option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

TEMA 28 ESPECIFICO

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
TEMA 28 ESPECIFICO

Descripción:
Plaguitas

Fecha de Creación: 2024/06/29

Categoría: Personal

Número Preguntas: 15

Valoración:(1)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

(EXFSPOPE2015) En base al Reglamento (CE) no 396/2005, de 23 de febrero, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal, los Estados miembros deberán presentar a al Comisión, a la Autoridad y a los demás Estados miembros la información de los resultados de los controles oficiales de los residuos de plaguicidas, a más tardar: El 31 de mayo de cada año. El 31 de agosto de cada año. El 30 de junio de cada año. El 31 de julio de cada año.

En (EXFSPOPE2015) El tamaño mínimo de cada muestra de laboratorio para la determinación de residuos de plaguicidas para productos alimenticios primarios de origen vegetal concretamente en el caso del perejil fresco, debe ser de: 1 kg. 0,2 kg. 0,1 kg. 0,5 kg.

En (ExVSPOPE2015) Indique qué normativa establece los métodos de muestreo para el control de plaguicidas en los productos de origen vegetal yanimal. El Real Decreto 290/2003. El Reglamento 396/2005. El Reglamento 1881/2006. El Reglamento (CE) 2073/2005.

En el caso de los plaguicidas, Europa ha adoptado de manera consensuada que todos los laboratorios analíticos apliquen una incertidumbre del: 30%. 20%. 40%. 50%.

Los LMR se aplican. A los productos y partes de productos de origen vegetal y animal comprendidos en el anexo I del Reglamento 396/2005 que vayan a utilizarse como alimentos o piensos, frescos, transformados o compuestos en los que pueda haber residuos de plaguicidas. A todos los productos comprendidos en el anexo I del Reglamento 396/2005 que se destinen a la exportación a terceros países y se traten antes de la exportación. A todos los productos comprendidos en el anexo I del Reglamento 396/2005 que se destinen a las actividades autorizadas por la legislación nacional para ensayos de las sustancias activas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

El límite máximo de residuos. Es el límite legal superior de concentración de un residuo de plaguicida en alimentos o piensos establecido de conformidad con el Reglamento 396/2005, basado en el riesgo toxicológico. Es el límite legal superior de concentración de un residuo de plaguicida en alimentos o piensos establecido de conformidad con el presente Reglamento, basado en las buenas prácticas agrícolas y la menor exposición del consumidor necesaria para proteger a todos los consumidores vulnerables. Es la menor concentración de residuo validada que se puede cuantificar y notificar en un seguimiento sistemático con métodos validados de control. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Señale la respuesta correcta. A) Para iniciar una alerta de plaguicidas no es necesario realizar una caracterización del riesgo. B) Para iniciar una alerta de plaguicidas es necesario que el nivel de plaguicida encontrado sea superior al LMR. C) Para iniciar una alerta de plaguicidas es necesario realizar una caracterización del riesgo y que ésta indique riesgo toxicológico identificado. D) a y c son correctas.

Señale la respuesta correcta. En los casos en que los usos autorizados de productos fitosanitarios no originen niveles detectables de residuos de plaguicidas, los LMR deben fijarse en el nivel más bajo de la determinación analítica. En lo que respecta a los usos de plaguicidas no autorizados a escala comunitaria, deben fijarse LMR suficientemente bajos para proteger al consumidor de al ingesta de cantidades no autorizadas o excesivas de residuos de plaguicidas. Valor por defecto de 0.01 mg/kg para los que no haya fijado LMR. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Sobre al superación de los LMR establecidos en el Reglamento 396/2005. En caso de ser muestra reglamentaria y si tras analizar los tres ejemplares se confirma que la muestra es no apta, se deberá iniciar una alerta. En caso de ser muestra reglamentaria y si tras analizar los tres ejemplares se confirma que la muestra es no apta, se deberá iniciar una alerta sólo después de realizar la evaluación del riesgo. En caso de ser muestra reglamentaria y si tras analizar los tres ejemplares se confirma que la muestra es no apta, se deberá iniciar una alerta sólo si después de realizar la evaluación del riesgo, se demuestra que puede existir riesgo por ingesta crónica. En caso de ser muestra reglamentaria y si tras analizar los tres ejemplares se confirma que la muestra es no apta, se deberá iniciar una alerta sólo si después de realizar la evaluación del riesgo, se demuestra que puede existir riesgo por ingesta aguda.

La legislación que establece los LMR de plaguicidas es: El Real Decreto 290/2003. El Reglamento 396/2005. El Reglamento 1881/2006. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

La legislación que regula el muestreo y análisis de plaguicidas es: El Real Decreto 290/2003. El Reglamento 396/2005. El Reglamento 1881/2006. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

El Reglamento 396/2005. Establece los límites máximos de plaguicidas en productos y partes de productos de origen vegetal y animal. Incluye en el anexo VI factores específicos de concentración o dilución para determinados productos transformados ocompuestos. No establece LMR en el caso que los usos autorizados de productos fitosanitarios no originen niveles detectables de residuos de plaguicidas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

(SA2017) En relación con los aspectos a tener en cuenta en la interpretación de los resultados obtenidos tras el análisis de plaguicidas en un vegetal con fines de control oficial, ¿cuál de los siguientes enunciados es correcto?. La concentración de residuos notificada por el laboratorio será corregida teniendo en cuenta la incertidumbre al alza. La concentración de residuos notificada por el laboratorio será corregida teniendo en cuenta la incertidumbre a la baja. De las pruebas de aptitud realizadas entre los laboratorios europeos y para cubrir la variabilidad entre los mismos se ha establecido una incertidumbre por defecto del 40 %. La concentración de residuos notificada por el laboratorio no tiene que ser corregida por la recuperación, siempre y cuando la recuperación media figure dentro del rango 40-60 %.

(VSP2017) En una analítica de plaguicidas en productos alimenticios, el resultado analítico deberá expresarse como X +-/ U, donde X es el resultado analítico y U la incertidumbre ampliada de medición. Según la interpretación del resultado analítico con fines de control oficial, indique en cuál de los siguientes casos se considerará que el lote incumple el contenido máximo establecido en la legislación, siendo LMR el límite máximo de residuo: X+/-U>LMR. X>LMR. X+U>LMR. X-U>LMR.

Según el Real Decreto 290/2003, la muestra de laboratorio es define como: Material destinado al análisis. El total combinado y perfectamente mezclado de las muestras primarias tomadas de un lote. Muestra enviada al laboratorio o recibida por éste. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Denunciar Test