tipo test fiscal
|
|
Título del Test:
![]() tipo test fiscal Descripción: máster de acceso a la abogacía |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
¿Cuál de estas preguntas es correcta en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?. Están exentas del IAE, todas las personas físicas, salvo que tenga un volumen de negocios superior a 1.000.000 euros. Están exentas del IAE las personas jurídicas, con independencia de su volumen de negocios. Están exentas del IAE, en todo caso, el contribuyente durante los dos primeros períodos impositivos de ejercicio de la actividad económica. Están exentas del IAE, tanto las personas físicas, como las personas jurídicas, con independencia de su volumen de negocios. ¿Federico podría afectar un inmueble de forma mixta para uso personal (vivienda) y profesional (despacho de abogados) para deducirse en los impuestos sobre la renta dicho importe como gasto de la actividad: No, lo excluye expresamente la norma. Sí cabe, siempre que las partes del inmueble destinadas al local de negocio se destinen exclusivamente al ejercicio de la actividad. Sí cabe, pero siempre que se destine un 10 por 100 al uso personal. Ninguna de las anteriores. De acuerdo a la posición de la Dirección General de Tributos, ¿cabría deducirse Román un traje de chaqueta de firma y otros complementos (corbata, gemelos) como gasto de la actividad profesional como abogado?. No, lo excluye expresamente la norma. Sí, pues está directamente correlacionado con los ingresos. Sí, siempre que no sea superior a 300 euros. No, porque lo podría utilizar indistintamente para un uso personal. ¿Cómo está calificando actualmente la Inspección la creación de sociedades unipersonales para ejercer la actividad profesional de abogado?. Como economía de opción siendo perfectamente legítima. Como conducta de elusión fiscal (conflicto en la aplicación de la norma tributaria) en los términos de la LGT art.15. Como negocio simulado en los términos de la LGT art.16. Se trata de un tema que no genera conflictividad con los contribuyentes. Rita va a comenzar a ejercer la actividad profesional como abogado y desconoce el tipo de gravamen que tendrá que facturar como abogado: Las prestaciones de servicios como abogado están sujetas al IVA al tipo del 21%. La prestación de servicios por el abogado está sujeta al IVA al tipo del 10%. La prestación de servicios por el abogado no está sujeta al IVA y tributa por el ITP. Ninguna de las anteriores. Juana tiene intención de adquirir un vehículo para el ejercicio de la profesión. ¿Podría deducirse dicho importe como gasto de la actividad en el IRPF?. No, la Ley lo excluye expresamente. Sí, la Ley lo recoge expresamente. Solo cabrá deducirlo si acredita que no lo utiliza para un fin particular pues no cabe afectarlo de forma mixta. Ninguna de las anteriores. Antonio inicia como persona física una actividad económica como abogado profesional. ¿Qué tributo directo será necesario darse de alta censalmente con ocasión del ejercicio de la actividad?. IRPF. IAE. IS. IVA. Pedro, que está dado de alta como abogado autónomo ejerciente en la mutualidad del Colegio de la Abogacía, tributa en el IRPF bajo la categoría de: Rendimiento del trabajo. Rendimiento de capital. Rendimiento de actividad económica. Ganancia de patrimonio. Adolfo, abogado en ejercicio, tuvo una comida de negocio con un cliente. ¿Podría deducirse dicho importe en el IRPF?. No, las comidas (aunque sean de negocio) no son deducibles en ningún caso. Sí, en cualquier caso. Sí, pero hasta un límite anual del 1% de la cifra de negocio. Sí, hasta un límite anual del 5 por 100 de la cifra de negocio. Alfonso, abogado en ejercicio, adquirió un ordenador para el desempeño óptimo de su trabajo. ¿Podría deducírselo en IRPF?. Sí, en cualquier caso, por tratarse de un activo correlacionado con su actividad. Sí, siempre que pueda probarse que lo utiliza para un fin profesional y el destino personal de éste sea residual. No, pues podría utilizarlo para un fin personal. No hay criterio legal para esta situación. ¿Cuáles son los tributos que tendrá que presentar Luis, abogado durante su ejercicio como persona física profesional?. IS e IVA. IS y TPO. IPRF e IVA. IRPF e IS. Antonia, abogado en ejercicio y cotiza como autónomo en la Seguridad Social, tiene un volumen de operaciones de más de 600.000 euros y le gustaría saber si tiene que presentar la autoliquidación de IRPF: Sí, en estimación objetiva. Sí, obligatoriamente en estimación directa simplificada. Sí, obligatoriamente en estimación directa normal. Sí, como rendimiento del trabajo. Álvaro, abogado en ejercicio, ha facturado a un cliente por unos servicios profesionales, y le gustaría saber si tiene que declarar estos ingresos en IRPF si no los ha cobrado todavía: Sí, es indiferente que los cobre o no para que tenga que declararlos en IRPF en el año en que se facturan. No, si se acoge al criterio de caja. Sí, porque en IRPF es obligatorio acudir al criterio del devengo. Ninguna de las anteriores. Carlota, abogada en ejercicio, ha facturado el IVA a clientes en el trimestre por importe de 3.000 euros, y ha soportado IVA por importe de 1.000 euros derivado del arrendamiento de su local de negocio. ¿Cuál sería el IVA que tendrá que liquidar en el trimestre?. 3.000 euros (el importe de 1.000 euros de IVA no es deducible). 2.000 euros (diferencia entre el IVA repercutido menos el IVA soportado). Dichos importes no se declaran trimestralmente, y solo se declaran con ocasión de la declaración anual de IVA. Ni una ni otra cantidad es susceptible de tenerlo en cuenta a efectos de la liquidación trimestral. ¿Cuál de estas afirmaciones es correcta?. El plazo máximo para rectificar cuotas de facturas con IVA es de 3 años. Obligación de repercutir el IVA al cliente mediante factura sin informar de manera independiente: Base imponible, tipo y cuota. El plazo máximo para repercutir es 4 años desde el devengo. La recuperación del IVA repercutido procede en caso de concurso o créditos incobrables. |




