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Tema 46/1: 443/2001 Transporte de menores

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Título del Test:
Tema 46/1: 443/2001 Transporte de menores

Descripción:
Transporte de menores

Fecha de Creación: 2025/12/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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Tema 46: 443/2001 Transporte de menores. .

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Tema 46: 443/2001 Transporte de menores. .

¿Qué regula el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril?. Condiciones de seguridad en el transporte público. Condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. Normas de tráfico para vehículos escolares. Requisitos para la obtención de licencias de transporte.

¿Qué tipo de transporte se aplica el Real Decreto?. Transporte escolar únicamente. Transporte público regular de uso especial y general, discrecional y privado complementario. Transporte de mercancías peligrosas. Transporte urbano de pasajeros.

¿A qué edad mínima se considera que un alumno es menor a efectos de este Real Decreto en el transporte escolar?. 18 años. 16 años. 14 años. 12 años.

¿Cuál es la antigüedad máxima de los vehículos al inicio del curso escolar para el transporte regular de uso especial?. 15 años. 10 años. 8 años. 12 años.

¿Qué excepciones permiten que un vehículo supere la antigüedad de 10 años?. Si el vehículo no supera los 14 años y se cumplen ciertos requisitos. Si el vehículo no supera los 16 años y se cumplen ciertos requisitos. Si el vehículo ha pasado la ITV recientemente. No hay excepciones a la regla general.

¿Qué tipo de homologación deben tener los vehículos?. Homologación para transporte de mercancías peligrosas. Homologación como vehículos industriales. Homologación como categoría M, según el Real Decreto 2140/1985 o Directiva 70/156/CEE. No se requiere homologación específica.

¿Qué debe tener el asiento del conductor?. Un sistema de calefacción avanzado. Una pantalla transparente. Un sistema de masaje. Un diseño ergonómico especial.

¿Qué tipo de puertas de servicio deben tener los vehículos?. Puertas automáticas. Puertas operadas por el conductor. Puertas correderas. Puertas dobles.

¿Cuál es la abertura máxima de las ventanas?. La mitad de la ventana. El tercio superior de las ventanas. Las ventanas pueden abrirse completamente. Las ventanas no deben abrirse.

¿Qué requisitos deben cumplir los asientos enfrentados a pozos de escalera?. Deben ser de cuero. Deben tener un elemento fijo de protección. Deben tener cinturones de seguridad. No hay requisitos especiales.

¿Qué deben tener los vehículos de más de 22 plazas?. Un sistema de aire acondicionado. Homologación según el Reglamento CEPE/ONU número 66. Asientos reclinables. No hay requisitos específicos.

¿Qué tipo de dispositivo luminoso deben tener los vehículos?. Luces de posición. Un dispositivo luminoso con señal de emergencia. Faros antiniebla. Luces de freno adicionales.

¿Qué dispositivos de seguridad deben tener los vehículos?. Extintores y botiquín de primeros auxilios. Cinturones de seguridad en todos los asientos. Un sistema de frenado ABS. Todas las opciones anteriores.

¿Es obligatorio el uso de autobuses de dos pisos?. Sí, siempre. No, salvo que estén homologados según el Reglamento CEPE/ONU 107. Sí, si el transporte es de larga distancia. No, en ningún caso.

¿Dónde debe estar el acompañante?. En la cabina del conductor. En cualquier asiento libre. En las inmediaciones de la puerta de servicio central o trasera. No es obligatorio que ocupe un lugar específico.

¿En qué casos es obligatoria la presencia de un acompañante?. Siempre que se transporten menores. En transportes incluidos en el párrafo c) del artículo 1. En transportes con niños mayores de 12 años. En transportes que no sean escolares.

¿Quién debe acreditar al acompañante?. El conductor. La entidad organizadora del servicio. El transportista. El acompañante debe acreditarse a sí mismo.

¿A qué velocidad máxima podrán circular los vehículos?. La velocidad que determine el conductor. La establecida en el artículo 48.1.2 del Reglamento General de Circulación. La velocidad máxima permitida para cada vía. La velocidad que marque el tacógrafo.

¿Quién determina el itinerario y paradas en el transporte regular de uso especial?. El conductor del vehículo. La empresa de transporte. La entidad organizadora del transporte. La autorización de transporte regular de uso especial.

¿Qué ocurre si el órgano competente en materia de tráfico propone rectificaciones?. Se deben aceptar las propuestas. Se debe modificar la autorización. El transportista puede ignorarlas. No tienen validez legal.

¿Cómo debe realizarse el acceso y abandono de los menores al vehículo?. Por la puerta más cercana al conductor. Por la puerta trasera. Por cualquier puerta del vehículo. Por la puerta más cercana al acompañante.

¿Cuál es la duración máxima del viaje entre el domicilio y el centro escolar?. 1 hora por cada sentido del viaje. 2 horas por cada sentido del viaje. 30 minutos por trayecto. No hay límite de tiempo.

¿Qué normas deben respetarse en cuanto a los tiempos de conducción y descanso?. Las normas de la empresa de transporte. Las establecidas en el Real Decreto 2242/1996 y reglamentos (CEE) 3820/85 y 3821/85. Las que determine el conductor. No hay normas específicas al respecto.

¿Qué debe tener la empresa en cuanto a la responsabilidad civil?. No tiene ninguna responsabilidad. Responsabilidad civil limitada. Responsabilidad civil ilimitada. Debe tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil.

¿Qué debe acreditar el transportista a la entidad organizadora?. La autorización de transporte, la tarjeta ITV y los contratos de seguro. El permiso de conducir del conductor. El informe del médico del conductor. No se requiere ninguna acreditación.

¿Qué ocurre si se incumple lo dispuesto en el artículo 4?. No tiene sanción. Se considera infracción al artículo 12.9 del Reglamento General de Vehículos. Se considera un delito grave. Se considera una falta leve.

¿A partir de qué fecha entró en vigor el Real Decreto?. 1 de enero de 2000. 1 de septiembre de 2001. 27 de abril de 2001. 1 de enero de 2002.

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