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TEMA 4. Dtos. Intimidad menores TIC (CUFPN)

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Título del Test:
TEMA 4. Dtos. Intimidad menores TIC (CUFPN)

Descripción:
GRADO CUFPN "Derecho en el ámbito de las TIC"

Fecha de Creación: 2022/12/23

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 28

Valoración:(27)
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La pregunta sobre que se considera imagen esta mal, NO es representacion sonora, es representacion reconocible de la persona.
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Temario:

¿Qué se refiere con la conducta conocida como sexting?. La transmisión de imágenes o videos contenido sexual a través de dispositivos electrónicos. La producción de imágenes sexuales con el consentimiento de la persona afectada. La producción de imágenes sexuales por mayores de edad de consentimiento sexual. La transmisión de imágenes o videos a través de dispositivos electrónicos sin el consentimiento del remitente.

¿Cuál no es el bien jurídico protegido en el delito de sexting secundario recogido en el artículo 197.7 del Código Penal?. El honor. La intimidad personal y familiar. La propia imagen. La inviolabilidad del domicilio.

¿Qué derechos son protegidos por la Constitución española de 1978 en el artículo 18.1?. El derecho a la intimidad y al honor. El derecho a la intimidad y a la propia imagen. El derecho a la propia imagen y al honor. El derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen.

¿Qué se entiende por derecho a la intimidad en términos generales?. El derecho a disfrutar de un ámbito propio y reservado para desarrollar una vida personal y familiar plena y libre, excluido tanto del conocimiento como de las intromisiones de terceros. El derecho a la protección de la vida privada. El derecho a la publicidad en Internet. El derecho a la protección de la imagen.

¿Qué protección tienen los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen en España?. Solo protección constitucional. Protección constitucional y civil. Protección constitucional y penal. Protección constitucional, civil y penal.

¿Qué es el sexting primario o activo?. La autoproducción de imágenes sexuales por parte de un menor en edad de consentimiento sexual que luego remite a otro para su uso exclusivo y privado. La difusión no consentida a terceros, por parte del receptor de videos o fotografías de tipo sexual, producidos y protagonizados por el propio remitente. La producción de imágenes sexuales con el consentimiento de la persona afectada. La difusión de imágenes sexuales por parte de un menor en edad de consentimiento sexual.

¿En qué parte del Código Penal se tipifica el sexting secundario?. En el Título X: Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. En el Capítulo I: Del descubrimiento y revelación de secretos. En el artículo 197.7. Todas las opciones anteriores son correctas.

¿Cuál de las siguientes opciones NO está protegido por la Constitución española de 1978 en el artículo 18.1?. El derecho al honor. El derecho a la intimidad personal y familiar. El derecho a la propia imagen. El derecho a la inviolabilidad del domicilio.

¿Cuál de las siguientes opciones NO se incluye en la definición de derecho a la intimidad?. El derecho a disfrutar de un ámbito propio y reservado para desarrollar una vida personal y familiar plena y libre. El derecho a proteger la vida privada y familiar. El derecho a la privacidad en Internet. El derecho a proteger la propia imagen.

¿Qué leyes españolas han incluido nuevos tipos penales relacionados con las TIC?. Leyes Orgánicas 5/2010, de 22 de junio, 1/2015, de 30 de marzo y 8 /2021 de 4 de junio. Leyes Orgánicas 5/2010, de 22 de junio, 1/2015, de 30 de marzo y 8 /2021 de 4 de junio y Ley 10/2022, de 6 de septiembre. Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. La Constitución española de 1978.

¿Cuál es la conducta conocida como online child grooming?. La autoproducción de imágenes sexuales por parte de un menor en edad de consentimiento sexual que luego remite a otro para su uso exclusivo y privado. La difusión no consentida de imágenes o videos de contenido sexual producidos y protagonizados por el remitente. La transmisión de imágenes o videos contenido sexual a través de dispositivos electrónicos. La adquisición de la confianza de un menor con el fin de abusar sexualmente de él o explotarlo.

¿Qué es el sexting secundario tipificado en el artículo 197.7 del Código Penal español?. La autoproducción y difusión de imágenes sexuales por parte de un menor de edad de consentimiento sexual. La obtención de imágenes o grabaciones con el consentimiento de otra persona y su posterior difusión contra su voluntad. La intromisión en el ámbito personal y privado de otra persona para obtener imágenes o grabaciones. La producción no consentida de imágenes o videos de contenido sexual.

¿Cuáles son los dos momentos que se contemplan en el artículo 197.7 del Código Penal español?. La obtención de imágenes o grabaciones sexuales y su posterior difusión. La intromisión en el ámbito personal y privado de otra persona y la difusión de imágenes o grabaciones obtenidas sin consentimiento. La obtención de imágenes o grabaciones sexuales con el consentimiento de la víctima y su posterior difusión sin consentimiento. La obtención de imágenes o grabaciones sexuales sin el consentimiento de la víctima y su posterior difusión sin consentimiento.

¿Cuál es la forma de obtención de imágenes o grabaciones sexuales para el tipo básico del artículo 197.7 del Código Penal español?. Porque el victimario las haya obtenido con consentimiento de la víctima. Porque hayan sido remitidos por la propio victimario a su víctima. Porque el victimario haya obtenido las imágenes o grabaciones mediante la intromisión en el ámbito personal y privado de otra persona. Indeterminado, puede suponer el desconocimiento por parte de la víctima.

¿Cuáles son las dos circunstancias en las que se puede dar la obtención de imágenes o grabaciones sexuales para el tipo básico del artículo 197.7 del CP?. Porque el victimario las haya obtenido con consentimiento de la víctima; Porque hayan sido remitidos por la propia víctima a su victimario. Porque el victimario las haya obtenido sin consentimiento de la víctima; Porque hayan sido remitidos por la propia víctima a su victimario. Porque el victimario las haya obtenido con consentimiento de la víctima; Porque hayan sido remitidos por el victimario a la víctima. Porque el victimario las haya obtenido sin consentimiento de la víctima; Porque hayan sido remitidos por el victimario a la víctima.

¿Qué se establece en el primer párrafo del artículo 197.7 del Código Penal?. Un tipo básico de infracción de los deberes de discreción en relación con imágenes o grabaciones audiovisuales. Un tipo básico de infracción de los deberes de discreción en relación con documentos escritos. Un tipo básico de infracción de los deberes de discreción en relación con publicaciones en redes sociales. Un tipo básico de infracción de los deberes de discreción en relación con conversaciones privadas.

¿Qué se entiende por sexting secundario?. La captación o remisión de contenidos sexuales a destinatarios determinados con su consentimiento. La captación o remisión de contenidos sexuales a destinatarios determinados con su consentimiento, pero sin su autorización para su divulgación a terceros. La difusión, revelación o cesión de imágenes o grabaciones sin el consentimiento de la persona afectada. La difusión, revelación o cesión de imágenes o grabaciones sexuales con el consentimiento de la persona afectada.

¿Cuál es el delito de sexting secundario tipificado en el Código Penal?. Delito de transmisión de imágenes o videos con contenido sexual a través de dispositivos electrónicos. Delito de autoproducción de imágenes sexuales por parte de un menor en edad de consentimiento sexual. Delito de difusión consentida a terceros de videos o fotografías de tipo sexual, producidos y protagonizados por el propio remitente. Delito de difusión no consentida a terceros de videos o fotografías de tipo sexual, producidos y protagonizados por el remitente y el receptor.

¿Qué derechos están protegidos por el delito de sexting?. Honor, intimidad personal y propia imagen. Honor y propia imagen. Honor, intimidad personal y familiar y propia imagen. Honor y intimidad personal.

¿Cuál es el ámbito de protección del derecho a la intimidad?. Ámbito propio y reservado para desarrollar una vida personal y familiar plena y libre. Ámbito propio y reservado para desarrollar una vida personal plena y libre. Ámbito propio y reservado para desarrollar una vida familiar plena y libre. Ámbito propio y reservado para desarrollar una vida laboral plena y libre.

¿Cuál es el ámbito de protección del derecho a la propia imagen?. Ámbito laboral. Ámbito público. Ámbito privado. Ámbito personal y familiar.

¿Cuál era la situación del sexting antes de la reforma de 2015 en España?. Era considerado un delito de apoderamiento. Era considerado un delito vinculado con la integridad moral, el honor o se resolvía a través de la vía civil. No era considerado un delito en absoluto. Era considerado un delito de difamation.

¿Qué establece el primer párrafo del artículo 197.7 del Código Penal español?. Una "infracción genérica de los deberes de discreción respecto de imágenes o grabaciones audiovisuales”. Una "difusión no autorizada de imágenes o grabaciones audiovisuales obtenidas sin consentimiento de la víctima”. Una "difusión no autorizada de imágenes o grabaciones audiovisuales obtenidas con consentimiento de la víctima”. Una "difusión no autorizada de imágenes o grabaciones audiovisuales obtenidas por medios ilícitos”.

¿Qué son dos momentos en los que se estructura el artículo 197.7 del Código Penal español?. La obtención de imágenes o grabaciones sexuales y la difusión, revelación o cesión de las mismas. La obtención de imágenes o grabaciones y la publicación de las mismas en un medio de comunicación. La obtención de imágenes o grabaciones asexuales y la distribución de las mismas en lugares públicos. La obtención de imágenes o grabaciones y la venta de las mismas.

¿En qué dos circunstancias se puede dar la obtención de imágenes o grabaciones sexuales en el tipo básico del artículo 197.7 del CP?. Con consentimiento de la víctima y por remisión de la víctima a su victimario. Sin consentimiento de la víctima y por remisión de la víctima a su victimario. Con consentimiento de la víctima y sin remisión de la víctima a su victimario. Sin consentimiento de la víctima y sin remisión de la víctima a su victimario.

¿Qué elementos son fundamentales en el objeto material del tipo básico del artículo 197.7 del CP?. Que se trate de una imagen o grabación audiovisual. Que la imagen haya sido obtenida sin anuencia de la persona afectada. Que la imagen se haya obtenido ilegalmente. Todas las anteriores son correctas.

¿Qué se entiende por "imagen" en el objeto material del tipo básico del artículo 197.7 del CP?. Una representación visual y sonora reconocible de la persona titular. Una representación visual reconocible de la persona titular. Una representación sonora reconocible de la persona titular. Ninguna de las anteriores es correcta.

¿Qué significado tiene la palabra "difusión" en el contexto del artículo 197.7 del CP?. Extender, propagar o divulgar a una pluralidad de personas. Remitir a una única persona. Ninguna de las anteriores. Mantener en privado.

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