UNA DE LAS PREGUNTAS REFERIDAS A LOS SIST DE IDENTIFICACION DE LAS AAPP ESTÁ MAL; la respuesta sería: los certificados electronicos incluiran el nº identificacion fiscal y la denominación correspondiente, asi como, en su caso, la identidad de LA PERSONA TITULAR en el caso de los sellos electrónicos de organos admministrativos
¿A qué se le llama sede electrónica? Es aquella dirección, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
Es aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
Es aquella dirección, disponible para los ciudadanos a través de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
Es aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
. ¿Qué conlleva el establecimiento de una sede electrónica? Conlleva la responsabilidad respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
Conlleva la responsabilidad del titular respecto de la integridad, y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
Conlleva la responsabilidad del titular respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
Conlleva la responsabilidad respecto de la veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
. ¿Quién determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas? Cada Administración Pública.
La Administración del Estado.
Todas las Administraciones.
Ninguna es correcta.
. Cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de: Transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
Transparencia, eficacia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
Transparencia, eficiencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
Transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e operabilidad.
. ¿Qué deberá garantizar cada Administración Pública? La identificación del órgano titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias.
La identificación del órgano titular de la sede, así como los medios electrónicos para la formulación de sugerencias y quejas.
La identificación del órgano titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.
La identificación del órgano instructor de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.
. ¿De qué dispondrán las sedes electrónicas? Sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
Medios que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
Puntos que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
Medios o puntos que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
. La publicación en las sedes electrónicas de informaciones, servicios y transacciones respetará los principios de: Accesibilidad y eficacia de uso de acuerdo con las leyes establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos.
Accesibilidad y uso de acuerdo con las leyes establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos.
Accesibilidad y uso de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos.
Accesibilidad y eficacia de uso de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos.
. ¿Qué utilizarán las sedes electrónicas para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas? Certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
Certificados cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
Certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio o medio equivalente.
Certificados cualificados de autenticación de sitio medio equivalente.
. ¿Qué se entiende por portal de internet? El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración, organismo o entidad de Derecho que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración, organismo o entidad de Derecho que permite el acceso a través de internet a la información y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
. ¿Cómo podrán identificarse las Administraciones Públicas? Mediante el uso de un sello basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Mediante el uso de un sello basado en un certificado reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma.
. Las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Estos certificados electrónicos incluirán: El número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
El número de identificación y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
El número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
El número de identificación y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
. La relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden cómo deberá ser: Pública y accesible. Además, cada Administración Pública adoptará las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.
Pública y accesible por medios electrónicos. Además, cada Administración Pública adoptará las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.
Pública y accesible por medios electrónicos. Además, cada Administración adoptará las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.
Pública y accesible. Además, cada Administración adoptará las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.
. ¿Qué se entiende por actuación administrativa automatizada? Cualquier acto realizado íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.
Cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.
Cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que haya intervenido de forma directa un empleado público.
Cualquier actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que haya intervenido de forma directa un empleado público.
. En caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de: Las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Las especificaciones, programación, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Las especificaciones, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
. En el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica: Sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica y código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho Público.
Sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica
Código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano , organismo público o entidad de Derecho Público.
Ninguna es correcta.
. ¿Qué determinará cada Administración Pública en el caso de la firma electrónica de su personal? Determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
Reglamentariamente determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
Por Ley determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
Según normativa vigente determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
. Por razones de seguridad pública los sistemas de firma electrónica podrán referirse a: Sólo el número de identificación profesional del empleado público.
Siempre a el número de identificación profesional del empleado público.
La mayoría de las veces a el número de identificación profesional del empleado público.
Cuando lo soliciten a el número de identificación profesional del empleado público.
. Los documentos electrónicos transmitidos en entornos cerrados de comunicaciones establecidos entre Administraciones Públicas, órganos, organismos públicos y entidades de derecho público, serán considerados: Sólo válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en este artículo.
Válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en este artículo.
Siempre válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en este artículo.
A veces válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en este artículo.
. Cuando los participantes en las comunicaciones pertenezcan a una misma Administración Pública: Esta determinará las condiciones y garantías por las que se regirá que, al menos, comprenderá la relación de receptores autorizados y la naturaleza de los datos a cambiar.
Esta determinará las condiciones y garantías por las que se regirá que, al menos, comprenderá la relación de emisores autorizados y la naturaleza de los datos a intercambiar.
Esta determinará las condiciones y garantías por las que se regirá que, al menos, comprenderá la relación de emisores y receptores autorizados y la naturaleza de los datos a intercambiar.
Esta determinará las condiciones y garantías por las que se regirá que, al menos, comprenderá la relación de emisores y receptores autorizados y la naturaleza de los datos a cambiar.
. Cuando los participantes pertenezcan a distintas Administraciones: Las condiciones y garantías se establecerán mediante convenio suscrito entre aquellas.
Las condiciones y garantías se establecerán mediante contrato suscrito entre aquellas.
Las condiciones y garantías se establecerán mediante firma electrónica suscrito entre aquellas.
Las condiciones y garantías se establecerán mediante convenio y contrato suscrito entre aquellas.
. Las Administraciones Públicas qué podrán determinar: Los trámites e informes que incluyan firma reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados reconocidos o cualificados de firma electrónica.
Los trámites e informes que incluyan firma reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica.
Los trámites que incluyan firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica.
Los trámites e informes que incluyan firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica.
. Con el fin de favorecer la interoperabilidad y posibilitar la verificación automática de la firma electrónica de los documentos electrónicos, cuando una Administración utilice sistemas de firma electrónica distintos de aquellos basados en certificado electrónico reconocido o cualificado, para remitir o poner a disposición de otros órganos, organismos públicos, entidades de Derecho Público o Administraciones la documentación firmada electrónicamente: Podrá superponer un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado.
Podrá poner un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado.
Podrá superponer un sello basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado.
Podrá poner un sello basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado.
. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto
en: El Esquema Nacional de Seguridad.
Cada Administración Pública.
Su normativa.
Ninguna es correcta.
. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen: La integridad, eficacia, efectividad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.
La integridad,eficacia, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.
La integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.
La integridad, efectividad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.
. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados. En particular, asegurarán: La identificación de los usuarios y el control de accesos, el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos, así como la recuperación y conservación a largo plazo de los documentos electrónicos producidos por las Administraciones Públicas que así lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de los servicios y sistemas utilizados.
La identificación de los usuarios y el control de accesos, el cumplimiento de las garantías previstas, así como la recuperación a largo plazo de los documentos electrónicos producidos por las Administraciones Públicas que así lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de vida de los servicios y sistemas utilizados.
La identificación de los usuarios y el control de accesos, el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación, así como la recuperación y conservación a largo plazo de los documentos electrónicos producidos por las Administraciones Públicas que así lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de vida de los servicios y sistemas utilizados.
La identificación de los usuarios y el control de accesos, el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos, así como la recuperación y conservación a largo plazo de los documentos electrónicos producidos por las Administraciones Públicas que así lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de vida de los servicios y sistemas utilizados.
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