Test tema 6 Fase de Convenio
|
|
Título del Test:
![]() Test tema 6 Fase de Convenio Descripción: derecho mercantil |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
¿Cuál es el objetivo principal del derecho concursal según la Exposición de Motivos del TRLC?. La liquidación inmediata de las empresas en dificultades. La conservación del tejido empresarial y el empleo. La maximización de beneficios para los acreedores. La reestructuración de deudas personales. ¿En qué momento puede el concursado presentar una propuesta de convenio junto con la solicitud de declaración de concurso?. Solo después de la presentación del informe provisional de la Administración concursal. En cualquier momento posterior a la declaración del concurso. Junto con la solicitud de declaración de concurso o en otro momento posterior, siempre que no hayan transcurrido quince días desde la presentación del informe provisional de la Administración concursal. Únicamente después de que el juez apruebe la liquidación. ¿Qué porcentaje de los créditos deben superar los acreedores, individual o conjuntamente, para poder presentar una propuesta de convenio?. La mitad del pasivo total. La quinta parte de todo el pasivo. El 10% del pasivo ordinario. La totalidad del pasivo. ¿Qué sucede si no se presenta ninguna propuesta de convenio ni por el deudor ni por los acreedores?. Se prorroga el plazo para presentar propuestas. Se inicia automáticamente la liquidación del concurso. Se nombra un administrador provisional. Se convoca una junta de acreedores extraordinaria. ¿Puede modificarse una propuesta de convenio una vez admitida a trámite por el juez?. Sí, el concursado puede modificarla hasta la aprobación final. No, una vez admitida a trámite, no podrá modificarse en cuanto a su contenido. Solo puede modificarse si hay acuerdo unánime de los acreedores. La modificación es posible si la Administración concursal lo solicita. ¿Qué tipo de propuestas de convenio están prohibidas según el documento?. Propuestas de quita y espera. Propuestas de pago a plazos. Propuestas condicionadas y convenios de liquidación. Propuestas que incluyan varias alternativas. ¿Qué documentos deben acompañar a la propuesta de convenio?. Solo el plan de pagos. El plan de pagos y el plan de viabilidad. Un informe de la Administración concursal y un balance general. Una lista de todos los acreedores y sus deudas. ¿Qué plazo tiene la Administración concursal para evaluar la propuesta de convenio admitida a trámite?. Quince días improrrogables. Diez días improrrogables. Un mes. Treinta días. ¿Quiénes tienen derecho de adhesión a una propuesta de convenio?. Todos los acreedores, sin excepción. Únicamente los acreedores privilegiados. Todos aquellos acreedores a los que puede afectar el contenido del convenio, principalmente los ordinarios. Solo los acreedores que hubieran presentado la propuesta. ¿Los acreedores subordinados tienen derecho de adhesión a la propuesta de convenio?. Sí, siempre que su crédito sea ordinario. Sí, pero solo si el convenio incluye una quita significativa. No, aunque resultan afectados por el convenio, no tienen derecho de adhesión. Solo si el juez lo autoriza expresamente. ¿Cómo debe realizarse la adhesión a una propuesta de convenio?. Verbalmente ante la Administración concursal. Por correo electrónico con acuse de recibo. Por escrito firmado por el acreedor o su representante, dirigido a la Administración concursal. Mediante una solicitud al juzgado. ¿En qué plazo debe realizarse la adhesión a una propuesta de convenio a contar desde su admisión a trámite?. Un mes. Dos meses. Quince días. Seis meses. ¿Qué se entiende si un acreedor con créditos ordinarios y privilegiados se adhiere a una propuesta de convenio sin especificar a cuáles?. La adhesión se aplica a ambos tipos de crédito. La adhesión se entiende realizada respecto de los créditos ordinarios. La adhesión se considera nula. La adhesión se aplica a los créditos privilegiados. ¿Puede un acreedor oponerse a una propuesta de convenio?. No, una vez admitida la propuesta, solo cabe la adhesión. Sí, los acreedores pueden oponerse a la propuesta en la misma forma y plazos que las adhesiones. Solo puede oponerse la Administración concursal. La oposición solo es posible si el juez la solicita. ¿Qué debe entregar la Administración concursal al juzgado respecto a las adhesiones y oposiciones?. Un único informe resumen. Dos listas diferenciadas: una con las adhesiones y otra con las oposiciones. Las adhesiones verbales de los acreedores. Un certificado de la mayoría de los acreedores. ¿Qué mayoría se requiere para la aceptación de una propuesta de convenio si consiste en el pago íntegro de créditos ordinarios en un plazo no superior a tres años?. Más adhesiones a favor que en contra. Más del 50% del pasivo ordinario. El 65% del pasivo ordinario. Unanimidad de los acreedores ordinarios. ¿Qué mayoría se necesita para aceptar un convenio que incluya quitas iguales o inferiores a la mitad del nominal del crédito o esperas no superiores a cinco años?. Más adhesiones a favor que en contra. Adhesiones que representen más del 50 por 100 del pasivo ordinario. Adhesiones que representen el 65 por 100 del pasivo ordinario. La aprobación judicial directa. ¿Qué mayoría del pasivo ordinario se requiere si la propuesta de convenio tiene un contenido distinto a los supuestos anteriores?. Más adhesiones a favor que en contra. Más del 50% del pasivo ordinario. El 65% del pasivo ordinario. Más del 75% del pasivo ordinario. ¿Qué se entiende por 'pasivo ordinario' a efectos del cómputo de las mayorías?. Solo la suma de los créditos ordinarios. La suma del importe nominal de todos los créditos ordinarios. La suma del importe nominal de todos los créditos ordinarios y de los créditos privilegiados que hubieran presentado o adherido a la propuesta. La totalidad del pasivo del concurso. ¿Cuál es el orden de verificación de las mayorías para aceptar una propuesta de convenio?. Primero las presentadas por los acreedores, luego la del concursado. Primero la del concursado, luego las presentadas por los acreedores aceptadas por el concursado, y finalmente las aceptadas por el concursado según cuantía. Se verifica simultáneamente la del concursado y las de los acreedores. El juez decide el orden según su criterio. ¿Cuándo comenzará a surtir efectos el convenio aprobado judicialmente?. Desde el momento de su aprobación por los acreedores. Desde la presentación de la propuesta. Desde la sentencia que lo apruebe. Al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial. ¿Qué tipo de propuestas de convenio se menciona que fueron afectadas por el RDL 11/14 de 5 de septiembre?. Propuestas de quita y espera. Propuestas de pago a plazos. Propuestas de quita y propuestas de espera. Propuestas de convenio con acreedores subordinados. ¿Qué límite de años se establece en el TRLC para las propuestas de espera?. No superior a 3 años. No superior a 5 años. No superior a 10 años. No hay límite establecido en el TRLC. ¿Qué personas, aunque adquieran créditos ordinarios o privilegiados por actos 'inter vivos' tras la declaración de concurso, no tienen derecho de adhesión?. Los acreedores privilegiados. Los acreedores subordinados. Las personas especialmente relacionadas con el concursado. Los acreedores que ya se han adherido. ¿Qué sucede si la adhesión de un acreedor a la propuesta de convenio es pura y simple, sin introducir modificaciones?. Se considera una adhesión válida. Se entiende que el acreedor no se adhiere. La adhesión se aplica solo a los créditos ordinarios. Se requiere una confirmación adicional del acreedor. ¿En qué supuesto la propuesta de convenio puede incluir una quita inferior al 20% y el pago inmediato de los créditos ordinarios vencidos?. Cuando la propuesta sea presentada por el concursado. Cuando la propuesta consista en el pago íntegro de los créditos ordinarios en un plazo no superior a tres años. Cuando la propuesta sea aprobada por más del 65% del pasivo ordinario. En cualquier caso, siempre que sea aceptada por la mayoría. ¿Quién proclama el resultado indicado de la propuesta de convenio aceptada?. La Administración concursal. El Juez. El Letrado de la Administración de justicia. El deudor concursado. ¿Contra la aprobación judicial del convenio, quiénes pueden oponerse?. Solo la Administración concursal. Solo los acreedores que no se hubieran adherido. La Administración concursal y los acreedores que no se hubieran adherido a la propuesta de convenio. Únicamente el deudor concursado. ¿Qué tipo de propuesta de convenio está suprimida en su límite por el RDL 11/14 de 5 de septiembre?. Propuestas de espera. Propuestas de convenio de liquidación. Propuestas de quita. Propuestas de pago a plazos. ¿En qué caso se computa la fracción sobre la lista provisional de acreedores, si la propuesta se presenta después de su remisión por la Administración concursal?. Si la propuesta se presenta antes de que transcurran quince días desde la solicitud del concurso. Si la propuesta se presenta antes de que transcurran quince días desde la remisión de la lista provisional de acreedores. Si la propuesta se presenta después de la aprobación judicial. Si la propuesta se presenta por los acreedores privilegiados. ¿Puede el concursado dejar sin efecto una propuesta de convenio presentada?. No, una vez presentada, es irrevocable. Sí, el concursado puede dejarla sin efecto mediante la solicitud de liquidación de la masa activa. Solo si hay acuerdo de la mayoría de los acreedores. No, a menos que el juez lo autorice. ¿Qué implica una adhesión que no es pura y simple y que introduce modificaciones en la propuesta?. Se considera una adhesión válida pero con modificaciones. Se entiende que el acreedor no se adhiere a la propuesta. El juez evaluará las modificaciones propuestas. Se requiere una nueva propuesta del acreedor. ¿En qué caso la propuesta de convenio puede consistir en el pago inmediato de los créditos ordinarios vencidos con quita inferior al 20%?. Cuando la espera sea inferior a 5 años. Cuando la propuesta incluya el pago íntegro de los créditos ordinarios en un plazo no superior a tres años. Cuando las adhesiones representen el 65% del pasivo ordinario. Cuando el pasivo ordinario sea inferior al pasivo privilegiado. ¿Qué número de listas diferentes debe presentar la Administración concursal al juzgado con el resultado de las adhesiones?. Una sola lista. Dos listas diferentes: una con adhesiones y otra con oposiciones. Tres listas: adhesiones, oposiciones y abstenciones. No es necesario presentar listas separadas. ¿Qué magnitud se toma como referencia para permitir a los acreedores presentar propuestas de convenio según el artículo 338 del TRLC?. La totalidad del pasivo ordinario. La totalidad del pasivo del concurso (créditos ordinarios, privilegiados y subordinados). La mitad del pasivo privilegiado. El importe de los créditos vencidos. ¿Cuándo se computa el plazo para la adhesión si hay varias propuestas de convenio?. Desde la admisión a trámite de la primera propuesta presentada. Desde la admisión a trámite de cada una de ellas. Desde la aprobación judicial de la primera propuesta aceptada. Desde la fecha de la declaración del concurso. ¿Qué opción tiene un acreedor si hay varias propuestas de convenio y se adhiere a más de una?. Debe adherirse a todas. Puede adherirse a una sola, a varias o a todas, expresando el orden de preferencia. Solo puede adherirse a la primera propuesta admitida. La adhesión a varias propuestas se considera nula. ¿Cuál es el contenido de las propuestas de convenio que están sujetas a un límite de espera de cinco años, suprimido por el RDL 11/14?. Quitas superiores al 50%. Esperas de principal, intereses o cualquier otra cantidad adeudada. Pago íntegro de créditos ordinarios en más de 3 años. Convenios de liquidación. ¿A quién debe dirigirse la adhesión por escrito a una propuesta de convenio?. Directamente al Juez. A la Administración concursal. Al concursado. A la Comisión de acreedores. ¿Qué se entiende por 'esperas' en el contexto de las propuestas de convenio?. Reducción del importe principal de la deuda. Aplazamiento del pago de deudas. Compensación de créditos. Cesión de activos. ¿Qué ocurre si la propuesta de convenio presentada por el concursado no es aceptada para su cómputo?. Se procede con las propuestas presentadas por los acreedores que hubieran sido expresamente aceptadas por el concursado. Se inicia directamente la liquidación del concurso. Se requiere una nueva propuesta del concursado. El juez decide la propuesta a aplicar. ¿Cuándo se considera que una propuesta de convenio es favorable para la Administración concursal?. Cuando incluye una quita superior al 50%. Cuando no contiene esperas superiores a 10 años. Cuando la Administración concursal emite un juicio de valor favorable sobre la viabilidad de su cumplimiento. Cuando es aceptada por más del 65% del pasivo ordinario. ¿Qué parte del crédito se ve afectada por una propuesta de 'quita'?. El plazo de pago. El importe principal de la deuda. Los intereses moratorios. La forma de pago. ¿Cuál es el significado de 'ambas a la vez' en el contexto de las propuestas de convenio?. Propuestas de quita y de liquidación simultáneamente. Propuestas de quita y de espera que se ofrecen juntas. Propuestas de pago en efectivo y a plazos. Propuestas de convenio y de continuación de actividad. ¿Qué tipo de acreedores son los que pueden adherirse a un convenio, salvo excepciones, aunque este no les afecte directamente?. Acreedores ordinarios. Acreedores subordinados. Acreedores privilegiados. Acreedores de derecho público. ¿Qué plazo máximo se establece en el TRLC para las 'esperas' en un convenio?. 3 años. 5 años. 10 años. No hay límite máximo explícito. ¿Si un acreedor se adhiere a varias propuestas de convenio y no expresa un orden de preferencia, cómo se interpreta su adhesión?. Se considera nula la adhesión a varias. Se adhiere a la primera propuesta admitida a trámite. Se adhiere a la última propuesta admitida a trámite. Se considera que se adhiere a la primera propuesta que resulte finalmente aceptada. ¿En qué caso la propuesta de convenio, o alguna de sus alternativas, tiene un contenido distinto a los previstos en los números anteriores del art.376 TRLC?. Cuando la quita es inferior al 20%. Cuando la espera es de 5 años. Cuando tuviera cualquier otro contenido no especificado anteriormente. Cuando el pago es íntegro en 3 años. ¿Qué se puede recoger en las propuestas de convenio, además de quita y espera?. Solo liquidación de activos. Varios tipos de propuestas alternativas. Compensación automática de deudas. Cesión de control de la empresa. ¿Cuál es el propósito fundamental de la Ley Concursal según su Exposición de Motivos, en relación con las empresas?. Facilitar la rápida liquidación de empresas insolventes. Garantizar la máxima recuperación para los acreedores en todos los casos. Promover la reestructuración y continuidad de las empresas viables. Establecer un procedimiento uniforme para todas las insolvencias. |




