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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE2019/59

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Título del test:
2019/59

Descripción:
Personal

Autor:
Pilar
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
09/10/2019

Categoría:
Otros

Número preguntas: 52
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Temario:
1. En la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, la representación de éstas será unitaria y estará presidida por: La Administración General del Estado. Representantes de las Comunidades Autónomas. La Federación Española de Municipios y Provincias. Rotativamente por todos los anteriores.
2. La Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas contará con representantes de (señala la incorrecta): La Federación Española de Municipios y Provincias. La Administración General del Estado. Representantes de las Comunidades Autónomas. Representantes de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
3. Para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de cada Administración Pública, se constituirá una Mesa General de Negociación en: La Administración General del Estado. Cada una de las Comunidades Autónomas. Las Ciudades de Ceuta y Melilla y Entidades Locales. Todas son correctas.
4. También estarán presentes en las Mesas Generales de Negociación las Organizaciones Sindicales que formen parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas siempre que hubieran obtenido: El 3 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate. El 5 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate. El 10 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate. El 12 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate.
5. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (señala la incorrecta): La aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las Comunidades Autónomas. La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de los funcionarios. Las decisiones de las Administraciones Públicas que afecten a sus potestades de organización. Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos.
6. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (señala la incorrecta): Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño. Los planes de Previsión Social Complementaria. Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna. La regulación del ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de los usuarios de los servicios públicos, así como el procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas.
7. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (señala la incorrecta): La determinación de condiciones de trabajo del personal directivo. Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación. Los criterios generales de acción social. Las que así se establezcan en la normativa de prevención de riesgos laborales.
8. Queda excluido de la obligatoriedad de la negociación: Las que afecten a las condiciones de trabajo y a las retribuciones de los funcionarios, cuya regulación exija norma con rango de Ley. Los poderes de dirección y control propios de la relación jerárquica. Los criterios generales sobre ofertas de empleo público. Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica.
9. Queda excluido de la obligatoriedad de la negociación: Los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos. Los criterios generales de acción social. La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción profesional. Los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales y pensiones de clases pasivas.
10. En el seno de las Mesas de Negociación correspondientes, los representantes de las Administraciones Públicas podrán concertar Pactos y Acuerdos para la determinación de condiciones de trabajo de los funcionarios de dichas Administraciones con: La representación de las Organizaciones Sindicales legitimadas a tales efectos. La Administración General del Estado. Representantes de las Comunidades Autónoma. La Administración General del Estado y los representantes de las CC.AA.
11. Señala la correcta: Los Acuerdos se celebrarán sobre materias que se correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que lo suscriba. Los Acuerdos se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente. Los Pactos versarán sobre materias competencia de los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas. Para la validez y eficacia de los Acuerdos será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.
12. Los Pactos y Acuerdos deberán determinar: Las partes que los conciertan. El ámbito personal, funcional, territorial y temporal. La forma, plazo de preaviso y condiciones de denuncia de los mismos. Todas son correctas.
13. Salvo acuerdo en contrario, los Pactos y Acuerdos: Se prorrogarán de año en año si no mediara denuncia expresa de una de las partes. Se prorrogarán cada dos años si no mediara denuncia expresa de una de las partes. Se prorrogarán al finalizar su plazo de vigencia si no mediara denuncia expresa de una de las partes. Se extinguirán al finalizar su plazo de vigencia.
14. Los órganos específicos de representación de los funcionarios son: Los Delegados de Personal. Las Juntas de Personal. Los Sindicatos. Los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.
15. En las unidades electorales donde el número de funcionarios sea igual o superior a 6 e inferior a 50: Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y solidariamente. Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente. Su representación corresponderá a los Delegados de Personal. Se elegirá un Delegado.
16. En las unidades electorales donde el número de funcionarios sea de hasta 30 funcionarios: Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y solidariamente. Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente. Su representación corresponderá a los Delegados de Personal Se elegirá un Delegado.
17. En las unidades electorales donde el número de funcionarios sea de 31 a 49 funcionarios: Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y solidariamente. Se elegirán tres Delegados, que ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente. Su representación corresponderá a los Delegados de Personal. Se elegirá un Delegado.
18. Las Juntas de Personal se constituirán en unidades electorales que cuenten con: Un censo mínimo de 30 funcionarios. Un censo máximo de 30 funcionarios. Un censo mínimo de 50 funcionarios. Un censo máximo de 50 funcionarios.
19. El establecimiento de las unidades electorales se regulará: Por el Estado. Por cada Comunidad Autónoma dentro del ámbito de sus competencias legislativas. Por el Estado y por cada Comunidad Autónoma dentro del ámbito de sus competencias legislativas. Ninguna es correcta.
20. En una unidad electoral de 125 funcionarios el número de representantes de la Junta de Personal será: 5 9 13 17.
21. En una unidad electoral de 300 funcionarios el número de representantes de la Junta de Personal será: 5 9 13 17.
22. En una unidad electoral de 460 funcionarios el número de representantes de la Junta de Personal será: 9 13 17 21.
23. En una unidad electoral de 910 funcionarios el número de representantes de la Junta de Personal será: 9 13 17 21.
24. El reglamento de las Juntas de Personal y sus modificaciones deberán ser aprobados por los votos favorables de: Dos tercios de sus miembros. Tres quintos de sus miembros. Mayoría simple. Mayoría absoluta.
25. Estarán legitimados para iniciar, como interesados, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones: Las Juntas de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros. Los Delegados de Personal, mancomunadamente. Las Juntas de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros y, en su caso, los Delegados de Personal, mancomunadamente. Las Organizaciones Sindicales más representativas.
26. Los miembros de las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, de 101 a 250 funcionarios, como representantes legales de los funcionarios, dispondrán de: 15 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 20 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 30 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 35 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas.
27. Los miembros de las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, de 501 a 750 funcionarios, como representantes legales de los funcionarios, dispondrán de: 15 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 20 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 30 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas. 35 horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas.
28. El mandato de los miembros de las Juntas de Personal y de los Delegados de Personal, en su caso, será de: 2 años, pudiendo ser reelegidos. 2 años, no pudiendo ser reelegidos. 4 años, pudiendo ser reelegidos. 4 años, no pudiendo ser reelegidos.
29. Podrán promover la celebración de elecciones a Delegados y Juntas de Personal (señala la incorrecta): Los Sindicatos más representativos a nivel estatal y los Sindicatos más representativos a nivel de Comunidad Autónoma, cuando la unidad electoral afectada esté ubicada en su ámbito geográfico. Los Sindicatos que, sin ser más representativos, hayan conseguido al menos el 10 por 100 de los representantes a los que se refiere este Estatuto en el conjunto de las Administraciones Públicas. Los funcionarios de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario. Los Sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del 5 por 100 en la unidad electoral en la que se pretende promover las elecciones.
30. Respecto al procedimiento para la elección de las Juntas de Personal y para la elección de Delegados de Personal: La elección se realizará mediante sufragio personal, directo, libre y secreto que podrá emitirse por correo o por otros medios telemáticos. Serán electores y elegibles los funcionarios que se encuentren en la situación de servicio activo. No tendrán la consideración de electores ni elegibles los funcionarios que ocupen puestos cuyo nombramiento se efectúe a través de Real Decreto o por Decreto de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Todas son correctas.
31. Respecto al procedimiento para la elección de las Juntas de Personal y para la elección de Delegados de Personal (señala la incorrecta): Podrán presentar candidaturas las Organizaciones Sindicales legalmente constituidas o las coaliciones de éstas, y los grupos de electores de una misma unidad electoral, siempre que el número de ellos sea equivalente, al menos, al doble de los miembros a elegir. Los órganos electorales serán las Mesas Electorales que se constituyan para la dirección y desarrollo del procedimiento electoral y las oficinas públicas permanentes para el cómputo y certificación de resultados reguladas en la normativa laboral. Las impugnaciones se tramitarán conforme a un procedimiento arbitral, excepto las reclamaciones contra las denegaciones de inscripción de actas electorales que podrán plantearse directamente ante la jurisdicción social. Ninguna es correcta.
32. Respecto al procedimiento para la elección de las Juntas de Personal y para la elección de Delegados de Personal: Las Juntas de Personal se elegirán mediante listas cerradas a través de un sistema proporcional corregido, y los Delegados de Personal mediante listas abiertas y sistema mayoritario. Las Juntas de Personal se elegirán mediante listas abiertas y sistema mayoritario, y los Delegados de Personal mediante listas cerradas a través de un sistema proporcional corregido. Las Juntas de Personal se elegirán mediante listas cerradas y sistema mayoritario, y los Delegados de Personal mediante listas abiertas a través de un sistema proporcional corregido. Las Juntas de Personal se elegirán mediante listas abiertas a través de un sistema proporcional corregido, y los Delegados de Personal mediante listas cerradas y sistema mayoritario.
33. Respecto a la solución extrajudicial de conflictos colectivos: Mediante la mediación las partes podrán acordar voluntariamente encomendar a un tercero la resolución del conflicto planteado, comprometiéndose de antemano a aceptar el contenido de la misma. El procedimiento de arbitraje será obligatorio cuando lo solicite una de las partes y las propuestas de solución que ofrezcan podrán ser libremente aceptadas o rechazadas por las mismas. El acuerdo logrado a través de la mediación o de la resolución de arbitraje tendrá la misma eficacia jurídica y tramitación de los Pactos y Acuerdos regulados en el presente Estatuto, siempre que quienes hubieran adoptado el acuerdo o suscrito el compromiso arbitral tuviesen la legitimación que les permita acordar, en el ámbito del conflicto, un Pacto o Acuerdo conforme a lo previsto en este Estatuto. Estos acuerdos no serán susceptibles de impugnación.
34. Están legitimados para convocar una reunión, además de las Organizaciones Sindicales, directamente o a través de los Delegados Sindicales: Los Delegados de Personal y las Juntas de Personal. Los Comités de Empresa. Los empleados públicos de las Administraciones respectivas en número no inferior al 40 por 100 del colectivo convocado. Todas son correctas.
35. Salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y quienes estén legitimados para convocarlas, las reuniones en el centro de trabajo se autorizarán: Dentro de las horas de trabajo. Fuera de las horas de trabajo. No serán posibles. Solamente se permitirán en el ejercicio del derecho de huelga.
36. El derecho al ejercicio de la huelga del personal de los servicios de salud se ejercerá: Con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. Con la garantía del mantenimiento de los servicios que resulten esenciales para la atención sanitaria a la población. De acuerdo con la legislación aplicable en cada caso. Con la garantía de los servicios asistenciales a los usuarios de los servicios de salud.
37. Tienen derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo: Los funcionarios de carrera. Los funcionarios de carrera y los funcionarios interinos. Los empleados públicos. El personal laboral.
38. Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Función Pública están legitimadas para la interposición de: Recursos en vía civil y administrativa contra las resoluciones de los órganos de selección. Recursos en vía civil y administrativa contra las resoluciones de los órganos de selección. Recursos en vía civil y jurisdiccional contra las resoluciones de los órganos de selección. Recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra las resoluciones de los órganos de selección.
39. Respecto a las Mesas de Negociación: Se constituirá una Mesa General de Negociación en el ámbito de la Administración General del Estado, así como en cada una de las Comunidades Autónomas, ciudades de Ceuta y Melilla y Entidades Locales. Una Administración o Entidad Pública podrá adherirse a los acuerdos alcanzados dentro del territorio de cada comunidad autónoma, o a los acuerdos alcanzados en un ámbito supramunicipal. Son competencias propias de las Mesas Generales la negociación de las materias relacionadas con condiciones de trabajo comunes a los funcionarios de su ámbito. Todas son correctas.
40. Se reconoce la legitimación para negociar de las asociaciones de municipios, así como la de las Entidades Locales de ámbito supramunicipal. A tales efectos, los municipios: Podrán adherirse con carácter previo a la negociación colectiva que se lleve a cabo en el ámbito correspondiente. Deberán adherirse con carácter previo o de manera sucesiva a la negociación colectiva que se lleve a cabo en el ámbito correspondiente. Podrán adherirse con carácter previo o de manera sucesiva a la negociación colectiva que se lleve a cabo en el ámbito correspondiente. Deberán adherirse con carácter previo a la negociación colectiva que se lleve a cabo en el ámbito correspondiente.
41. La competencia de las Mesas Sectoriales se extenderá a los temas comunes a los funcionarios del sector que: Hayan sido objeto de decisión por parte de la Mesa General respectiva o a los que ésta explícitamente les reenvíe o delegue. No hayan sido objeto de decisión por parte de la Mesa General respectiva o a los que ésta implícitamente les reenvíe o delegue. Hayan sido objeto de decisión por parte de la Mesa General respectiva o a los que ésta implícitamente les reenvíe o delegue. No hayan sido objeto de decisión por parte de la Mesa General respectiva o a los que ésta explícitamente les reenvíe o delegue.
42. Es correcto respecto a la constitución y composición de las Mesas de Negociación: Las Mesas a que se refieren los artículos 34, 36.3 y disposición adicional duodécima de este Estatuto quedarán válidamente constituidas cuando, además de la representación de la Administración correspondiente, y sin perjuicio del derecho de todas las organizaciones sindicales legitimadas a participar en ellas en proporción a su representatividad, tales organizaciones sindicales representen, como mínimo, la mayoría simple de los miembros de los órganos unitarios de representación en el ámbito de que se trate. Las variaciones en la representatividad sindical serán acreditadas por las organizaciones sindicales interesadas, mediante el correspondiente certificado de la Oficina Pública de Registro competente, cada año a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas Mesas. La designación de los componentes de las Mesas corresponderá a las partes negociadoras que podrán contar con la asistencia en las deliberaciones de asesores, que intervendrán con voz, pero sin voto. En las normas de desarrollo del presente Estatuto se establecerá la composición numérica de las Mesas correspondientes a sus ámbitos, sin que ninguna de las partes pueda superar el número de 20 miembros.
43.- Los órganos específicos de representación del personal laboral en las Administraciones Públicas son: Los Delegados de Personal. Las Juntas de Personal. Los Sindicatos. Los Comités de Empresa.
44. Será objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (señala la incorrecta): Los planes de Previsión Social Complementaria. Los criterios generales de acción social. Los criterios generales sobre ofertas de empleo público. Los poderes de dirección y control propios de la relación jerárquica.
45. Respecto a los Pactos y Acuerdos: Salvo acuerdo en contrario se prorrogarán de año en año si no mediara denuncia expresa de una de las partes. La vigencia del contenido una vez concluida su duración, se producirá en los términos que los mismos hubieren establecido. Los que sucedan a otros anteriores los derogan en su integridad, salvo los aspectos que expresamente se acuerde mantener. Todas son correctas.
46.- Los Delegados de Prevención de los funcionarios públicos que ejercen funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales serán designados por y entre: Los afiliados de las secciones sindicales de los sindicatos más representativos. Los representantes del personal, en el ámbito de la Junta de Personal. Los representantes del personal, en el ámbito del Comité de Empresa. Los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación unitaria.
47.- Las secciones sindicales de aquellos sindicatos que no hayan obtenido el 10 por 100 de los votos estarán representadas por: Tres delegados sindicales. Por dos delegados sindicales. Un solo delegado sindical. Ningún delegado sindical.
48.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical reconoce el derecho a la libre sindicación a: Los trabajadores sujetos a una relación laboral. Los trabajadores sujetos a una relación de carácter administrativo al servicio de las Administraciones Públicas. Los trabajadores sujetos a una relación de carácter estatutario al servicio de las Administraciones Públicas. Todas son correctas.
49.- Qué artículo de la Constitución Española regula el derecho a la huelga y el derecho a la libre sindicación: 43 28 32 14.
50.- El ejercicio del derecho de huelga por el personal estatutario de los servicios de salud estará regulado por lo establecido en: La Ley Orgánica 11/1985 La Ley 9/1987 El Real Decreto Ley 17/1977 El Real Decreto Legislativo 2/2015.
51.- La limitación del derecho fundamental de huelga a través de la fijación de los servicios mínimos será competencia en los servicios de salud de: El Gerente del Servicio de Salud correspondiente. Del Consejero de Interior de la correspondiente Comunidad Autónoma. Del órgano de gobierno de las Comunidades Autónomas. Del Consejero de Sanidad de la correspondiente Comunidad Autónoma.
52-. Será específicamente objeto de negociación en el ámbito de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas: El incremento global de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que corresponda incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. El decrecimiento global de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que corresponda incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. El incremento global de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que no corresponda incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. El decrecimiento global de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que no corresponda incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año.
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