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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETítulo VI General Presupuestaria 47/2003

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Título del test:
Título VI General Presupuestaria 47/2003

Descripción:
Test Título VI: control de la gestión económico-financiera efectuado por IGAE

Autor:
Javier Sánchez
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
15/07/2019

Categoría:
Otros

Número preguntas: 9
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Temario:
¿Cuál de los siguientes NO es un objetivo del control realizado por la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante, IGAE)? Verificar el adecuado registro y contabilización de las operaciones realizadas, y su fiel y regular reflejo en las cuentas y estados que, conforme a las disposiciones aplicables, deba formar cada órgano o entidad. Verificar el cumplimiento de los objetivos asignados a los centros gestores del gasto en los Presupuestos Generales del Estado. Evaluar que la actividad y los procedimientos objeto de control se realiza de acuerdo con los principios de buena gestión financiera y, en especial, los previstos en la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. Todos son objetivos del control realizado por la IGAE.
Respecto a ese control, ¿cómo NO se realiza? Mediante el ejercicio de la función interventora Cumpliendo con el principio de buena gestión financiera Mediante el control financiera permanente Mediante la auditoría pública.
¿Bajo qué principios ejerce sus funciones la IGAE? Jerarquía interna, autonomía y ejercicio descentralizado Ejercicio desconcentrado, autonomía y jerarquía interna Jerarquía interna y externa, autonomía y ejercicio descentralizado Jerarquía interna y externa, buena gestión financiera y ejercicio descencentrado.
El artículo 144 de la Ley 47/2003, afirma... El Interventor General de la Administración del Estado y sus interventores delegados no podrán interponer los recursos y reclamaciones que autoricen las disposiciones vigentes. El Interventor General de la Administración del Estado y sus interventores delegados deberán interponer los recursos y reclamaciones que autoricen las disposiciones vigentes. El Interventor General de la Administración del Estado y sus interventores delegados interpondrán los recursos y reclamaciones que autoricen las disposiciones vigentes. El Interventor General de la Administración del Estado y sus interventores delegados podrán interponer los recursos y reclamaciones que autoricen las disposiciones vigentes.
La Intervención General de la Administración del Estado presentará -------- al Consejo de Ministros a través del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas un informe general con los resultados más significativos de la ejecución del Plan anual de Control Financiero Permanente y del Plan anual de Auditorías de cada ejercicio. Trimestralmente Semestralmente Anualmente Bianualmente.
¿Quién aprobará las normas para el ejercicio, por parte de la Intervención General de la Seguridad Social, del control en las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social? El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Hacienda, y a iniciativa de la Intervención General de la Seguridad Social El Gobierno a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado, y a iniciativa de la Intervención General de la Seguridad Social El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Hacienda, y a iniciativa de la Intervención General de la Administración del Estado El Gobierno a propuesta de la Intervención General de la Seguridad Social, y a iniciativa de la Intervención General de la Administración del Estado.
¿Respecto de los actos de quién ejercerá la IGAE la función interventora? Administración General del Estado Organismos Autónomos de la AGE Servicios comunes y entidades gestoras de la Seguridad Social Todas ellas.
¿Qué significa la modalidad de intervención material, según el artículo 150 de la Ley 47/2003? Verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo, mediante el examen de todos los documentos que, preceptivamente, deban estar incorporados al expediente Comprobación de la real y efectiva aplicación de los fondos públicos Fiscalización previa e intervención de los derechos e ingresos del Tesoro Público La realización de actuaciones encaminadas a la mejora de los procesos de gestión económico- financieros y contabilización o al establecimiento de medidas que refuercen su supervisión.
El ejercicio de la función interventora NO comprenderá La intervención del reconocimiento de las obligaciones y de la comprobación de la inversión. La intervención formal de la ordenación del pago. La intervención material del pago. La fiscalización posterior de los actos que reconozcan derechos de contenido económico, aprueben gastos, adquieran compromisos de gasto, o acuerden movimientos de fondos y valores.
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