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Tema 5 Legislación Aduanera

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Título del Test:
Tema 5 Legislación Aduanera

Descripción:
aduanero

Fecha de Creación: 2023/06/13

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 83

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«Se considerarán en libre práctica en un Estado miembro los productos procedentes de... 3º países respecto de los cuales se hayan cumplido, en dicho Estado miembro, las formalidades de importación y percibido los derechos de aduana y cualesquiera otras exacciones de efecto equivalente exigibles, siempre que no se hubieren beneficiado de una devolución total o parcial de los mismos». 3º países respecto de los cuales se hayan cumplido, en dicho Estado miembro, las formalidades de importación y percibido los derechos de aduana y cualesquiera otras exacciones de efecto equivalente exigibles, aunque que se hubieren beneficiado de una devolución total o parcial de los mismos». 3º países respecto de los cuales se hayan cumplido, en dicho Estado miembro, las formalidades de importación y percibido los derechos de aduana y cualesquiera otras exacciones de efecto equivalente exigibles». 3º países respecto de los cuales se hayan cumplido, en dicho Estado miembro, las formalidades de importación y percibido los derechos de aduana y cualesquiera otras exacciones de efecto equivalente exigibles, salvo que se hubieren beneficiado de una devolución total de los mismos».

¿Qué mercancías se van a incluir en el régimen de despacho a libre práctica?. cualquier mercancías no pertenecientes a la unión. Mercancías no pertenecientes a la unión destinada a ser introducida en la Unión o a utilización o consumo privado dentro de la Unión. Mercancías no pertenecientes a la unión destinada a ser introducida en la Unión o a utilización y consumo privado dentro de la Unión. Ninguna es correcta.

El despacho a libre práctica no implicará: a) la percepción de los derechos de importación debidos;. b) la percepción, según proceda, de otros gravámenes, con arreglo a las disposiciones pertinentes en vigor relativas a la percepción de dichos gravámenes;. c) la aplicación de medidas de política comercial y de prohibiciones y restricciones en la medida en que no se hayan aplicado en una fase anterior;. d) el cumplimiento de las demás formalidades aduaneras previstas para la exportación de las mercancías.

El despacho a libre práctica no implicará: a) la percepción de los derechos de importación debidos;. b) la percepción, en todo caso, de otros gravámenes, con arreglo a las disposiciones pertinentes en vigor relativas a la percepción de dichos gravámenes;. c) la aplicación de medidas de política comercial y de prohibiciones y restricciones en la medida en que no se hayan aplicado en una fase anterior;. d) el cumplimiento de las demás formalidades aduaneras previstas para la importación de las mercancías.

El despacho a libre práctica... conferirá a las mercancías no pertenecientes a la Unión el estatuto aduanero de mercancías de la Unión. conferirá a las mercancías pertenecientes a la Unión el estatuto aduanero de mercancías de la Unión. conferirá a las mercancías no pertenecientes a la Unión el origen aduanero de mercancías de la Unión. conferirá a las mercancías no pertenecientes a la Unión el estatuto aduanero de mercancías de la Nacionales.

¿Qué sucede cuando los productos transformados obtenidos en el régimen de perfeccionamiento activo son despachados a libre práctica?. a) Se calcula un nuevo importe de derechos de importación. b) Se aplican medidas de política comercial diferentes a las aplicadas en el régimen de perfeccionamiento activo. c) Serán las aplicables al despacho a libre práctica de las mercancías que se incluyeron en el régimen de perfeccionamiento activo. d) No se permite el despacho a libre práctica de los productos transformados.

¿Cuándo las medidas de política comercial establecidas por la legislación de la Unión no se aplicarán a los productos transformados despachados a libre práctica después del perfeccionamiento pasivo?. Cuando los productos transformados mantengan su origen de la Unión. Cuando los productos transformados hayan sido sometidos a operaciones ulteriores de transformación según el artículo 258 (Reexportación temporal para transformación ulterior). Cuando los productos transformados sean reparados, incluido el sistema de intercambios estándar. Todas las opciones anteriores son correctas.

¿Qué mercancías pueden quedar exentas de derechos de importación al reintroducirse en el territorio aduanero de la Unión?. mercancías no pertenecientes a la Unión que, tras haber sido inicialmente exportadas fuera del territorio aduanero de esta última como mercancías de la Unión, se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en dicho territorio en un plazo de tres años. mercancías pertenecientes a la Unión que, tras haber sido inicialmente exportadas fuera del territorio aduanero de esta última como mercancías de la Unión, se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en dicho territorio en un plazo de tres años. mercancías pertenecientes a la Unión que, tras haber sido inicialmente exportadas fuera del territorio aduanero de esta última como mercancías no pertenecientes a la Unión, se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en dicho territorio en un plazo de tres años. mercancías no pertenecientes a la Unión que, tras haber sido inicialmente exportadas fuera del territorio aduanero de esta última como mercancías de la Unión, se reexporten y declaren para su despacho a libre práctica en dicho territorio en un plazo de tres años.

¿Cuál es el plazo máximo permitido para reintroducir y declarar las mercancías de retorno para su despacho a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión?. No hay un plazo máximo establecido. 3 años. 1 año. 2 años.

¿Bajo qué circunstancias se puede superar el plazo de tres años para la reintroducción de mercancías de retorno?. Si las mercancías tienen un destino final particular. Si las mercancías son despachadas a libre práctica con exención de derechos. Si las mercancías son despachadas a libre práctica con tipo reducido de derechos. Si hay circunstancias especiales que justifiquen una extensión del plazo.

¿Qué condición se requiere para que las mercancías de retorno que fueron previamente despachadas a libre práctica con exención de derechos puedan recibir la exención de derechos de importación al ser despachadas nuevamente a libre práctica?. Deben tener el mismo destino final que cuando fueron despachadas anteriormente. Deben tener un destino final diferente al de su despacho anterior. Deben pagar la misma cantidad de derechos de importación que en el primer despacho a libre práctica. No se concederá ninguna exención de derechos en este caso.

Cuando, previamente a su exportación fuera del territorio aduanero de la Unión, las mercancías de retorno hayan sido despachadas a libre práctica con exención de derechos en razón a su destino final, dicha exención solo se concederá si van a ser despachadas con el mismo destino final. ¿Qué sucede si los derechos de importación pagados en el primer despacho a libre práctica son mayores que los derechos resultantes del despacho a libre práctica de las mercancías de retorno?. Se concederá una devolución de derechos de importación. No se concederá ninguna devolución de derechos de importación. Los derechos de importación se reducirán a la mitad. Los derechos de importación se duplicarán.

¿En qué situación se concederá la exención de derechos de importación a las mercancías de retorno?. Si las mercancías son devueltas en un estado diferente al de su exportación. Si las mercancías son devueltas en el mismo estado en el que fueron exportadas. Si las mercancías son reparadas antes de su devolución. Si las mercancías son exportadas nuevamente antes de su devolución.

¿Cómo se justificará la exención de derechos de importación para mercancías de retorno?. A través de una solicitud formal a la autoridad aduanera correspondiente. Mediante la presentación de un informe de evaluación de riesgos. Proporcionando información que demuestre el cumplimiento de las condiciones para la exención. La exención de derechos de importación no requiere justificación.

¿cuál es la condición para que no se conceda la exención de los derechos de importación a las mercancías de retorno?. Que las mercancías hayan sido exportadas fuera del territorio aduanero de la Unión, y reintroducidas posteriormente en el plazo de 3 años. Que se devuelvan en el mismo estado en el que fueron exportadas. Que las mercancías hayan sido beneficiadas por medidas establecidas en virtud de la política agrícola común. Que sean productos transformados inicialmente reexportados fuera del territorio aduanero de la Unión tras haber sido incluidos en el régimen de perfeccionamiento activo.

¿bajo qué condición se concederá la franquicia de los derechos de importación a las mercancías de retorno que se hayan beneficiado de medidas establecidas en virtud de la política agrícola común?. Que se haya reembolsado el valor total de las restituciones o importes abonados. Que las autoridades competentes hayan adoptado las medidas necesarias para retener los importes adeudados. Que se hayan anulado todas las ventajas financieras concedidas. Que se cumpla cualquiera de las condiciones anteriores.

¿Cuáles de las siguientes situaciones cumplen las condiciones para la concesión de la franquicia de los derechos de importación a las mercancías de retorno que se hayan beneficiado de medidas establecidas en virtud de la política agrícola común?. Las mercancías podrían comercializarse en el país de destino. Las mercancías fueron devueltas por el destinatario debido a defectos o incumplimiento del contrato. Las mercancías fueron reimportadas debido a circunstancias que impiden su utilización y sobre las que el exportador ejerció influencia. Todas las opciones anteriores cumplen las condiciones.

¿Cuál es el plazo límite para declarar las mercancías de retorno, que se hayan beneficiado a la exportación de medidas establecidas en virtud de la política agrícola común, para su despacho a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión (TAU)?. Seis meses siguientes a la fecha de conclusión de las formalidades aduaneras para su exportación. Doce meses siguientes a la fecha de conclusión de las formalidades aduaneras para su exportación. Dieciocho meses siguientes a la fecha de conclusión de las formalidades aduaneras para su exportación. No hay un plazo límite establecido.

¿Quién amplia el plazo de 12 meses para exención de derechos de importación a mercancías de retorno beneficiarias de políticas agrarias comunes?. Las autoridades aduaneras del país de destino, en circunstancias debidamente justificadas. Las autoridades competentes encargadas de la política agrícola común, en circunstancias debidamente justificadas. El exportador de las mercancías de retorno, en circunstancias debidamente justificadas. Las autoridades aduaneras del Estado miembro de reimportación, en circunstancias debidamente justificadas.

La franquicia de derechos de importación para los envíos consistentes en mercancías sin valor estimable expedidos directamente desde un tercer país a un destinatario que se encuentre en la Comunidad. A estos efectos, por ``mercancías sin valor estimable´´se entenderá: Mercancías cuyo valor intrínseco no sobrepase los 150€ en total por envío. Mercancías cuyo valor intrínseco no sobrepase los 1000€ en total por envío. Mercancías cuyo valor intrínseco no sobrepase los 300€ en total por envío. Mercancías cuyo valor intrínseco no sobrepase los 430€ en total por envío.

Las mercancías exportadas podrán reintroducirse en el TAU y DLP con exención de derechos de importación siempre que: La reintroducción y el DLP se produzca dentro de los 3 años siguientes a la exportación, cualquiera que sea el estado de las mercancías. La reintroducción y el DLP se produzca dentro de los 3 años siguientes a la exportación y las mercancías se devuelvan en el mismo estado en el que fueron exportadas. La reintroducción y el DLP se produzca dentro del año siguiente a la exportación y las mercancías se devuelvan en el mismo estado en el que fueron exportadas. No cabe ninguna exención.

En relación al suministro de información a las autoridades aduaneras, la persona que presente a las autoridades aduaneras una declaración será responsable de lo siguiente: Exactitud de la información que contenga la declaración, notificación o solicitud. Autenticidad, exactitud y validez de los documentos justificativos. En su caso, el cumplimiento de toas las obligaciones derivadas del régimen aduanero en el que se incluyan las mercancías. Todas las anteriores.

Las mercancías introducidas en el TAU será presentadas en aduana, por: La personas que disponga de la información preceptiva para su presentación. La persona destinataria de las mercancías. La persona que las haya introducido en el TAU, o por la persona que asumió la responsabilidad del transporte tras su introducción. Ninguna de las anteriores.

Las mercancías presentadas en las aduanas. No podrán ser descargadas ni desembaladas con objeto de examinarlas. No serán retiradas del lugar en que hayan sido presentadas sin previa autorización de las autoridades aduaneras. No podrán ser descargadas ni desembaladas para tomar muestras. Se podrán descargar sin autorización de las autoridades aduaneras.

Una declaración en aduana simplificada es: La que se presenta cuando la mercancía tiene poco valor. La realizada oralmente por un viajero ante la aduana referida a las mercancías que lleva. Una declaración en aduana con menos datos de los incluidos en una declaración normal o a la que le faltan los documentos justificativos necesarios para el régimen aduanero de que se trate. Un formulario distinto del Documento Unico Administrativo previsto para la mercancía perecedera.

Para cual de los regímenes siguientes no es necesario la presentación de una declaración de aduanas. Libre práctica. Importación Temporal. Zona franca. Depósito Aduanero.

La declaración en aduanas debe presentarse: Normalmente por escrito ante la aduana competente, utilizando el impreso Documento Único Administrativo, salvo que se tenga autorización para presentarla por medios electrónicos. Utilizando técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo casos específicos previstos en la normativa. El declarante puede optar por presentarla en papel, utilizando el Documento Único Administrativo, por vías electrónica o por vía oral, cuando se trate de envíos urgentes o perecederos. Deben presentarse utilizando técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo que se trate de una declaración que afecte a más de un Estado Miembro, en cuyo caso hay que presentar el impreso Documento Único Administrativo para poder presentar en la siguiente aduana de la Unión los ejemplares que le afectan.

El declarante puede solicitar la rectificación de una declaración en aduana una vez admitida, cuando: Siempre que la rectificación no se refiera al valor de la mercancía. Únicamente si la Aduana le ha indicado que va a comprobar la mercancía. En un plazo de 3 años desde la admisión, siempre que la rectificación sea necesaria para que el declarante pueda cumplir con sus obligaciones relativas a la inclusión de las mercancías en el régimen aduanero de que se trate. Cuando se trate de incluir mercancías que no se habían incluido en la primera declaración.

La fecha que se tiene en cuenta para la aplicación de las disposiciones que regulan el régimen aduanero para el que se declaran las mercancías es: La fecha en la que se autoriza el levante. La fecha de admisión de la declaración. La fecha de presentación de la mercancía. La fecha de contracción de la deuda aduanera.

Una vez admitida una declaración aduanera, podrá ser anulada por la autoridad aduanera, a petición del declarante: Cuando aduana ha comunicado al declarante su intención de revisar la mercancía, siempre que se realice antes de dicha revisión evitando dicho coste. Cuando el declarante sea OEA y justifique que las mercancía han quedado destruidas como consecuencia de un accidente con posterioridad al levante. Cuando el declarante exporte las mercancías ya que no ha podido venderlas en el mercado interior, siempre que no hayan transcurrido más de 90 días desde el levante. Cuando las mercancías hayan sido declaradas por error para un régimen aplicable a mercancías no pertenecientes a la Unión, y el declarante justifique con posterioridad al levante que se trata de mercancías de la Unión.

Las mercancías se consideran despachadas a libre práctica. Con la presentación de la declaración. Con la comunicación del importe de los derechos. Con el levante otorgado por las autoridades aduaneras. Con el abandono del recinto aduanero.

Si la autoridades aduaneras someten una declaración a comprobación de la exactitud de los datos declarados, indique cual de las siguientes opciones no es correcta: Las autoridades aduaneras pueden solicitar cualquier información o documentación adicional, incluida la documentación contable. Las autoridades aduaneras podrán proceder a extraer muestras de las mercancías. El importe de los derechos de importación se determinará con arreglo a los datos declarados. El importe de los derechos de importación se determinará con arreglo a los resultados de la comprobación.

Si como consecuencia de una declaración aduanera se extraen muestras para un examen analítico que puede implicar una clasificación arancelaria diferente a la declarada: Podrá concederse el levante exclusivamente si existe garantía de los derechos que puedan derivar de la clasificación que finalmente se determine. Podrá concederse el levante sin más trámite. El declarante deberá pagar los derechos correspondientes a la partida con tipo más elevado y, en su caso, solicitar la devolución si finalmente fuese aplicable otra partida. No es posible conceder el levante.

En el marco de una comprobación posterior al levante de las mercancías. No es de aplicación el derecho a ser oído. Debe concederse el derecho a ser oído, el cual suspende el plazo máximo de notificación de la deuda aduanera. Debe concederse el derecho a ser oído, sin suspensión del plazo máximo de notificación de la deuda aduanera. Se concederá el derecho a ser oído exclusivamente a solicitud del interesado.

Se presenta una declaración para despacho a libre práctica con fecha 1 de enero de 2017 y con posterioridad al levante es objeto de una comprobación de la que resulta un mayor importe de los derechos de importación ¿Son exigibles intereses de demora y por qué periodo de tiempo?. En ningún caso. Si, desde la finalización del plazo de pago de los derechos resultantes de la declaración hasta la notificación de la deuda. Sí, dede el nacimiento de la deuda hasta su notificación. No, salvo que se trate de un operador económico autorizado, el cual debe pagar intereses desde el nacimiento de la deuda hasta su notificación.

Con carácter general, a salvo de las excepciones señaladas en la legislación vigente, no se podrá notificar ninguna deuda aduanera, una vez haya transcurrido un plazo de: Un año contado a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera. Dos años contado a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera. Tres años contado a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera. Cuatro años contado a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera.

La vigilancia aduanera sobre mercancía que entra en territorio aduanero comunitario: Cesa cuando se conoce que la mercancía tiene estatuto aduanero comunitario. Cesa cuando la mercancía es despachada en régimen de perfeccionamiento activo. Cesa cuando la mercancía es abandonada. Cesa cuando se conoce que la mercancía va a ser reexportada.

El circuito naranja en un DUA significa: Que se concede el levante de la mercancía previo reconocimiento físico de la mercancía. Que el operador debe aportar toda la documentación el día laborable siguiente al del levante de la mercancía. Que con carácter previo al levante de la mercancía, el operador debe aportar toda la documentación, y la administración comprobará que los datos declarados son correctos. Que se concede el levante de la mercancía sin comprobación previa.

DUA es el acrónimo de: Declaración única aduanera. Declaración única administrativa. Documento único aduanero. Documento único administrativo.

La declaración en aduana puede invalidarse a solicitud del declarante cuando: La mercancía se haya deteriorado irremisiblemente y sea necesaria su destrucción. Ya se haya producido el levante de las mercancías. Las autoridades aduaneras hayan informado de la intención de examinar las mercancías. Las mercancías van a incluirse en un régimen aduanero distinto para el que fueron declaradas, cuando se den circunstancias especiales.

Conforme a lo dispuesto en el CAU, las mercancías de retorno que, tras haber sido inicialmente exportadas fuera del territorio aduanero de la Unión, se reintroduzcan en dicho territorio: Quedarán exentas de los derechos de importación, previa solicitud del interesado, a condición de que se reintroduzcan, cualquiera que sea su destino y plazo de reintroducción. Quedarán exentas de los derechos de importación, previa solicitud del interesado, a condición de que se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en el plazo máximo de 3 años. Quedarán exentas de los derechos de importación, previa solicitud del interesado, a condición de que se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en el plazo de 3 años, ampliable por circunstancias especiales. Quedarán exentas de los derechos de importación, previa solicitud del interesado, a condición de que se reintroduzcan, cualquiera que sea su destino, en el plazo máximo de 3 años.

Señale la respuesta incorrecta. Las autoridades aduaneras podrán efectuar cuantos controles aduaneros consideren necesarios. Dichos controles podrán consistir en: Examinar las mercancías, tanto física como documentalmente. Tomar muestras. Revisar la contabilidad de los operadores económicos y otros registros. Inspeccionar los medios de transporte y las mercancías y equipajes que transporten las personas facturados o como bulto de mano, sólo bajo el consentimiento de éstas.

Cuando las autoridades aduaneras hayan informado al declarante acerca de su intención de examinar las mercancías: No se aceptará una solicitud de invalidación de la declaración en aduana pasado el plazo de 5 días. Se podrá aceptar una solicitud de invalidación de la declaración en aduana si es presentada al día siguiente de haber sido comunicado el declarante de la intención de examinar las mercancías por parte de las autoridades aduaneras. Siempre deberá ser aceptada una solicitud de invalidación si lo solicita el declarante. No se aceptará una solicitud de invalidación de la declaración en aduana antes de que haya tenido lugar el examen.

Indique el plazo a partir de la fecha de la admisión de la declaración en aduana en el que, previa solicitud del declarante, podrá permitirse la rectificación de la declaración en aduana tras el levante de las mercancías para que el declarante pueda cumplir con sus obligaciones relativas a la inclusión de las mercancías en el régimen aduanero de que se trate: A) Un año. B) Dos años. C) Tres años. D) 30 días.

Las declaraciones en aduana para el despacho a libre práctica podrán presentarse oralmente para las mercancías siguientes: A) Los instrumentos de música portátiles temporalmente importados por viajeros y destinados a un uso como equipo profesional. B) Los envases importados llenos y destinados a la reexportación, que lleven marcas indelebles e inamovibles que identifiquen a una persona establecida fuera del TAU. C) Las mercancías desprovistas de carácter comercial. D) Los materiales de producción y transmisión de radio.

Como regla general y previa solicitud del interesado, quedarán exentas de derecho de importación las MERCANCÍAS DE RETORNO que se reintroduzcan y declaren para su despacho a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión en un plazo de: a) 12 meses. b) El plazo es ilimitado. c) 3 años. d) 10 meses.

Estarán EXENTOS del pago de derechos de importación cuando se despachen a libre práctica: a) Los productos de la pesca marítima y los demás productos extraídos de las aguas territoriales de un país o territorio situado fuera del TAU por buques matriculados o registrados en un EM aunque no enarbolen pabellón de dicho Estado. b) Los productos obtenidos a partir de productos de la pesca marítima por buques factoría que estén matriculados o registrados en un EM aunque no enarbolen pabellón de dicho Estado. c) Los productos de la pesca marítima extraídos de un país o territorio situado fuera del TAU por cualquier buque, esté o no matriculado o registrado en un EM. d) Los productos de la pesca marítima y los demás extraídos de las aguas territoriales de un país o territorio situado fuera del TAU por buques exclusivamente matriculados o registrado en un EM y que enarbolen pabellón de dicho Estado.

Se considera que una importación NO tiene carácter comercial cuando: a) Es una importación ocasional. b) Se trata de productos para el uso personal de sus destinatarios, o de los viajeros o sus familias. c) Resulta evidente, por su naturaleza y cantidad, que carecen de fines comerciales. d) Todas las anteriores son ciertas.

Cuáles son las condiciones consideradas por la Aduana a efectos de franquicia arancelaria en relación a los envíos entre particulares, señálese afirmación incorrecta: a) Que las mercancías estén desprovistas de todo carácter comercial. b) Que presenten dichos envíos un carácter ocasional. c) Que el valor global del envío no exceda de 120 euros. d) Que sean enviadas por el remitente al destinatario a título gratuito.

Un particular que traslada su residencia a España (territorio aduanero UE) desde Estados Unidos, ¿qué bienes puede trasladar a España con franquicia de derechos arancelarios por cambiar su residencia? Señálese afirmación incorrecta: a) Los destinados al uso personal de los interesados o a las necesidades de su hogar (efectos y objetos de mobiliario, ropa de casa, etc.). b) Las provisiones que correspondan a un aprovisionamiento familiar normal, los animales domésticos que puedan convivir en el hogar, así como los instrumentos portátiles de artes mecánicas o liberales necesarios para el ejercicio de la profesión del interesado. c) Cualesquiera que sean los bienes personales con independencia de su naturaleza o su cantidad, en ningún caso se valorará ninguna pretensión de carácter comercial. d) Las bicicletas y ciclomotores, los vehículos automóviles de uso privado y sus remolques, las caravanas de camping, las embarcaciones de recreo y uso privado y los aviones de turismo, igualmente de uso privado.

Estarán exentos del pago de derechos de importación cuando se despachen a libre práctica siempre que se aporte prueba a satisfacción de las autoridades aduaneras: a) Los productos de la pesca marítima extraídos de las aguas territoriales de un país o territorio tercero por buques exclusivamente matriculados o registrados en un Estado miembro y que enarbolen pabellón de dicho Estado. b) Los productos extraídos del mar en las aguas territoriales de un país o territorio situado fuera del territorio aduanero de la Unión por buques exclusivamente matriculados o registrados en un Estado miembro y que enarbolen pabellón de dicho Estado. c) Los productos obtenidos a bordo de buques factoría a partir de productos de la pesca marítima extraídos de las aguas territoriales de un país o territorio tercero por buques exclusivamente matriculados o registrados en un Estado miembro y que enarbolen pabellón de dicho Estado. d) Las tres afirmaciones anteriores son correctas.

De acuerdo con la Resolución del Departamento de Aduanas e Impuestos especiales de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA), la declaración en aduana podrá hacerse: a) En nombre y por cuenta propia. b) En nombre y por cuenta ajena, con autorización de despacho de representación directa o indirecta. c) Para el caso exclusivo de Canarias, podrán presentarse las declaraciones con tipo de representación distinta para cada Administración implicada en la declaración. d) Todas las afirmaciones son correctas.

Las declaraciones en aduana se invalidarán después del levante en cualquiera de los casos siguientes: a) Cuando las mercancías han sido despachadas para perfeccionamiento pasivo y han salido del Territorio aduanero de la Unión. b) Cuando se concede una autorización con efecto retroactivo para presentar una declaración de tránsito interno. c) Cuando las mercancías han sido declaradas por error en más de una declaración en aduana. d) Cuando las mercancías hayan sido declaradas por error para un régimen aduanero aplicable a las mercancías perteneciente a la Unión.

En referencia a la fecha de admisión de una declaración en aduana, señálese afirmación CORRECTA: a) La declaración en aduana no se considerará admitida hasta la presentación de las mercancías a que se refiere. b) La fecha de prestación de la declaración será la que indicará la fecha de la admisión de la declaración en aduana. c) Presentada la declaración aduanera se podrán modificar los datos de la misma con independencia de la fecha de admisión de la declaración. d) En caso de presentación de declaración en aduana oralmente, las autoridades aduaneras notificarán al declarante la fecha de admisión y el número asignado a su declaración.

De acuerdo con el artículo 189 del Reglamento 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Código Aduanero de la Unión, ¿para el examen y toma de muestras de las mercancías, es obligatorio que esté presente o representado el declarante?. a) El declarante nunca estará presente al tratarse de una actuación de oficio por parte de las autoridades aduaneras. b) El declarante nunca estará presente al tratarse de una actuación de oficio por parte de las autoridades aduaneras, salvo que, por motivos razonables para ello, las autoridades aduaneras así lo exijan. c) El declarante tendrá la obligación a estar presente o representado en el momento en que las mercancías sean examinadas y en el momento en que se tomen las muestras. d) El declarante tendrá derecho a estar presente o representado en el momento en que las mercancías sean examinadas y en el momento en que se tomen las muestras.

Cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA: a) El levante de las mercancías se concederá una sola vez para la totalidad de las mercancías que sean objeto de la misma declaración. b) Con carácter general, el levante de las mercancías que sean objeto de una solicitud de utilización de un contingente arancelario no estará supeditado a la constitución de una garantía respecto de dichas mercancías. c) Cuando la comprobación mencionada en el artículo 188 del CAU no pueda llevarse a término en un plazo razonable, autoridades aduaneras autorizarán el levante cuando ya no sea necesario que estén presentes las mercancías a efectos de comprobación. d) En determinados casos, cuando se recurra a una simplificación contemplada en los Arts. 166, 182 y 185 del CAU y se constituya una garantía global, el levante de las mercancías no estará supeditado a una supervisión de la garantía por las autoridades aduaneras.

En el caso del despacho centralizado regulado en el art.179 CAU indicar la respuesta CORRECTA: a) La aduana en que se presenten las mercancías supervisará la inclusión de las mercancías en el régimen aduanera de que se trate. b) La aduana en que se presenten las mercancías llevará a cabo los trámites aduaneros para la recaudación del importe del importe de los derechos o de exportación correspondiente a cualquier deuda aduanera. c) La aduana en que se presenten las mercancías procederá al levante de las mercancías. d) Todas las anteriores son falsas.

El solicitante de la autorización de despacho centralizado del apartado 1 del art. 179 CAU deberá: a) Ser un operador económico autorizado de simplificaciones aduaneras. b) Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las letras a), b) y d) del artículo 39 del CAU. c) Ser titular de un Almacén de Depósito temporal. d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

Una vez concedido el levante de las mercancías: a) Las autoridades aduaneras solamente pueden revisar la contabilidad de los operadores económicos y los documentos aduaneros. b) Las autoridades aduaneras pueden efectuar cuantos controles aduaneros consideren necesarios. c) Solamente en casos excepcionales las autoridades aduaneras podrán efectuar controles aduaneros sobre las mercancías. d) Las autoridades aduaneras no pueden efectuar controles aduaneros sobre las mercancías, salvo que lo consienta su titular.

En los casos de retorno de mercancías, procederá aplicar la exención de derechos de importación: a) Cuando la totalidad de las mercancías previamente exportadas se reintroduzcan y declaren a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión, dentro de los tres años siguientes, en el mismo estado en que se exportaron. b) Cuando la totalidad o parte de las mercancías previamente exportadas se reintroduzcan y declaren a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión, dentro de los cuatro años siguientes, en el mismo estado en que se exportaron. c) Cuando la totalidad o parte de las mercancías previamente exportadas se reintroduzcan y declaren a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión, dentro de los tres años siguientes, aunque hayan sido manipuladas para cambiar su presentación. d) Aunque no lo haya solicitado el interesado, siempre que la totalidad o parte de las mercancías se reintroduzcan y declaren a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión, dentro de los tres años siguientes y en el mismo estado en que fueron exportadas.

La exención de los derechos de importación para mercancías de retorno se podrá justificar mediante la siguiente información: a) Cualquier documento expedido por las autoridades aduaneras que certifique que se han cumplido las condiciones. b) No será necesaria ninguna justificación, puesto que las autoridades aduaneras disponen ya de todos los datos de la exportación previa. c) Una declaración responsable del interesado donde manifieste la cantidad que se exportó, la fecha en que se llevó a cabo la exportación y el valor de la misma. d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

Las mercancías que se hayan beneficiado de medidas establecidas en virtud de la política agrícola común y se reintroduzcan y despachen a libre práctica en el territorio aduanero de la Unión: a) Se beneficiarán de la exención de derechos de importación, como cualquier mercancía de retorno. b) No se beneficiarán de la exención de derechos de importación, pero sí de la franquicia de derechos de importación, siempre que cumplan ciertas condiciones. c) Se beneficiarán de la exención de derechos de importación siempre que se declaren para el despacho a libre práctica dentro de los 18 meses siguientes a su exportación. d) No se podrán beneficiar de exención de derechos de importación ni de franquicia de derechos de importación.

El abandono de mercancías en beneficio del Estado: a) Tiene que ser autorizado, previamente, por las autoridades aduaneras. b) Una vez autorizado por las autoridades aduaneras el Estado asumirá el coste de las medidas necesarias, inclusive el decomiso y venta, o destrucción, para disponer de las mercancías abandonadas. c) Es un régimen aduanero que necesita autorización previa de las autoridades aduaneras. d) Las respuestas a) y c) son correctas.

Señale la respuesta CORRECTA. Una empresa establecida en Sevilla va a enviar una mercancía a Japón, siendo cargada en el avión en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas, ¿Dónde deberá presentar la declaración en aduana?. a) En la Aduana de Madrid, necesariamente. b) En la Aduana de Sevilla, necesariamente. c) Presentarla indistintamente en la Aduana de Madrid o en la Aduana de Sevilla. d) Deberá presentarla necesariamente en la Aduana de Sevilla, pero deberá figurar la Aduana de Madrid como aduana de salida.

El envío de productos objeto de los impuestos especiales en régimen suspensivo desde el lugar de su importación en el momento de su despacho a libre práctica: a) Debe ampararse en documento administrativo electrónico emitido por la Aduana de importación. b) Debe ampararse en documento administrativo electrónico emitido por persona o entidad autoridad como expedidor registrado. c) Se ampara en el DUA de importación. d) No debe amparase en documento de circulación.

La exportación de productos objeto de los impuestos especiales que se encuentran en régimen suspensivo: a) Da lugar al devengo del impuesto especial. b) Da lugar a la ultimación del régimen suspensivo. c) La circulación desde el lugar en que se encuentren almacenados hasta la Aduana de exportación estará amparada por el DUA de exportación. d) No debe amparase en documento de circulación.

Las mercancías se consideran despachadas a libre práctica: A) Con el abandono del recinto aduanero. B) Con la presentación de la declaración. C) Con la comunicación del importe de los derechos. D) Con el levante otorgado por las autoridades aduaneras.

El control posterior al levante podrá realizarse en: Indique la respuesta incorrecta: A) Los locales del titular de las mercancías o de su representante. B) Los locales de otra persona que, de forma directa o indirecta, haya actuado o actúe comercialmente en esas operaciones. C) Los locales del transportista. D) Los locales de cualquier otra persona que esté en posesión de estos datos y documentos con fines comerciales.

Teniendo en cuenta las disposiciones del CAU, las autoridades aduaneras, a efectos de comprobar la exactitud de los datos contenidos en una declaración en aduana que haya sido admitida, podrán: Señale cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta: A) Exigir al declarante que facilite otros documentos. B) Tomar muestras para análisis o para exámenes pormenorizados de las mercancías. C) Transportar las mercancías y las manipulaciones de dichas mercancías, así como correr con los gastos que se originen, sin necesidad de que esté presente el declarante. D) Examinar la declaración y los documentos justificativos.

En el marco de una comprobación posterior al levante de las mercancías: A) No es de aplicación el derecho a ser oído. B) Debe concederse el derecho a ser oído, el cual suspende el plazo máximo de notificación de la deuda aduanera. C) Debe concederse el derecho a ser oído, sin suspensión del plazo máximo de notificación de la deuda aduanera. D) Se concederá el derecho a ser oído exclusivamente a solicitud del interesado.

En relación a la gestión de riesgos las autoridades aduaneras podrán efectuar: A) Únicamente controles en ámbitos prioritarios por tratarse de regímenes aduaneros particulares. B) Únicamente controles aleatorios. C) Únicamente los controles derivados de los análisis de riesgos. D) Cuantos controles consideren necesarios.

Se considera que las mercancías de carácter no comercial han sido declaradas para despacho a libre práctica: señale la respuesta incorrecta: A) Las contenidas en el equipaje personal de los viajeros y que estos continúen por el circuito verde o «nada que declarar» en las aduanas. B) Las contenidas en el equipaje personal de los viajeros que puedan acogerse a la franquicia y que el viajero coloque en el parabrisas de su vehículo un distintivo autoadhesivo con la leyenda «nada que declarar» cuando exista tal posibilidad. C) Las mercancías incluidas en un envío postal cuyo valor intrínseco no exceda de 22 EUR. D) Los instrumentos de música portátiles temporalmente importados por viajeros y destinados a un uso como equipo profesional.

La compra online por un particular de un ordenador cuyo valor es de 300 euros en una página web cuya tienda y mercancías procede de China: A) No requiere declaración aduanera por ser una mercancía desprovista de carácter comercial. B) Requiere una declaración aduanera, pero estará exenta del pago de derechos de aduana e impuestos porque el valor no supera el umbral del régimen de franquicias aduaneras. C) Requiere una declaración aduanera, pero solo estará exenta del pago de derechos de aduana. D) Requiere una declaración aduanera que habitualmente la realiza la empresa de paquetería o transporte por cuenta del comprador, con el pago de los derechos de aduanas e impuestos.

Serán aplicables las franquicias de derechos de importación a cada envío sin carácter comercial de un particular desde un tercer país a otro particular que se encuentre dentro del Territorio Aduanero de la Unión, de las cantidades que se señalan de labores de tabaco: Indique la respuesta incorrecta: A) 50 cigarrillos. B) 25 puritos. C) 10 cigarros puros. D) 100 gramos de tabaco para fumar.

Conforme al CAU, en caso de presentación de una declaración en aduana previa ¿qué plazo hay para presentar las mercancías en la aduana, transcurrido el cual se considerará que dicha declaración no ha sido presentada?: A) 90 días siguientes a la presentación de la declaración. B) 45 días siguientes a la presentación de la declaración. C) 30 días siguientes a la presentación de la declaración. D) 15 días siguientes a la presentación de la declaración.

Dentro de los tratamientos arancelarios favorables están los llamados “contingentes arancelarios”, que tratan de: A) Una medida temporal que pretende favorecer la importación de determinadas mercancías mediante la aprobación de un tipo arancelario reducido o cero. B) Una medida definitiva para obstaculizar la entrada en la Unión de ciertas mercancías. C) Una medida definitiva para favorecer la importación de mercancías de determinados países. D) Una medida temporal para favorecer la importación de mercancías de determinados países.

Una declaración en aduana simplificada es: A) La que se presenta cuando la mercancía tiene poco valor. B) La realizada oralmente por un viajero ante la aduana referida a las mercancías que lleva. C) Una declaración en aduana con menos datos de los incluidos en una declaración normal o a la que le faltan los documentos justificativos necesarios para el régimen aduanero de que se trate. D) Un formulario distinto del Documento Único Administrativo previsto para la mercancía perecedera.

El transporte de las mercancías hasta los lugares donde vayan a ser examinadas y donde se vayan a tomar muestras, así como todas las manipulaciones que requiera dicho examen o toma de muestras, serán efectuados por el declarante o bajo su responsabilidad. Los gastos que resulten de ello correrán a cargo: A. Del declarante. B. De las Autoridades Aduaneras. C. De ambos. D. De ninguno.

Según lo establecido en el Reglamento (CE) 1186/2009, NO se beneficiarán de una franquicia de derechos de exportación: A. Los productos obtenidos por agricultores en fincas situadas en la Comunidad. B. Las semillas exportadas para ser utilizadas en fincas situadas en terceros países. C. Los animales domésticos exportados con motivo del traslado de la explotación agrícola. D. Los envíos por correo o paquete postal a terceros países cuyo valor global no exceda de 150 euros.

Conforme al artículo 190 del Código aduanero de la Unión, cuando solo se examine o se tomen muestras de las mercancías objeto de una declaración en aduana, los resultados del examen parcial o del análisis o examen de las muestras se aplicará: A. A parte de las mercancías comprendidas en la misma declaración. B. A todas las mercancías comprendidas en la misma declaración. C. A mercancías de otras declaraciones del mismo operador. D. A ninguna de las mercancías comprendidas en la misma declaración.

Se podrá efectuar una rectificación en una declaración sumaria: A. Después de que las autoridades aduaneras hayan comunicado a la persona que presentó la declaración sumaria de entrada su intención de examinar las mercancías. B. Después de que las autoridades aduaneras hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración sumaria de entrada. C. En ningún momento. D. Antes de que las mercancías ya hayan sido presentadas en aduana.

En relación al depósito temporal de mercancías, ¿en qué supuestos, el declarante, ya no podrá rectificar uno o varios datos de la declaración?: A. Después de que las autoridades aduaneras hayan comunicado su intención de examinar la mercancía o hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración. B. Podrá realizar la rectificación de la declaración dentro de los 30 días siguientes a su presentación. C. Podrá realizar la rectificación de la declaración dentro de los 45 días siguientes a su presentación. D. No se puede rectificar en ningún caso.

¿Las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión, a partir de qué momento se hallarán bajo vigilancia aduanera?: A. Desde la presentación de una declaración sumaria. B. Desde su presentación a la Aduana. C. Desde su introducción. D. Desde que se determine su destino aduanero.

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