TEMA 5.2 Y 6 Arrendamientos para Uso Distinto del de Vivienda y Rústicos
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Título del Test:
![]() TEMA 5.2 Y 6 Arrendamientos para Uso Distinto del de Vivienda y Rústicos Descripción: Tipo test derecho civil |



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¿Cuál es la regla general sobre la autonomía de la voluntad en los arrendamientos para el uso distinto del de vivienda?. Prevalece la voluntad de las partes salvo las normas imperativas aplicables. Se aplica estrictamente la legislación vigente. Se prioriza la voluntad del arrendador. ¿Qué norma resulta supletoria si las partes no pactan nada en un arrendamiento para uso distinto del de vivienda?. El Código Civil. El Título III de la LAU y supletoriamente el CC. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su totalidad. ¿Qué criterio es determinante para calificar un arrendamiento como para uso distinto del de vivienda?. La ubicación del inmueble. El destino principal del inmueble. La duración del contrato. ¿Qué ocurre con la renta en los contratos para uso distinto del de vivienda si las partes pactan libremente?. Se aplica la renta establecida por ley. La renta será la convenida por las partes. El contrato es nulo. ¿Qué ocurre con la prórroga obligatoria en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda?. Se aplica la prórroga obligatoria prevista para vivienda. Prevalece lo pactado; no opera la prórroga protectora propia del arrendamiento de vivienda. La prórroga se decide por el arrendador. ¿Qué ventaja ofrece la inscripción de un arrendamiento de local de negocio en el Registro de la Propiedad?. Menor protección frente a terceros. Mayor protección frente a terceros y eficacia frente a adquirentes posteriores. No tiene ninguna ventaja. ¿Qué normativa principal rige la relación arrendaticia en los arrendamientos rústicos?. El Código Civil. La legislación específica sobre arrendamientos rústicos. La Ley de Arrendamientos Urbanos. ¿Cuál es la finalidad esencial de un arrendamiento rústico?. La especulación inmobiliaria. El aprovechamiento agrícola, ganadero o forestal del precio. El uso residencial del inmueble. ¿Cómo se retribuye habitualmente la inversión del arrendatario en mejoras en explotaciones agrarias cuando existe pacto?. Mediante indemnización al finalizar el contrato. Mediante deducción en renta. Ambas, según lo pactado en contrato y legislación aplicable. ¿Qué importancia tiene la cláusula de destino en arrendamientos de local comercial?. No tiene ninguna importancia. Es irrelevante. Es relevante: limita o condiciona las actividades permitidas y puede ser causa de resolución si se incumple. ¿Qué regla se aplica sobre indemnizaciones por finalización anticipada en contratos para uso distinto?. Las partes deben seguir la ley. Las partes pactan libremente indemnizaciones y penalidades por desistimiento anticipado. No se permiten indemnizaciones. ¿Qué regla general se aplica a las mejoras realizadas por el arrendatario en arrendamientos rústicos sin pacto?. El arrendador puede exigir conservación o indemnización según la normativa aplicable y el tipo de mejora. El arrendatario tiene derecho a retirar las mejoras. El arrendador no puede exigir nada. ¿Qué efecto produce la insalubridad o inecuación del local para la actividad pactada en arrendamientos para uso distinto?. No tiene ningún efecto. Puede justificar la resolución del contrato o la exigencia de reparaciones por parte del arrendador. Obliga al arrendatario a seguir pagando la renta. ¿Qué relevancia tiene la obligación de destinar el inmueble al uso pactado en un contrato para uso distinto?. No es relevante. Es opcional. Es esencial; el cambio de destino sin autorización puede constituir causa de resolución. ¿Qué regla se aplica si el arrendatario de un local realiza obras que aumentan el valor del inmueble y no hay pacto sobre indemnización?. El arrendador no puede hacer nada. El arrendador puede exigir reposición o conservar la obra sin indemnizar salvo pacto en contrario. El arrendatario tiene derecho a retirar las obras. ¿Qué alcance tiene la obligación de soportar obras del arrendador en contratos para uso distinto del de vivienda?. Debe soportarlas siempre. Debe soportarlas salvo que supongan una afectación grave que justifique desistir o compensación. No tiene que soportar ninguna obra. |





