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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECaso práctico civil 1

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Título del test:
Caso práctico civil 1

Descripción:
Tramitación procesal y auxilio judicial.

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
16/05/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Según los datos del supuesto, ¿qué tipo de resolución se adoptará por admitir a trámite la demanda? Auto. providencia. Decreto. Diligencia de ordenación.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En el supuesto que nos ocupa, la citación al demandante para que comparezca a la vista del juicio verbal se practicará: A través de su Procurador Don Javier Otero Garcia, en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. Por remisión de la correspondiente cédula a su domicilio al tratarse de la primera citación. Por entrega personal de la correspondiente cédula cuando conste en autos el fracaso de la comunicación a través del sistema de remisión. Ninguna es correcta.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Para practicar la notificación al demandante de la resolución admitiendo a trámite la demanda, en la sede del tribunal: Se entregará la copia de la resolución que contiene la citación, advirtiendo de los recursos que caben contra dicha resolución. Se entregará la copia de la cédula de notificación por el funcionario del cuerpo de Auxilio Judicial en la que figura la resolución dictada. Se entregará al demandante la copia de la resolución y la diligencia de la notificación por duplicado. Se entregará la cédula de notificación a la que se acompañará la copia literal de la resolución, adviertiendo de los posibles recursos que caben contra dicha resolución.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En la cédula de citadción a don Manuel Gonzalez Blanco para que comparezca a la vista no se hará constar la siguiente prevención: Que si no asiste a la vista y el demandando no alega interés legitimo en la continuación del proceso para que se dicte una sentencia sobre el fondo, se le tendrá por desistido. Que si no comparece ni alega justa causa que se lo impida se le declarará en rebeldía. Quue dentro de los 3 días siguientes a la citación deberá indicar las personas que han de ser citadas por el tribunal por no poderlas presentar el mismo. Se hará constar todo lo anterior.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto que nos ocupa, ¿cómo se practicará la citación al demandado? A traveás de su Procurador, en la sede del tribunal o en el sercicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. En su domicilio, calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de Sevilla, en la forma establecida en el artículo 161 de la LEC. Por remisión a su domicilio de la correpondiente cédula. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Este tipo de procedimiento: Carece de efectos de cosa juzgada. Doña Maria Dolores sólo podrá oponerse a la demanda si, en sus caso, presta caución determinada por el LAJ. La primera y la segunda son correctas. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Si hubiere de practicarse la citación al demandado con arreglo a los dispuesto en el artículo 161 de la LEC: La ejecutara el funcionario de la Administración de Justicia que el LAJ hubiere designado para ello. La citación al demandado la praticará el Cuerpo de Auxilio Judicial en todo caso, siempre que tenga lugar fuera de los estrados del Juzgado. El Juez podrá delegar en el funcionario de Auxilio Judicial la práctica de la citación. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA ¿Qué prevención se hará constar, entre otras en la cédula de citación al legitimado pasivo doña Mará Dolores Bejines? Que si no comparece ni alega justa causa que se lo impida se le tendrá por desistida, condenándola en costas, si las hubiera. Que ha de acudir a la vista con los medios de prueba de que intente valerse. Que si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, será procesada por desobediencia a la autoridad, si es segunda citación. Todas son correctas.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA ¿A quién se hará la prevención de que, en caso de no comparecer, se dictará sentencia acordando las actuaciones que para la efectividad del derecho inscrito se hubieren solicitado? Al demandante. Al demandado. Al demandante y al demandado. A ninguno de los mencionadosl.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto práctico, en la cédula de citación al demandado NO se hará constar: Titular del Juzgado que hubiere dictado la resolución, asunto en que hubiere recaído y nombre y apellidos del interesado. Objeto de la citación, lugar, día y hora para comparecer y prevenciones correspondientes. El derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita y plazo para dictarlo Todos los extremos mencionados deberán hacerse constar.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto práctico, es cierto que el demandado, en la vista del juicio verbal: No podrá formular reconvención. Sólo podrá formular reconvención cuando la hubiere notificado al actor al menos con cinco días antes de la vista. Formulada la reconvención, el Juez la admitirá en todo caso. La reconvención sólo se admitirá cuando el demandante la consienta expresamente.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA ¿En qué momento procesal se dará traslado al demandado de la copia de la demanda sucinta? En el emplazamiento para la contestación. En el acto de la vista, una vez ratificado el demandante su demanda. En la citación para la vista, efectuando el traslado el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. En la citación para la vista.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En el supuesto práctico que nos ocupa, la oposición del demandado podrá fundarse: En cualquier causa. En las causas expresamente previstas en la Ley. Sólo podrá alegar a su favor el pago y las circunstancias relativas a la enervación. Sólo podrá alegar a su favor la falta de jurisdicción o competencia del tribunal.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA La prevención de que deberán acudir a la vista con los medios de prueba de que intenten valerse se hará: Al demandante. Al demandante, al demandado, a los testigos y a los peritos. Al demandado. Al demandante y al demandado.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Si hubiere de practicarse alguna citación mediante entrega personal en el domicilio del interesado y éste no fuere hallado: Se podrá efectuar la entrega a cualquier persona con la que conviva. Se podrá efectuar la entrega a cualquier familiar o vecino más próximo si lo hubiere. Se podrá efectuar la entrega a cualquier empleado o familiar o al vecino más próximo. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con la pregunta anterior, en la diligencia que se practique con las personas mencionadas se hará constar: Nombre de la persona destinataria de la comunicación. Fecha y hora en que fue buscado y no encontrado el destinatario. Nombre de la persona que recibe la comunicación. Todas son correctas.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En el caso que nos ocupa, ¿qué plazo tienen las partes para indicar las personas que han de ser citadas por el LAJ por no podre presentarlas ellas mismas? Tres días desde la recepción de la citación. Tres días siguientes a la recepción de la citación. Cinco días siguientes a la recepción de la citación. Cinco días desde la recepción de la citación.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En la citación al demandante se le advertirá que si no asiste a la vista y se propone y admite su declaración: Podrán considerarse admitidos los hechos del interrogatorio. Se considerarán admitidos los hechos del interrogatorio. Se dictará sentencia absolutoria. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto práctico, si el demandado no presta la caución que se determine, dentro de la solicitada por el actor: Se le declarará en rebeldía. Se dictará sentencia acordando las actuaciones que para la efectividad del derecho inscrito, hubiere solicitado el actor. Se procederá por el tribunal el embargo de sus bienes. La 2ª y la 3ª son correctas.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA La cédula de citación a las partes para que comparezcan a la vista deberá ser firmada: Por el funcionario que practique la citación. Por el secretario o funcionario que designe y el interesado. Por el LAJ. Por el LAJ o Gestor Procesal.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Cuando los actos de comunicación hubieran sido realizados por el Procurador (modalidad de entrega), éste deberá acreditar la concurrencia de las circunstancias respectivas, para lo cual podrá auxiliarse: De un testigo. De cualquier medio oportuno. De la fuerza pública. Todas las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Sí hubiera de practicarse alguna citación a un testigo: Ésta se paracticará, como regla general, a través de remisión a su domicilio de la correspondiente cédula. Ésta se paracticará, como regla general, mediante entrega personal de la correspondiente cédula. Practicada la citación, se advertirá al testigo de los recursos que caben contra la resolución. La 1ª y la 3ª son correctas.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En el presente procedimiento, tan pronto como sea admitida la demanda: El Tribunal adoptará las medidas solicitadas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento el de la sentencia que recayere. El LAJ adoptará las medidas solicitadas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento el cumplimiento de la sentencia que recayere. El Tribunal adoptará las medidas solicitadas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento del auto que recayere. El Tribunal adoptará las medidas solicitadas que, según las circunstancias, fuesen necesarias para asegurar en todo caso el cumplimiento del auto que recayere.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA De acuerdo con la LEC, la notificación y la citación al demandante se practicará: En el plazo máximo de 5 días. En el mismo día de su fecha o publicación o el primer día hábil siguiente. En el plazo máximo de 3 días desde su fecha o publicación. En el mismo día de su fecha o publicación.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA Si hubiere de practicarse la citación al demandado mediante entrega personal en su domicilio y se negare a recibir la comunicación: Se extenderá diligencia negativa de citación. Se intentará la citación con otras personas que encontremos en el domicilio, siempre que sean mayores de 14 años. Se le amonestará de sus obligaciones y, si insiste en su negativa, se le hará saber que la cédula y demás documentos quedan a su disposición el la Oficina Judicial, dejando constancia por diligencia. Le hará saber que la cédula queda a su disposición en la Oficina Judicial produciéndose los efectos de la comunicación.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA ¿Quién señaló el 12 de febrero a las 11:00 horas como fecha de celebración de la vista? El LAJ. El Juez. El LAJ o el Juez, según los casos. El LAJ o el Gestor.
En el Juzgado de Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto práctico y según el artículo 160 de la LEC, ¿se podrá remitir al domicilio del demandado cédula de emplazamiento para que comparezca ante el tribunal a efectos de ser citado para juicio verbal? Sí, en cualquier caso. Sólo cuando el tribunal lo estime conveniente. No. Sólo a instancia de parte y a su costa.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En la cédula de citación al demandante, don Manuel González Blanco, se le hará la prevención de que, si no comparece no alega justa caus que se lo impida: Se le tendrá por desistido y se le condenará en costas y a indemnizar al demandado comparecido, si éste solicita y acredita los daños y perjuicios sufridos. La respuesta anterior es correcta, siempre que el demandado no alegue interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo. La 1ª respuesta es correcta, siempre que el demandado alegue interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA En relación con el supuesto práctico, ¿Quién deberá firmar la diligencia de notificación y citación al demandante? Don Javier Otero y el funcionario que practique la comunicación. Don Manuel González y el funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial. Don Manuel González y el LAJ. Ninguna de las anteriores.
En el Juzgado e Primera Instancia nº3 de Bilbao se siguen autos de juicio verbal nº 48/2016 iniciados a instancia del Procurador de los Tribunales don Javier Otero Garcia en nombre y representación de don Manuel González Blanco, contra Maria Dolores Bejines Iglesias con domicilio en la calle Juan Sebastián Elcano nº 30 de la citada localidad. El demandante, con titulo inscrito en el Registro de la Propiedad a su favor, reclama ser protegido frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad. La demandada carece de título inscrito que legitime la perturbación. Cumplidos todos los requisitos se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2016 admitiendo a trámite la demanda y ordenando citar a las partes para la celebración de la vista, señalando como fecha el día 12 de febrero a las 11:00 horas. PREGUNTA La oposición del demandado únicamente podrá fundarse en alguna de las siguientes causas: Falsedad de la certificación del registro. Ser la finca inscrita la que efectivamente posea el demandado. Que la finca o el derecho no se encuentre inscritos a favor del demandado. Todas las anteriores.
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