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Tema 4 Legislación Aduanera

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Título del Test:
Tema 4 Legislación Aduanera

Descripción:
aduanero

Fecha de Creación: 2023/07/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 21

Valoración:(1)
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Las declaraciones sumarias de entrada deben presentarse: A las llegada del medio de transporte al Estado miembro donde va a ser descargada la mercancía. A la llegada al territorio aduanero de la Unión siempre que la mercancía tenga como destino la Unión. Antes de la llegada de la mercancía en los plazos previstos según el medio de transporte de que se trate. Junto con la presentación de la mercancía en el lugar autorizado para ello.

El depósito temporal de la mercancía se refiere. A la situación en que se encuentra la mercancía no perteneciente a la Unión que se almacena temporalmente bajo vigilancia aduanera en el periodo entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero. A la situación de control aduanero en que se encuentra la mercancía a partir de su inclusión en una declaración sumaria de entrada hasta la presentación de la misma a la Autoridad Aduanera. A la situación en que se encuentra la mercancía vinculada al régimen de depósito aduanero. Al régimen aduanero que permite que una mercancía no perteneciente a la Unión destinada a la reexportación pueda ser objeto de un destino especial en el territorio aduanero de la Unión con exención total o parcial de los derechos de importación.

El declarante puede solicitar la rectificación de una declaración en aduana una vez admitida, cuando: Siempre que la rectificación no se refiera al valor de la mercancía. Unicamente si la Aduana le ha indicado que va a comprobar la mercancía. En un plazo de 3 años desde la admisión, siempre que la rectificación sea necesaria para que el declarante pueda cumplir con sus obligaciones relativas a la inclusión de las mercancías en el régimen aduanero de que se trate. Cuando se trate de incluir mercancía que no se habían incluido en la primera declaración.

Se requerirá autorización de las autoridades aduaneras para lo siguiente: a) La utilización de los regímenes de perfeccionamiento activo o pasivo, de importación temporal y de destino final. b) La explotación de instalaciones de almacenamiento para el depósito aduanero de las mercancías. c) La explotación de instalaciones de almacenamiento para el depósito aduanero de las mercancías, a no ser que el operador de las instalaciones de almacenamiento sea la propia autoridad aduanera. a) y c) son correctas.

Señale la afirmación INCORRECTA. Como formalidad previa a la salida de las mercancías del territorio aduanero de la Unión, la declaración previa a la salida de las mercancías adoptará una de la siguientes formas: Una declaración en aduana, en caso de que las mercancías que vayan a salir del territorio aduanero de la Unión estén incluidas en un régimen aduanero que requiera tal declaración. Una declaración de reexportación. Una declaración sumaria de salida. Una certificación de exportación.

Señale cual de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con la invalidación de la declaración sumaria de salida. Cuando las mercancías para las que se haya presentado una declaración sumaria de salida no salgan del territorio aduanero de la Unión, las autoridades aduaneras invalidarán dicha declaración, sin previa solicitud del declarante, en un plazo de: 180 días a partir de la presentación. 200 días a partir de la presentación de la declaración. 150 días a partir de la presentación de la declaración. 90 días a partir de la presentación de la declaración.

Las mercancías no pertenecientes a la Unión que vayan a salir del TAU estarán sujetas a una declaración de reexportación, que deberá presentarse en la aduana competente. Este apartado se aplica a las siguientes mercancías. Mercancías incluidas en el régimen de tránsito externo que únicamente atraviesen el territorio aduanero de la Unión. Mercancías transbordadas dentro de una zona franca o directamente reexportada desde una zona franca. Mercancías en depósito temporal y que se reexporten directamente desde un almacén de depósito temporal. Ninguna de las mercancías indicadas en los casos anteriores.

Que significa las siglas del Convenio CMR. Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera. Convenio de Causas Mundiales de Ratificación. Convenio de Coste, Mantenimiento y Reciclaje. Redit Mundial Contract.

El Convenio CMR no se aplicará: A los transportes realizados por estados, instituciones u organismos gubertamentales. A los transportes de paquetería. A los transportes de mudanzas. Todas las respuestas son correctas.

El Convenio TIR y el Cuaderno ATA son acuerdos relacionados con: El régimen de perfeccionamiento pasivo. El tránsito. La importación temporal. La transformación bajo control aduanero.

La declaración sumaria de entrada se presenta: En el caso de tráfico marítimo, después de la entrada de la mercancía en territorio aduanero comunitario. En el tráfico aéreo, en el momento de la entrada de la mercancía en territorio aduanero comunitario. Con carácter general, en la aduana de entrada. Con carácter general, en la aduana de despacho.

Una mercancía en situación de Depósito Temporal: Puede ser sometida a las transformaciones previstas en el régimen aduanero en el que se encuentre. No pueden ser objeto de más manipulaciones que las destinadas a garantizar su conservación. No puede ser sometida a manipulación alguna. Puede ser sometida a modificaciones en su presentación y en sus condiciones técnicas.

Un buque portacontenedores procedente Brasil llega directamente al puerto de Algeciras, y no tiene previsto descargar mercancía (FROB), solamente cargar contenedores, para posteriormente ir al puerto de Le Havre (Francia). ¿Dónde tiene que presentar la Declaración Sumaria de Entrada –ENS- y cuándo?: En Algeciras (España) y 24 horas antes de la carga en Brasil. En Le Havre (Francia) y 24 horas antes de la carga en Brasil. En Le Havre (Francia) y dos horas antes de la llegada al puerto. En Le Havre (Francia) y cuatro horas antes de la llegada al puerto.

Señale la respuesta incorrecta. En el caso de transporte aéreo la Declaración Sumaria de Entrada –ENS- : Deberá presentarse lo más tarde a la salida del avión si la duración del vuelo va a ser inferior a 4 horas. Puede presentarse con un mínimo de datos antes de proceder a la carga de las mercancías en la aeronave. Para vuelos de duración inferior a 4 horas puede presentarse siempre hasta antes de la entrada del avión en territorio aduanero de la Unión. Ha de completarse siempre con todos los datos antes de la llegada del avión al territorio aduanero de la Unión.

Las mercancías enteramente obtenidas en el territorio aduanero de la Unión no tendrán estatuto aduanero de mercancías de la Unión: Si se han obtenido a partir de mercancías que se encuentren en depósito temporal. Si no proceden de mercancías despachadas a libre práctica. Si van a ser exportadas. Siempre lo tienen por haber sido obtenidas enteramente en el territorio aduanero de la Unión.

A los efectos del CAU, se entiende por depósito temporal: La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en el período entre la presentación de la declaración sumaria y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación. La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en un depósito aduanero. La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en el período entre su presentación en aduana y su despacho a libre práctica. La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en el período entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación.

En caso de que las mercancías sean introducidas en el TAU- por vía marítima, la declaración sumaria de entrada –ENS- deberá presentarse dentro de los plazos siguientes: A más tardar dos horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el TAU en el caso de las mercancías procedentes de Groenlandia. A más tardar tres horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el TAU en el caso de las mercancías procedentes de Groenlandia. A más tardar cuatro horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el TAU en el caso de las mercancías procedentes de Groenlandia. A más tardar tres horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el TAU en el caso de las mercancías procedentes de Islas Feroe.

Señale la respuesta correcta: Las mercancías no pertenecientes a la Unión se mantendrán en depósito temporal a partir del momento de su despacho a libre práctica. Las mercancías no pertenecientes a la Unión se mantendrán en depósito temporal a partir del momento de su presentación en aduana. Las mercancías no pertenecientes a la Unión se mantendrán en depósito temporal hasta el momento de su presentación en aduana. Las mercancías no pertenecientes a la Unión se mantendrán en depósito temporal hasta el momento de su despacho a libre práctica.

En caso de que las mercancías sean introducidas en el TAU por carretera, la declaración sumaria de entrada deberá presentarse a más tardar: Una hora antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de primera entrada. Dos horas antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de primera entrada. Tres horas antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de primera entrada. Cinco horas antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de primera entrada.

Las mercancías no pertenecientes a la Unión que se encuentren en depósito temporal se incluirán en un régimen aduanero o se reexportarán antes de que transcurran: 45 días. 90 días. 180 días. 30 días.

En relación con el estatuto aduanero de las mercancías: Con carácter general se presumirá que todas las mercancías que se hallan en el TAU tienen el estatuto aduanero de mercancías de la Unión, salvo que se compruebe lo contrario. Con carácter general se presumirá que todas las mercancías que se hallan en el TAU no tienen el estatuto aduanero de mercancías de la Unión, salvo que se compruebe lo contrario. Con carácter general se presumirá que todas las mercancías que se hallan en el TAU tienen el estatuto aduanero de mercancías de la Unión, siempre que se pruebe que llevan en dicho territorio más de 45 días. Con carácter general se presumirá que todas las mercancías que se hallan en el TAU tienen el estatuto aduanero de mercancías de la Unión, siempre que se pruebe que llevan en dicho territorio más de 90 días.

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