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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: TGD TEMAS 1-5
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Título del Test:
TGD TEMAS 1-5

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Fecha de Creación: 12/02/2024

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 44
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Temario:
¿Qué diferencia existe entre conocimiento científico (o científico-jurídico) y conocimiento filosófico-jurídico? El conocimiento científico analiza las causas «próximas» del fenómeno jurídico y el jurídico, las «causas últimas». El conocimiento científico analiza las «causas últimas» y el jurídico las causas «próximas». No hay diferentes relevantes entre uno y otro.
Ciencia experimental y Filosofía son dos disciplinas: Similares: difieren únicamente en la materia que estudian. Complementarias pues tienen un objeto similar pero usan un método distinto. Totalmente diferentes respecto al objeto y al método de análisis.
¿Cuáles serían las causas «próximas» y las causas «últimas» de la Filosofía del Derecho como disciplina filosófica? El objeto de estudio de la Filosofía del Derecho no puede tener causas próximas, ni remotas, puesto que utiliza métodos ajenos a la filosofía. Las causas próximas son las «fuentes» positivas (ley, costumbre, etc.) y las últimas, el por qué, el fundamento de las instituciones jurídicas Las causas próximas son las relaciones intersubjetivas con relevancia jurídica y las últimas, el logro de un ideal de justicia aceptado socialmente.
El saber jurídico-técnico sobre el Derecho agrupa: ELas disciplinas que estudian la dimensión fáctica y social del Derecho. Las que lo estudian con una perspectiva filosófica. Los conocimientos de las diversas técnicas o procedimientos para la creación y la aplicación del Derecho.
¿Cuáles son tres temas fundamentales que, según el jurista Martínez Doral, aborda la Filosofía del Derecho? La personalidad jurídica, los deberes y derechos fundamentales y las relaciones jurídicas. El Derecho, la justicia y la teoría del saber jurídico. La norma jurídica, los derechos subjetivos y los negocios jurídicos.
La Filosofía del Derecho: Es una Filosofía de y para juristas. Es una especie de «Ontología jurídica» con un núcleo irreductible permanente. Es una Ética dentro de la Ética social.
¿Qué queremos decir cuando afirmamos que la Filosofía del Derecho tiene una función «fundamentadora»? Que sin aprobarla no se puede obtener el Grado de Derecho. Que trata de identificar y justificar aquellos bienes humanos que necesitan especial protección. Que sin pasar el filtro filosófico ninguna disciplina jurídica puede entenderse en toda su extensión.
La Filosofía del Derecho estudia la realidad jurídica desde una doble dimensión: Sociológica y hermenéutica, es decir, partiendo del análisis del lenguaje jurídico. Científico-sistemática (especulativa) y práctica. La Filosofía lógica y la psicología conductista.
Desde el punto de vista del oficio del jurista, ¿cuál es el núcleo del mundo del Derecho? El estudio de las leyes, de las costumbres conforme a la ley y de los principios generales del Derecho. El mundo del foro y, en concreto, la actividad del juez. El análisis del Derecho como fenómeno político.
Según el jurisconsulto romano Ulpiano, la jurisprudencia es: La ciencia de lo justo y de lo injusto. El arte de dar a cada uno lo suyo. La virtud del juez para que, en caso de conflicto entre las partes, se llegue a un acuerdo que satisfaga a los contendientes.
El oficio del jurista es un arte o ciencia práctica que supone el discernimiento de: Las normas que se aplican al caso concreto. Las intenciones e intereses de las partes que acuden a los tribunales. Lo justo y de lo injusto; del derecho aplicable y de la lesión en los derechos que se haya infligido, en su caso, a alguna de las partes.
¿A qué necesidad social responde el oficio del jurista? A la de resolver los conflictos intersubjetivos, respetando los derechos individuales. Hacer que se respete la ley y el orden público. Al establecimiento de un orden justo donde cada persona vea reconocido y respetado su derecho.
En una sociedad en que las cosas están repartidas, ¿qué necesita saber, ante todo, el jurista para determinar cuál es el derecho? Quién es el sujeto del derecho (el titular), en calidad de qué tiene la cosa y qué proporción de la cosa corresponde a cada titular Basta con que sepa quién es el titular. Cuál sería la norma aplicable y las vías legales o de hecho que podrían utilizarse para satisfacer las demandas de las partes o del cliente que le solicita asesoramiento.
¿Qué se quiere expresar cuándo se dice que el oficio del jurista es un saber prudente? Que el jurista debe ser un experto o perito en Derecho. Que con su labor no debe crear más conflictos de los que ya existen. Que debe conocer bien el derecho y tener voluntad de aplicarlo mediante soluciones lo más justas posible.
¿Cuál debe ser el centro o eje del sistema jurídico para un jurista? La ley o la norma jurídica. El Boletín Oficial del Estado. El Derecho.
¿Cuál de estas afirmaciones es cierta? El jurista es el que sabe cómo repartir las cosas que están repartidas entre los distintos miembros de la sociedad. El jurista es que sabe que las cosas y derechos están repartidos y da a cada uno de los que reclaman su derecho según su necesidad. El jurista es el que sabe cómo están repartidas las cosas en la sociedad.
¿Qué quiere decir que el concepto de Derecho es un concepto poroso? Es una metáfora que utiliza el filósofo Hart para resaltar la naturaleza intersubjetiva del derecho Que se emplea en diferentes usos en el lenguaje corriente con diferentes significados. Nada en especial, es una ocurrencia de Hart.
Teniendo en cuenta la dificultad de proponer un concepto preciso de derecho, ¿qué sería lo más adecuado para dar una definición, al menos, descriptiva? Elaborar una teoría general sobre el derecho donde tengan cabida los conceptos relacionados con este más comunes entre los autores. Hacer una definición desde el punto de vista del análisis del lenguaje. Elaborarlo «a posteriori» partiendo de la experiencia jurídica.
¿Qué sentidos diferentes daban los juristas romanos el término «ius»? Con un sentido religioso, derivado de «Iovis» (Júpiter); como facultad o derecho subjetivo. En sentido normativo, como derecho de alguien y como ciencia de lo justo (la jurisprudencia). Un triple sentido: normativo (como derecho de alguien), objetivo (la cosa justa en general), como ciencia (arte del derecho).
La definición nominal de derecho («ius») que realizan los romanos abarca: Solamente el ejercicio recto de la autoridad. Las leyes aplicables tanto a los ciudadanos romanos como a los extranjeros. Tanto el comportamiento lícito de las personas como el ejercicio recto de la autoridad.
La dignidad de la persona humana radica: En su singularidad, es decir, en aquellos rasgos que distinguen a unas personas de otras. En la naturaleza común de todos los seres humanos. En el reconocimiento por parte de la ley de unos derechos fundamentales.
¿Cuál es la función del derecho positivo respecto a la personalidad jurídica de las personas físicas? El derecho positivo se limita a regular determinados efectos de la personalidad jurídica en relación con situaciones jurídicas no naturales. El derecho positivo establece las condiciones esenciales que deben darse para que se pueda atribuir a una persona la personalidad jurídica. El derecho positivo regula determinados efectos de la personalidad jurídica, pero solo con relación a situaciones jurídicas naturales.
Los tres elementos esenciales de los derechos naturales de la persona son: La razón humana, la capacidad jurídica y los fines del hombre. La dignidad humana, su libertad y su capacidad para tomar decisiones autónomas. El ser del hombre, su libertad y sus fines.
¿Cuál de estas afirmaciones es cierta? Las normas jurídicas naturales son el conjunto de reglas de conducta que la ley considera lícitas. Las normas jurídicas naturales son el conjunto de reglas de conducta que derivan de la dignidad humana. Las normas jurídicas naturales son aquellas que no se oponen a la lógica ni a la naturaleza de las cosas.
Los deberes naturales… Son limitaciones correlativas al ejercicio de los derechos: mis derechos acaban donde empiezan los derechos de los demás. Son expresiones de la dignidad y perfección del ser humano. Son consecuencia de los mandatos de la autoridad.
El sistema coactivo que establecen los ordenamientos jurídicos… Es siempre legítimo si se ha sido aprobado democráticamente. Es imprescindible para obligar al cumplimiento de las leyes. Su legitimidad radica en la condición limitada y falible del ser humano.
Para D. Escoto y G. de Ockham, el fundamento de la ley reside en: La justicia. La justicia y la razón. La voluntad. La fuerza del poder.
Para los reformadores protestantes: La naturaleza puede operar como principio y guía de la acción humana, pero no es de fiar al estar corrompida por el pecado. La naturaleza deja de ser principio de acción humana para convertirse en un puro criterio moral. El individuo debe confiar en su subjetividad a la hora de elaborar las leyes necesarias. Ninguna de las respuestas anteriores es válida.
¿En qué consiste el pacto social según T. Hobbes? En una convención entre los hombres, que transfieren su derecho a gobernase a sí mismos a una asamblea o gobierno. En un acuerdo de voluntades que dará origen a una sociedad organizada. En un simple parto de no agresión. Ninguna de las respuestas es correcta.
Para H. Grocio, el derecho natural… Tiene idéntico contenido y naturaleza que el del iusnaturalismo clásico. Es un simple conjunto de pautas morales. Es producto de la voluntad divina. Existiría y sería válido aunque Dios no existiera.
Para el conjunto de las corrientes positivistas modernas, el objeto del derecho: Es el adecuado discernimiento de los derechos de cada titular en el caso concreto. Se refiere siempre al sujeto, a la propiedad, al poder, etc. Ha de fundamentarse en principios y valores éticos. Depende de quien detente el poder en cada momento.
Para H. Kelsen: Las leyes se deben elaborar buscando la eficacia y el cumplimiento. Las leyes se elaboran de acuerdo con procedimientos formales para garantizar su validez. Las leyes deben basarse tanto en criterios científicos como axiológicos. Ninguna de las respuestas es correcta.
¿En qué consiste la «universalidad» de los derechos humanos? En que son comprendidos y compartidos por la totalidad de los seres humanos. n que deben calificarse como derechos todas las reivindicaciones de los sujetos particulares, respondan o no a una reflexión razonada. En que su existencia responde a una lógica y tiene una razonabilidad común, pero distinta de la que se atribuye a las leyes físicas. En que se vive de hecho en todas las culturas y épocas históricas.
¿En torno a qué acontecimiento histórico se suele datar el nacimiento de una idea de derecho que rechaza toda autoridad? El mayo del 68 francés. La Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas, de 1948. La Revolución francesa. La revolución de la Comuna de París en 1848.
En la cultura actual, los derechos individuales… Responden a la libertad y dignidad de cada persona. Deben reconocer las preferencias subjetivas de cada persona. Los derechos de cada uno tienen como límite los derechos de los demás. Son derechos limitados por el poder.
¿En qué consiste la «abstracción» de los derechos humanos según el pensamiento de H. Arendt? En que, al ser generales, deben concretarse en unas leyes que los desarrollen. En que son inexistentes en la práctica. En que su titular es el ser humano en abstracto y no los individuos concretos. En su capacidad de variar conforme a los tiempos.
¿Cómo define la justicia el filósofo del Derecho Alfred Ross? Como orden que protege intereses socialmente reconocidos. Como la correcta aplicación de la norma. Como procedimiento democrático para la elaboración de las leyes.
La definición clásica de justicia es dar a cada uno lo suyo. En este sentido, ¿cuál es el presupuesto del término dar? La posibilidad de interferencia en el uso y tenencia de las cosas atribuidas a su titular. La certeza de que ante la común situación conflictiva de la sociedad es precisa una autoridad que regule el uso de los bienes. Que nadie se toma la justicia por su mano.
¿Qué se requiere para que se pueda dar a cada uno lo suyo? Que se respete el derecho de los verdaderos titulares por encima de los derechos de los demás. Que se respete el derecho de todas y cada una de las personas. Que se dé a cada uno según sus méritos, de acuerdo con el parecer del juez o la autoridad.
Dentro de la fórmula clásica de la justicia ¿qué significa lo suyo? La atribución de bienes o derechos a las personas de acuerdo con unas reglas de distribución igualitarias. Dar a cada cual lo que se merece, es decir, una sanción ejemplar para que no reincida en conductas ilícitas. La atribución exclusiva a un titular, según distintos modos de atribución y pertenencia.
Los actos o acciones propias de la justicia conmutativa son: El intercambio de cosas, la entrega de cosas con obligación, en su caso, de restituir y el respeto al derecho ajeno. El destino común de las cosas y derechos puestos al servicio del hombre y la igualdad y la proporcionalidad en el reparto de los mismos. La preservación del orden público y la consecución del bien común.
¿Cómo se puede expresar en una fórmula el objeto de la justicia distributiva? Tratar igual a iguales y desiguales. A los iguales según sus capacidades, a los desiguales según su necesidad. Tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales, conforme a criterios de proporcionalidad.
Los elementos del acto injusto o lesión de derecho son: Elemento material o lesión objetiva del derecho y elemento formal, entendida como intención contraria al derecho, con dolo o imprudencia. Elemento material, entendido como intención contraria a derecho con dolo o imprudencia, y elemento formal o lesión objetiva del derecho. Elemento sustantivo o lesión objetiva del derecho ajeno y elemento accidental, entendido como error o actuación imprudente.
¿Cuáles son las dos funciones de la equidad en derecho? La generalidad en la aplicación de la norma y la interpretación amplia de los derechos fundamentales. La atemperación de lo debido y la acomodación del derecho. La igualdad, la generalidad y la epiqueya o interpretación más favorable del derecho.
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