NORMATIVA DE IGUALDAD El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de-art.3- La maternidad La asunción de obligaciones familiares El estado civil Todas son correctas . NORMATIVA DE IGUALDAD El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable (señala la incorrecta)-5- En el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia En la formación profesional y en la promoción profesional En las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido En la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales,
salvo las prestaciones concedidas por las mismas. NORMATIVA DE IGUALDAD Respecto al acoso sexual y acoso por razón de sexo es correcto-7- Constituye acoso sexual cualquier comportamiento realizado en función del sexo
de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de
crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento, verbal o físico,
de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar
contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno
intimidatorio, degradante u ofensivo El acoso sexual y el acoso por razón de sexo se considerarán discriminatorios
cuando así lo determine un juez El condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la
aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón
de sexo se considerará también acto de discriminación por razón de sexo. NORMATIVA DE IGUALDAD Los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán-10- Anulables Nulos y sin efecto Irregulares Revisables. NORMATIVA DE IGUALDAD El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, la actuación de todos los Poderes Públicos con carácter-15- Transversal General Sesgado Subsidiario. NORMATIVA DE IGUALDAD Aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades-17- El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado El Gobierno, en las materias que no sean de la competencia del Estado El Congreso, en las materias que sean de la competencia del Estado El Congreso, en las materias que no sean de la competencia del Estado. NORMATIVA DE IGUALDAD Al objeto de hacer efectivas las disposiciones contenidas en esta Ley y que se garantice la integración de modo efectivo de la perspectiva de género en su actividad ordinaria, los poderes públicos, en la elaboración de sus estudios y estadísticas, tendrán una serie de obligaciones-20- Podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones por razones
económicas Podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones por razones
de urgencia Sólo excepcionalmente, y mediante informe motivado y aprobado por el órgano
competente, podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas
obligaciones En ningún caso podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas
obligaciones. NORMATIVA DE IGUALDAD El sistema educativo incluirá (señala la incorrecta)-23- Entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades
fundamentales Entre sus fines la educación en la igualdad de derechos y oportunidades entre
mujeres y hombres Dentro de sus principios de calidad, el fomento de los obstáculos que dificultan
la igualdad efectiva entre mujeres y hombres Dentro de sus principios de calidad, el fomento de la igualdad plena entre
mujeres y hombres. NORMATIVA DE IGUALDAD La publicidad que comporte una conducta discriminatoria de acuerdo con esta Ley se considerará publicidad-41- Irregular Ilícita Nula Anulable. NORMATIVA DE IGUALDAD No es correcto sobre los programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres-42.2- Las políticas de empleo tendrán como uno de sus objetivos prioritarios
aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo Las políticas de empleo tendrán como uno de sus objetivos prioritarios avanzar
en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres Se mejorará la empleabilidad y la permanencia en el empleo de las mujeres,
potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del
mercado de trabajo Los Programas de inserción laboral activa comprenderán todos los niveles
educativos y edad de las mujeres, salvo los de Formación Profesional, Escuelas
Taller y Casas de Oficios. NORMATIVA DE IGUALDAD Las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres que deben adoptar las empresas, deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral en el caso de las empresas de-45.2- Más de 10 trabajadores Más de 25 trabajadores Más de 50 trabajadores Más de 250 trabajadores. NORMATIVA DE IGUALDAD Los planes de igualdad de las empresas (señala la incorrecta)-46.3- Son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un
diagnóstico de situación Buscan alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo Fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar y las estrategias y
prácticas a adoptar para su consecución Incluirán la totalidad de una empresa, sin posibilidad de establecer acciones
especiales respecto a determinados centros de trabajo. NORMATIVA DE IGUALDAD El acceso a la información sobre el contenido de los Planes de igualdad y la consecución de sus objetivos está garantizado-47- A la representación legal de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, a
los propios trabajadores y trabajadoras A la representación legal de los empresarios A la representación legal de los empresarios o, en su defecto, a los propios
empresarios Siempre directamente a los propios trabajadores y trabajadora. NORMATIVA DE IGUALDAD Para la concesión del distintivo empresarial en materia de igualdad se tendrán en cuenta, entre otros criterios (señala la incorrecta)-50.4- La presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección y en
los distintos grupos y categorías profesionales de la empresa La adopción de planes de igualdad u otras medidas innovadoras de fomento de
la igualdad La publicidad no sexista de los productos o servicios de la empresa Las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral adoptadas. NORMATIVA DE IGUALDAD El Gobierno atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento de las personas titulares de-52- Los órganos directivos de la Administración General del Estado y de los
organismos públicos vinculados o dependientes de ella, considerados en su
conjunto, cuya designación le corresponda Los órganos directivos de las Administraciones Autonómicas y de los organismos
públicos vinculados o dependientes de ellas, considerados en su conjunto, cuya
designación no le corresponda Los órganos directivos de la Administración General del Estado y de los
organismos públicos vinculados o dependientes de ella, considerados en su
conjunto, cuya designación no le corresponda Los órganos directivos de la Administraciones Autonómicas y de los organismos
públicos vinculados o dependientes de ellas, considerados en su conjunto, cuya
designación le corresponda. NORMATIVA DE IGUALDAD Cuando el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso de maternidad, o con su ampliación por lactancia-59- Se descontarán de su periodo de vacaciones los días en los que la empleada
pública permanezca en situación de incapacidad temporal, sin tener derecho a la
retribución por las vacaciones no disfrutadas Se descontarán de su periodo de vacaciones los días en los que la empleada
pública permanezca en situación de incapacidad temporal, pero tendrá derecho
a la retribución por las vacaciones no disfrutadas La empleada pública tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta,
siempre que no haya terminado el año natural al que correspondan La empleada pública tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta,
aunque haya terminado el año natural al que correspondan. NORMATIVA DE IGUALDAD Con el fin de facilitar la promoción profesional de las empleadas públicas y su acceso a puestos directivos en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, en las convocatorias de los correspondientes cursos de formación se reservará para su adjudicación a aquéllas que reúnan los requisitos establecidos al menos un-60.2- 30% de las plazas 40% de las plazas 50% de las plazas 60% de las plazas. NORMATIVA DE IGUALDAD Todos los Departamentos Ministeriales y Organismos Públicos remitirán información relativa a la aplicación efectiva en cada uno de ellos del principio de igualdad entre mujeres y hombres-63- Al menos trimestralmente, al Gobierno Al menos anualmente, al Gobierno Al menos trimestralmente, a los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de
Administraciones Públicas Al menos anualmente, a los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de
Administraciones Públicas. NORMATIVA DE IGUALDAD El órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo es-78.1- El Instituto de la Mujer El Consejo de Participación de la Mujer La Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres El Ministerio Fiscal . NORMATIVA DE IGUALDAD El órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad es-76- El Instituto de la Mujer El Consejo de Participación de la Mujer La Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres El Observatorio de Género. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de-Art.1.1- Quienes sean sus cónyuges o de quienes estén ligados a ellas por relaciones
similares de afectividad, siempre que tengan relación de convivencia Quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado
ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, siempre que tengan
relación de convivencia Quienes sean sus cónyuges o de quienes estén ligados a ellas por relaciones
similares de afectividad, aun sin convivencia Quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado
ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece medidas de protección integral cuya finalidad es-1.2- Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género Prestar asistencia a las mujeres víctimas la violencia de género Prestar asistencia a los hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o
guarda y custodia de mujeres víctimas la violencia de género Todas son correctas. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO La violencia de género a que se refiere la Ley Orgánica 1/2004 comprende-1.3- Únicamente actos de violencia física Únicamente actos de violencia psicológica Actos de violencia física y psicológica Ninguna es correcta. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO A través de la Ley Orgánica 1/2004 se articula un conjunto integral de medidas encaminadas a garantizar derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de-2- Cubrir sus necesidades básicas Cubrir sus necesidades básicas y las de sus hijos Poder acceder al mayor número de recursos posibles Facilitar su integración social. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO El Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género está controlado por una Comisión de amplia participación, que se creará en un plazo máximo de-3.1- Un mes Dos meses Tres meses Un año. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Las campañas de información y sensibilización contra esta forma de violencia se realizarán de manera que se garantice el acceso a las mismas de-3.3- Las personas con discapacidad Las personas extranjeras en situación de irregularidad Las personas con rentas inferiores Las personas que vivan en zonas rurales. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en el alumnado-4.4- La capacidad para comprender y respetar la igualdad entre sexos La capacidad para relacionarse con los demás de forma pacífica La capacidad para conocer, valorar y respetar la igualdad de oportunidades de
hombres y mujeres La capacidad para consolidar su madurez personal, social y moral, que les
permita actuar de forma responsable y autónoma. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO El Bachillerato y la Formación Profesional-4.5- Contribuirán a desarrollar en el alumnado la capacidad para analizar y valorar
críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad real y efectiva
entre hombres y mujeres Contribuirán a desarrollar en el alumnado la capacidad para relacionarse con los
demás de forma pacífica Incluirá entre sus objetivos desarrollar actividades en la resolución pacífica de
conflictos y fomentar el respeto a la dignidad de las personas y a la igualdad
entre hombres y mujeres Contribuirán a desarrollar en el alumnado la capacidad para consolidar su
madurez personal, social y moral, que les permita actuar de forma responsable
y autónoma. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Se adoptarán las medidas precisas para asegurar que los Consejos Escolares impulsen la adopción de medidas educativas que fomenten-8- La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres La detección precoz de la violencia en el ámbito familiar Un seguimiento estadístico de la situación real Campañas informativas ante los matrimonios a edades tempranas, matrimonios
forzados o la mutilación genital femenina. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO En el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se constituirá una Comisión contra la Violencia de Género que evalúe y proponga las medidas sanitarias necesarias para la aplicación del protocolo sanitario en el plazo de-16- Un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley Un año desde la entrada en vigor de la presente Ley Dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley Tres años desde la entrada en vigor de la presente Ley. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal que comprenderá las medidas contempladas en esta Ley relativas a (señala la incorrecta)-18.1- Su protección y seguridad Los derechos y ayudas previstos en la misma El lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y
recuperación integral Su ocio y tiempo libre. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Respecto a los derechos laborales y de Seguridad Social de las trabajadoras víctimas de violencia de género-21.2- La suspensión del contrato de trabajo no dará lugar a situación legal de
desempleo La extinción del contrato de trabajo dará lugar a situación legal de desempleo El tiempo de suspensión no se considerará como período de cotización efectiva
a efectos de las prestaciones de Seguridad Social y de desempleo El tiempo de extinción se considerará como período de cotización efectiva a
efectos de las prestaciones de Seguridad Social y de desempleo . NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras
víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo, tendrán derecho a una bonificación de-21.3- El 60% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias
comunes El 70% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias
comunes El 80% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias
comunes El 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias
comunes. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo, tendrán derecho a una bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes-21.3- Durante 6 meses en el supuesto de suspensión de la trabajadora sustituida o
durante 1 año en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de
trabajo Durante todo el período de suspensión de la trabajadora sustituida o durante 1
año en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo Durante todo el período de suspensión de la trabajadora sustituida o durante 6
meses en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo Durante 6 meses en el supuesto de suspensión de la trabajadora sustituida o
durante todo el tiempo en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de
centro de trabajo. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO A las trabajadoras por cuenta propia víctimas de violencia de género que cesen en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, se les suspenderá la obligación de cotización durante un período de-21.5- 6 meses, que les serán considerados como de cotización efectiva a efectos de
las prestaciones de Seguridad Social 1 año, que no le será considerado como de cotización efectiva a efectos de las
prestaciones de Seguridad Social 6 meses, que no les serán considerados como de cotización efectiva a efectos
de las prestaciones de Seguridad Social 1 año, que les será considerado como de cotización efectiva a efectos de las
prestaciones de Seguridad Social. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO A las trabajadoras por cuenta propia víctimas de violencia de género que cesen en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, se les suspenderá la obligación de cotización. Asimismo, su situación será considerada como-21.5- Alta real Asimilada al alta Alta presunta Alta especial. NORMATIVA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Se incluirá un programa de acción específico para las víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo-22- En el marco del Plan de Empleo del Observatorio Estatal de Violencia de Género En el marco del Plan de Empleo de cada Comunidad Autónoma En el marco del Plan de Empleo del Reino de España En el marco del Plan de Empleo del Instituto de la Mujer .
|