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Tema 2 MAR (1)

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Título del Test:
Tema 2 MAR (1)

Descripción:
repasomar2

Fecha de Creación: 2023/03/27

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 23

Valoración:(4)
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Temario:

Las embarcaciones de recreo de eslora …, exceptuadas las embarcaciones de alta velocidad, estarán sujetas al régimen previsto en el artículo 8 del RD 1435/2010, cuando ostente la propia embarcación y su equipo propulsor el marcado CE. 12 metros. 14 metros. Igual o superior a 12 metros. Igual o inferior a 12 metros.

En la … se registrarán los buques de recreo cuya eslora de casco sea superior a 24 metros, con un desplazamiento inferior a 3000 GT y capacidad para transportar hasta 12 pasajeros sin contar la tripulación, así como las embarcaciones de recreo cuando unos y otras se exploten con fines lucrativos para el ocio, el deporte o la pesca no profesiona. Lista Sexta. Lista Séptima. Lista Octava. Lista Novena.

¿Qué normativa regula la nacionalidad de los buques?. El Real Decreto 1027/1989 de 28 de julio. La Constitución Española de 1978. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10/12/1982. La Ley de Navegación Marítima 14/2014 de 24 de julio.

El art. 4 del RD 1027/1989 sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo, dispone que el Registro de Matrícula se llevará en varios libros foliados denominados …, en los que se registrarán los buques, embarcaciones y artefactos navales atendiendo a su procedencia y actividad. Folios. Registro de buques. Listas. Libros de registro de buques.

¿Qué documentación debe aportar el titular que solicita el abanderamiento en la Capitanía Marítima de un buque de procedencia extranjero importado?. Título de propiedad del buque o contrato de arrendamiento. Certificado de alta en el Registro de la bandera de procedencia. Justificante del adeudo de los tributos de Aduanas. Todo cierto.

En … existirá un Libro-Registro de Patentes foliado en el que figurarán los datos del expediente de matrícula de los buques que sirven para identificarlos: las Capitanías Generales. los Puertos. el Ministerio de Transportes. Dirección General de la Marina Mercante.

¿Quién puede efectuar el autodespacho en los puertos extranjeros que será materializado en el Rol?. El Capitán marítimo. No está regulado el autodespacho. El empresario naviero. El Capitán del buque.

Los cambios de dominio, nombre y Lista de los buques, ¿se harán constar en?. Patente de Navegación. Rol. Ciertas a y b. Patente del buque.

La gestión y administración del Registro Especial de Buques y Empresas Navieras se realizará a través de dos oficinas de gestión, adscritas al Ministerio de Fomento, con sede en: Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. Las Palmas de Gran Canaria y Palma de Mallorca. Santa Cruz de Tenerife y Palma de Mallorca. Las Palmas de Gran Canaria y Barcelona.

A tenor de lo dispuesto en el art. 22 del Real Decreto 1027/1989 de 28 de julio sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo, ¿qué validez tiene el pasavante provisional que pueden utilizar los buques de procedencia extranjera importados para dirigirse a puerto nacional. Ilimitada. 3 meses. 6 meses. 12 meses.

En la…, se registrarán las plataformas de extracción de productos del subsuelo marino, los remolcadores de altura, los buques de apoyo y los dedicados al suministro a dichas plataformas que no estén registrados en otra lista. Lista Primera. Lista Segunda. Lista tercera. Lista cuarta.

Para el abanderamiento de buques importados, ¿quién legalizará los documentos otorgados en el extranjero que hayan de reflejarse en el Registro Marítimo de Buques?. Cónsul de España con jurisdicción en el lugar de otorgamiento. Notario con jurisdicción en el lugar de otorgamiento. Dirección General de Marina Mercante. Cualquier oficina de legalización de documentos del Ministerio de Asuntos Exteriores.

En qué dependencia se llevará un Registro Marítimo Central de todos los buques?. Ministerio de Fomento. Capitanía General. Dirección General de la Marina Mercante. Todo falso.

Si decimos: …con el distintivo de la compañía naviera a que pertenecen, lo llevan los buques mercantes, variando su forma, colorido y dibujos según las distintas empresas y se necesita aprobación previa de la Dirección General de la Marina Mercante… ¿nos referimos a?. Logotipo. Contraseña. Pabellón. Todo falso.

tenor de lo dispuesto en el art. 6 del RD 1435/2010, a toda embarcación registrada y abanderada, dotada de tripulación no profesional, se le expedirá: El permiso de navegación. La licencia de navegación. El certificado de registro español-permiso de navegación. El pasavante de navegación.

¿Qué órgano es el competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre?. Ministerio de Fomento. Dirección General de la Marina Mercante. Dirección General de la Navegación Marítima. Capitanía General.

¿A quién se le entregará la Patente de Navegación?. Al titular del buque. No se entrega, quedará depositada en la Capitanía de Marina. Al capitán o patrón del buque. Al Director General de la Marina Mercante.

Según la normativa vigente ¿qué documentación deberá llevar a bordo todo buque nacional?. Los certificados y documentos relativos a la seguridad de la navegación. Los certificados y documentos relativos a la contaminación marina. Los certificados y documentos relativos a la sanidad exterior. Todo cierto.

El procedimiento de abanderamiento y matriculación de las embarcaciones en las listas Sexta y Séptima, se iniciará. Con la solicitud del propietario de la embarcación. Con la solicitud del propietario de la embarcación ante el distrito marítimo correspondiente al puerto de matrícula elegido por el mismo. Con la solicitud de la Capitanía Marítima. Con la adquisición de la embarcación.

En la …, se registrarán los remolcadores, embarcaciones y artefactos navales dedicados a los servicios de puertos, radas y bahías. Lista Segunda. Lista Quinta. Lista Sexta. Lista Septima.

Una vez despachado el buque con rol provisional, ¿qué plazo máximo tiene el titular del mismo para presentar en el Registro de Matrícula Provisional de Buques la solicitud de matrícula definitiva?. Tres meses. Un mes. Dos meses. Seis meses.

todo buque nacional deberá llevar a bordo: Certificado de Matrícula. La Patente de Navegación. El Rol de Despacho y Dotación. Todo cierto.

Si decimos, es el acto que otorga el derecho a enarbolar el pabellón español. Todos los buques matriculados en el Registro de Buques y Empresas Navieras estarán abanderados en España, nos referimos a: El enarbolamiento. El abanderamiento. La adquisición. El enrolamiento.

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