Tema 2: La sociedad colectiva
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Título del Test:
![]() Tema 2: La sociedad colectiva Descripción: Derecho mercantil UNED |



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De conformidad con las disposiciones del código de comercio y una vez formalizado el contrato de sociedad en escritura pública, la falta de inscripción tendrá como consecuencia: a)La inexistencia del contrato de sociedad dado el carácter constitutivo de la inscripción. b)La validez del contrato de sociedad durante el plazo durante un plazo de tiempo, pues transcurrido un año desde la fecha del otorgamiento de la escritura, el contrato devengará nulo. c)La exigencia de inscripción registral no tiene carácter esencial, por lo que el contrato de sociedad será válido y surtirá efectos. Presentada a inscripción la escritura de constitución de una sociedad de capital, el Registrador Mercantil la deniega emitiendo una calificación negativa, pues en los estatutos sociales no se hace constar el objeto social. En tal caso: a)La negativa está injustificada, pues al disponer la sociedad de una capacidad general, podrá reutilizar cualquier actividad de lícito comercio. b)La negativa está justificada, pues la ley requiere clmo una mención esencial de los estatutos la relativa al objeto social. c)El Registrador Mercantil no está legitimado para emitir una calificación negativa, dado el previo control de legalidad que ha actuado el notario al autorizar la escritura de constitución. En una sociedad colectiva la participación del socio industrial en las ganancias sociales vendrá determinada: a)Por cuanto se haya establecido al respecto en la escritura social y, en ausencia de pacto, será por una cantidad igual a la participación del socio capitalista de menor participación. b)Por una estricta regla de igualdad, pues dada su caracterización como sociedad personalista, todos los socios, capitalistas o industriales, participan en un plano de igualdad, por lo que les corresponderá la misma participación en las ganancias sociales. Por una retribución fija y constante que, concretada en la escritura social se devengará con independencia de la marcha del negocio social. Tres personas constituyeron conforme con las exigencias legales, una sociedad colectiva, el señor X realizó una aportación en favor de la sociedad de veinte mil euros mientras que el señor Y lo hizo por la cantidad de diez mil euros sin embargo el señor Zeta comprometió una aportación de industria que ha venido a satisfacer con la conformidad del resto de los socios dado el éxito de la actividad empresarial que realizarán deciden repartir entre sí las ganancias sin embargo en el contrato social no se estableció pacto alguno regulando los porcentajes de tal distribución el señor Zeta le consulta acerca de cuál será su porcentaje de participación en las ganancias. a) dado que la sociedad se califica como colectiva las ganancias son comunes a todos ellos por lo que participarán en un plano de igualdad. b) dado el mayor valor de la industria presentada por el señor Zeta este participará en igualdad de condiciones que el socio capitalista con mayor aportación. c) dado que el señor Zeta aportó industria este participará en igualdad de condiciones que el socio capitalista con menor aportación. Una sociedad colectiva se constituyó por cuatro socios, uno de los cuales asumió como aportación la prestación de un servicio en favor de la sociedad y en las condiciones pactadas en el contrato social tras la finalización del primer ejercicio social la actividad empresarial que venía desarrollando la sociedad no ha dado los resultados esperados y existe una importante deuda social, por un importe superior al del patrimonio de la persona jurídica, en esta circunstancias el acreedor titular de ese crédito frente a la sociedad le formula una consulta en el sentido de a quién podrá reclamar el pago ,su respuesta sería: a)El acreedor solo podrá dirigir su acción frente a la sociedad en cuanto que esta es la única deudora. b) podemos fregar el acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y de modo subsidiario requerir la responsabilidad solidaria de todos los socios. c) el acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y de modo subsidiario requiere la responsabilidad solidaria de todos los socios con la salvedad de aquel que solo aportará un servicio dada su condición de socio industrial. En una sociedad colectiva serán responsables de la deuda sociales: a) tan solo la sociedad con su propio patrimonio. b) la sociedad con su propio patrimonio y de forma subsidiaria tan solo los socios capitalistas de forma personal y solidaria entre sí. c) la sociedad con su propio patrimonio y de forma subsidiaria todos los socios de forma personal y solidaria entre sí con independencia de su carácter capitalista o industrial. En la sociedad colectiva y respecto de las deudas sociales el socio industrial: a) será responsable en las mismas condiciones que los socios capitalistas. b) será responsable en las mismas condiciones que los socios capitalistas salvo pacto a encontrar en la escritura social. c) nunca será responsable dado que su aportación es de industria y no de capital. El socio industrial: a) respondera frente a terceros de las deudas sociales pero no participará en las pérdidas. b) no responderá frente a terceros de las deudas sociales pero soportará las pérdidas. c) responderá frente a terceros de las deudas sociales y de igual manera participará en las pérdidas. De conformidad con las disposiciones generales del código de Comercio una sociedad mercantil es irregular: a) cuando el contrato social no se hubiera formalizado en escritura pública. b) cuando la sociedad no hubiera sido inscrita en el registro Mercantil. c) las dos respuestas anteriores son correctas. Cuatro hermanos decidieron constituir una sociedad de responsabilidad limitada para explotar en arrendamiento un edificio que habían heredado con tal finalidad otorgaron la pertinente escritura social y nombraron un administrador único al que encargaron que se ocupara de su inscripción registral transcurridos tres años desde la fecha del otorgamiento de la escritura el Ayuntamiento reclama el pago de un impuesto (IBI)correspondiente a las dos últimas anualidades descubriendo los socios que aún no se había solicitado la inscripción de la sociedad. En tales circunstancias: a) responderá de tal deuda exclusivamente el administrador. b) responderán solidàriamente de tal deuda el administrador y la sociedad. c) responderá a la sociedad y subsidiariamente todos los socios. Si en una sociedad colectiva no se hubiera pactado nada respecto de la participación que corresponde a cada socio en las ganancias sociales. El criterio que establece el código es que: a) todos los socios participarán en un plano de igualdad. b) todos los socios decidirán mediante un acuerdo mayoritario la cuota de participación que a cada uno de ellos corresponde. c) las dos respuestas anteriores son incorrectas. En defecto de pacto en el contrato, la administración y gestión de la sociedad colectiva quedará confiada. a) a los socios de mayor edad pues se supone su mayor experiencia profesional. b) a todos los socios sin distinciones. c) a un tercero que será designado judicialmente dado que los socios no se pronunciaron sobre tal extremo. Una sociedad colectiva se califica como sociedad mercantil: a) no mañana siempre y en cualquier caso. b) únicamente cuando su objeto social pueda calificarse como mercantil. c) únicamente cuando sus socios sean calificados como comerciantes. Benítez y Cía, sociedad colectiva, está integrada por tres socios y debidamente inscrita en el registro Mercantil, dos de los socios aportaron capital y don José Gómez aporta únicamente su trabajo como informático teniendo en cuenta esos datos, en caso de insuficiencia del patrimonio social de las deudas sociales responden personalmente: a) los tres socios. b) únicamente los dos socios capitalistas. c) únicamente el señor Benítez por ser el que figura en la razón social. Don Carlos lema es socio de una sociedad colectiva debidamente inscrita en el registro Mercantil y constituida con carácter indefinido, teniendo en cuenta estos datos si don Carlos quiere separarse libremente de la sociedad: a) no podrá hacerlo porque se requiere que exista una causa justa. b) solo podrá abandonar la sociedad transmitiendo su participación a otro u otro socios. c) podrá hacerlo libremente ejercitando la correspondiente denuncia unilateral. En la sociedad colectiva en caso de insuficiencia del patrimonio social, los acreedores de la sociedad pueden exigir el pago de sus créditos: a) a cualquiera de los socios. b) únicamente a los socios administradores. c) únicamente a los socios cuyo nombre figura en la razón social. La inscripción en el registro Mercantil: a) es obligatoria para todos los empresarios. b) es potestativa como regla general para los empresarios individuales. c) es obligatoria únicamente para las sociedades de capital. Los acreedores de una sociedad colectiva debidamente inscrita en el registro Mercantil para el cobro de sus créditos: a) hoy qué lindo pueden proceder indistintamente contra la sociedad o contra cualquiera de los socios. b) han de proceder en primer término contra la sociedad y acreditar su insuficiencia patrimonial para hacer frente al pago para poder proceder contra los socios. c) pueden proceder indistintamente contra la sociedad y el socio o socios administra. En una sociedad colectiva y ante el fallecimiento de un socio: a) la sociedad quedará en todo caso disuelta abriéndose el periodo de liquidación. b) la sociedad quedarà di suelta habriéndose el período de liquidación salvo que subiera adoptado previamente un pacto de supervivencia a un pacto de continuación. c) dado el contenido patrimonial de la posición de socio le sucederán necesariamente sus herederos en dicha posición convirtiéndose así en socios. Una sociedad colectiva se constituyó por cuatro socios uno de los cuales asumió como aportación la prestación de un servicio en favor de la sociedad y en las condiciones pactadas en el contrato social.Tras la finalización del primer ejercicio social la actividad empresarial que venía desarrollando la sociedad no ha dado los resultados esperados y existe una importante deuda social por un importe superior al del patrimonio de la persona jurídica. En estas circunstancias el acreedor titular de ese crédito frente a la sociedad le formula una consulta en el sentido de a quién podrá reclamar el pago. Su respuesta sería: a) el acreedor solo podrá dirigir su acción frente a la sociedad en cuanto que esta es la única deudora. b) el acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y de modos subsidiario requerir la responsabilidad solidaria de todos los socios. c) el acreedor podrá dirigir su acción frente a la sociedad y de modo subsidiario requiere la responsabilidad solidaria de todos los socios con la soledad de aquel que solo aportará un servicio dado a su condición de socio industrial. En una sociedad colectiva la participación del socio industrial en las ganancias sociales vendrá determinada. a) por cuanto se haya establecido al respecto en la escritura social y en ausencia de pacto será por una cantidad igual a la participación del socio capitalista de menor participación. b) por una estricta regla de igualdad pues dada su caracterización como sociedad personalista a todos los socios capitalistas o industriales participan en un plano de igualdad por lo que les corresponderá la misma participación en las ganancias sociales. c) por una retribución fija y constante que concretada en la escritura social se devengara con independencia de la marcha del negocio social. |





