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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETeoria del Caso, II Bimestre (1era Parte)

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Título del test:
Teoria del Caso, II Bimestre (1era Parte)

Descripción:
SEGUNDO BIMESTRE

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
19/01/2019

Categoría:
Otros

Número preguntas: 25
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Temario:
95. Formulados el contra examen, ¿debemos dejar que el testigo de explicaciones? . a. Siempre b. Nunca. c. A veces. .
En el contra examen, sino conocemos la respuesta es: a. conveniente preguntar b. necesario preguntar c. inconveniente preguntar .
El testimonio que brinda el testigo en el juicio, puede ser atacado desde 3 puntos de vista: a. Memoria, perjuicios y confusión b. Memoria, perjuicios y confianza c. Memoria, percepción y comunicación .
El cuestionar la credibilidad personal del testigo, como fuente de información, es referente a la desacreditación del: a. Testimonio b. Testigo c. Testaferro .
Si estamos en un proceso de violación y los hecho se produjeron el lunes a las 19h00, el abogado de la defensa le repregunta al testigo de cargo ¿Usted todos los sábados sale al supermercado a realizar las compras de la semana? Esta es una pregunta: a. Inteligible b. Irrespetuosa c. Irrelevante .
Los hechos, que no han sido controvertidos y son un soporte para nuestra teoría del caso, los debemos: a. rechazar. b. recalcar. c. rebatir. .
Luis, es abogado defensor, luego escuchar la respuesta de la víctima, realiza un comentario con cuanto al comportamiento de la víctima, este hecho es motivo de: a. acepción. b. objeción. c. exención.
Las preguntas que no le permiten al testigo dar muchas explicaciones de lo que se lo está interrogando son aquellas de tipo: a. sencillas. b. abiertas. c. cerradas.
El desacreditar al testigo, es uno de los objetivos del: a. interrogatorio. b. contrainterrogatorio. c. re-directo.
Si al momento de efectuar el contra examen logramos que el testigo de la contraparte corrobore total o parcialmente nuestra teoría del caso, hemos conseguido fortalecer nuestro alegato: a. Inicial b. Final c. Apertura .
El contrainterrogatorio es uno de los mecanismos por medio del cual se plasma el principio constitucional de la: a. contradicción. b. concentración. c. celeridad. .
En el juego de preguntas y respuestas, por medio de las cuales el abogado defensor extrae del testigo la información requerida, y poder así tener dominio sobre éste permitiéndonos conocer cuando debemos empezar y cuando terminar, se conoce como: a. Contrainterrogatorio b. Contrainterrogatorio c. Examen directo.
Luis es abogado defensor, luego escuchar la respuesta de la víctima, realiza un comentario con cuanto al comportamiento de la víctima, este hecho es motivo de: a. acepción b. objeción c. exención.
La pregunta en la que se induce al testigo a errar, se conoce como: a. sugestiva. b. capciosa. c. ambigua. .
Entre los tipos de objeciones tenemos a la a. prueba b. evidencia c. sospecha .
Aquella pregunta, que debido a su defectuosa formulación, no le permiten al testigo comprender con claridad cuál es el tema interrogado, es una pregunta: a. Compuesta b. Capciosa c. Confusa.
La pregunta que se sugiere la respuesta, se conoce como pregunta: a. sugestiva b. capciosa c. ambigua.
El alegato de clausura lo empezamos a construir desde el momento mismo que: . . a. iniciamos la audiencia de juicio. b. iniciamos la etapa del juicio. c. asumimos la defensa.
Señor testigo? usted conoce el motivo por el cual se encuentra en esta sala de audiencia?, esta es una pregunta que por su formulación es: a. Ambigua b. Argumentativa c. Tendenciosa.
Cuando formulamos el contra examen, ¿Debemos dejar que el testigo de explicaciones? a. Siempre. b. Nunca. c. A veces. .
En el desarrollo de una audiencia es conveniente: a. Objetar por objetar b. Objetar cuando es necesario c. Objetar todo lo que sea objetable .
El revelar lo que el testigo no dijo, es otro de los objetivos del: a. interrogatorio. b. re-directo. c. contrainterrogatorio.
Aquella pregunta que crea una hipótesis para que el testigo la confirme o la niegue distrayéndolo de lo que él percibió o recuerda, es una pregunta de tipo: a. Sugestiva b. Especulativa c. Argumentativa.
Podemos objetar tanto en el alegato: a. apertura. b. cierre. c. apertura y cierre. .
El abogado defensor, que al momento del alegato inicial realiza un análisis sobre la prueba que presentará, es motivo de: a. observación. b. objeción. c. obtención.
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