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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETEMA 20 (P O)

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Título del test:
TEMA 20 (P O)

Descripción:
tramitacion

Autor:
ANGEL
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Fecha de Creación:
06/06/2017

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 116
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Temario:
TEMA 20 PROCEDIMIENTOS PENALES EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL: ORDINARIO, .
Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal tienen por objeto: Tienen solo por objeto determinar la responsabilidad civil de las personas Servir de guía al juez y al fiscal para el trámite de los procedimientos Tiene por objeto determinar la responsabilidad en materia delictiva y la reposición del daño causado a sus víctimas Tiene por objeto determinar la existencia de un delito y la imposición de la pena correspondiente a su autor.
Dime los principios de la jurisdicción penal: Acción de oficio, amplio arbitrio judicial, ausencia de facultades dispositivas e interés público del Estado. Acción de oficio, escaso arbitrio judicial, no hay interés del Estado y existen facultades dispositivos. Ausencia de facultades dispositivas y para ver acción tiene que ser demandada y no hay un amplio arbitrio judicial Todas las anteriores son incorrectas.
Dime los modos de iniciación del proceso penal: El proceso penal solo se iniciará mediante denuncia o querella por parte del perjudicado El proceso penal se iniciará mediante denuncia o querella por parte de la Fiscalía Iniciación de oficio por el órgano judicial o iniciación a instancia de parte mediante denuncia o querella El proceso penal sólo se puede iniciar por el juez de guardia.
En una denuncia se pone en conocimiento de la autoridad ya sea policial o judicial la perpetración de un delito ¿ es necesario que el denunciante sea parte en el procedimiento que denuncia? Sí, ya que si no el procedimiento no puede continuar No, no es necesario lo será si desea serlo y en caso de que no desee serlo la acusación la dirige el Ministerio Fiscal No es necesario que sea parte del proceso penal y tampoco puede serlo solo puede ser parte el Ministerio Fiscal Si es necesario que intervenga en el proceso y además es obligatorio que se ha acompañado por el Ministerio Fiscal.
En una querella se pone en conocimiento de la autoridad ya sea policial o judicial la perpetración de un delito ¿ es necesario que el querellante sea parte en el procedimiento ? Sí, se interesa se tenga al querellante por parte en el proceso penal No, no es necesario lo será si desea serlo y en caso de que no desee serlo la acusación la dirige el Ministerio Fiscal No es necesario que sea parte del proceso penal y tampoco puede serlo solo puede ser parte el Ministerio Fiscal Todas las demás son incorrectas.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Juicio ordinario por faltas Procedimiento de habeas corpus Juicio ordinario por delitos Juicio contencioso administrativo.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Juicio ordinario por faltas Procedimiento de habeas corpus Procedimiento abreviado Tribunal del jurado.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Juicio ordinario por faltas juicio rápido Procedimiento abreviado delitos leves Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Proceso por aceptación de Decreto juicio inmediato Prisión preventiva Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de faltas.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Proceso por aceptación de Decreto Ministerial juicio inmediato por delitos graves Falta de injurias Procedimiento de decomiso autónomo .
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Procedimiento del Jurado juicio inmediato por delitos graves Infracciones Ley seguridad Ciudadana 4/2015 Procedimiento de decomiso municipal.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Habeas Corpus Tribunal del jurado para menores Procedimiento contra Diputados y Senadores Procedimientos especiales por faltas.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Procedimiento para la extradicion de menores Procedimiento por delitos de injuria y calumnia contra particulares Procedimiento contra Diputados y Ministros Procedimientos especiales por faltas.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Procedimiento habeas corpus Procedimiento por delitos cometidos por medio de imprenta, grabado u otro medio mecánico de publicación Procedimiento contra Senadores y Ministros Procedimientos especiales por faltas e infracciones administrativas muy graves.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Procedimiento para la extradición Juicios inmediatos de faltas Procedimiento contra Consejeros y Ministros Procedimientos especiales por faltas e infracciones administrativas muy graves.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos se puede clasificar dentro de los procesos penales por delito? Procedimiento para obtener la nacionalidad Juicios por delito leve Procedimiento laboral Procedimientos especiales por faltas e infracciones a la ley 4/2015.
De entre los siguientes ¿ cuál de ellos el proceso ordinario ? Procedimiento de decomiso autónomo Procedimiento del jurado Juicio ordinario por delitos Procedimientos contra Diputados y Senadores.
El juicio ordinario por delito es el procedimiento seguido para el enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad: Todos los delitos que superen los 9 años Inferior a 9 años y que no estén atribuidos al conocimiento del Tribunal del Jurado Superior a 9 años y que no estén atribuidos al conocimiento del Tribunal del Jurado Entre 9 y 15 años y que no estén atribuidos al conocimiento del Tribunal del Jurado.
El procedimiento ordinario se encuentra regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los artículos: Desde el artículo 299 al 479 Desde el artículo 199 al 749 Desde el artículo 299 al 749 Desde el artículo 399 al 649.
¿Cómo se denomina la fase de instrucción en el procedimiento ordinario? Diligencias Sumario Juicio oral Hechos delictivos.
¿Ante quién se desarrolla el sumario? Ante el juez del juzgado competente para juzgarlo Ante el Ministerio Fiscal Ante el juez de instrucción competente o en su caso ante el juez de Violencia sobre la Mujer Ante la Audiencia Provincial.
Una vez realizadas todas las diligencias de instrucción y comprobación oportuna de los hechos delictivos investigados concluye el sumario y se remite el mismo a la Audiencia Provincial respectiva ( o Audiencia Nacional en su caso) al objeto que ante esta se desarrollen dos fases más del proceso ¿cuáles son? Fase de instrucción y fase intermedia Fase de instrucción y juicio oral La fase intermedia y la fase del juicio oral Solo queda una fase y es el juicio oral.
¿Qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula el órgano competente en el procedimiento ordinario? Artículo 14 Artículo 28 Artículo 12 Artículo 50.
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal el órgano competente para la instrucción en un procedimiento ordinario será: El Juez de Paz del municipio donde se haya cometido el hecho delictivo El juez de instrucción del partido en el que el delito se hubiere cometido , o el juez de Violencia sobre la Mujer, o el juez central de instrucción respecto de los delitos que la ley determine. El Ministerio Fiscal El juez de la Audiencia Provincial.
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal el órgano competente para el conocimiento y fallo del procedimiento ordinario es: El Juzgado de lo Penal del partido judicial donde se haya cometido el hecho delictivo La Audiencia Nacional El Tribunal Superior de Justicia La Audiencia Provincial de la Circunscripción donde el delito se haya cometido, o la Audiencia Provincial correspondiente a la Circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en su caso, o la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y en los supuestos de competencia de la Audiencia Provincial el Tribunal del Jurado si el delito fuera de los atribuidos a este.
En los supuestos de competencia de la Audiencia Provincial si el delito fuera de los atribuidos al Tribunal del Jurado ¿ a quién correspondería el conocimiento y fallo? A la Audiencia Provincial Al Juzgado de lo Penal A la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Al Tribunal del Jurado.
Las actuaciones encaminadas a preparar el juicio y practicarlas para averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad de los delincuentes, asegurando sus personas y la responsabilidad pecuniaria de los mismos, constituyen.... La fase de juicio oral El fallo de la sentencia El sumario la denuncia.
Según el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal el secreto del sumario..... Las diligencias del sumario serán reservadas y no tendrán carácter público hasta que se abra el juicio oral con las excepciones determinadas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal Siempre hay secreto de sumario en todo el procedimiento El sumario es público Las diligencias del sumario serán públicas y no tendrán carácter privado excepto las excepciones determinadas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
¿ podrá ser sancionado el abogado o procurador de cualquiera de las partes que revelare indebidamente el contenido del sumario? Sí podrá ser sancionado y corregido con una multa de 500 a 10000 € No podrá ser sancionado porque el sumario es público Podrá ser condenado por un delito de revelación de secretos Solo será corregido si pública algo del contenido del juicio oral.
¿Podrá ser sancionado cualquier otra persona diferente a un abogado o procurador que no siendo funcionario público revelare indebidamente el contenido del sumario? Sí incurriría en una falta igual que a los procuradores y abogados que hicieron lo mismo y serán corregidos con una multa de 500 a 10000 € No podrán ser corregidos ya que no son funcionarios No podrán ser corregidos ya que el sumario es público No podrán ser corregido porque no siendo funcionario abogado o procurador no tiene sanción dicho hecho.
¿En qué responsabilidad incurriría un funcionario publico que revelare indebidamente el contenido del sumario? No incurrir en nada porque sumario es público Sería sancionado y corregido con una multa de 500 a 10000 € Sería sancionado con una multa de 10000 A 20000 € El funcionario publico que revelare indebidamente el contenido de un sumario incurrirá en la responsabilidad que el Código Penal señale.
Según lo establecido en el apartado 2 del artículo 681 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando resulte necesario para proteger la intimidad de la víctima o el respeto debido a la misma o su familia el juez podrá acordar.... Prohibir la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de la víctima, así como prohibir la obtención divulgación o publicación de imágenes de la víctima o de sus familiares No se podrá prohibir dicha información ya que el derecho a la información prevalece sobre cualquier otro derecho Se podrá prohibir por el juez solo la publicación del nombre de la víctima Si la víctima es una persona pública no se podrá prohibir nada.
¿Podrán las partes personadas tomar conocimiento de las actuaciones e intervenir en todas las diligencias del procedimiento? sí siempre No nunca En algunas de las actuaciones sí Sí, pero no obstante si el delito fuere público podrá el juez de instrucción a propuesta del Ministerio Fiscal de cualquiera de las partes personadas o de oficio declararlo mediante auto total o parcialmente secreto para todas las partes personadas por tiempo no superior a un mes cuando resulte necesario.
¿Con qué fin se declarará por parte del juez de instrucción secreto de las actuaciones y de las diligencias del procedimiento? No se pueden declarar secreta a las partes del procedimiento Las partes del procedimiento son públicas por ello las puede ver cualquier persona Sólo podrán ser declaradas secretas para los medios de comunicación Será necesario declarar la secreta para evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona; o prevenir una actuación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso.
¿ con qué antelación a la conclusión del sumario deberá alzarse el secreto del sumario? Con ningún antelación ya que si se dicta la causa secreta será secreta hasta la celebración del juicio oral Con 6 meses de antelación a la celebración del juicio oral No podrá declararse la causa secreta por lo tanto no tiene que alzarse la misma El secreto del sumario deberá alzarse necesariamente con al menos 10 días de antelación a la conclusión del sumario.
¿ a quién corresponde la formación del sumario? La formación del sumario ya empiece de oficio o a instancia de parte corresponde a los jueces de instrucción en su caso jueces de Violencia sobre la Mujer por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva Al Tribunal del Jurado Al Tribunal sentenciador A la Audiencia Provincial.
¿ a través de que incoan el sumario los jueces de instrucción? Mediante auto Mediante sentencia judicial Mediante orden judicial Mediante escrito sumarial.
Conforme se dispone en el artículo 306 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.... Los jueces de instrucción formarán los sumarios de los delitos públicos bajo la inspección directa del fiscal del tribunal competente Los fiscales formarán los sumarios de los delitos públicos bajo la inspección directa del juez del tribunal competente los jueces de instrucción tramitarán el sumario fallarán la sentencia en los delitos Los fiscales instruirán los sumarios y los jueces fallarán la sentencia.
El artículo 321 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala por su parte que los jueces de instrucción formarán el sumario ante.... El letrado de la Administración de Justicia en caso de urgente y extraordinario faltando este podrán proceder con la instrucción de un notario o de dos hombres buenos mayores de edad que sepan leer y escribir los cuales curaran guardar fidelidad y recato Ante el fiscal y el Tribunal del Jurado si lo hubiera Ante los abogados y procuradores de todas las partes Ante los abogados procuradores y el Ministerio Fiscal.
Según el artículo 309 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal inmediatamente que los jueces de instrucción o de paz en su caso tenga noticia de la perpetración de un delito el letrado de la Administración de Justicia lo pondrá..... En conocimiento del fiscal de la respectiva Audiencia, y dará, además, parte al Presidente de esta de la formación del sumario , en relación sucinta, suficientemente expresivas del hecho, de su circunstancias dentro de los dos días siguientes al en que hubieren principiado a instruirle En conocimiento de los abogados y procuradores de las partes , de la formación del sumario , en relación sucinta, suficientemente expresivas del hecho, de su circunstancias dentro de los dos días siguientes al en que hubieren principiado a instruirle En conocimiento del defensor del pueblo y de los abogados y procuradores de las partes , de la formación del sumario , en relación sucinta, suficientemente expresivas del hecho, de su circunstancias dentro de los dos días siguientes al en que hubieren principiado a instruirle En conocimiento del Fiscal y de los abogados y procuradores de las partes , de la formación del sumario , en relación sucinta, suficientemente expresivas del hecho, de su circunstancias dentro de los dos días siguientes al en que hubieren principiado a instruirle.
En cuanto a la duración de las diligencias de instrucción el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece las siguientes reglas: Como norma general se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas no obstante antes de la expiración de este plazo el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes podrá declarar la instrucción compleja por circunstancias sobrevenidas a la investigación Como norma general se practicarán durante el plazo máximo de doce meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas no obstante antes de la expiración de este plazo el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes podrá declarar la instrucción compleja por circunstancias sobrevenidas a la investigación Como norma general se practicarán durante el plazo máximo de dieciocho meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas no obstante antes de la expiración de este plazo el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes podrá declarar la instrucción compleja por circunstancias sobrevenidas a la investigación Como norma general se practicarán durante el plazo máximo de dos años desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas no obstante antes de la expiración de este plazo el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes podrá declarar la instrucción compleja por circunstancias sobrevenidas a la investigación.
Si la instrucción es declarada compleja el plazo de duración de la instrucción será de... De dieciocho meses que el instructor de la causa podrá prorrogar por igual plazo o uno inferior a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes la solicitud de prórroga deberá presentarse por escrito al menos 3 días antes de la expiración del plazo máximo De doce meses que el instructor de la causa podrá prorrogar por igual plazo o uno inferior a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes la solicitud de prórroga deberá presentarse por escrito al menos 3 días antes de la expiración del plazo máximo no tendrá tiempo de finalización De tres años que el instructor de la causa podrá prorrogar por igual plazo o uno inferior a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes la solicitud de prórroga deberá presentarse por escrito al menos 3 días antes de la expiración del plazo máximo.
Contra el Auto que desestima la solicitud de prorroga... No cabrá recurso sin perjuicio de que pueda reproducirse esta petición en el momento procesal oportuno Si puede abrir recurso ante el Tribunal que se encuentre por encima del de instrucción Solo puede haber recurso si se presenta antes de las 48 horas posteriores a la denegación de la solicitud Sí siempre se puede recurrir este tipo de resoluciones negativas.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Recaiga sobre grupo organizaciones criminales Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Tenga por objeto numerosos hechos punibles Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Involucre a gran cantidad de investigados o víctimas Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Exija la realización de pericias o de colaboraciones recabadas por el órgano judicial que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Implique la realización de actuaciones en el extranjero Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Precio de la revisión de la gestión de personas jurídico- privadas o públicas Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Se considera que la investigación es compleja cuando: Se trate de un delito de terrorismo Cuando sean más de 2 los investigados Siempre que lo pida la Fiscalía Si lleva más de 6 meses investigandose.
Según el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal los plazos previstos para las diligencias de instrucción quedarán interrumpidos: En el caso de acordarse el secreto de las actuaciones, durante la duración del mismo y en caso de acordarse el sobreseimiento provisional de la causa No se interrumpirán en ningún momento y se contaran desde el inicio de las actuaciones Quedan interrumpidas por un plazo de un año No se interrumpen porque la causa se ha declarado compleja.
Cuándo se alce el secreto o las diligencias sean reabiertas.... Continuará la investigación por el tiempo que reste hasta completar los plazos previstos en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en cuanto a la duración de las diligencias de instrucción Tendrán tiempo ilimitado hasta que se resuelvan las mismas Según el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tendrán un plazo más de 36 meses Según el artículo 324 de la ley Enjuiciamiento Criminal tendrán un plazo de 48 meses.
¿Podrá ser ampliado por el juez instructor los plazos que refiere el artículo 324 de la ley Enjuiciamiento Criminal en cuanto a la duración de las diligencias de instrucción? Excepcionalmente antes del transcurso de los plazos establecidos en dicho artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal o en su caso de la prórroga que hubiera sido acordada si así lo solicita el Ministerio Fiscal o alguna de las partes personadas por concurrir razones que lo justifiquen el instructor previa audiencia de los demás partes podrá fijar un nuevo plazo máximo para la finalización de la instrucción Si se podrá prorrogar tras haber finalizado los plazos de duración de las diligencias de instrucción según el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece por un tiempo que será acordado por el juez No transcurrido los plazos qué establece el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el trámite de las diligencias de instrucción no podrá ser ampliado dicho tiempo Sí sólo con la petición de la Fiscalía sin tener que oír el resto de las partes y por un plazo de seis meses.
Si el Ministerio Fiscal o las partes en su caso no hubieran hecho uso de la facultad que les confiere el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que se puede solicitar al juez instructor si concurren razones que lo justifiquen un nuevo plazo máximo para la de finalización de la instrucción, ¿ podrán interesar las diligencias de investigación complementarias previstas en los artículos 627 y 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal? No podrán interesar las diligencias de investigación complementarias previstas en los artículos 627 y 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Sí podrán hacerlo en todo caso Solo podrán hacerlo si hubieran causa que lo justifique Sólo podrá hacerlo el Ministerio Fiscal.
¿Cuándo concluirá el juez de instrucción? Cuando entienda que ha cumplido su finalidad Cuando lo pida el Ministerio Fiscal Cuando lo pidan las partes No tiene tiempo para concluirlo.
Transcurrido el plazo máximo o sus prorrogas en la instrucción el instructor...... Dictará auto de conclusión del sumario o en el procedimiento abreviado , la resolución que proceda conforme el artículo 779 de la Lecrim Procederá a dictar sentencia Escuchar a las partes implicadas y dictará sentencia Conforme al artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal transmitir a lo instruido a la Fiscalía y está dictará sentencia.
Si transcurrido el plazo máximo o sus prorrogas el instructor no hubiera dictado alguna de las resoluciones de conclusión del sumario o en el procedimiento abreviado la resolución que proceda conforme el artículo 779..... El Ministerio Fiscal y instar al juez que acuerde la decisión que fuera oportuna en este caso el juez de instrucción deberá resolver sobre la solicitud en el plazo de 15 días Será cargo el Ministerio Fiscal y este proceder a a la resolución de conclusión del sumario El Ministerio Fiscal instará al juez que acuerde la decisión que fuera oportuna y este deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas El Ministerio Fiscal trasladará el sumario a la audiencia respectiva para que ésta proceda a dictar el auto de conclusión del sumario.
¿Son válidas las diligencias de investigación acordada antes del transcurso de los plazos legales? Sí serán válidas sin perjuicio de su recepción tras la expiración de los plazos legales No solo serán válidas y se reciben antes de la expiración de dichos plazos Solo serán válidas si se reciben 3 meses antes de la expiración de los plazos Solo serán válidas si se reciben un mes antes de la expiración de los plazos.
¿El mero transcurso de los plazos máximos fijados dará lugar al archivo de las actuaciones? En ningún caso el mero transcurso de los plazos máximos fijados en este precepto dará lugar al archivo de las actuaciones si no concurren las circunstancias previstas en los artículos 637 o 641 para el sobreseimiento libre o provisional Según el artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal transcurrido los plazos máximos fijados dará lugar al archivo de las actuaciones Dará lugar al archivo de las actuaciones si lo solicita alguna de las partes Solo dará lugar al archivo de las actuaciones si lo solicita el Ministerio Fiscal.
Cuándo de los términos de la denuncia o de la relación circunstanciada del hecho en la querella, así como cuando de cualquier actuación procesal, resulte contra persona o personas determinadas la imputación de un delito, cuyo enjuiciamiento venga atribuido al Tribunal del Jurado..... Se remitirá al Ministerio Fiscal para que nombre a los miembros del jurado que tenga que enjuiciar dicho delito El juez de instrucción nombrar a el Tribunal del Jurado y traspasar a las diligencias al mismo El juez de instrucción traspasar a las diligencias al Tribunal del Jurado para que continúe con la instrucción El juez de instrucción procederá a la incoación del procedimiento previsto en la Ley reguladora del jurado, en el que , en la forma que en ella se establece, se pondrá inmediatamente aquella imputación en conocimiento de los presuntamente inculpados.
Cuándo de los términos de la denuncia o de la relación circunstanciada del hecho en la querella, así como cuando del cualquier actuación procesal, resulte contra persona o personas determinadas la imputación de un delito, cuyo enjuiciamiento venga atribuido al Tribunal del Jurado..... El juez de instrucción nombrar a el Tribunal del Jurado y traspasar a las diligencias al mismo Se remitirá al Ministerio Fiscal para que nombre a los miembros del jurado que tenga que enjuiciar dicho delito El Ministerio Fiscal demás partes personadas y el investigado en todo caso podrán instar el juez incoa el procedimiento previsto en la Ley reguladora del jurado, debiendo el juez resolver en plazo de una audiencia Se remitirá al Ministerio Fiscal para que nombre a los miembros del jurado que tenga que enjuiciar dicho delito.
Sí el Ministerio Fiscal demás partes personadas y el investigado en todo caso instara al juez instructor a resolver en plazo de audiencia cuando los términos de la denuncia o de la relación circunstanciada del hecho en la querella así como cuando de cualquier actuación procesal resulte contra persona o persona determinada la imputación de un delito cuyo enjuiciamiento venga atribuido al Tribunal del Jurado y este no lo hiciera o desestimare la petición..... Las partes podrán recurrir directamente en queja ante la Audiencia Provincial que resolverá antes de 8 días recabando el informe del instructor por el medio más rápido Las partes podrán recurrir ante el Tribunal del Jurado antes de 10 días El Ministerio Fiscal resolverá en caso de que el juez instructor no lo haga No cabe recurso contra ello.
En las diligencias sumariales el juez practicará las diligencias necesarias para la investigación de los hechos, entre ellas las actuaciones previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal referida a la comprobación del delito y averiguación del delincuente se encuentran... La inspección ocular, el cuerpo del delito y declaraciones de los testigos La inspección ocular, el cuerpo del delito , identidad del delincuente, declaraciones de los procesados, declaraciones de los testigos, careo y el informe pericial. La inspección ocular, declaraciones de los procesados, declaraciones de los testigos, careo y el informe pericial. El cuerpo del delito , identidad del delincuente, declaraciones de los procesados, declaraciones de los testigos, careo y el informe pericial.
Las diligencias sumariales podrán ser practicadas.... Solo a petición de la Fiscalía Solo de oficio por parte del juez instructor Solo a petición de las partes De oficio, a instancia del Ministerio Fiscal y a petición de cualquiera de las partes.
El juez que instruye el sumario practicará la diligencia que le propusieran el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes personadas..... Siempre Siempre que el juez instructor no las considere inútiles o perjudiciales Las que proponga el Ministerio Fiscal siempre deberán ser prácticas Las que proponga la parte de la defensa siempre deberán ser atendida por el juez instructor.
El juez que instruye el sumario practicar las diligencias que le propusieron el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes personadas si no las considera inútiles o perjudiciales contra el auto denegatorio de las diligencias pedidas..... Podrá interponerse recurso de apelación y ser admitido en un solo efecto y tendrá un efecto suspensivo para que ante la Audiencia respectivo tribunal competente Podrá interponerse recurso de apelación que ser admitido en un solo efecto y tendrá un efecto devolutivo para que ante la audiencia respectiva o tribunal competente . No cabe recurso Sólo podrá recurrir el Ministerio Fiscal.
El juez que instruye el sumario practicará la diligencias que le propusieran el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes personadas, si no las considera inútiles o perjudiciales en este caso sí las denegaran contra el auto denegatorio de las diligencias pedidas se podrá interponer recurso de apelación pero cuando el Ministerio Fiscal no estuviera en la misma localidad y el juez de instrucción..... En vez de apelar recurrir en queja al tribunal competente Se recurrirá igualmente que si estuviera en la misma localidad Se lo traspasará al fiscal de la misma localidad para que efectúe la apelación no cabe recurso.
Cuando se presentará querella, el juez de instrucción, después de admitirla si fuere procedente mandará practicar las diligencias que en ellas se propusieren..... Siempre Solo cuando la queréis sea presentada por el Ministerio Fiscal Salvo las que consideres contraria a las leyes, o innecesarias o perjudiciales para el objeto de la querella, las cuales denegará en resolución motivada. Solo cuando la querella sea por delitos superiores a 5 años.
Cuando se presentará querella el juez de instrucción después de admitirla si fuere procedente mandara practicar las diligencias que en ellas se propusiera salvo las que considere contraria a las leyes o innecesarias o perjudiciales para el objeto de la querella las cuales denegaran en resolución motivada y también desestimará en la misma forma la querella cuando ...... No podrá ser desestimado nunca Considere que los hechos en que se funda no constituyan delito, o cuando no se considere competente para instruir el sumario objeto de la misma Solo cuando se considere innecesaria o perjudiciales para el objeto de la querella. No cabe más denegación que por esos hechos.
Contra el auto denegatorio de las pruebas propuestas por el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes que se dicte en tal caso procederá .... El recurso de súplica que será admisible solo en efecto devolutivo El recurso de apelación que será admisible solo en efecto suspensivo El recurso de apelación que será admisible en ambos efectos devolutivo y suspensivo El recurso de apelación no será ni suspensivos ni devolutivo.
¿Las diligencias pedidas y denegadas en el sumario podrán ser propuestas de nuevo? Sí pero solo durante la fase sumarial Sí pero solo por el Ministerio Fiscal Podrán volver a hacer propuestas de nuevo en el juicio oral No, no podrán volver a hacer propuestas.
Desde que resultare del sumario algún indicio racional de criminalidad contra determinada persona se dictará auto declarándola..... Investigada Procesada Imputada Sentenciada.
El procesado podrá desde el primer momento de serlo Aconsejarse de letrado siempre y valerse de él para instar la pronta terminación del sumario bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen y para formular pretensiones que afecten a su situación Aconsejarse de letrado, mientras no estuviera incomunicado y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen y para formular pretensiones que afecten a su situación. El procesado solo podrá aconsejarse de letrado antes del juicio oral El procesado no podrá aconsejarse letrado hasta que comience el juicio oral.
El procesado podrá desde el momento de serlo aconsejarse de letrado mientras no estuviera incomunicado y valerse de él bien para instar la pronta terminación del sumario bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen y para formular pretensiones que afecten a su situación en el primer caso para instar la pronta terminación del sumario podrá recurrir... En queja ante la Audiencia No podrá recurrir Recurrirá al mismo juez que dicto la resolución Sólo podrá recurrir ante la Fiscalía.
El procesado podrá desde el momento de serlo, aconsejarse de letrado mientras no estuviera incomunicado y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen y para formular pretensiones que afecten a su situación, en el segundo y tercer caso para instar la pronta terminación del sumario podrá recurrir... No podrá recurrir Podrá ante la Audiencia sí el juez instructor no accede a sus deseos Solo puede hacer una súplica ante el juez instructor Solo puede recurrir ante la Fiscalía.
El procesado podrá desde el momento de serlo, aconsejarse de letrado, mientras no estuviera incomunicado y valerse de él, bien para instar la propia terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen y para formular pretensiones que afecten a su situación tanto. En el primer caso podrá recurrir en queja a la Audiencia y en los otros dos apelar para que la misma si el juez instructor no accediera a suceder a sus deseos. Estas Apelaciones no serán admisibles más que.... Dos efectos ( devolutivo y suspensivo) un solo efecto ( devolutivo) Tres efectos (devolutivo, suspensivo y sumarial) Ninguna de las otras respuesta son correctas.
Contra los autos que dicten los jueces de instrucción decretando el procesamiento de alguna persona, podrá utilizarse por la representación de está.... El recurso de reforma dentro de los 5 días siguientes al de haber sido notificada la resolución El recurso de reforma dentro de los 10 días siguientes al de haber sido notificada la resolución El recurso de reforma dentro de los 3 días siguientes al de haber sido notificada la resolución El recurso de reforma dentro de los 15 días siguientes al de haber sido notificada la resolución.
Contra los autos que dicen los jueces de instrucción decretando el procesamiento de alguna persona,podrá utilizarse por la representación de ésta, recurso de reforma dentro de los 3 días siguientes al de haber sido notificado la resolución y contra los autos denegatorios de la Reforma... Podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto en el plazo de 3 días ante la Audiencia Podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto en el plazo de 10 días ante la Audiencia Podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto en el plazo de 5 días ante la Audiencia Podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto en el plazo de 15 días ante la Audiencia.
¿Se puede presentar el recurso de reforma y el recurso de apelación ante el juez de instrucción? No se presentará ante el juez de instrucción el de reforma y si se deniega solamente el de apelación ante la Audiencia Si, podrá ser interpuesto el recurso de apelación en un efecto subsidiariamente con el de reforma Sólo se puede presentar el de reforma El de reforma se presenta ante el juez instructor y el de apelación ante la Fiscalía.
Contra los autos denegatorios de procesamiento solo cabrá el.... Recurso de reforma en el plazo de 5 días siguientes a la notificación Recurso de reforma en el plazo de 10 días siguientes a la notificación Recurso de reforma en el plazo de 3 días siguientes a la notificación Recurso de reforma en el plazo de 15 días siguientes a la notificación.
A lo largo del sumario el juez de instrucción podrá adoptar una serie de medidas cautelares tales como.... Unas dirigidas a asegurar la persona del investigado, entre ellas, prisión provisional o libertad provisional, dando lugar a la tramitación de la pieza separada de situación personal. Unas dirigidas a asegurar la persona del investigado, entre ellas, prisión provisional o libertad provisional, dando lugar a la tramitación de la pieza separada de situación personal, y otras, tendentes a asegurar la posible responsabilidad civil, por ejemplo, un embargo, tramitándose en este caso la pieza separada de responsabilidad civil. Unas dirigidas a asegurar la persona del investigado, entre ellas, libertad provisional, dando lugar a la tramitación de la pieza separada de situación personal, y otras, tendentes a asegurar que no fugue el preso. Unas dirigidas tendentes a asegurar la posible responsabilidad civil, por ejemplo, un embargo, tramitándose en este caso la pieza separada de responsabilidad civil.
¿En qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal viene regulada la prisión provisional? Artículo 528 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 520 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 502 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 825 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La prisión provisional se encuentra regulada en el artículo 502 y siguientes de la Ley Enjuiciamiento Criminal aplicándose lo dispuesto en dicho precepto no sólo al procedimiento ordinario sino también a los procedimientos penales en que se adopte con medida cautelar los supuestos en qué procede la prisión provisional se recogen en el artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.... artículo 512 Artículo 503 Artículo 525 Artículo 500.
Cuál de los supuestos de los siguientes , que se recogen en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se podrá decretar en base a ellos la prisión provisional cuando concurran alguno de los siguientes requisitos: Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviera antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación derivados de condena por delito doloso Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a tres años de prisión o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviera antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación derivados de condena por delito doloso Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a un año y medio de prisión o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviera antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación derivados de condena por delito doloso Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a un año de prisión o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviera antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación derivados de condena por delito doloso.
Cuál de los supuestos de los siguientes , que se recogen en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se podrá decretar en base a ellos la prisión provisional cuando concurran alguno de los siguientes requisitos: Ninguno de estos conceptos están recogidos en el artículo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal Solo por el riesgo de fuga no se valora que se puede alterar o destruir la fuente de prueba relevantes para el enjuiciamiento Cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga, para evitar la ocultación alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento y para evitar que el investigado o encausado puede actuar contra los bienes jurídicos de la víctima Solo para evitar que el investigado o encausado puede actuar contra los bienes jurídicos de la víctima, la ocultación de pruebas no se valora.
¿Qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula la duración de la prisión provisional? Artículo 509 Artículo 515 Artículo 504 Artículo 518.
Como regla general y según lo establecido en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la duración provisional estará sujeta a la siguiente regla general.... La prisión provisional durará desde que se decrete hasta la apertura del juicio oral La prisión provisional durará desde que se decrete hasta que exista sentencia si estás absolutoria terminará y si es condenatoria continuará lo que diga la condena La prisión provisional durará el tiempo imprescindible para alcanzar cualquiera de los fines previstos en la Ley y en tanto subsistan los motivos que justificaron su adopción La prisión provisional estará adaptada a las solo a las peticiones de la Fiscalía.
Cuando la prisión provisional se hubiera decretado para asegurar la presencia en el proceso del investigado o encausado o evitar que puede actuar contra bienes jurídicos de la víctima evitar el riesgo de que cometa otros hechos delictivos su duración no podrá exceder... De un año si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad igual o inferior a 2 años o de 2 años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a 5 años De un año si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad igual o inferior a 3 años o de 2 años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a 3 años De un dos años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad igual o inferior a 4 años o de 3 años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a 7 años De un año si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad igual o inferior a 5 años o de 2 años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a 8 años.
Cuando concurrieran circunstancias que hacen ver que la causa no podrá ser juzgada en aquellos plazos qué establece el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal el juez o tribunal podrá en los términos previstos en el artículo 505 acordar mediante auto una sola prórroga de la prisión provisional de hasta.... 1 año si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a 2 años o de hasta 6 meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a 2 años 3 años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a 3 años o de hasta 6 meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a 2 años 2 años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a 3 años o de hasta 6 meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a 3 años 2 años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a 2 años o de hasta 6 meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a 1 año.
Cuando la prisión provisional se hubiere acordado para evitar la ocultación alteración o destrucción de fuentes de prueba su duración no podrá exceder de.... 12 meses 6 meses 24 meses 18 meses.
La concesión de la libertad por el transcurso de los plazos máximos para la prisión provisional .... Cuándo se concede la libertad provisional por el transcurso de los plazos máximos para la prisión provisional no se podrá volver a decretar prisión hasta que no sé efectúe una sentencia firme No impedirá que se vuelva a acordar la prisión provisional en el caso de que el investigado o encausado sin motivo legítimo dejar de comparecer a cualquier llamamiento del juez o tribunal Cuándo se concede la libertad provisional por el transcurso de los plazos máximos para la prisión provisional no se podrá volver a decretar prisión hasta que no se ha solicitado por la Fiscalía Cuándo se concede la libertad provisional por el transcurso de los plazos máximos para la prisión provisional no podrá volver a decretarse.
Cuando la medida de prisión provisional acordada exceda de las dos terceras partes de su duración máxima.... El Juez o Tribunal que conozca de la causa y el Ministerio Fiscal comunicarán respectivamente esta circunstancia al presidente de la Sala de Gobierno y al Fiscal Jefe del tribunal correspondiente con la finalidad de que salga de prisión inmediatamente No pasa nada porque la duración máxima de la prisión provisional se puede prorrogar en el doble Se deberá informar al ministerio fiscal a fin de que este decida si se pone en libertad o no El Juez o Tribunal que conozca de la causa y el Ministerio Fiscal comunicarán respectivamente esta circunstancia al presidente de la Sala de Gobierno y al Fiscal Jefe del tribunal correspondiente con la finalidad de que se adopten las medidas precisas para imprimir a las actuaciones la máxima celeridad.
Para la adopción de la prisión provisional el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que: Cuando el detenido fue puesto a disposición del juez de instrucción o Tribunal que deba conocer de la causa, éste, salvo que decretare su libertad provisional sin fianza, convocará a una audiencia en la que el Ministerio Fiscal decide si se decrete la prisión provisional del investigado o encausado o su libertad provisional con fianza Cuando el detenido fue puesto a disposición del juez de instrucción o Tribunal que deba conocer de la causa, éste, salvo que decretare su libertad provisional sin fianza, convocará a una audiencia en la que el Ministerio Fiscal o las partes acusadoras podrán interesar que se decrete la prisión provisional del investigado o encausado o su libertad provisional con fianza Cuando el detenido fue puesto a disposición del juez de instrucción o Tribunal que deba conocer de la causa, éste, salvo que decretare su libertad provisional sin fianza, convocará a una audiencia en la que el Ministerio Fiscal y las partes acusadoras deciden si se decreta la prisión provisional del investigado o encausado o su libertad provisional con fianza Cuando el detenido fue puesto a disposición del juez de instrucción o Tribunal que deba conocer de la causa, éste, decidirá bajo su solo criterio y sin necesidad de oír a las partes si ingresa en prisión o su libertad provisional con fianza.
La audiencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dónde se dará conocimiento a las partes y se convocará a una audiencia en la que el Ministerio Fiscal o las partes acusadoras podrán interesar que se decrete la prisión provisional del investigado o encausado o su libertad provisional con fianza deberá celebrarse en el plazo.... Más breve posible dentro de las 72 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial y a ella se citará al investigado o encausado que deberá estar asistido de letrado por el elegido o designado de oficio al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas la audiencia habrá de celebrarse también para solicitar y decretar en su caso la prisión provisional del investigado o encausado no detenido o su libertad provisional confianza Más breve posible dentro de las 48 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial y a ella se citará al investigado o encausado que deberá estar asistido de letrado por el elegido o designado de oficio al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas la audiencia habrá de celebrarse también para solicitar y decretar en su caso la prisión provisional del investigado o encausado no detenido o su libertad provisional confianza Más breve posible dentro de las 24 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial y a ella se citará al investigado o encausado que deberá estar asistido de letrado por el elegido o designado de oficio al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas la audiencia habrá de celebrarse también para solicitar y decretar en su caso la prisión provisional del investigado o encausado no detenido o su libertad provisional confianza Más breve posible dentro de las 12 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial y a ella se citará al investigado o encausado que deberá estar asistido de letrado por el elegido o designado de oficio al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas la audiencia habrá de celebrarse también para solicitar y decretar en su caso la prisión provisional del investigado o encausado no detenido o su libertad provisional confianza.
La audiencia prevista para decretar la prisión provisional, si el Ministerio Fiscal o alguna de las partes acusadora, solicita que se decrete la prisión provisional del investigado o encausado o su libertad provisional con fianza podrán quienes concurrieren realizar .... Alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto o dentro de las 48 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial Alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto o dentro de las 24 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial Alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto o dentro de las 72 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial Alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto o dentro de las 12 horas siguientes a la puesta del detenido a disposición judicial.
En la audiencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para decretar la prisión provisional o libertad bajo fianza del detenido el abogado del investigado tendrá.... En todo caso acceso a los elementos de las actuaciones que le permita la fiscalía, para impugnar la privación de libertad del investigado o encausado En todo caso acceso a los elementos de las actuaciones que resulten esenciales para impugnar la privación de libertad del investigado o encausado No tendrá derecho a conocer los elementos de las actuaciones que resulten esenciales para impugnar la privación de libertad del investigado o encausado Solo tendrá derecho a las manifestación de su defendido.
El juez o tribunal decidirá sobre la procedencia o no de la prisión provisional o de la imposición de la libertad provisional con fianza. Sin ninguna de las partes solicitare la prisión provisional del investigado o encausado el juez instructor.... Decidirá en base a la calificación que el instructor pueda dar a los hechos expuestos en las diligencias policiales Acordará necesariamente la inmediata puesta en libertad del investigado o encausado que estuviera detenido No dependerá de lo que digan las partes sino de la valoración que haga el juez Solo puede ser decretar prisión si lo solicita la Fiscalía el resto de las partes no interviene.
Si por cualquier razón la audiencia que debiera celebrarse para decretar la prisión provisional descrita en el artículo 505 de la ley Enjuiciamiento Criminal no pudiera celebrarse ¿ el Juez o Tribunal podrá acordar la prisión provisional? sí, podrá acordar la prisión provisional si concurren los presupuestos legales o la libertad provisional confianza No en ningún caso podrá decretar la prisión provisional sin haber realizado la audiencia previa Solo puede decretarse la prisión provisional sí el delito fuera superior a 5 años Solo podría en este caso decretarse la libertad provisional con fianza.
Si por cualquier razón la audiencia que establece el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión provisional no pudiera celebrarse y el juez instructor o tribunal acordará la prisión provisional si concurren los presupuestos legales con la libertad provisional con fianza se tendrá que.... Dentro de las 24 horas el juez o tribunal convocará una nueva audiencia adoptando las medidas a que hubiere lugar por la falta de celebración de la primera audiencia Dentro de las 72 horas el juez o tribunal convocará una nueva audiencia adoptando las medidas a que hubiere lugar por la falta de celebración de la primera audiencia Dentro de las 48 horas el juez o tribunal convocará una nueva audiencia adoptando las medidas a que hubiere lugar por la falta de celebración de la primera audiencia Dentro de las 12 horas el juez o tribunal convocará una nueva audiencia adoptando las medidas a que hubiere lugar por la falta de celebración de la primera audiencia.
Cuando el detenido fuese puesto a disposición del juez distinto del Juez o Tribunal que conociera o hubiere de conocer de la causa y el detenido no pudiera ser puesto a disposición de este último en el plazo de 72 horas se procederá.... A lo establecido en el artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión provisional no obstante una vez que el juez o tribunal de la causa reciba las diligencias oirá al investigado o encausado asistido de su abogado tan pronto como fuera posible y dictará la resolución que proceda A lo establecido en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión provisional no obstante una vez que el juez o tribunal de la causa reciba las diligencias oirá al investigado o encausado asistido de su abogado tan pronto como fuera posible y dictará la resolución que proceda A lo establecido en el artículo 510 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión provisional no obstante una vez que el juez o tribunal de la causa reciba las diligencias oirá al investigado o encausado asistido de su abogado tan pronto como fuera posible y dictará la resolución que proceda A lo establecido en el artículo 512 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión provisional no obstante una vez que el juez o tribunal de la causa reciba las diligencias oirá al investigado o encausado asistido de su abogado tan pronto como fuera posible y dictará la resolución que proceda.
En el artículo 506 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se establece: Las resoluciones que se dicten sobre la situación personal del investigado o encausado adoptarán la forma de Diligencia Las resoluciones que se dicten sobre la situación personal del investigado o encausado adoptarán la forma de Sentencia Las resoluciones que se dicten sobre la situación personal del investigado o encausado adoptarán la forma de Auto. Las resoluciones que se dicten sobre la situación personal del investigado o encausado adoptarán la forma de Audiencia.
En el artículo 506 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se establece: El auto que acuerde la prisión provisional o disponga su prolongación expresará las causas de su detención El auto que acuerde la prisión provisional o disponga su prolongación expresará los motivos por los que la medida se considera necesarias y proporcionadas respecto de los fines que justifican su adopción El auto que acuerde la prisión por sentencia firme expresará los motivos por los que la medida se considera necesarias y proporcionadas respecto de los fines que justifican su adopción El auto que acuerde la prisión provisional o disponga su prolongación no es necesario que exprese los motivos por los que la medida se considera necesarias y proporcionadas respecto de los fines que justifican su adopción.
Según se establece en el artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contra los autos que decreten prorroguen o deniegue la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado podrá ejercitarse .... El recurso de reforma y posteriormente el recurso de apelación El recurso de apelación sin necesidad de ejercitar previamente el recurso de reforma Sólo podrá ejercitarse el recurso de reforma Sólo podrá ejercitarse el recurso de reforma y el de apelación si lo pide únicamente la Fiscalía.
Contra los autos que decreten, prorroguen o denieguen la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado podrá ejercitarse el recurso de apelación sin necesidad de ejercitar previamente el recurso de reforma según establece el artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la tramitación de este recurso de apelación será.... Preferente y el recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 10 días Preferente y el recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 90 días Preferente y el recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días Preferente y el recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 60 días.
El juez de instrucción o tribunal según dispone el artículo 509 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal podrá colgar excepcionalmente mediante resolución motivada la detención o prisión incomunicada cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: Necesidad urgente de evitar graves consecuencias que puedan poner en peligro la vida la libertad y la integridad física de una persona o necesidad urgente de una actuación inmediata de los jueces de instrucción para evitar comprometer de modo grave el proceso penal si lo solicita la Fiscalía Si lo solicita la Fiscalía y alguna de las partes Solo por hechos delictivos que pueden comportar unas penas superiores a 9 años.
La incomunicación decretada dentro de la prisión provisional durará el tiempo estrictamente necesario para practicar con urgencia diligencias tendentes a evitar los peligros de poner en riesgo la vida, la libertad o la integridad física de una persona o necesidad urgente de una actuación inmediata de los jueces de instrucción para evitar comprometer de modo grave el proceso penal. La incomunicación no podrá extenderse más allá de los... 10 días 60 días 5 días 30 días.
En los casos en que la prisión se acuerde en causa de delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o terroristas u otros delitos cometidos concertadamente y de forma organizada por dos o más personas la incomunicación.. Podrá prorrogarse por otro plazo no superior a 10 días Podrá prorrogarse por otro plazo no superior a 15 días Podrá prorrogarse por otro plazo no superior a 5 días Podrá prorrogarse por otro plazo no superior a 20 días.
A qué edad en ningún caso podrán ser objeto de detención incomunicada: Los menores de 18 años Los menores de 16 años Los menores de 14 años Los menores de 21 años.
Según lo establecido en el artículo 511 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para llevar a efecto el auto de prisión se expedirán dos mandamientos: Uno a la policía judicial y otro al Ministerio Fiscal Uno a la Policía Judicial o agente judicial o funcionario de Auxilio Judicial en su caso que haya de ejecutarlo y otro al director del establecimiento que debe de recibir al preso Uno al director de prisiones y otro al Ministerio Fiscal Uno al Ministerio Fiscal otro al auxilio judicial.
En el mandamiento de prisión provisional se consignarán: El tiempo que debería estar en prisión El tiempo que debería estar en prisión y el delito que ha cometido Solo nombre y datos personales del encausado Los datos personales que consten del investigado o encausado el delito que dé lugar al procesamiento y si la prisión ha de ser con comunicación o sin ella.
Los de los Directores de los establecimientos penitenciarios no recibirán a ninguna persona en condición de preso sin qué.... Necesitan un escrito de la Fiscalía Necesita mandamiento de la Fiscalía y de las partes personadas en el proceso Sin que se les entregué un mandamiento judicial No necesitan sino que el preso se persone en el establecimiento me penitenciario.
Una vez dictado auto por el que se acuerde la libertad del preso inmediatamente se expedirá... Comunicación a las partes Comunicación a la Fiscalía Mandamiento al Director del Establecimiento Penitenciario Comunicación a la policía judicial.
¿Pueden ser reformable los autos de prisión y libertad provisionales y de fianza? Solo será reformable durante la tramitación sumarial Serán reformable durante todo el curso de la causa Solo será reformable durante el juicio oral Solo será reformable si hay una sentencia absolutoria.
Para acordar la prisión o la libertad provisional con fianza de quién estuviera en libertad o agravar las condiciones de la libertad provisional ya acordada sustituyéndola por la de prisión o libertad provisional con fianza se requerirá.... Solicitud del Ministerio Fiscal o de alguna parte acusadora resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 510 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Solicitud solo de Ministerio Fiscal resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Solicitud del Ministerio Fiscal o de alguna parte defensora resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Solicitud del Ministerio Fiscal o de alguna parte acusadora resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Si a juicio del Juez o Tribunal concurriesen los presupuestos legales procederá dictar auto de reforma de la medida cautelar o incluso de prisión si el investigado o encausado se encontrase en libertad pero debiendo convocar para dentro de las 72 horas siguientes la comparecencia qué establece el artículo 505, sí el Juez o Tribunal entiende que procede la libertad o la modificación de la libertad provisional en términos más favorable al sometido a la medida.... Podrá acordarla en cualquier momento de oficio y sin someterse a la petición de parte Tendrá que resolverse con la celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 505 de la ley criminal Podrá resolverla a petición del Ministerio Fiscal Podrá resolverla solo si tiene el informe favorable del Ministerio Fiscal y las partes.
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