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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESET 9 blk 1

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Título del test:
T 9 blk 1

Descripción:
DECRETO 108/2005, TIT 1 Y TIT 2

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
12/06/2019

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 48
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Temario:
¿Cuál de los siguientes servicios no está adscrito a la Unidad Territorial de Zona Básica? a) Programas de Prevención y Apoyo a la Infancia y Familia. b) Servicios y Programas de Participación y Atención a la Dependencia. c) Programas y centros de alojamiento y convivencia. .
El Título 1 del Decreto 108/2005 trata de Ordenación funcional Organización territorial Ordenación y funcionamiento de las áreas territoriales.
El capitulo 2 del Título 1, desarrolla Los distritos de servicios sociales Las áreas de servicios sociales Las zonas básicas de servicios sociales Las zonas especiales de servicios sociales.
En el Título 2 del Mapa asturiano de Servicios sociales de desarrolla: La ordenación del sistema público de servicios sociales La organización y funcionamiento de las Unidades Territoriales La organización y funcionamiento de las Áreas Territoriales.
Los distritos de Servicios Sociales los constituyen: los concejos de más de 20.000 habitantes que englobarán una o varias Zonas Básicas de Distrito. los municipios de más de 3.000 habitantes, englobando varias Zonas Básicas. las áreas poblacionales de más de 20.000 habitantes.
De acuerdo con la planificación general, una Zona Especial de Servicios Sociales podrá estar funcionalmente adscrita, dentro del ámbito de servicios sociales a una zona básica a un distrito a un área.
Las unidades territoriales que constituyen el Mapa Asturiano de Servicios Sociales son: Las Áreas, Distritos y Zonas Básicas de Servicios Sociales, integrándose todas ellas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Las Áreas, Distritos, Zonas Básicas y Zonas Especiales de Servicios Sociales, integrándose todas ellas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Las Áreas de Servicios Sociales integradas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma .
Se define el Área de Servicios Sociales como el ámbito territorial que agrupa a Distritos, Zonas Básicas y Zonas Especiales y que coinciden con las establecidas en el Mapa socio-sanitario del Principado de Asturias en el Mapa jurídico del Principado de Asturias en el Mapa sanitario del Principado de Asturias.
La cabecera de cada Área de Servicios Sociales estará determinada por la ubicación de los dispositivos y recursos locales responsables de la coordinación de los servicios sociales del Area o la gestión de los centros y programas que se desarrollan en ese ámbito territorial dependientes de la Administración del Principado de Asturias. por la ubicación de los dispositivos y recursos autonómicos responsables de la coordinación de los servicios sociales del Área o la gestión de los centros y programas que se desarrollan en ese ámbito territorial dependientes de la Administración del Principado de Asturias. por la ubicación de los dispositivos y recursos administrativos responsables de la coordinación de los servicios sociales del Área o la gestión de los centros y programas que se desarrollan en ese ámbito territorial dependientes de la Administración del Principado de Asturias.
De acuerdo con la planificación general podrán existir recursos de servicios sociales especializados de ámbito general en atención a sus características y la extensión de su cobertura no adscritos a una Zona de Servicios Sociales. podrán existir recursos de servicios sociales especializados de ámbito general en atención a sus características y la extensión de su cobertura no adscritos a un Distrito de Servicios Sociales. podrán existir recursos de servicios sociales especializados de ámbito general en atención a sus características y la extensión de su cobertura no adscritos a un Área de Servicios Sociales.
Se organizarán y distribuirán los centros y programas de los servicios sociales especializados, así como los de apoyo a los servicios sociales generales, en el ámbito de Los distritos Las áreas Las zonas básicas Las zonas especiales.
Dentro de los Distritos se distingue entre los que tengan una población igual o superior a 65.000 habitantes y los de población inferior a 65.000 habitantes. entre los que tengan una población igual o superior a 75.000 habitantes y los de población inferior a 20.000 habitantes. entre los que tengan una población igual o superior a 75.000 habitantes y los de población inferior a 75.000 habitantes.
Las Zonas Básicas de Distrito son las zonas en las que se dividen los Distritos se clasifican según la población de los Distritos: más de 75.000 habitantes o menos de 75.000 habitantes a y b son verdaderas a y b son falsas.
La Zona Básica de Servicios Sociales se define como la unidad primaria de la organización de los servicios sociales generales y abarcará demarcaciones de entre 1.000 y 30.000 habitantes que corresponderán a un concejo o a la agrupación de varios como la unidad primaria de la organización de los servicios sociales generales y abarcará demarcaciones de entre 3.000 y 20.000 habitantes que corresponderán a un concejo o a la agrupación de varios como la unidad secundaria de la organización de los servicios sociales generales y abarcará demarcaciones de entre 3.000 y 20.000 habitantes que corresponderán a un concejo o a la agrupación de varios.
Los concejos que formando parte de una Zona Básica de servicios sociales se caractericen por circunstancias sociales y geográficas como envejecimiento, dispersión, aislamiento o inaccesibilidad, tendrán el tratamiento establecido para las zonas especiales de servicios sociales tendrán el tratamiento establecido para las zonas específicas de servicios sociales tendrán el tratamiento establecido para las zonas especializadas de servicios sociales.
En cada Zona Básica existirá: uno o varios Centros de Servicios Sociales un Centro de Servicios Sociales una Unidad de Trabajo Social.
Las zonas especiales de servicios sociales: son aquellos territorios calificados como tales debido a las características que presenten, referidas, fundamentalmente, al tamaño, dispersión, envejecimiento, índices de dependencia y densidad de la población; a la extensión, situación y configuración orográfica del territorio, así como a las comunicaciones y medios de comunicación existentes, para el acceso a los recursos propios del sistema de servicios sociales. su consideración tendrá como objeto la prestación de especiales apoyos y recursos de modo que el sistema de servicios sociales dé respuesta a las específicas necesidades de la zona con soluciones adaptadas al entorno social y geográfico. podrá estar funcionalmente adscrita, dentro del ámbito de servicios sociales, a una Zona Básica. en cada Zona Especial existirá un Centro de Servicios Sociales cuya sede se ubicará en la cabecera de la Zona Especial. En la Zona Especial compuesta por varios concejos, la fijación del Centro se hará por acuerdo de los ayuntamientos integrantes de la misma. En defecto de acuerdo o caso de discrepancias entre las distintas Corporaciones Locales, el Centro se ubicará en la localidad que decida, oídos los concejos afectados, la Consejería con competencia en materia de servicios sociales. Todas son correctas.
El Sistema de Servicios Sociales se organiza en dos niveles de actuación: los servicios sociales generales y los servicios sociales especiales. los servicios sociales generales y los servicios sociales especializados. los servicios sociales municipales y los servicios sociales especializados.
Las Áreas de Servicios Sociales constituyen el área territorial, en cuyo ámbito se organizarán y distribuirán los centros y programas de los servicios sociales básicos, así como los de apoyo a los servicios sociales generales. a unidad territorial, en cuyo ámbito se organizarán y distribuirán los centros y programas de los servicios sociales generales, así como los de apoyo a los servicios sociales especializados. la unidad territorial, en cuyo ámbito se organizarán y distribuirán los centros y programas de los servicios sociales especializados, así como los de apoyo a los servicios sociales generales.
En los niveles territoriales de Distrito, Zona Básica y Zona Especial de Servicios Sociales se organizaran Los servicios sociales generales Los servicios sociales específicos Los servicios sociales de atención primaria.
Los servicios sociales especializados son aquellos que diseñan y ejecutan intervenciones de mayor complejidad técnica e intensidad de atención que las realizadas por los servicios sociales generales, a través de centros, servicios y programas dirigidos a personas y colectivos que requieren de una atención específica se ordenarán tomando como referencia las Areas de Servicios Sociales, en las que se dispondrán los distintos recursos que los integran atendiendo a las características sociodemográficas de cada Area a y b son correctas.
Los órganos de apoyo a los servicios sociales generales, para una mejor coordinación entre los servicios sociales generales y los especializados, serán los Equipos de Servicios Sociales Especializados de Área los Equipos Psicosociales Territoriales de Área los Equipos de Servicios Sociales Territoriales de Área.
En el Capítulo III, del Título 2 del Decreto regulador del Mapa asturiano de Servicios Sociales se habla de ORDENACION Y DISPOSICION DE LOS SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS ORDENACION Y DISPOSICION DE LOS SERVICIOS SOCIALES BÁSICOS.
La clasificación zonal de los servicios sociales especializados, a través de su adscripción territorial a las unidades territoriales que componen las Areas de Servicios Sociales, no implica su adscripción administrativa o competencial, haciendo únicamente referencia al ámbito territorial de cobertura del recurso. implica su adscripción administrativa o competencial, haciendo únicamente referencia al ámbito territorial de cobertura del recurso. no implica su adscripción administrativa o competencial, haciendo referencia al ámbito territorial de cobertura del recurso cuando se precise.
Existirán los siguientes servicios de atención a personas mayores adscritos a la Unidad Territorial de Zona Especial a) Centros Sociales b) Servicios y Programas de Participación y Atención a la Dependencia. c) Centro Rural de Apoyo Diurno. d) Programas y Centros de Alojamiento y Convivencia. b y d son correctas a, b, c y d son correctas.
Dentro del ámbito de atención a las personas mayores existirán los siguientes servicios adscritos a la Unidad Territorial de Zona Básica a) Centros Sociales. b) Servicios y Programas de Participación y Atención a la Dependencia. c) Centro Día/Centro Rural de Apoyo Diurno. d) Programas y Centros de Alojamiento y Convivencia. Todas son correctas.
Dentro del ámbito de atención a las personas con discapacidad existirán existirán los siguientes servicios adscritos a la Unidad Territorial de Zona Básica Centro Día/Centro Rural de Apoyo Diurno. los Centros y Programas de Apoyo a la Integración/Centros Ocupacionales. Servicios y Programas de Participación y Atención a la Dependencia Todas son correctas.
Dentro del ámbito de atención a la familia, infancia y adolescencia existirán los siguientes servicios adscritos a la Unidad Territorial de Distrito: a) Programas de Prevención y Apoyo a la Infancia y Familia. b) Equipos de Intervención Técnica de Apoyo a la Familia. c) Centros de Día. Todas son correctas.
Dentro del ámbito de atención a las personas con discapacidad existirán adscritos a la Unidad Territorial de Distrito: Centros Sociales. Los Centros y Programas de Apoyo a la Integración/Centros Ocupacionales. Los centros de alojamiento y convivencia.
Dentro del ámbito de atención a las personas mayores existirán los siguientes servicios adscritos a los Distritos: a) Centros Sociales. b) Centro de Día. c) Programas y Centros de Alojamiento y Convivencia. Todas son correctas.
En el ámbito de atención a la población general, como servicios adscritos a la Unidad Territorial de Area, existirán los Equipos de Servicios Especializados de Área los Equipos de Servicios Sociales Territoriales de Area los Equipos de Atención a la Familia de Área.
Dentro del ámbito de atención a las personas con discapacidad existirán los siguientes servicios adscritos al Área: a) Unidad de Atención Temprana. b) Programas y Centros de Alojamiento y Convivencia. a y b son correctas.
Dentro del ámbito autonómico de atención a la familia, infancia y adolescencia existirán los siguientes servicios: a) Programas de Recepción, Estudio y Valoración de Medidas de Protección b) Guarderías Infantiles. c) Equipos de Intervención Técnica de Apoyo a la Familia. d) Programas de Acogimiento Familiar y Adopción. e) Programas de Alojamiento y de Centros. f) Centros de Acogida de Mujeres Maltratadas. Todas son correctas.
Dentro del ámbito autonómico de atención a las personas con discapacidad existirán los siguientes servicios: a) Centros de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas. b) Centros de Valoración para las Personas con Discapacidad. c) Programas de Apoyo en el Entorno. todas son correctas.
Dentro del ámbito autonómico de la inclusión social existirán los siguientes servicios: a) Programas de Garantía de Ingresos Mínimos. b) Programas de Apoyo Económico. c) Programas de Salario Social Básico a y b son correctas b y c son correctas.
El Centro de Servicios Sociales constituye la unidad básica de funcionamiento de las unidades territoriales de servicios sociales de Distrito, Zona Básica y Zona Especial. se constituye como una unidad polivalente y multidisciplinar de actuación, funcionando a modo de puerta de entrada como primer punto de contacto entre la población y el Sistema Público de Servicios Sociales. sus objetivos son el desarrollo de la acción comunitaria, la detección de necesidades sociales y la orientación a las personas usuarias hacia los servicios, programas y centros de servicios sociales que más se adecuen a sus necesidades es de titularidad y gestión pública todas son correctas.
Los Centros de Servicios Sociales tendrán una estructura mínima común integrada por la Unidad de Coordinación, la Unidad Administrativa y la Unidad de Programas de Atención para los siguientes niveles territoriales: Distritos con población inferior a 75.000 habitantes. Zonas Básicas compuestas por uno o varios concejos. Zonas Básicas de Distrito de aquellos Distritos que tengan una población superior a 75.000 habitantes. Zonas Especiales de servicios sociales. Todas son correctas.
Corresponden a la Unidad de Coordinación las funciones generales de gestión económica y administrativa necesarias para el mantenimiento del Centro, así como proporcionar una primera información a los usuarios representación y responsabilidad sobre la eficacia y eficiencia de la estructura y funcionamiento del Centro, en base a los objetivos propuestos. responsabilidad del funcionamiento de los programas que se desarrollen en el Centro así como de la gestión de los recursos necesarios a tal efecto.
Corresponde a la Unidad Administrativa el desempeño de aquellas actividades de gestión económica y administrativa necesarias para el mantenimiento del Centro, así como proporcionar una primera información a los usuarios representación y responsabilidad sobre la eficacia y eficiencia de la estructura y funcionamiento del Centro, en base a los objetivos propuestos. responsabilidad del funcionamiento de los programas que se desarrollen en el Centro así como de la gestión de los recursos necesarios a tal efecto.
La Unidad de Programas de Atención tiene la responsabilidad del funcionamiento de los programas que se desarrollen en el Centro así como de la gestión de los recursos necesarios a tal efecto. las funciones generales de representación y responsabilidad sobre la eficacia y eficiencia de la estructura y funcionamiento del Centro, en base a los objetivos propuestos. el desempeño de aquellas actividades de gestión económica y administrativa necesarias para el mantenimiento del Centro, así como proporcionar una primera información a los usuarios.
A los efectos de cumplir con el principio de proximidad, los citados centros podrán organizar su actividad a través de Unidades de Atención Primaria, que desarrollarán su labor de acuerdo con una metodología de trabajo en equipo. Unidades de Trabajo Social, que desarrollarán su labor de acuerdo con una metodología de trabajo en equipo.
Los Distritos con población superior a 75.000 habitantes dispondrán de un Centro de Servicios Sociales correspondiente al conjunto del Distrito, con una estructura organizativa con servicios técnicos diferenciados para desarrollar tareas de programación, gestión, dirección y coordinación de los centros de las Zonas Básicas de Distrito. de una Unidad de Servicios Sociales correspondiente al conjunto del Área, con una estructura organizativa con servicios técnicos diferenciados para desarrollar tareas de programación, gestión, dirección y coordinación de los centros de las Zonas Básicas de Área.
Para el desarrollo de sus funciones, el Centro de Servicios Sociales deberá establecer actividades de gestión económica y administrativa necesarias para el mantenimiento del Centro, así como proporcionar una primera información a los usuarios. cauces de colaboración y coordinación eficaces con otras unidades municipales competentes en la prestación de servicios, cuya intervención pudiera resultar necesaria en los casos tratados desde los servicios sociales generales, como es el caso de los servicios de salud, formación y empleo, educación, vivienda u otros, así como con otras instancias administrativas. demarcaciones territoriales y administrativas correspondientes a cada uno de los que integran la unidad territorial.
Las Unidades de Trabajo Social integradas en el Centro de Servicios Sociales constituyen su elemento básico de actuación y su expresión mínima como dispositivo de proximidad del sistema de servicios sociales, compartiendo con el Centro el carácter de primer punto de acceso al sistema de servicios sociales. tendrán un ámbito territorial de actuación que se corresponderá con las demarcaciones territoriales y administrativas correspondientes a cada uno de los que integran la unidad territorial, en el Centro de Servicios Sociales de una unidad territorial integrada por más de un concejo ambas son correctas.
Las sedes de los Centros de Servicios Sociales y, en su caso, las Unidades de Trabajo Social dispondrán de las infraestructuras adecuadas a sus funciones, que deberán cumplir la normativa vigente aplicable en materia de edificación, seguridad, higiene, accesibilidad desde el exterior e interior y prevención de riesgos laborales. una estructura que, para asegurar la privacidad de entrevistas e intervenciones, cuente con áreas de recepción, espera y de intervención convenientemente diferenciadas. mobiliario de oficina suficiente y adecuado para cada una de las áreas señaladas anteriormente, así como conexiones telemáticas y equipamiento informático dotado de los programas que resulten necesarios para el desarrollo de su trabajo, garantizando el acceso restringido a los mismos a efectos de confidencialidad de la información. Todas son correctas.
Los recursos humanos del Centro de Servicios Sociales se caracterizan por: La estructura mínima común estará compuesta por un equipo multidisciplinar de base, que contará con un/a trabajador/a social, un/a educador/ a social u otro profesional de las ciencias sociales y un/a auxiliar administrativo El equipo podrá ser completado por otros profesionales, bien atendiendo a los programas desarrollados desde el Centro, bien en función del tipo de actuación que realicen El equipo del Centro podrá contar con los apoyos técnicos de recursos externos, de dependencia autonómica o municipal, como los Equipos de Servicios Sociales Territoriales de Área y los Equipos de Intervención Técnica de Apoyo a la Familia, entre otros, tanto para asesorar en funciones de valoración, diagnóstico y de programación de las intervenciones, como para intervenir en su aplicación cuando resulte necesario. La Unidad de Trabajo Social contará, como mínimo, para cubrir las necesidades existentes en la unidad territorial correspondiente según la distribución territorial prevista, con un/a trabajador/a social y apoyo administrativo todas son correctas.
El REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO: Regulará el funcionamiento de las unidades territoriales de servicios sociales de Distrito, Zona Básica y Zona Especiales con el objetivo de ordenar, estabilizar y homogeneizar su funcionamiento, especialmente en aquellos casos en los que las zonas se componen de la agrupación de varios concejos. En cada unidad territorial de servicios sociales se elaborará, con la participación de los servicios sociales municipales y con los apoyos de otros servicios municipales, su propio reglamento interno Una vez elaborado y tras ser aceptado favorablemente por el órgano competente en cada una de las Corporaciones Locales, se presentará a la Consejería con competencia en materia de servicios sociales para que, tras comprobar su adecuación a los contenidos citados, proceda a su aprobación. Para los Distritos afectados por la Ley 57/2003, de Medidas de Modernización del Gobierno Local, una vez elaborado el reglamento interno, de acuerdo con su modelo de funcionamiento, se remitirá a la Consejería con competencia en materia de servicios sociales con el objeto de corroborar su adecuación a dichos contenidos, mediante informe preceptivo, tras el cual se presentará para su aprobación por el órgano competente en cada una de las Corporaciones Locales. La Consejería con competencia en materia de servicios sociales prestará asesoramiento y apoyo técnico en el proceso de elaboración del reglamento interno, a través de la Comisión Técnica de Planificación. Todas son correctas.
Los contenidos del reglamento interno se referirán con carácter general a: a) Dependencia orgánica de los Servicios Sociales. b) Organización territorial de los Servicios Sociales, concretando la ubicación del Centro de Servicios Sociales Municipal/Intermunicipal, así como la de las Unidades de Trabajo Social. c) Organización económico-administrativa de la unidad territorial de servicios sociales. d) Vinculación contractual del personal a la unidad territorial. e) Estructura organizativa y funciones del Centro de Servicios Sociales Municipal/Intermunicipal. f) Descripción del equipamiento de Centro de Servicios Sociales. g) Calendario y horario de atención al público. h) Descripción de los Programas de Intervención llevados a cabo desde el Centro: objetivos, metodología, indicadores de evaluación ... i) Disposición de los recursos humanos dentro de la estructura organizativa y su vinculación con los programas de intervención. j) Derechos y deberes de las personas usuarias. k) Procedimientos de sugerencia y de queja, con clara indicación del cargo responsable de su tramitación l) Descripción de los mecanismos y procedimientos de coordinación con los servicios públicos de otros sistemas de atención social existentes en la unidad territorial. m) Descripción de las relaciones e interdependencia con órganos de participación social existentes en la unidad territorial. todas.
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