo hará por juicio verbal. Art. 249.1.6º LEC.
Las que, instadas por los titulares de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad, demanden la efectividad de esos derechos frente a quienes se oponga a ellos o perturben su ejercicio, sin disponer de título inscrito que legitime la oposición o la perturbación: Art. 250.1.7º LEC. Art. 250.1.8º LEC. Art. 250.1.9º LEC. Art. 250.1.4º LEC.
Las que pretendan la efectividad de los derechos reconocidos en el artículo 160 del Código Civil, ser regulará en: Juicio ordinario Art. 250.1.4º LEC. Art. 250.1.9º LEC. Art. 250.1.13º LEC.
Según el Art. 437.1 LEC el juicio verbal principiará por: Demanda sucinta. Demanda. Impreso Formulario.
Será aplicable a la demanda del juicio verbal en relación al juicio ordinario: Lo relativo a la preclusión de las alegaciones. Lo relativo a la litispendencia y cosa juzgada. Lo relativo a la preclusión de alegaciones y litispendencia. Lo relativo a la preclusión de alegaciones, litispendencia y cosa juzgada.
¿Será preceptivo en el juicio verbal abogado y procurador?: Si, será preceptivo abogado y procurador. No, no será preceptivo hasta 2.000 euros. No, no será necesario en los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros. No, no será necesario en los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta sea inferior a 2.000 euros.
En los juicios verbales en que no se actúe con abogado y procurador, el demandante podrá formular: Un formulario Una demanda sucinta, donde se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o los domicilios en que pueden ser citados, y se fijará con claridad y precisión lo que se pida, concretando los hechos fundamentales en que se basa la petición. Una demanda sucinta, donde se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o los domicilios en que pueden ser citados, y se fijará con claridad y precisión lo que se pida. Una demanda con todos los requisitos del Art. 399 LEC.
Indique que es lo que se hallarán a su disposición en el órgano judicial correspondiente a fin de poder iniciar el proceso: Instancias Formularios Impresos normalizados Ninguna es cierta .
El Art. 437.3 LEC establece que si en la demanda se solicitase el desahucio de finca urbana por falta de pago de las rentas o cantidades debidas al arrendador, o por expiración legal o contractual del plazo....: El demandante anunciará en ella que asume el compromiso de condonar al arrendatario todo o parte de la deuda y de las costas, con expresión de la cantidad concreta. El demandante podrá anunciar en ella que asume el compromiso de condonar al arrendatario toda la deuda y de las costas, con expresión de la cantidad concreta. El demandante podrá anunciar en ella que asume el compromiso de condonar al arrendatario todo o parte de la deuda y de las costas, con expresión de la cantidad concreta. El demandante podrá anunciar en ella que asume el compromiso de condonar al arrendatario todo o parte de la deuda y de las costas, sin expresión de la cantidad concreta.
La condonación queda condicionada a: El desalojo voluntario de la finca dentro del plazo que se indique por el Letrado de la Administración de Justicia, que no podrá ser inferior al plazo de quince días desde que se notifique la demanda. El desalojo voluntario de la finca dentro del plazo que se indique por el arrendatario, que no podrá ser inferior al plazo de quince días desde que se notifique la demanda. El desalojo voluntario de la finca dentro del plazo que se indique por el arrendador, que no podrá ser inferior al plazo de treinta días desde que se notifique la demanda. El desalojo voluntario de la finca dentro del plazo que se indique por el arrendador, que no podrá ser inferior al plazo de quince días desde que se notifique la demanda.
El Art. 437.3 LEC dispone que igualmente, podrá interesarse en la demanda...: Que se tenga por solicitada la ejecución del lanzamiento en la fecha y hora que se fije por el juzgado. Que se tenga por solicitada la ejecución del lanzamiento en la fecha y hora que se fije por el Letrado de la Administración de Justicia. Que se tenga por solicitada la ejecución del lanzamiento en la fecha que se fije por el juzgado. Que se tenga por solicitada la ejecución del lanzamiento en la fecha u hora que se fije por el juzgado.
Cuando se solicitase en la demanda la recuperación de la posesión de una vivienda o parte de ella a la que se refiere el párrafo segundo del numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250....: Aquélla podrá dirigirse genéricamente contra los conocidos ocupantes de la misma, sin perjuicio de la notificación que de ella se realice a quien en concreto se encontrare en el inmueble al tiempo de llevar a cabo dicha notificación. Aquélla podrá dirigirse genéricamente contra los desconocidos ocupantes de la misma, sin perjuicio de la notificación que de ella se realice a quien en concreto se encontrare en el inmueble al tiempo de llevar a cabo dicha notificación. Aquélla podrá dirigirse genéricamente contra los desconocidos ocupantes de la misma, sin perjuicio de la notificación que de ella se realice a quien en concreto se encontrare en el inmueble al tiempo de formular la demanda. Aquélla podrá dirigirse en concreto contra los ocupantes de la misma.
Cabe en el juicio verbal la acumulación de acciones basadas en los mismos hechos: No. Si, siempre que se dirijan siempre contra el mismo sujeto. Si, siempre que proceda, en todo caso, el juicio verbal. Sí siempre que lo sea por cuantía, con independencia de la misma.
¿Se puede en el juicio verbal acumular la acción de resarcimiento de daños y perjuicios?: Si, en cualquier caso. Sí, a otra acción que sea prejudicial de ella. No cabe dicha acumulación de daños y perjuicios. Ninguna es cierta.
Indique la afirmación incierta: Se pueden acumular las acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas, cuando se trate de juicios de desahucios de finca por falta de pago. Se pueden acumular las acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas, cuando se trate de juicios de desahucios de finca por expiración legal o contractual del plazo, con independencia de la cantidad que se reclame. Podrán acumularse las acciones ejercitadas contra el fiador o avalista solidario previo requerimiento de pago no satisfecho. Se pueden acumular las acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas, cuando se trate de juicios de desahucios de finca por expiración legal o contractual del plazo, siempre que la cuantía no supere la propia del juicio verbal.
Señale en qué procedimientos, cualquiera de los cónyuges podrá ejercer simultáneamente la acción de división de la cosa común respecto de los bienes que tengan en comunidad ordinaria indivisa: En los procedimientos de divorcio. En los procedimientos de separación, divorcio o nulidad. En los procedimientos de separación, divorcio o nulidad y en los que tengan por objeto obtener la eficacia civil de las resoluciones o decisiones eclesiásticas. En cualquier procedimiento. .
Si hubiere diversos bienes en régimen de comunidad ordinaria indivisa: El tribunal puede considerarlos en conjunto a los efectos de formar lotes o adjudicarlos, si uno de los cónyuges lo solicitare. El tribunal puede considerarlos en conjunto a los efectos de formar lotes o adjudicarlos. El tribunal deberá considerarlos en conjunto a los efectos de formar lotes o adjudicarlos. El tribunal puede considerarlos individualmente a los efectos de formar lotes o adjudicarlos, si uno de los cónyuges lo solicitare.
Admitida la demanda por el Letrado de la Administración de Justicia por diligencia de ordenación, se dará traslado de ella al demandado para que..: La conteste por escrito en el plazo de diez días. La conteste por escrito en el plazo de vente días. La conteste en la vista. Ninguna es cierta.
Indique qué ocurre si el demandado no contesta a la demanda: Se entenderá como una afirmación tácita de los hechos a que se refiere la demanda. Se le volverá a emplazar para contestar a la demanda. Se le declarará en rebeldía. Se dictará sentencia inmediatamente.
En los casos en que sea posible actuar sin abogado ni procurador...: No es posible en el juicio verbal actuar sin abogado ni procurador. Se indicará así en el decreto de admisión y se comunicará al demandado que están a su disposición en el juzgado unos impresos normalizados que puede emplear para la contestación a la demanda. Se indicará así en el auto de admisión y se comunicará al demandado que están a su disposición en el juzgado unos impresos normalizados que puede emplear para la contestación a la demanda. Se indicará así en la diligencia de ordenación de admisión y se comunicará al demandado que están a su disposición en el juzgado unos impresos normalizados que puede emplear para la contestación a la demanda.
En ningún caso se admitirá reconvención en los juicios verbales...: Cabe la reconvención en todos los casos. Que, según la ley, deban finalizar por sentencia sin efectos de cosa juzgada. Que, según la ley, deban finalizar por sentencia con efectos de cosa juzgada. Que, según el Juez, deban finalizar por sentencia sin efectos de cosa juzgada.
En los juicios verbales donde se admite la reconvención se hará: Siempre que no determine la improcedencia del juicio ordinario. Siempre que no determine la improcedencia del juicio verbal y exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal. Siempre que no determine la improcedencia del juicio verbal y no exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal. Siempre que determine la improcedencia del juicio verbal y exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal. .
Admitida la reconvención se regirá..: Por las normas previstas en el juicio verbal, salvo el plazo para su contestación que será de diez días. Por las normas previstas en el juicio ordinario, salvo el plazo para su contestación que será de veinte días Por las normas previstas en el juicio ordinario, salvo el plazo para su contestación que será de diez días. Por las normas previstas en el juicio ordinario.
En relación a la compensación en el juicio verbal si la cuantía de dicho crédito fuese superior a la que determine que se siga el juicio verbal: No cabe la compensación en el juicio verbal, El Letrado de la Administración de Justicia tendrá por no hecha tal alegación en la vista, advirtiéndolo así al demandado, para que use de su derecho ante el tribunal y por los trámites que correspondan. El tribunal tendrá por no hecha tal alegación en la vista, advirtiéndolo así al demandado, para que use de su derecho ante el tribunal y por los trámites que correspondan. El tribunal tendrá por no hecha tal alegación en la vista, advirtiéndolo así al demandante y demandado, para que use de su derecho ante el tribunal y por los trámites que correspondan. .
El demandado deberá pronunciarse necesariamente sobre la pertinencia de la celebración de la vista en el juicio verbal: En la audiencia previa. En la vista. En el escrito de contestación a la demanda. En cualquier momento.
El demandante deberá pronunciarse sobre la celebración de vista, en el plazo de......... días desde el traslado del escrito de contestación: 2 Días 3 Días Un día 5 Días .
En todo caso, bastará con que una de las partes lo solicite la celebración de vista para que el Letrado de la Administración de Justicia señale día y hora para su celebración, dentro de los: 2 días siguientes. 3 días siguientes 5 días siguientes 10 días siguientes.
Señale cuando pueden las partes apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas: En cualquier momento. Antes de la sentencia. Antes de la contestación a la demanda. En cualquier momento posterior, previo a la celebración de la vista.
En el supuesto de que una de las partes se apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas: Se dará traslado a la otra parte por el plazo de tres días. Se dará traslado a la otra parte. Se dará traslado a la otra parte por el plazo de dos días. Se dará traslado a la otra parte por el plazo de cinco días .
No se admitirán las demandas que pretendan retener o recobrar la posesión...: Si se interponen transcurrido el plazo de un año a contar desde el acto de la perturbación o el despojo. Si se interponen transcurrido el plazo de dos años a contar desde el acto de la perturbación o el despojo. Si se interponen transcurrido el plazo de 6 meses a contar desde el acto de la perturbación o el despojo. Si se interponen transcurrido el plazo de tres años a contar desde el acto de la perturbación o el despojo. .
En los casos del número 7.º del apartado 1 del artículo 250, no se admitirán las demandas en los siguientes casos entre los que no se encuentra: Cuando en ellas no se expresen las medidas que se consideren necesarias para asegurar la eficacia de la sentencia que recayere. Si, salvo renuncia del demandante, que hará constar en la demanda, no se señalase en ésta la caución que, ha de prestar el demandado, en caso de comparecer y contestar, para responder de los frutos que haya percibido indebidamente, de los daños y perjuicios que hubiere irrogado y de las costas del juicio. Si no se acompañase a la demanda certificación literal del Registro de la Propiedad que acredite expresamente la vigencia, sin contradicción alguna, del asiento que legitima al demandante. Cuando no se acompañe acreditación del requerimiento de pago al deudor.
No se admitirán las demandas de desahucio de finca urbana por falta de pago de las rentas o cantidades debidas por el arrendatario: Si el arrendador no indicare las circunstancias concurrentes que puedan permitir, en el caso concreto, la enervación del desahucio. Si el arrendador no indicare las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la enervación del desahucio. Si el arrendador no permite la condonación. Si el arrendador indicare las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la enervación del desahucio.
En los casos de los números 10.º del apartado 1 del artículo 250, cuando la acción ejercitada se base en el incumplimiento de un contrato de venta de bienes muebles a plazos, no se admitirán las demandas: A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor. A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago y de la no entrega del bien. A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago y de la no entrega del bien, así como certificación de la inscripción de los bienes en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, si se tratase de bienes susceptibles de inscripción en el mismo. A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago y de la no entrega del bien.
Cuando se ejerciten acciones basadas en el incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero o de bienes muebles, no se admitirán las demandas..: A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago y de la no entrega del bien, así como certificación de la inscripción de los bienes en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, si se tratase de bienes susceptibles de inscripción en el mismo. A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago y de la no entrega del bien. A las que no se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago. A las que se acompañe la acreditación del requerimiento de pago al deudor, con diligencia expresiva del impago.
Según el Art. 440.1 LEC contestada la demanda y, en su caso, la reconvención o el crédito compensable, o transcurridos los plazos correspondientes, el Letrado de la Administración de Justicia, cuando haya de celebrarse vista citará a las partes a tal fin dentro de: El plazo máximo de un mes. Los tres días siguientes. Los cinco días siguientes. Los diez días siguientes.
La vista habrá de tener lugar dentro del plazo máximo de: Un mes. 10 días. 20 días. 30 días.
En la citación se fijará el día y hora en el que haya de celebrarse la vista, y se informará a las partes de la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación: No, esa información de poder acudir a la mediación y a la negociación se produce en la vista. En cuyo caso éstas indicarán en la vista su decisión al respecto y las razones de la misma. En cuyo caso éstas indicarán en la contestación a la demanda su decisión al respecto y las razones de la misma. En cuyo caso éstas indicarán en una comparecencia previa a la vista su decisión al respecto y las razones de la misma.
Indique de las prevenciones que se producen en la citación para la vista, la que resulta incorrecta: En la citación se hará constar que la vista no se suspenderá por inasistencia del demandado. Se advertirá a los litigantes que han de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse Se les advertirá de que si no asistieren y se propusiere y admitiere su declaración, podrán considerarse admitidos los hechos del interrogatorio. Se le apercibirá al demandante que si no asistiese a la vista, y el demandado no alegare interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo, se tendrá en el acto por desistido a aquél de la demanda, se le impondrán las costas causadas y se le condenará a indemnizar al demandado comparecido aunque éste no las pida.
La citación indicará también a las partes que, en el plazo de los.............siguientes a la recepción de la citación, deben indicar las personas que, por no poderlas presentar ellas mismas, han de ser citadas por el Letrado de la Administración de Justicia a la vista para que declaren en calidad de parte, testigos o peritos: 2 días. 3 días. 5 días. 10 días.
Indique en qué plazo podrán las partes pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas: 2 días. 3 días. 5 días. 10 días.
En los casos del número 7.o del apartado 1 del artículo 250, en la citación para la vista se apercibirá al demandado de que...: En caso de no comparecer, se dictará sentencia acordando las actuaciones que, para la efectividad del derecho inscrito, hubiere solicitado el actor. Se dictará sentencia acordando las actuaciones que, para la efectividad del derecho inscrito, si no presenta título de propiedad. No es necesario que comparezca la parte demandada ni su representante. Se dictará sentencia acordando las actuaciones que, para la efectividad del derecho inscrito, si comparece al acto de la vista prestando caución.
En relación a la caución a la que se refiere el Art. 250.1.7o LEC, indique la afirmación cierta: Será prestada por el demandante. Será prestada por el demandante en la cuantía que, tras oírle, el tribunal determine, dentro de la solicitada por el demandado. Será prestada por el demandado en la cuantía que, tras oírle, el tribunal determine, dentro de la solicitada por el actor. No existe caución.
En los casos de demandas en las que se ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, acumulando o no la pretensión de condena al pago de las mismas, el Letrado de la Administración de Justicia, tras la admisión, y previamente a la vista que se señale, requerirá al demandado para que desaloje el inmueble en el plazo de: 5 días. 10 días. 15 días. 20 días.
En el desahucio, dado el caso de la enervación, señale como se produce el mismo: Pagando la totalidad de lo que deba al actor. Pagando la totalidad de lo que deba al actor o poniendo a disposición de aquel en el tribunal. Pagando la totalidad de lo que deba o poniendo a disposición de aquel en el tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda. Pagando la totalidad de lo que deba o poniendo a disposición de aquel en el tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio.
En el caso de que el demandado en el Art. 440.3 LEC formule oposición, señale los motivos de la misma: Por cualquier motivo. Porque no debe, en todo, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación. Porque no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada. Porque no deba en todo o en parte, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación.
Si el demandante ha expresado en su demanda que asume el compromiso a que se refiere el apartado 3 del artículo 437, se le pondrá de manifiesto: En la contestación a la demanda En el requerimiento. En la vista. En cualquier momento.
La aceptación de este compromiso a la condonación del Art. 437.3 LEC equivaldrá a un allanamiento con los efectos del artículo 21 que se documenta en forma de: Decreto. Auto. Sentencia. Ninguna es cierta.
El Art. 440.3 LEC establece que en el requerimiento expresará el día y la hora que se hubieran señalado para que tengan lugar: La eventual vista en caso de oposición del demandando, para la que servirá de citación, y el día y la hora exactos para la práctica del lanzamiento en caso de que hubiera oposición. La eventual vista en caso de oposición del demandando, para la que servirá de citación. La eventual vista en caso de oposición del demandando, para la que servirá de citación, y el día y la hora exactos para la práctica del lanzamiento en caso de que no hubiera oposición. La eventual vista en caso de oposición del demandando, de la que será objeto de citación posterior, y el día y la hora exactos para la práctica del lanzamiento en caso de que no hubiera oposición.
En los supuestos de desahucios por impagos de rentas se expresará que en caso de solicitar asistencia jurídica gratuita el demandado, deberá hacerlo en los............siguientes a la práctica del requerimiento: 2 días. 3 días. Inmediatamente. 5 días.
En el Art. 440.3 LEC la falta de oposición del arrendatario al requerimiento: No supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador. Podrá suponer la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador Supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador. Ninguna es cierta.
Indique de qué manera se lleva a cabo el requerimiento al que se refiere el Art. 440.3 LEC: Personalmente. Siempre por edictos. Por edictos en Boletines Oficiales. Por correo.
Cuando en la demanda se ejercite una acción de aquellas a las que se refiere el número 1.o del apartado 1 del artículo 250, se entenderá : Que el domicilio a efectos de notificaciones será el domicilio del demandante. Que el domicilio a efectos de notificaciones será el domicilio del demandado. Si las partes no han acordado señalar en el contrato de arrendamiento un domicilio en el que se llevarán a cabo los actos de comunicación, éste será, a todos los efectos, el de la vivienda o local arrendado. El de la vivienda o local arrendado.
En los procesos de desahucio de finca urbana o rústica por falta de pago de rentas o cantidades debidas o por expiración legal o contractual del plazo y en los procesos de reclamación de estas rentas o cantidades debidas, cuando no pudiere hallársele ni efectuarle la comunicación al arrendatario en los domicilios designados en el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 155, ni hubiese comunicado de forma fehaciente con posterioridad al contrato un nuevo domicilio al arrendador, al que éste no se hubiese opuesto....: Se notificará personalmente. Se procederá, sin más trámites, a fijar la cédula de citación o requerimiento en el tablón de anuncios de la oficina judicial. Se procederá, sin más trámites, a la publicación en Boletines Oficiales. Se llevarán a cabo averiguaciones.
Según el Art. 440.3 LEC si el demandado no atendiere el requerimiento de pago o no compareciere para oponerse o allanarse: Se archivará el proceso. El Juez dictará auto dando por terminado el juicio de desahucio y se procederá el lanzamiento en el día y la hora fijadas. El Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y se procederá el lanzamiento en el día y la hora fijadas. Se dictará sentencia de lanzamiento.
Si el demandado atendiere el requerimiento en cuanto al desalojo del inmueble sin formular oposición ni pagar la cantidad que se reclamase: El Letrado de la Administración de Justicia lo hará constar, y dictará decreto dando por terminado el procedimiento, y dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada, bastando para ello con la mera solicitud. El Letrado de la Administración de Justicia lo hará constar, y dictará decreto dando por terminado el procedimiento, y dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandado interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada, bastando para ello con la mera solicitud. El Letrado de la Administración de Justicia lo hará constar, y dictará decreto dando por terminado el procedimiento, y dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada, debido presentar demanda ejecutiva. El Letrado de la Administración de Justicia lo hará constar, y dictará decreto dando por terminado el procedimiento, y dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al arrendatario para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada, bastando para ello con la mera solicitud.
En el supuesto de que el demandado atienda al requerimiento de enervación, señale como acaba el procedimiento: Auto. Decreto. Sentencia. Resolución judicial.
En el caso de que el demandado en el supuesto del Art. 440 LEC pague pero no abandone la vivienda, cómo finaliza el proceso de desahucio: Auto. Decreto. Sentencia. Resolución judicial.
Si el demandado atendiere el requerimiento en cuanto al desalojo del inmueble sin formular oposición ni pagar la cantidad que se reclamase, el Letrado de la Administración de Justicia lo hará constar, y dictará decreto dando por terminado el procedimiento, impondrá las costas al demandado e incluirá...: Las rentas debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras, el importe de la última mensualidad pagada al presentar la demanda. Las rentas y cantidades debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras, el importe de la última mensualidad reclamada al presentar la demanda. Las rentas debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras, el importe de la última mensualidad reclamada al presentar la demanda. Las rentas y cantidades debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras, el importe de la última mensualidad pagada al presentar la demanda.
En todos los casos de desahucio, también se apercibirá al demandado en el requerimiento que se le realice que, de no comparecer a la vista..: Se declarará el desahucio sin más trámites y que queda citado para recibir la notificación de la sentencia que se dicte el quinto día siguiente al señalado para la vista. Se declarará el desahucio sin más trámites y que queda citado para recibir la notificación de la sentencia al día siguiente a la vista. Se declarará el desahucio sin más trámites y que queda citado para recibir la notificación de la sentencia que se dicte el tercer día siguiente al señalado para la vista. Se declarará el desahucio sin más trámites y que queda citado para recibir la notificación de la sentencia que se dicte el sexto día siguiente al señalado para la vista.
Igualmente, en la resolución que se dicte teniendo por opuesto al demandado se fijará día y hora exactas para que tenga lugar, en su caso, el lanzamiento, que deberá verificarse: Antes de treinta días desde la fecha señalada para la vista. Antes de veinte días desde la fecha señalada para la vista. Antes de un mes desde la fecha señalada para la vista. Antes de diez días desde la fecha señalada para la vista.
El Art. 440.4 LEC advierte al demandado que, si la sentencia fuese condenatoria y no se recurriera, se procederá al lanzamiento: Tras la notificación de la sentencia. En el día y la hora fijadas, sin necesidad de notificación posterior. Inmediatamente. En el día y la hora fijadas, previa notificación.
Según el Art. 441.1 LEC interpuesta la demanda en el caso del número 3.o del apartado 1 del artículo 250, el: Letrado de la Administración de Justicia llamará a los testigos propuestos por el demandante y, según sus declaraciones, se dictará decreto en el que denegará u otorgará, sin perjuicio de mejor derecho. Juez llamará a los testigos propuestos por el demandante y, según sus declaraciones, el tribunal dictará auto en el que denegará u otorgará, sin perjuicio de mejor derecho. Letrado de la Administración de Justicia llamará a los testigos propuestos por el demandante y, según sus declaraciones, el tribunal dictará auto en el que denegará u otorgará, sin perjuicio de mejor derecho. Letrado de la Administración de Justicia llamará a los testigos propuestos por el demandado y, según sus declaraciones, el tribunal dictará auto en el que denegará u otorgará, sin perjuicio de mejor derecho.
La resolución prevista en la pregunta anterior será publicada: Por edictos, que se insertarán en un lugar visible de la sede del tribunal Por edictos, que se insertarán en un lugar visible de la sede del tribunal, y en el Boletín Oficial de la Provincia. Por edictos, que se insertarán en un lugar visible de la sede del tribunal, en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación en Comunidad Autónoma, a costa del demandante. Por edictos, que se insertarán en un lugar visible de la sede del tribunal, en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación en la misma, a costa del demandante.
Los interesados a comparecer y reclamar mediante contestación a la demanda, en el supuesto del Art. 441.1 LEC lo han de hacer en el plazo de: 20 días. 30 días. 40 días. 60 días.
Cuando se trate de una demanda de recuperación de la posesión de una vivienda o parte de ella a que se refiere el párrafo segundo del numeral 4.o del apartado 1 del artículo 250, la notificación se hará: A quien se encuentre habitando aquélla y a los ignorados ocupantes de la vivienda. A quien se encuentre habitando aquélla. A los ignorados ocupantes de la vivienda. No hay notificación en dicho supuesto.
Según el Art. 441.1 bis LEC si ha sido posible la identificación del receptor o demás ocupantes: Se podrá dar traslado a los servicios públicos competentes. Se dará traslado a los servicios públicos competentes en materia de política social por si procediera su actuación, siempre que se hubiera otorgado el consentimiento por los interesados Se dará traslado a los servicios públicos competentes en materia de política social por si procediera su actuación. Se dará traslado a los servicios públicos competentes en materia de política social por si procediera su actuación, hayan o no otorgado el consentimiento por los interesados.
El Art. 441.1 bis LEC establece que si el demandante hubiera solicitado la inmediata entrega de la posesión de la vivienda, en el decreto de admisión de la demanda se requerirá a sus ocupantes para que aporten, en el plazo de........desde la notificación de aquella, título que justifique su situación posesoria: 3 días. 5 días. 10 días. 20 días.
El Art. 441.1 bis LEC establece que si no se aportara justificación suficiente: El tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante, siempre que el título que se hubiere acompañado a la demanda no fuere bastante para la acreditación de su derecho a poseer. El Letrado de la Administración de Justicia procederá a la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante, siempre que el título que se hubiere acompañado a la demanda fuere bastante para la acreditación de su derecho a poseer. El tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante, siempre que el título que se hubiere acompañado a la demanda fuere bastante para la acreditación de su derecho a poseer. El Letrado de la Administración de Justicia ordenará mediante decreto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante, siempre que el título que se hubiere acompañado a la demanda fuere bastante para la acreditación de su derecho a poseer.
Contra la resolución que decida sobre el incidente del Art. 441.1 bis LEC cabe: No cabe recurso alguno. Apelación. Reposición y posterior apelación. Revisión.
Indique contra quién se llevará a efecto dicha resolución del Art. 441.1 bis LEC: Contra todos los ocupantes de la vivienda. Contra aquel que fue demandado. Contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda. Contra cualquiera de los ocupantes aunque no se encontraren en ese momento en la vivienda.
En todo caso, en la misma resolución en que se acuerde la entrega de la posesión de la vivienda al demandante y el desalojo de los ocupantes, se ordenará comunicar tal circunstancia, siempre que se hubiera otorgado el consentimiento por los interesados, a los servicios públicos competentes en materia de política social, para que, en el plazo de.................., puedan adoptar las medidas de protección que en su caso procedan: 3 días. 5 días. 7 días. 10 días.
Según el Art. 441.2 LEC si la demanda pretendiere que se resuelva judicialmente, con carácter sumario, la suspensión de una obra nueva: El tribunal, antes incluso de que se dé presente la demanda, dirigirá inmediata orden de suspensión al dueño o encargado de la obra El tribunal, cuando se dé traslado para la contestación a la demanda, dirigirá inmediata orden de suspensión al dueño o encargado de la obra. El tribunal, antes incluso de que se dé traslado para la contestación a la demanda, dirigirá inmediata orden de suspensión al dueño o encargado de la obra. El tribunal, antes incluso de que se dé presente la demanda, dirigirá inmediata orden de suspensión al constructor de la obra.
La caución ofrecida en el Art. 441.2 LEC tiene por objeto: Suspender la obra. Continuar la obra. Realizar obras de seguridad. No existe caución en el Art. 441.2 LEC.
En suspensión de obra nueva el Art. 441.2 LEC el tribunal puede disponer de que antes de la vista se lleve a cabo: Cualquier medio probatorio. Reconocimiento judicial. Reconocimiento pericial. Reconocimiento judicial, pericial o conjunto.
En los casos del número 7.º del apartado 1 del artículo 250, tan pronto se admita la demanda...: El tribunal adoptará las medidas solicitadas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento de la sentencia que recayere. El tribunal adoptará las medidas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento de la sentencia que recayere. Procederá a llevar a cabo reconocimiento judicial, pericial o conjunto. Ninguna es cierta.
En el caso del número 10.º del apartado 1 del artículo 250, admitida la demanda: El tribunal ordenará la exhibición de los bienes a su poseedor, bajo apercibimiento de incurrir en obstrucción a la justicia, y su inmediato embargo preventivo, que se asegurará mediante depósito. El tribunal ordenará la exhibición de los bienes a su poseedor, bajo apercibimiento de incurrir en desobediencia a la autoridad judicial, y su inmediato embargo preventivo, que se asegurará mediante depósito. El tribunal ordenará la entrega de los bienes a su poseedor, bajo apercibimiento de incurrir en desobediencia a la autoridad judicial, y su inmediato embargo preventivo, que se asegurará mediante depósito, con arreglo a lo previsto en esta Ley. El tribunal ordenará la exhibición de los bienes a su poseedor, bajo apercibimiento de incurrir en desobediencia a la autoridad judicial, y su inmediato embargo ejecutivo, que se asegurará mediante depósito, con arreglo a lo previsto en esta Ley.
Cuando, al amparo de lo dispuesto en el número 11.o del apartado 1 del artículo 250, se ejerciten acciones basadas en el incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero, arrendamiento de bienes muebles o contrato de venta a plazos con reserva de dominio, admitida la demanda el tribunal ordenará: La exhibición del bien. El embargo preventivo del bien. El depósito del bien cuya entrega se reclame. La intervención judicial.
Señale la afirmación incorrecta respecto a las medidas cautelares en el no 10 y 11o del Art. 250 LEC: No se exigirá caución al demandante para la adopción de estas medidas cautelares. No se admitirá oposición del demandado a las mismas. No se admitirán solicitudes de modificación o de sustitución de las medidas por caución. Todas las afirmaciones son correctas.
En los supuestos del no 10 y 11 del Art. 250 LEC el Letrado de la Administración de Justicia emplazará al demandado por: 5 días para que se persone en las actuaciones, por medio de procurador, al objeto de contestar a la demanda. 3 días para que se persone en las actuaciones, por medio de procurador, al objeto de contestar a la demanda. 10 días para que se persone en las actuaciones, por medio de procurador, al objeto de contestar a la demanda. 20 días para que se persone en las actuaciones, por medio de procurador, al objeto de contestar a la demanda.
Señale cuando en una compraventa de bien mueble a plazo se dictará, sin más trámites, sentencia estimatoria de las pretensiones del actor: En ningún caso. Si el demandado dejare transcurrir el plazo sin contestar a la demanda. Si el demandado funda la contestación en causa no comprendida. Si el demandado dejare transcurrir el plazo sin contestar a la demanda, o si fundara ésta en causa no comprendida.
En los supuestos de los números 10 y 11 del Art. 250 LEC cuando el demandado contestara a la demanda, el Letrado de la Administración de Justicia citará a las partes para la vista. Señale en que supuesto puede no dictarse sentencia estimatoria con las pretensiones del actor: Si el demandado no asistiera a la misma sin concurrir justa causa. Si el demandado asistiera, pero no mantuviera su oposición. Si el demandado fundara su oposición en causa no comprendida. Si el demandado fundara su oposición en causa comprendida.
Si el demandado en los procesos de compraventa de bien mueble a plazo no comparece a la vista: Podrá ser sancionado con multa. Será sancionado con multa de hasta la quinta parte del valor de la reclamación, con un mínimo de ciento ochenta euros. Será sancionado con multa de hasta un tercio del valor de la reclamación, con un mínimo de ciento ochenta euros. Será sancionado con multa de hasta la quinta parte del valor de la reclamación, con un mínimo de seiscientos euros.
En los supuestos del nº 10 y 11 del Art. 250 de la LEC contra la sentencia que se dicte en los casos de ausencia de oposición: Cabe recurso de apelación. Cabe reposición y posterior apelación. Cabe recurso de revisión. No se dará recurso alguno.
El Art. 441.5 LEC dispone que en los casos del número 1o del artículo 250.1, se informará al demandando de: Se ha procedido a la cesión de los datos a los servicios sociales. La posibilidad de que acuda a los servicios sociales, y en su caso, de la posibilidad de autorizar la cesión de sus datos a estos, a efectos de que puedan apreciar la posible situación de vulnerabilidad. La posibilidad de que acuda a los servicios sociales. La posibilidad de que acuda a los servicios sociales, y de la cesión de sus datos a estos, a efectos de que puedan apreciar la posible situación de vulnerabilidad.
En caso de que los servicios sociales confirmasen que el hogar afectado se encuentra en situación de vulnerabilidad social y/o económica, se notificará al órgano judicial: En 3 días. En 5 días. En 7 días. Inmediatamente.
Recibida la comunicación de situación de vulnerabilidad social y/o económica, el Letrado de la Administración de Justicia suspenderá el proceso hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales estimen oportunas, durante un plazo máximo de suspensión de..................a contar desde la recepción de la comunicación de los servicios sociales al órgano judicial, si el demandante es persona física: Un mes. Dos meses. Tres meses. Cuatro meses.
Recibida la comunicación de situación de vulnerabilidad social y/o económica, el Letrado de la Administración de Justicia suspenderá el proceso hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales estimen oportunas, durante un plazo máximo de suspensión de..................a contar desde la recepción de la comunicación de los servicios sociales al órgano judicial, si el demandante es persona jurídica: Un mes. Dos meses. Tres meses. Cuatro meses.
Indique qué consecuencia tiene la inasistencia del demandante a la vista: Se tendrá en el acto por desistido a aquél de la demanda, si el demandado no alegare interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo imponiendo las costas causadas y se le condenará a indemnizar al demandado comparecido, si éste lo solicitare y acreditare los daños y perjuicios sufridos. Se tendrá en el acto porque renuncia a la demanda, si el demandado no alegare interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo imponiendo las costas causadas y se le condenará a indemnizar al demandado comparecido, si éste lo solicitare y acreditare los daños y perjuicios sufridos. Se procederá a la celebración de juicio. Se tendrá en el acto por desistido a aquél de la demanda, si el demandado alegare interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo imponiendo las costas causadas y se le condenará a indemnizar al demandado comparecido, si éste lo solicitare y acreditare los daños y perjuicios sufridos.
Señale qué consecuencia tiene la no comparecencia del demandado al acto de la vista: Sentencia inmediata. Archivo del procedimiento. Se procederá a la celebración de juicio. Desistimiento de la demanda.
Si las partes manifestasen haber llegado a un acuerdo o se mostrasen dispuestas a concluirlo de inmediato: Podrán desistir del acuerdo. Podrán desistir del proceso o solicitar del tribunal que homologue lo acordado. Podrán solicitar del tribunal que homologue lo acordado. Podrán renunciar del proceso o solicitar del tribunal que homologue lo acordado.
El acuerdo homologado judicialmente surtirá los efectos atribuidos por la ley a: La transacción judicial y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias y convenios judicialmente aprobados. La transacción judicial y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias. La transacción judicial y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias convenios extrajudicialmente aprobados. Ninguna es cierta.
En relación a la pregunta anterior indique de qué tipo de título ejecutivo se trata: Art. 517.2.1º LEC Art. 517.2.2º LEC Art. 517.2.3º LEC Art. 517.2.9ºLEC.
El acuerdo podrá impugnarse..: Por las causas que se prevén para la transacción judicial. Por las causas o en la forma que se prevén para la transacción judicial. Por las causas y en la forma que se prevén para la transacción judicial. En la forma que se prevén para la transacción judicial.
Cuando se hubiera suspendido el proceso para acudir a mediación, terminada la misma sin acuerdo: Cualquiera de las partes podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista. Ambas partes podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista. El demandante podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista. El demandado podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista.
En el caso de haberse alcanzado en la mediación acuerdo entre las partes: Éstas deberán comunicarlo al tribunal para que decrete el archivo del procedimiento, sin necesidad homologación judicial. Éstas deberán comunicarlo al tribunal para que decrete el archivo del procedimiento, sin perjuicio de solicitar previamente su homologación judicial. Éstas deberán comunicarlo al Letrado de la Administración de Justicia para que decrete el archivo del procedimiento, sin perjuicio de solicitar previamente su homologación judicial. Ninguna es cierta.
Indique la afirmación incierta: Si las partes no hubiesen llegado a un acuerdo o no se mostrasen dispuestas a concluirlo de inmediato, el tribunal resolverá sobre las circunstancias que puedan impedir la válida prosecución y término del proceso mediante sentencia sobre el fondo. Si se hubieran suscitado cuestiones procesales se alegarán en la vista y se resolverán en la vista. En la vista se dará la palabra a las partes para realizar aclaraciones y fijar los hechos sobre los que exista contradicción. Si hubiere conformidad sobre todos ellos, se propondrán las pruebas y se practicarán seguidamente las que resulten admitidas.
Cuando en el juicio verbal se pretenda la recuperación de finca, rústica o urbana, dada en arrendamiento, por impago de la renta o cantidad asimilada sólo se permitirá al demandado: Se permite alegar y probar cualquier caso. Alegar y probar el pago o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación. Alegar y probar el pago. Alegar y probar la procedencia de la enervación. .
Según el Art. 444.1 bis de la LEC tratándose de un caso de recuperación de la posesión de una vivienda a que se refiere el párrafo segundo del numeral 4.o del apartado 1 del artículo 250, si el demandado o demandados no contestaran a la demanda en el plazo legalmente previsto: Se archivará el procedimiento. Se procederá de inmediato a dictar sentencia. Se dictará sentencia en 10 días. Se dictará sentencia en 20 días.
Según el Art. 444.1 bis LEC la oposición del demandado podrá fundarse: En cualquier motivo. Exclusivamente en la existencia de título suficiente frente al actor para poseer la vivienda o en la falta de título por parte del actor. Exclusivamente en la existencia de título suficiente frente al actor. Exclusivamente en la existencia de título suficiente por parte del actor. .
La oposición del demandado en los supuestos del Art. 250.1.7o LEC podrá fundarse en alguna de las causas siguientes entre las que no se encuentra: Falsedad de la certificación del Registro u omisión en ella de derechos o condiciones inscritas, que desvirtúen la acción ejercitada. Poseer el demandado la finca o disfrutar el derecho discutido por contrato u otra cualquier relación jurídica directa con el último titular o con titulares anteriores o en virtud de prescripción, siempre que ésta deba perjudicar al titular inscrito. Que la finca o el derecho se encuentren inscritos a favor del demandado y así lo justifique presentando certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de la vigencia de la inscripción. Falta de jurisdicción o de competencia del tribunal.
En los casos de los números 10.o y 11.o del apartado 1 del artículo 250, la oposición del demandado sólo podrá fundarse en alguna de las causas siguientes entre las que no se encuentra: Falta de jurisdicción o de competencia del tribunal. Pago acreditado documentalmente. Inexistencia o falta de validez de su consentimiento, sin incluir la falsedad de la firma. Falsedad del documento en que aparezca formalizado el contrato.
Contra las resoluciones del tribunal sobre admisión o inadmisión de pruebas: No cabe recurso alguno. Sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto. Cabe recurso de apelación. Sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y si se desestimare, la parte podrá formular protesta a efecto de hacer valer sus derechos, en su caso, en la segunda instancia.
Practicadas las pruebas en los juicios verbales: El tribunal concederá a las partes un turno de palabra para formular oralmente conclusiones. El tribunal podrá conceder a las partes un turno de palabra para formular por escrito sus conclusiones. El tribunal podrá conceder a las partes un turno de palabra para formular oralmente conclusiones. Se dictará sentencia inmediatamente.
El plazo general para dictar sentencia en los juicios verbales será de: 5 días. 10 días. 20 días. 3 días.
En los desahucios de fincas rústicas la sentencia en: 5 días. 10 días. 20 días. 3 días.
En los desahucios de fincas urbanas la sentencia en: 5 días. 10 días. 20 días. 3 días.
En los desahucios de finca urbana se convoca en el acto de la vista a las partes a la sede del tribunal para: Recibir la notificación si estuvieran representadas por procurador o no debiera realizarse por medios telemáticos, que tendrá lugar el día más próximo posible dentro de los cinco siguientes al de la sentencia. Recibir la notificación si no estuvieran representadas por procurador o no debiera realizarse por medios telemáticos, que tendrá lugar el día más próximo posible dentro de los seis días siguientes al de la sentencia Recibir la notificación si no estuvieran representadas por procurador o no debiera realizarse por medios telemáticos, que tendrá lugar el día más próximo. Recibir la notificación si no estuvieran representadas por procurador o no debiera realizarse por medios telemáticos, que tendrá lugar el día más próximo posible dentro de los cinco siguientes al de la sentencia.
En las sentencias de condena por allanamiento a que se refieren los apartados 3 de los artículos 437 y 440, en previsión de que no se verifique por el arrendatario el desalojo voluntario en el plazo señalado, se fijará con carácter subsidiario día y hora en que tendrá lugar, en su caso, el lanzamiento directo del demandado, que se llevará a término sin necesidad de ulteriores trámites en un plazo: No superior a 15 días desde la finalización de dicho periodo voluntario. No inferior a 15 días desde la finalización de dicho periodo voluntario. No superior a 30 días desde la finalización de dicho periodo voluntario. No superior a 20 días desde la finalización de dicho periodo voluntario.
De las siguientes enumere la pueden tener efectos de cosa juzgada: Art. 250.1.4º LEC Art. 250.1.6º LEC Art. 250.1.1º LEC Art. 250.1.11º LEC.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso