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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 8 Test 6

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Título del test:
Tema 8 Test 6

Descripción:
LLei de Contractes

Autor:
Generalitat
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Fecha de Creación:
30/04/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 20
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Temario:
Las relaciones jurídicas, negocios y contratos excluidos del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ... se regirán únicamente por sus normas especiales se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse se regirán por la Ley de Contratos del Sector Público, aplicándose los principios de sus propias normas para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse ninguna es correcta.
Las encomiendas de gestión reguladas en la legislación vigente en materia de régimen jurídico del sector público quedan incluidas en el ámbito de la presente Ley quedan excluidas del ámbito de la presente Ley quedan excluidas del ámbito de la presente Ley cuando se deleguen actividades a órganos de la misma administración quedan excluidas del ámbito de la presente Ley cuando se deleguen actividades a órganos de distinta administración.
Queda excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de CSP (señala la incorrecta) la relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en la legislación laboral las relaciones jurídicas consistentes en la prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público de aplicación genera los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación los contratos de suministro y servicios.
Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes la ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I de la Ley de Contratos del Sector Público la realización, por cualquier medio, de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra todas son correctas .
La concesión de obras es un contrato que tiene por objeto la realización por el concesionario de algunas de las prestaciones a que se refiere el contrato de obras: incluidas las de restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y mantenimiento de los elementos construidos incluidas las de restauración y reparación de construcciones existentes, excepto la conservación y mantenimiento de los elementos construidos salvo las de restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y mantenimiento de los elementos construidos incluida la conservación y mantenimiento de los elementos construidos, excepto las de restauración y reparación de construcciones existentes.
Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento sin opción de compra, de productos o bienes inmuebles la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento sin opción de compra, de productos o bienes muebles la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes inmuebles la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles .
Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad dirigidas a la obtención de ... un resultado de obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario un resultado de obra o suministro, salvo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario un resultado diferente de una obra o suministro, salvo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario .
Los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos: podrán ser objeto del contrato de servicios no podrán ser objeto del contrato de servicios no podrán ser objeto del contrato de servicios salvo excepciones ninguna es correcta.
El contrato mixto: únicamente puede contener prestaciones correspondientes al contrato de obra y al contrato de suministros únicamente puede contener prestaciones correspondientes al contrato de obra y al contrato de servicios únicamente puede contener prestaciones correspondientes al contrato de suministros y al contrato de servicios será aquel que contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase.
Para la determinación de las normas que regirán la adjudicación de los contratos mixtos, cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de dos o más contratos de obras, suministros o servicios se atenderá a: el carácter de la prestación principal cuál sea el mayor de los valores estimados de los respectivos contratos el carácter de la prestación que elija el órgano de contratación de manera motivada cuál sea el mayor del presupuesto base de licitación de los respectivo contratos.
Se considerarán motivos válidos, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto de un contrato del sector público: El hecho de que la división en lotes del objeto del contrato conllevase el riesgo de restringir injustificadamente la competencia. El hecho de que, la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico El hecho de que, el riesgo para la correcta ejecución del contrato proceda de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes Todas las opciones anteriores son correctas.
A los efectos de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer ... el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario el órgano de contratación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en todo caso el órgano de contratación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en todo caso.
En los contratos de suministro que tengan por objeto el arrendamiento financiero, el valor que se tomará como base para calcular el valor estimado del contrato será: El valor total estimado para la duración del contrato, en el caso de contratos de duración determinada con una duración igual o inferior a doce meses. El valor mensual multiplicado por 12, en el caso de contratos cuya duración no se fije por referencia a un período de tiempo determinado. El valor mensual multiplicado por 24, en el caso de contratos cuya duración no se fije por referencia a un período de tiempo determinado. Cuando su duración sea superior a doce meses, su valor total, sin incluir el importe estimado del valor residual.
A los efectos del cálculo de su valor estimado, en los contratos de servicios en que no se especifique un precio total, se tomará como base toda su duración si estos tienen una duración determinada: Inferior a venticuatro meses Superior a doce meses Superior a venticuatro meses Igual o inferior a cuarenta y ocho meses.
En los contratos de suministro o de servicios que tengan un carácter de periodicidad, o de contratos que se deban renovar en un período de tiempo determinado, se tomará como base para el cálculo del valor estimado del contrato alguna de las siguientes cantidades El valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente o durante los doce meses previos ajustado, cuando sea posible, en función de los cambios de cantidad o valor previstos para los doce meses posteriores al contrato inicial El valor estimado parcial de los contratos sucesivos adjudicados durante los doce meses siguientes a la primera entrega o en el transcurso del ejercicio, si este fuera superior a doce meses El valor real total de los contratos sucesivos adjudicados durante los doce meses siguientes a la primera entrega o en el transcurso del ejercicio, si este fuera superior a doce meses El valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente o durante los doce meses previos, en todo caso.
A tenor de la Ley 9/2017, de 8 de octubre, de Contratos del Sector Público, indica la correcta: Los contratos del sector público tendrán siempre un precio determinado, que se abonará al contratista en función de la prestación realmente ejecutada y de acuerdo con lo pactado En el precio se entenderá no incluido el importe a abonar en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, que en todo caso se indicará como partida independiente Con carácter imperativo el precio deberá expresarse en euros En los contratos podrá preverse que la totalidad o parte del precio sea satisfecho en moneda diferente y se incluirá una estimación en euros del importe total del contrato.
A todos los efectos previstos en la Ley 9/2017 de CSP, el valor estimado de los contratos será determinado como sigue: En el caso de los contratos de obras, suministros y servicios, el órgano de contratación tomará el importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según sus estimaciones En el caso de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios, el órgano de contratación tomará el importe total de la cifra de negocios, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, que generará la empresa En caso de contratos de concesión, el importe total que generará la empresa concesionaria durante la ejecución del mismo como contraprestación del contrato, así como de los suministros relacionados En el caso de los contratos de obras, suministros y servicios, el órgano de contratación tomará el importe neto, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según sus estimaciones.
A todos los efectos previstos en la Ley 9/2017 de CSP, en el cálculo del valor estimado deberán tenerse en cuenta, como mínimo: Los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial En los que sea relevante la mano de obra, los costes laborales derivados de los convenios colectivos sectoriales de aplicación Cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato La posibilidad de que el contrato sea modificado, teniendo en cuenta la totalidad de las modificaciones al alza previstas.
A los efectos previstos en la Ley 9/2017 de CSP, en el cálculo del valor estimado deberán tenerse en cuenta, como mínimo, además de los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial. Asimismo deberán tenerse en cuenta Cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato Cuando se haya previsto abonar primas o efectuar pagos a los candidatos o licitadores, la cuantía de los mismos En el caso de que se haya previsto la posibilidad de que el contrato sea modificado, se considerará el importe máximo que este pueda alcanzar, teniendo en cuenta la totalidad de las modificaciones al alza previstas todas son correctas.
A los efectos previstos en la Ley 9/2017 de CSP, indica la respuesta correcta respecto al método para la fijación del importe del valor estimado del contrato: La elección del método para calcular el valor estimado no podrá efectuarse con la intención de sustraer el contrato a la aplicación de las normas de adjudicación que correspondan El método de cálculo aplicado por el órgano de contratación para calcular el valor estimado en todo caso deberá figurar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares Cuando un órgano de contratación esté compuesto por unidades funcionales separadas, se tendrá en cuenta el valor total estimado para todas las unidades funcionales individuales todas son correctas.
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