Tema tres y cuatro procesal civil uno
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Título del Test:
![]() Tema tres y cuatro procesal civil uno Descripción: Procesal civil uno tema tres y cuatro |



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Qué capacidad se define como la aptitud para ser titular de derechos cargas y deberes en un proceso?. Capacidad procesal. Capacidad de postulación. Capacidad para ser parte. Legitimación ordinaria. Según el artículo 6 de la LEC. Cuál de las siguientes entidades sin personalidad jurídica tiene capacidad para ser parte?. Una comunidad de vecinos que aún no ha otorgado estatutos. Herencia yacente. Un grupo de amigos que comparte un piso alquilado. Una sociedad mercantil en formación que no ha iniciado el tráfico económico. La integración de la capacidad procesal de los menores de edad se realiza a través de: Su representante legales. Un procurador con poder especial. El ministerio fiscal exclusivamente. Ellos mismos si tienen más de catorce años y discernimiento. En qué supuestos no es preceptiva la intervención de abogado y procurador?. Juicio ordinario por cuantía de 3000 euros. Juicio verbal por razón de la materia. Juicio verbal por cuantía que no exceda de 2000€. Recurso de apelación contra un auto de medidas cautelares. El apoderamiento apud acta puede realizarse de dos formas: Notarialmente o ante el letrado de la administración de Justicia. Por escrito privado firmado o ante el juez de paz. Presencialmente ante el letrado de la administración de justicia o telemáticamente a través de un archivo electrónico. Únicamente de forma presencial en la sede del órgano judicial. La legitimación extraordinaria por sustitución se caracteriza porqué: Una persona actúa en nombre de otra mediante un contrato de mandato. Un sujeto ejercita una acción propia por un derecho ajeno en interés propio. Una asociación defiende los intereses de sus asociados en intereses ajenos. El demandado llama a un tercero para que ocupe su lugar en el proceso. Si el actor no demanda a todos los sujetos que deben ser parte por naturaleza de la relación jurídica indivisa, existe: Litisconsorcio activo necesario. Litisconsorcio pasivo necesario. Litisconsorcio voluntario. Intervención provocada por el actor. Qué diferencia la de intervención adhesiva simple de la litisconsocial?. El momento procesal en el que se solicita la entrada al juicio. Que el interviniente simple tiene un interés directo y el litisconsocial uno en directo. Que el interviniente y litisconsocial es titular de la relación jurídica y el simple tiene un interés solo reflejo. La intervención simple solo es posible a instancias del demandante. La responsabilidad por evicción en una compraventa es un supuesto típico de: Sucesión procesal mortis causa. Intervención procesal voluntaria. Intervención procesal provocada. Litisconsorcio mixto voluntario. Los elementos que identifican una acción u objeto procesal son: Sujetos, cuantía y procedimiento. Sujetos, petitium y causa de pedir. Actor, demandado y juez competente. Hechos, fundamentos de derecho y suplicó. En caso de litisconsorcio pasivo necesario si el actor no subsana el defecto tras la audiencia previa. El tribunal dictará sentencia estimatoria contra los presentes. El proceso continuará solo con los demandados personados. El tribunal pondrá fin al procedimiento mediante auto y archivará las actuaciones. Se declarará en rebeldía los sujetos no llamados. Una acción en la que se pide que se obliga al demandado a realizar una prestación se denomina: Acción merodeclarativa. Acción constitutiva. Acción de condena. Acción ejecutiva. Según la regla de preclusión del 400LEC, el actor debe: Alegar sólo los hechos principales reservándose los secundarios para el juicio. Acumular todos los hechos y fundamentos jurídicos de que disponga al presentar la demanda. Presentar los títulos jurídicos nuevos en la alegaciones complementarias. Esperar la contestación del demandado para completar su causa de pedir. El efecto de la perpetuación iurisdictionis implica que: El juez que inicia el caso de determinarlo obligatoriamente. La jurisdicción y competencia se fijan según lo hecho al inicio de litispendencia. El objeto del proceso no puede cambiar bajo ningún concepto. La cuantía del pleito debe actualizarse anualmente según él iPC. La acumulación inicial de acciones entre un solo actor y un solo demandado tiene como fundamento: La seguridad jurídica. Evitar sentencias contradictorias. La economía procesal. El principio de oficialidad. Para que la acumulación de acciones sea admisible es requisito procesal que: Las acciones provengan siempre de un mismo título. El tribunal tenga jurisdicción y competencia objetiva para todas ellas. Los juicios sean siempre ordinarios sin excepción. El demandado este conforme con la acumulación. La reconvención debe ser siempre: Implícita en la contestación a la demanda. Inconexa con la pretensión del actor. Expresa y conecta con la acción principal. Formulada en un escrito independiente tras la contestación. La acumulación sobrevenida de acciones por iniciativa del actor se denomina: Reconvención. Ampliación de la demanda. Intervención adhesiva. Sucesión procesal. La acumulación de procesos que tramitan ante tribunales distintos debe solicitarse ante: El tribunal donde se tramite el proceso más moderno. El tribunal donde se transmite el proceso más antiguo. El tribunal Supremo directamente. La Audiencia provincial correspondiente. Cuando se prohíbe expresamente la reconvención?. En todos los juicios verbales. En los juicio ordinarios de cuantía inestimable. El juicio verbales sumarios que finalizan con sentencias sin fuerza de cosa juzgada. Cuando el actor es una administración pública. |





