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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 2. Derecho Mercantil 2 UNED

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Título del test:
Tema 2. Derecho Mercantil 2 UNED

Descripción:
Asignatura de Derecho UNED

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
02/03/2023

Categoría:
UNED

Número preguntas: 92
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Temario:
En una sociedad colectiva la participación del socio industrial en las ganancias sociales vendrá determinada: (TEMA 2 LA SOCIEDAD COLECTIVA Página 70 del manual, epígrafe 4. La posición de socio industrial.) a) Por cuanto se haya establecido al respecto en la escritura social y, en ausencia de pacto, será por una cantidad igual a la participación del socio capitalista de menor participación. b) Por una estricta regla de igualdad, pues, dada su carácterización como sociedad personalista, todos los socios - capitalistas o industriales - participan en un plano de igualdad. por lo que les corresponderá la misma participación en las ganancias sociales. c) Por una retribución fija y constante que, concretada en la escritura social, se devengará con independencia de la marcha del negocio social.
Tres personas constituyeron, conforme con las exigencias legales, una sociedad colectiva. El Sr. X realizó una aportación en favor de la sociedad de 20.000 euros,mientras que el Sr. Y lo hizo por la cantidad de 10.000 euros. Sin embargo, el Sr. Z comprometió una aportación de industria, que ha venido a satisfacer con la conformidad del resto de los socios. Dado el éxito de la actividad empresarial que realizarán, deciden repartir entre sí las ganancias. Sin embargo, en el contrato social no se estableció pacto alguno regulando los porcentajes de tal distribución. El Sr. Z le consulta acerca de cuál será su porcentaje de participación en las ganancias. (TEMA 2 LA SOCIEDAD COLECTIVA Página 83 del manual, Epígrafe 4. LA POSICIÓN JURÍDICA DEL SOCIO INDUSTRIAL) a) Dado que la sociedad se califica como colectiva, las ganancias son comunes a todos ellos, por lo que participaran en un plano de igualdad. c) Dado que el Sr. Z aportó industria, este participara en igualdad de condiciones que el socio capitalista con menor aportación. b) Dado el mayor valor de la industria prestada por el Sr. Z este participara en igualdad de condiciones que el socio capitalista con mayor aportación.
En una sociedad colectiva, y ante el fallecimiento de un socio: Manual: Tema 2: LA SOCIEDAD COLECTIVA. Epig 1: Concepto y constitución. pag 57 b) La sociedad quedará disuelta, abriéndose el período de liquidación, salvo que se hubiera adoptado previamente un pacto de supervivencia o un pacto de continuación. c) Dado el contenido patrimonial de la posición de socio, le sucederán necesariamente sus herederos en dicha posición, convirtiéndose así en socios. a) La sociedad quedará, en todo caso, disuelta, abriéndose el período de liquidación.
Una sociedad colectiva se constituyó por cuatro socios, uno de los cuales asumió como aportación la prestación de un servicio en favor de la sociedad y en las condiciones pactadas en el contrato social. Tras la finalización del primer ejercicio social, la actividad empresarial que venía desarrollando la sociedad no ha dado los resultados esperados y existe una importante deuda social por un importe superior al del patrimonio de la persona jurídica. En estas circunstancias, el acreedor, titular de ese crédito frente a la sociedad, le formula una consulta, en el sentido de a quién podrá reclamar el pago: Su respuesta sería: Manual: Tema 2: LA SOCIEDAD COLECTIVA . Epig 4 La posición jurídica del socio industrial A) El acreedor solo podrá dirigir su acción frente a la sociedad, en cuanto que ésta es la única deudora. B) El acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y, de modo subsidiario, requerir la responsabilidad solidaria de todos los socios. C) El acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y, de modo subsidiario, requerir la responsabilidad solidaria de todos los socios, con la salvedad de aquél que solo aportara un servicio, dada su condición de socio industrial.
¿Cuál de las afirmaciónes encaja mejor con el concepto de sociedad colectiva? Respecto de la facultad de denuncia del contrato social NO es cierto que: [ Apartado 1] Sociedad personalista que llevará a cabo una actividad mercantil, actúando en nombre colectivo y bajo el principio de la responsabilidad personal, limitada y solidaria de los socios por las deudas sociales. Sociedad personalista que llevará a cabo una actividad mercantil, actúando en nombre colectivo y bajo el principio de la responsabilidad capitalista, ilimitada y subsidíaria de los socios por las deudas sociales Sociedad personalista que llevará a cabo una actividad mercantil, actúando en nombre colectivo y bajo el principio de la responsabilidad personal, ilimitada, subsidíaria y solidaria de los socios por las deudas sociales.
A la hora de constituir una sociedad colectiva, el contrato social deberá señalar los siguientes aspectos: [ Apartado 1] La razón social bajo la que vaya a girar en el tráfico la sociedad, la identidad de los socios a los que se encomendará la gestión social y el uso de la firma social, la identidad y domicilio de los socios, la aportación realizada por cada socio y su valoración, las cantidades que se asígnen a cada socio gestor anualmente para sus gastos particulares y la duración de la compañía La identidad social y el domicilio de los socios, la razón social bajo la que vaya a girar en el tráfico la sociedad, la fecha de comienzo de las operaciones sociales, la identidad de los socios a los que se encomendará la gestión social y las cantidades que se asígnen a cada socio gestor anualmente. La identidad y el domicilio social, la razón social bajo la que vaya a girar en el tráfico la sociedad, la identidad de los socios a los que se encomendará la gestión social y el uso de la firma social, la identidad y domicilio de los socios, la aportación realizada por cada socio y su valoración, la duración de la compañía y las cantidades que se asígnen a cada socio gestor anualmente para sus gastos particulares.
¿Cuál de estas obligaciones NO se corresponde con una obligación de carácter positivo? [Apartado 2.1] El socio abonará el importe de los daños y perjuicios ocasíonados de haber hecho competencia con la sociedad. El socio deberá indemnizar a la sociedad por los daños que le causare si no realiza íntegramente su aportación medíando malicia, abuso de facultades o negligencia grave. En defecto de pacto en el contrato social, el socio habrá de soportar las pérdidas sociales a prorrata de su aportación.
En cuanto a la distribución de la ganancia social, el C.C dispone que se prohíben los pactos leoninos, lo que significa que: [ Apartado 2.2] El pacto de reparto de ganancias podrá tener el contenido que los socios tuvieran por conveniente, sin límite alguno. Se excluyen los pactos de reparto de ganancias que resulten perjudiciales para algún/os socio/s. En caso de no respetarse la regla de reparto a prorrata de la porción del interés que cada cuál tuviera en la compañía (art. 140 C.com) el pacto deberá reputarse nulo.
La sociedad colectiva se carácteriza por la dificultad de transmitir la posición de socio, pero hay unas excepciónes a esta prohibición. Señala una de ellas entra las siguientes afirmaciónes: [Apartado 2.3] La transmisión de la posición de socio con carácter inter vivos resulta justificada cuando se da un consentimiento de la mayoría absoluta de los socios. La transmisión es posible en los casos de mortis causa, cuando a pesar del fallecimiento de uno de los socios, se decide continuar con la vida de la sociedad, incluyendo en la misma al heredero o legatario del antiguo socio, esto es lo que se conoce como pacto de supervivencia. La transmisión es posible en los casos de mortis causa, cuando tal circunstancia se haya contemplado en el contrato social, ingresando el sucesor en ella, esto es lo que se conoce como pacto de continuación.
¿Cómo ha de entenderse la actúación conjunta de los socios en lo que al régimen legal de admón. y gestión de la sociedad se refiere? [ Apartado 2.4] Tendrá un carácter solidario como regla general, salvo pluralidad de gestores, en cuyo caso se atenderá a un carácter mancomúnado. A tenor del art. 129 C.com habrá de entenderse su carácter mancomúnado, excepto si concurre una pluralidad de gestores, en cuyo caso deberá observarse un carácter solidario. A tenor del art. 129 C.com habrá de entenderse su carácter mancomúnado en todo caso.
En caso de pacto por el cuál se confía la gestión y admón. de la sociedad colectiva a varios socios con carácter mancomúnado, todo acto de gestión requerirá el consentimiento de los designados para esta tarea. Ello puede dificultar la adopción de decisiónes, ¿cuáles son los elementos de corrección ante tal posible obstáculo? [ Apartado 2.4] El primer elemento es la posibilidad de ratificación de la decisión adoptada por parte de los miembros que no participaran en ella, y el segúndo elemento constituye la posibilidad de rescisión parcial del contrato social y la exclusión del socio como causa del incumplimiento por parte de uno de los socios gestores de sus tareas. El primer elemento es la posibilidad de ratificación de la decisión adoptada por parte de los miembros que no participaran en ella, y el segúndo elemento consiste en que el incumplimiento por parte de uno de los socios gestores de sus tareas puede causar la rescisión total del contrato social y la exclusión de dicho socio. El primer elemento es la posibilidad de ratificación de la decisión adoptada por parte de los miembros que no participaran en ella, y el segúndo elemento consiste en que el incumplimiento por parte de uno de los socios gestores de sus tareas puede causar la rescisión parcial del contrato social, aunque este seguirá formando parte de la sociedad.
Respecto de la denominación colectiva o razón social se puede afirmar que: [ Apartado 3.1] Ha de formarse con el nombre de todos los socios, de varios o, al menos de uno de ellos, sin poderse incluir nombre de un tercero. En caso de que se incluya voluntariamente el nombre de tercero, este será responsable subsidíario de las deudas sociales, si previamente los verdaderos socios no satisíacen estas deudas. Ha de formarse con el nombre de todos y cada uno de los socios, ya que la expresión y Compañía no es precisa y podría dañar la seguridad del tráfico. Ha de ser veraz, de modo que no podrá incluirse el nombre de una persona que no sea socio.
¿Es posible limitar el poder que asíste a los representantes de la sociedad? [ Apartado 3.1] No es posible, ya que el texto legal no concreta la extensión de este poder de representación, por lo que se atiende al principio de buena fe respecto de los representantes, entendiéndose por ello, que no hay razónes para limitar las facultades de estos, puesto que se presume que siempre van a actúar a favor de la compañía El ámbito de poder de los representantes comprenderá todos los actos de la actividad social, a no ser que exista pacto expreso donde estas facultades se límiten con la debida publicidad legal Si, puede limitarse el poder que asíste a los representantes de la sociedad exclusivamente sobre ciertos asuntos contemplados en el c.com siempre y cuando gocen de la oportuna publicidad.
¿Qué implica la autonomía patrimonial de la sociedad colectiva? [ Apartado 3.2] Significa que, gracias a las aportaciónes de los socios, la sociedad posee un patrimonio propio para responder de sus deudas, excluyendo así una posible responsabilidad por parte de los socios. Significa que la compañía responde de sus deudas sin limitación alguna, con todos sus bienes. Significa que la compañía responde de sus deudas sin limitación alguna, con todos sus bienes, excluyendo en todo caso los futuros, para hacer posible la continuación de la misma.
¿Qué significa que la responsabilidad por las deudas sociales en la sociedad colectiva es solidaria? Respecto de la facultad de denuncia del contrato socialNO es cierto que:[ Apartado 3.2] A tenor del art. 127 C.com, significa que, indiferentemente, la sociedad colectiva o los socios habrán de afrontar la responsabilidad por las deudas sociales de manera personal, solidaria e ilimitada. Significa, aunque no esté expresamente previsto en el art. 127 c.com, desprendiéndose del art. 237 c.com, que solo podrá exigirse tal responsabilidad personal solidaria cuando previamente se hubiera agotado el patrimonio de la sociedad (responsabilidad subsidíaria). Significa que la responsabilidad asumida por los socios por las deudas sociales es limitada, esto quiere decir, que responderán de estas deudas con sus bienes presentes, pero nunca con los futuros.
En cuanto a la posición jurídica del socio en la Sociedad Colectiva, ¿es posible la existencia de socio industrial? [ Apartado 4] De conformidad con las normas generales del art. 116 C.com, es posible que los socios realicen aportaciónes que constituyan prestación de servicios, pero en ningún caso, por ello, habrá de denominarse tal socio como socio industrial, ya que esto es únicamente posible en las sociedades de capital, mientras que la sociedad colectiva es una sociedad personalista. Es posible que existan socios industriales en la sociedad colectiva, en base al art. 116 C.com, para el cuál está previsto un estatuto general en el que se regula la responsabilidad exigible para todos los socios. Es posible que existan socios industriales en la sociedad colectiva, cuya prestación de servicios, en caso de no haberse pactado en el contrato, habrá que concretarse atendiendo al objeto social que la sociedad pretende desarrollar.
¿Cómo se resuelve el problema surgido en relación a la cuantificación de los derechos de contenido patrimonial atribuidos al socio industrial ? En caso de que existan socios industriales, dada la dificultad de cuantificar los derechos de contenido patrimonial, habrá de dividirse todo el patrimonio social en partes iguales entre los socios, sin distinguir entre socios colectivos o industriales. Dada la dificultad de cuantificar cuál es la porción de interés que corresponde al socio industrial, el C.com impone la obligación a los socios de utilizar la cuantificación que resulte de la liquidación que sea igual a la del socio capitalista de menor participación. Se habrá de atender, en primer lugar, a lo pactado al respecto en la escritura social.
¿Las expresiones “responsabilidad por las deudas sociales” y “participación en pérdidas” son sinónimos? No, no son sinónimos, aunque ambas se refieren al aspecto interno de las obligaciones contraídas,la responsabilidad por las deudas sociales se refiere a cómo habrá de responder cada uno de los socios individualmente, y la participación en pérdidas se refiere a las consecuencias de este fenómeno en el patrimonio social en su conjunto. No, son figuras diferentes.Una de las diferencias es que mientras que en la responsabilidad por las deudas sociales el socio industrial habrá de participar, en las pérdidas sociales, como regla general, no tendrá que hacerlo, por lo que tendrá un derecho de repetición frente al resto de socios capitalistas No son sinónimos, puesto que la responsabilidad por las deudas sociales se refiere al aspecto interno de las obligaciones y la participación por deudas se refiere al aspecto externo.
En cuanto a la modificación del contrato social, podemos afirmar lo siguiente: [ Apartado 5] Existe un silencio legal ante tal asunto en el c.com, optándose ante tal circunstancia, por una novación del contrato, con previo consentimiento de todos los socios. En ausencia de consentimiento unánime entre los socios no cabe hablar de modificación del contrato social, pues así lo impone el principio de personalidad de este tipo social, pero ello no impide que se produzca una modificación respecto a los terceros. La modificación del contrato se habrá producido ya con la simple elevación a escritura pública y su posterior inscripción en el Registro Mercantil, aunque la misma solo será eficaz entre ellos y sus causahabientes (art. 1257 CC.).
Se da la disolución parcial cuando: [ Apartado 6] Un socio desaparece, pero continúa el contrato social con la persona jurídica extinguida. Se produce la extinción del contrato social, con el denominado proceso de liquidación, pero se mantiene la persona jurídica. Se extingue la posición de un sujeto y pese a ello la persona jurídica persiste.
¿Qué es la separación? [ Apartado 6] Es un supuesto de disolución parcial en el que se le permite a un socio su abandono del contrato social y se procede a la liquidación del interés de toda la sociedad. Es un derecho que ostenta el socio, en el que es posible que este denuncie el contrato social. Supone un supuesto de disolución en sentido estricto de la sociedad, en el que, ante el incumplimiento de un socio, se le impone la sanción de separarse de la sociedad. Es una consecuencia que debe de ser decidida por el resto de socios.
¿En qué consiste la publicidad legal cuando nos referimos a la extinción social? [ Apartado 6] El deber por parte de los socios de manifestar erga omnes, es decir, a los terceros con los que tuvieran negocios abiertos, el inicio del procedimiento extintivo de la sociedad. Se ha de llevar a cabo una cancelación registral en el registro mercantil. Se ha de recurrir a una oportuna liquidación a través del Registro Mercantil.
Existen, además, otras causas de disolución específicas para las sociedades colectivas, estas son: [ Apartado 6] Por la inhabilitación de un socio gestor, por la apertura de la fase de liquidación en el concurso personal de uno de los socios, y por el fallecimiento de uno de sus socios. Por la apertura de la fase de liquidación en el concurso personal de uno de los socios, por el fallecimiento de dos o más de sus socios y por la inhabilitación de un socio gestor. Por la apertura de la fase de liquidación en el concurso personal de uno de los socios, por la existencia de la denuncia en el contrato social y como consecuencia la inhabilitación de un socio gestor, y por el fallecimiento de uno de los socios.
Respecto de la facultad de denuncia del contrato social NO es cierto que: [ Apartado 6] Para que pueda provocar la disolución social siempre habrá de ejercitarse conforme a las exigencias del fin lucrativo. Permite al socio abandonar una sociedad en la que tiene muy limitada la posibilidad de transmitir a tercero su participación social. Se puede llevar a cabo cuando la sociedad sea de duración indeterminada.
Respecto de los efectos particulares provocados por la disolución del contrato social NO es cierto que: [ Apartado 6] Tales efectos serán de por sí oponibles a terceros en los supuestos de vencimiento del término. Los socios administradores serán sustituidos por los liquidadores. Salvo pacto en contrario, serán aquellos los que se conviertan en estos últimos. Los liquidadores deberán formar un inventario inicial y un balance social en el plazo de treinta días a contar desde su designación, viniendo obligados a comúnicar a los socios todos los meses el estado de la liquidación.
La sociedad colectiva. Indique la respuesta incorrecta Se trata de un tipo de sociedad mercantil Es una soceidad personalista Su régimen jurídico no tiene importancia práctica.
La sociedad colectiva se constituye. Indique la respuesta incorrecta Para crear una organización de personas Desarrollo de una actividad común Que prohiba la finalidad de lucro que se persigue.
La sociedad colectiva actúa en nombre colectivo y bajo el principio de: indique la respuesta incorrecta Responsabilidad personal Responsabilidad limitada, subsidíaria y solidaria De los socios por las deudas sociales.
La constitución de la sociedad colectiva exige Perfeccionar el contrato de sociedad Escritura pública y publicidad Todas son correctas.
Las características personales de los socios, en la sociedad colectiva: a) Resultan irrelevantes, salvo que se establezcan en el contrato social. b) Resultan relevantes en el caso de algunos socios e irrelevantes en el de otros. c) Son relevantes en todos los socios.
La posición del socio en la sociedad colectiva, es transmisible siempre y cuando: a) El nuevo socio abone la aportación del socio originario a la sociedad y reúna características personales similares a este c) Preste el consentimiento el resto de socio de forma unánime. b) Preste el consentimiento a la misma la mayoría de los socios.
Que consecuencia tiene el fallecimiento de uno de los socios de la sociedad colectiva. a) Ninguna, la sociedad subsistirá según lo establecido en el contrato social. b) El resto de socios acrecerá en su participación. c) El fallecimiento determinara la disolución social, salvo que medíara pacto expreso de continuación reflejado en la escritura social.
La denominación de la sociedad colectiva es: a) Indiferente, pudiendo conformarse incluso con el nombre un tercero ajeno a la sociedad. b) Ha de conformarse con el nombre de todos, varios o, al menos, uno de los socios. c) Necesariamente debe figurar en ella el nombre de la mayoría de los socios.
La responsabilidad de los socios en la sociedad colectiva es personal y mancomunada con todos sus bienes: a) Sólo de los socios gestores y a las resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía. b) Ningúna, es correcta. c) Todos los socios (gestores o no), respecto de las resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía, bajo la firma de esta y por persona autorizada para usarla.
La sociedad colectiva ostenta personalidad jurídica propia, pero no goza de autonomía patrimonial: a) Cierto puesto que el patrimonio de la misma no está diferenciado del de sus socios. b) Falso pues aunque formalmente la sociedad colectiva goza de autonomía patrimonial y patrimonio diferenciado respecto del de sus socios c) Ningúna de las anteriores es cierta.
La sociedad colectiva actúa en nombre: a) Colectivo de todos sus socios. b) Individual de cada socio. c) Colectivo respecto de algunos socios e individual respecto de otros.
La responsabilidad de los socios respecto de la sociedad colectiva es: a) Solidaria y subsidíaria. b) Universal y mancomúnada. c) Ningúna de las anteriores es cierta.
En el artículo 125 del Código de Comercio se incluye entre otros requisitos del contrato social de las sociedades colectivas,indicar la respuesta incorrecta: a) La constancia de la identidad de los socios y su razón social. b) Que consten las cantidades a asígnar a los socios gestores para sus gastos particulares, el domicilio y objeto social. c) Que consten la duración de la compañía, la identidad de los socios a los que se encomiende la gestión social y el uso de la firma social.
Una vez constituida la Sociedad si uno de los socios incurre en incumplimiento de sus obligaciones a que daría lugar. a) Rescisión parcial del contrato de sociedad b) Exclusión del socio c) Todas son correctas.
¿Cuáles son las obligaciones de los socios de carácter negativo? a) El socio no compita con la sociedad b) La realización de la aportación c) La a es correcta.
Según el manual recomendado. El socio deberá indemnizar a la Sociedad a) Por los daños que le causare si medía malicia, abuso de facultades o negligencia grave. b) No esta obligado a ningún tipo de indemnización c) El socio no habrá de soportar las pérdidas sociales.
Si la sociedad colectiva es una sociedad caracterizada por un personalismo acentuado y una actuación común bajo una razón social: a) La conclusión no puede ser otra que la de afirmar el carácter también común a todos los socios en la participación de los resultados sociales si son ganancias. b) La conclusión no puede ser otra que la de afirmar el carácter también común a todos los socios en la participación de los resultados sociales, tanto si estos son ganancias como pérdidas. c) La conclusión no puede ser otra que la de afirmar el carácter también común a todos los socios en la participación de los resultados sociales si son pérdidas.
La regla a seguir a fin de distribuir entre los socios la ganancia social no es otra que su reparto a prorrata de la porción de interés que cada cuál tuviere en la compañía, sin embargo, este criterio legal de proporcionalidad respecto de la participación de cada socio, puede ser exceptuado; a) En virtud de pacto social. b) En virtud del legislador. c) En virtud del socio con mayor porción en la compañía.
Participar en el patrimonio resultante de la liquidación social; a) Es un derecho solo del socio con mayor porción en la compañía. b) Es un derecho que asíste a todos los socios. c) No es un derecho del socio.
Debido al carácter personalista de la sociedad colectiva, la actuación de los socios a) Es común solo para las ganancias b) Es común solo para las pérdidas c) Es común en la participación de los resultados.
¿Cuál es la regla general de distribución de las ganancias en una sociedad colectiva? a) Reparto proporcional b) Lo pactado por los socios c) Lo marcado en el estatuto de la sociedad.
¿Existe alguna excepción posible a dicha regla? Si, en virtud de pacto social No, nunca Si. en virtud de pacto social siempre que exista unanimidad.
La transmisión de la posición de socio. Indique la respuesta incorrecta a) Se admite en la sociedad colectiva b) El artículo 143 del código de comercio prohíbe la sustituci6n por un tercero c) Está prohibida salvo que exista consentimiento unánime del resto de los socios.
Las compañías colectivas y en comandita se disolverán por las siguientes causas a) La muerte de uno de los socios colectivos b) excepto pacto expreso de continuar en la sociedad los herederos del socio difunto c) Todas son correctas.
Los supuestos de transmisión pueden ser: a) Inter vivos b) Mortis causa c) Todas son correctas.
La administración y gestión de la sociedad colectiva tendrá: a) Carácter mancomunado en primer lugar. b) Carácter solidario, excepción hecha del supuesto en que una operación concurriera una pluralidad de gestores, en cuyo caso deberá observarse la exigencia de mancomunidad. c) Únicamente carácter solidario.
De acuerdo con el art. 130 C.com se impone un límite al régimen de gestión de carácter solidario, que no es otro que el derecho de veto u oposición por parte de los socios, así: a) No deberá contraerse ningúna obligación nueva, pero si, no obstante, llegare a contraerse, no se anularán por esta razón y surtirá sus efectos, sin perjuicio de que el socio o socios que la contrajeren responden a la masa social del quebranto que ocasionaren. b) No deberá contraerse ningúna obligación nueva, pero si, no obstante, llegare a contraerse, no se anulará por esta razón y surtirá sus efectos, y en ningún caso el socio o socios que la contrajeren responderán a la masa social del quebranto que pudieran ocasíonar. c) Contra la voluntad de uno de los socios administradores que expresamente la manifieste, no deberá contraerse ninguna obligación nueva, pero si, no obstante, llegare a contraerse se anulará, y en ningún caso surtirá sus efectos.
El nombramiento que se hiciera de un gestor puede ser revocado por los socios, incluso si tal designaci6n se hiciera constar como condición expresa en la escritura social, ahora bien, en este último caso provocara estos efectos: b) Si el gestor fuera un socio, su revocación deberá entenderse como un supuesto de rescisión parcial del contrato social (art. 132 C com.); y si fuera un extraño, el supuesto dará lugar a la disolución de la sociedad. c) Si el gestor fuera un socio, su revocación no deberá entenderse como un supuesto de rescisión parcial del contrato social (art. 132 C com.); y si fuera un extraño, el supuesto en ningún caso dará lugar a la disolución de la sociedad. a) Si el gestor fuera un socio, su revocación deberá entenderse como un supuesto de rescisión total del contrato social (art. 132 C com.).
En ausencia de pacto expreso respecto al ámbito o extensión de poder de representación, podemos decir (señale la correcta): b) El ámbito de poder que asíste a los representantes comprenderá todo lo que no esté limitado por pacto expreso, siempre que estas limitaciones gocen de la oportuna publicidad legal. c) Las dos anteriores son correctas. a) El ámbito de poder que asíste a los representantes comprenderá todos los actos que suponga el desarrollo de la actividad social.
Cuando el representante abusare de la representación social (diga cuál es la correcta): a) El beneficio quedará de cuenta de a sociedad, se reintegrarán los fondos sociales que se hubieran dispuesto, pero en ningún caso podrá tener lugar la rescisión parcial o total del contrato. b) Indemnizara a la sociedad por daños y perjuicios que causara y el acto se considerara nulo. c) El beneficio quedará de cuenta de a sociedad, se reintegrarán los fondos sociales que se hubieran dispuesto e indemnizara a la sociedad por daños y perjuicios que causara.
La facultad de representación de la sociedad corresponde (elige a correcta): a) A todos los socios de la sociedad por igual. b) A los sujetos que se confiara la gestión social c) Ambas son incorrectas.
El uso de la firma social por quiénes están legitimados para ello supone: a) La vinculación de la sociedad colectiva respecto de terceros que con ella contrataran, adquiriendo estos carácter de acreedores en relación con la persona jurídica. b) La vinculación de la sociedad individual respecto de terceros que con ella contratara, adquiriendo estos carácter de acreedores en relación con la persona jurídica. c) La vinculación de la sociedad colectiva respecto de tercero que con ella contrataran, adquiriendo estos carácter de acreedor en relación con la persona jurídica.
Dada la autonomía patrimonial de la sociedad colectiva, de las deudas sociales responde: a) La propia compañía, pero con limitaciones. b) La propia compañía y sin limitación alguna. c) Ningúna de las anteriores es correcta.
Según el art 127 C.com., la responsabilidad por las deudas sociales asumida por los sociedad de una sociedad colectiva es: a) Personal y solidaria. b) Personal, solidaria e ilimitada. c) Personal solidaria y limitada.
¿Qué significa que la prestación que realiza el socio industrial "es de industria"? a. Que conlleva una prestación de servicios b. Que tenga que aportar bienes muebles y un % mínimo de capital. c. Ningúna de las dos.
¿Qué diferencia hay entre el socio industrial y el capitalista? Son lo mismo Uno aporta dinero y el otro solo firma en caso de concurso de acreedores Uno aporta servicios y el otro dinero o bienes.
¿En que documento se pactan las obligaciones sociales? En el contrato social En el Código de Comercio En ambos.
El artículo 138 C. Com regula: a. Una prohibición de competención b. Una sanción para la prohibición de competencia c. Los derechos para administrar la sociedad, usar la firma social y el derecho de información.
El artículo 129 C. Com, regula sobre el socio industrial: a. No hace distinciones entre socios y sus derechos b. Regula la firma social (salvo que se hubiera pactado lo contrario), así como el derecho de información. c. Los Derechos de estricto contenido patrimonial.
Cómo se realiza el Derecho de prorrata para concretar la cantidad de la porción de interés que cada cuál tuviere en la compañía? a. Se toma como referencia el importe de la aportación que cada socio realiza. b. Se hará con respecto a un % de los beneficios anuales. c. Se calculará la medía anual de los beneficios y se le sumará el porcentaje que corresponda con respecto a la aportación inicial que se realizó.
La posición del socio industrial, laparece recogida en los artículos 127 y 237 C.Com? a. Si b. No c. No, aparece en el artículo 141 C.com.
Según el artículo 141 C.Com: b. "las pérdidas se imputarán en la misma proporción entre los socios capitalistas, sin comprender a los industriales, a menos que por pacto expreso se hubieran constituido participes en ellas". c. "Los beneficios se adjudicarán en la misma proporción para los socios industriales que para los industriales." a. "las pérdidas se imputarán en la misma proporción entre los socios capitalistas comprendiendo a los industriales, aunque se hubiera hecho por pacto expreso".
El socio industrial responderá frente a los 3os acreedores de las deudas sociales: a. De modo personal, ilimitado, solidario y subsidíario. b. De modo limitado y colectivamente. c. No participa de las deudas sociales.
El socio industrial: c. No participa de las pérdidas sociales, una vez que lo hubiera hecho podrá hacer valer un derecho de repetición respecto a los socios capitalistas por el importe de las deudas sociales que previamente, habrá pagado. b. No participa de las pérdidas sociales, una vez que lo hubiera hecho podrá hacer valer un derecho de repetición respecto a los socios capitalistas por el importe de las deudas sociales que no ha pagado antes. a. No participa de las pérdidas sociales.
El socio industrial aporta a la sociedad colectiva: A.- dinero y bienes B.- prestación de servicios C.- Capital, bienes o servicios.
El estatuto del socio industrial se rige: A.- Por el régimen general B.- Por el régimen dispuesto para las sociedades colectivas sin especialidades C.- Por estatuto especial, con reglas particulares referente a responsabilidad y atribuci6n de las pérdidas sociales.
El socio industrial podrá: A.- Prestar cuálquier clase de servicio B.- Solo los pactados obligatoriamente en el contrato social. C.- Atendiendo al objeto social a falta de detalle de servicios pactados en el contrato social.
En el socio industrial según art 138 Ccom: B.- Prohibición de competencia y distracción de actividad C.- Podrá ocuparse de cuálquier actividad. D.- Se sanciona una prohibición de distracción de la actividad A.- Rige una prohibición de competencia.
El socio industrial puede: A.- Ocuparse de cuálquier actividad en la sociedad B.- Solo las prestaciones expresamente pactadas en el contrato social. C.- Solo podrá ocuparse de prestar el servicio al que se obligará salvo dispensa expresa.
El socio industrial tiene derecho en su calidad de socio: A.- Participación en la gestión social, derecho de administrar la sociedad y uso de la firma social. B.- Participación en la gestión social, derecho de administrar la sociedad y uso de la firma social salvo pacto en contra, así como podrá participar en las ganancias sociales y liquidación de la sociedad. C.- No podrá participar en la gestión ni administrar la sociedad, pero si a participar en las ganancias sociales y liquidación de la sociedad.
Los derechos del socio industrial de contenido patrimonial en los casos de ganancias sociales o liquidación: A.- Derecho de prorrata como referencia a la aportación de cada socio B.- Se atendera siempre a lo pactado en la escritura social C.- Una participación igual al del socio capitalista de menor participación a falta de pacto.
La modificación de la escritura social de las sociedades colectivas, se rige por: a. Por el Código de Comercio. b. Por el Código Civil, subsidiariamente. c. Ningúna es correcta.
El consentimiento de los socios para la modificación de la escritura social, debe contar con el siguiente quórum: a) Unanimidad de todos los socios b) Mayoría de las cuotas de los socios capitalistas. c) Mayoría de cuotas de los socios capitalistas, excluyendo la voluntad de los socios industriales.
La inscripción en el Registro Mercantil de la modificación de la escritura social: a) Tendrá eficacia erga omnes. b) Es irrelevante, puesto que desde el momento de la modificación del contrato social esta deviene totalmente eficaz. c) Tendrá eficacia (nicamente entre las partes y sus causahabientes.
La modificación de la escritura social en la sociedad colectiva requiere: a. El consentimiento unánime de todos los socios, así como su elevación a escritura pública y posterior inscripción registral. b. No será necesario el consentimiento unánime de los socios. c. No tiene obligación de inscribirse en el RM.
La modificación tendrá eficacia erga omnes: a. No será preceptiva la inscripción en el RM de la modificación efectuada en la escritura social. b. Unicamente desde la inscripción en el RM de la escritura pública. c. las dos respuestas son erróneas.
La ausencia de inscripción registral del contenido de la escritura social: a. hará eficaz el contenido preexistente frente a terceros. b. El nuevo contenido no tendrá eficacia frente a terceros. c. la inscripción registral no deviene obligatoria.
La modificación de la escritura social tiene eficacia erga omnes: a) Desde cuando todos los socios consienten la modificación. b) Desde cuando se formaliza en la escritura pública c) Desde cuando se inscribe en el Registro Mercantil.
La modificación del contrato social será eficaz entre ellos y sus causahabientes: a) Desde cuando todos los socios consienten la modificación. b) Desde cuando se formaliza en la escritura pública c) Desde cuando se inscribe en el Registro Mercantil.
La modificación de la escritura social esta contemplada: a) En el Código Civil b) En el Código Comercial c) Ningúna respuesta es correcta.
Para la modificación de la escritura social será necesario: a) El consentimiento de todos los socios, su elevación a escritura pública b) El consentimiento de todos los socios, su elevación a escritura pública y su posterior inscripción registral c) Ningúna respuesta es correcta.
¿Qué supone la extinción de la sociedad colectiva? a) Se pone fin a una persona jurídica b) Se pone fin a las relaciones que tiene una persona jurídica c) Ambas respuestas son correctas.
¿Qué supone la extinción parcial? a) La posición de un socio se extingue, pero continúa el contrato social y la persona jurídica b) Se extingue el contrato social, pero continúa la personalidad jurídica c) Ningúna respuesta es correcta.
¿Qué supone la extinción total? c) Ninguna respuesta es correcta b) Supone la disolución del contrato social, la personalidad jurídica y las relacionas en las que participaba. a) La posición del socio se extingue, pero continúa el contrato social y la persona jurídica.
¿A que límites está sujeto la separación del socio por denuncia social? b) El socio no podrá impedir que se concluyan del modo más conveniente a los intereses comunes las negociaciones pendientes c) Ambas respuestas son correctas a) Deberá actuarse de buena fe.
En relación con las causas de disolución, así como los efectos que conlleva, serán comunes a todas las sociedades: c) a y b son correctas, a son causas comunes a las sociedades y b son disoluciones específicas para sociedades colectivas b) La muerte de uno de los socios colectivos, si no contiene la escritura social pacto expreso de continuar; que se produzca alguna causa de inhabilitación de un socio. a) El cumplimiento del término prefijado en el contrato de sociedad o la conclusión de la empresa que constituya su objeto; la perdida entera del capital; la apertura de la fase de liquidación de la compañía declarada en concurso.
¿Qué efectos comunes tienen la separación y la exclusión de un socio? a) La extinción de la posición del socio en la sociedad y su desvinculación respecto a la persona jurídica b) Cesara la responsabilidad del socio en cuanto se inscriba en el RM c) Ambas respuestas son correctas.
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