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Aprobar el proyecto de ley de presupuestos generales del Principado. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Determinar las directrices de la política económica y financiera del Principado, dentro del marco establecido por las leyes y disposiciones emanadas de la Junta General. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Autorizar los gastos, en los supuestos previstos en las leyes. (Cuantía indeterminada o más de 300k). Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Proponer a la Junta General del Principado las restricciones de gasto público en las transferencias a los organismos y entes públicos conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 17 de esta Ley, así como a las empresas públicas a tenor de lo preceptuado en el apartado 4 de la disposición adicional 2.ª de la presente Ley. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Remitir a la Junta General del Principado la Cuenta General del Principado. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Las demás funciones y competencias que, en esta materia, le atribuyan las leyes. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Preparar y someter al acuerdo del Consejo de Gobierno el anteproyecto de ley de presupuestos generales del Principado. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Proponer al Consejo de Gobierno los acuerdos y disposiciones a que se refiere el artículo anterior, en materias de su competencia. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. La alta dirección de la administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de la Hacienda del Principado. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. La ejecución y cumplimiento de las obligaciones económicas a cargo de la Hacienda del Principado, salvo cuando legalmente corresponda a otros órganos o autoridades. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Velar por la correcta ejecución de los presupuestos generales del Principado y por el cumplimiento de las disposiciones de carácter financiero. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Coordinar la gestión de la tesorería de los organismos, empresas y entes públicos que componen el sector público autonómico definido en el artículo 4 de esta ley. Asimismo le corresponde la ordenación de los pagos de la tesorería de la Administración del Principado de Asturias. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Administrar los créditos para gastos del presupuesto en las secciones que, a estos efectos, les sean atribuidas. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Contraer obligaciones económicas en nombre o por cuenta del Principado en el marco presupuestario que les esté atribuido. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Autorizar los gastos propios de los servicios a su cargo, con el límite señalado por la ley, y proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de los que sean de su competencia. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Interesar el pago de las obligaciones de su Consejería al Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Formular el anteproyecto de presupuestos de su Consejería y de los organismos autónomos de ella dependientes, así como remitir los del resto del sector público autonómico adscrito a la misma. Competencias del Consejo de Gobierno. atribuciones del consejero competente en materia económica y presupuestaria. Atribuciones de los Consejeros. Artículo 1 Objeto de la ley establecer la regulación de • la ....................................del Principado de Asturias • su régimen ........................... Artículo 2 Definición de Hacienda del Principado Constituye la Hacienda del Principado de Asturias • el conjunto de ............................... • cuya titularidad ................................... Artículo 3 Legislación aplicable La administración y contabilidad de la Hacienda del Principado de Asturias se desarrollará de acuerdo con lo dispuesto en ................(3)......................... del Principado de Asturias para cada ejercicio. Supletoriamente será de aplicación ......................... Artículo 4 Sector público autonómico Para el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se podrán crear en los términos establecidos en la disposición adicional primera de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias diferentes organismos o sociedades de acuerdo con la siguiente clasificación: a)........................ a.1)............................ a.2)........................... b)....................... c)........................ a) ORGANISMOS públicos: (órganos creados bajo dependencia o vinculación con el Principado) actividades de .............................(3)............................... desarrollo de actividades de contenido económico reservadas a la Administración del Principado • tienen .............................. • ............................propios • .............................. su régimen presupuestario y de contratación será el que les resulte de aplicación de acuerdo a la normativa de la Administración del Principado vigente en la materia, y sin perjuicio del sometimiento a la dirección estratégica de la Consejería a la que estén adscritos y de la evaluación de sus resultados por los órganos competentes. • Organismos autónomos. o Regidos por el derecho ........................ o ......................... funcional o Se les encomienda en ejecución de ........................... o Se les encomienda la realización de .............................. o Pudiendo disponer para ello de ingresos propios y dotaciones de los presupuestos. • Entidades públicas. o Se les encomiendan actividades ......................, gestión de ................... o producción de ........................ susceptibles de .......................... o Se rigen por el derecho ...................excepto en la .............................. en el ejercicio de ............................. en los aspectos que les sean de aplicación contenidos en esta ley. b) EMPRESAS públicas. ........................ creadas al amparo del artículo 49.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias capital es mayoritaria, directa o indirectamente, la participación del Principado, rigiéndose por ............................y las normas vigentes del .......................... salvo en ............................... sin perjuicio de la necesaria coordinación de sus actuaciones con la Consejería a la que se adscriban y con la política general del Principado. c) ENTES públicos. órganos de carácter ......................o.................... o desarrollados en coordinación con otras administraciones públicas, tales como ......................o..................... cuyo régimen legal y de funcionamiento será el que se derive de ........................... y en los cuales la participación del Principado de Asturias en su capital social, fondo social o aportación .......................... Artículo 4 bis Recursos económicos de los organismos públicos Los recursos económicos de los organismos autónomos a que se refiere la letra a) del apartado 2 del artículo 4 de la presente Ley podrán provenir de alguna de las siguientes fuentes: a) Los ............................... b) Los .......................... de dicho ................ c) Las ..............................que tuvieren asignadas en .......................... d) Las ...............o de.................... que procedan de las administraciones o entidades públicas. e) Los ...........................que estén autorizados a percibir, según las disposiciones por las que se rijan. f) Las .........................otras aportaciones de entidades ....................... g) Cualquier otro recurso que pudiera serles atribuido. En el caso de ......................... del apartado 2 del artículo 4 de esta Ley deberán financiarse con los ingresos que se deriven de sus operaciones y con los recursos comprendidos en las letras a)........................ b)........................ e) ...................... y g) ...................... del apartado anterior. Excepcionalmente, cuando así lo prevea la ley de creación, podrán financiarse con los recursos señalados en las restantes letras del mismo apartado. Artículo 5 Materias de reserva legal Deberán ser OBJETO DE LEY: a) Los ..........................., así como la concesión de ........................y........................ b) El establecimiento, modificación y supresión de ......................, con inclusión de todos los elementos determinantes de la deuda tributaria, así como la regulación ............................ c) El establecimiento, modificación y supresión de ............................ d) Las operaciones de ...........y de............., así como la prestación de............... e) La autorización al ......................para la constitución de ............................., así como para la modificación, absorción, segregación, fusión o supresión de las existentes, y para los actos de adquisición o pérdida de su posición mayoritaria. f) Las demás materias que por mandato constitucional o del Estatuto de Autonomía deban regularse por este rango. Artículo 10 Los recursos de la Hacienda del Principado El producto de los recursos que constituyen la Hacienda del Principado de Asturias, enumerados en el artículo 44 del Estatuto de Autonomía, se destinará .........................., salvo que ...............se establezca .......................... Artículo 11 Administración de los recursos 1. La administración de los recursos de la Hacienda del Principado CORRESPONDE A .....................................o a los organismos autónomos, según su titularidad, con el control y fiscalización que las leyes establezcan. 2. Los actos de gestión de los derechos económicos, se ajustarán a las normas emanadas de ........................................ sin perjuicio de la dependencia orgánica de las oficinas gestoras de tales recursos. Artículo 12 Gestión tributaria 1. La gestión de los tributos del Principado, de los recargos sobre impuestos estatales y, en su caso, de los tributos del Estado recaudados por el Principado de Asturias, SE AJUSTARÁ A lo dispuesto en..............................y las normas de desarrollo dictadas por el .................................., sin perjuicio de la aplicación de las leyes del Estado cuando proceda y de la colaboración entre las distintas Administraciones. 2. La gestión de los tributos cedidos se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en ...................... 3. Corresponde al ............................. la organización de los servicios de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 25.n) de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. Artículo 13 Recaudación de ingresos 1. La recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público del Principado de Asturias gozará de las mismas prerrogativas que las establecidas legalmente para ......................., y se realizarán de acuerdo con los procedimientos administrativos correspondientes. 2. Las .......................acreditativas de deudas por ingresos de derecho público, extendidas por los funcionarios competentes de la Administración del Principado, serán título suficiente para .......................y tendrán .......................para proceder contra los bienes y derechos del deudor. 3. La efectividad de los derechos de la Hacienda del Principado que no constituyan ingresos de derecho público se llevará a efecto con sujeción a las normas y PROCEDIMIENTOS ........................... Artículo 14 Cantidades adeudadas al Principado de Asturias 1. Las cantidades adeudadas a la Hacienda del Principado por cualquiera de los recursos que la integran, PRODUCIRÁN INTERESES DE DEMORA DESDE ......................... a aquel en que termine el plazo fijado para satisfacerlas. 2. El tipo de interés aplicable será, en todo momento, .......................... para sus derechos de naturaleza análoga. 3. Cuando el PRINCIPADO DE ASTURIAS o sus organismos autónomos SEAN ................................, incluso................. , por derechos reconocidos que no hayan sido satisfechos en los términos previstos, ................................. podrá ..................................., destinados a ................................, siempre que ............................ o que ......................... en el que intervengan otras entidades. El .......................... dará CUENTA A LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO, EN EL PLAZO DE ......................., DE TALES RETENCIONES de créditos. Artículo 15 Régimen de los derechos de la Hacienda del Principado 1. No podrán ser ............(3)................ los derechos de la Hacienda del Principado, excepto ......................... 2. No se concederán ..............(4)......................en el pago de los ingresos de derecho público, excepto ............................. 3. Corresponde ....................... transigir y someter a arbitraje las contiendas que surjan sobre los derechos de la Hacienda del Principado. 4. El ............................a propuesta de....................., podrá disponer la no liquidación o, en su caso, la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que fije como insuficiente para la cobertura del coste que su exacción y recaudación representen, con el límite de ................... Artículo 16 Prescripción de derechos 1. Salvo que se establezca un plazo distinto en las Leyes reguladoras de los diferentes recursos, prescribirá a ......................... el derecho de la Hacienda del Principado: a) A .........................., computándose el plazo desde ............................ b) Al ............................, a contar desde .......................... 2. La prescripción en curso quedará interrumpida: a) Por la interposición formal de .......................... b) Si la Administración ....................... por................o mediante.................... Artículo 17 Obligaciones económicas del Principado de Asturias 1. Las OBLIGACIONES ECONÓMICAS de la Administración del Principado y de sus organismos autónomos nacen de la ley, de los negocios jurídicos en que intervengan y de los actos y hechos que, según el Derecho, las generen. 2. El PAGO DE LAS OBLIGACIONES ECONÓMICAS del Principado sólo será exigible cuando resulten legítimamente de • la ..................... • de ...................... • de ..................... 3. Cuando las obligaciones económicas SE DERIVEN de • la ejecución ........................ • el pago por ........................ • prestación de....................... NO PODRÁ REALIZARSE hasta que el acreedor ............................. 4. El LIBRAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS NOMINATIVAS consignadas en los presupuestos se ajustará a las siguientes normas: a) Las transferencias corrientes de carácter nominativo destinadas a ........................y con carácter................ la actividad del beneficiario se librarán conforme a ............................que deberá ser autorizado por .............................. En caso de no existir el citado , las transferencias se librarán por ...................., todo ello sin perjuicio de los acuerdos de restricción de gasto público que pudiera adoptar el Consejo de Gobierno. b) Las transferencias nominativas .................... y las corrientes destinadas a ......................... se librarán en función de ............................Cuando el importe de las citadas transferencias exceda de .................................., la propuesta de libramiento recogida en la citada resolución deberá ser comunicada a .................................... c) Se podrán realizar libramientos anticipados de las transferencias nominativas a que se refieren las letras anteriores, previo informe favorable de..................................En el supuesto en que las cuantías anticipadas ............................. d) En virtud de las disponibilidades de tesorería y de los acuerdos de restricción del gasto público que pudiera adoptar el Consejo de Gobierno, la Consejería competente en materia de finanzas podrá proponer ................................... 5. Las resoluciones judiciales que determinen obligaciones económicas a cargo del Principado o de sus organismos autónomos ......................... Si faltase en el presupuesto el crédito correspondiente, se elevará a ........................., en el plazo máximo de........................., el correspondiente expediente de tramitación de ......................o......................... 6. LAS DEUDAS DEL PRINCIPADO NO podrán ser exigidas por ......................... Artículo 18 Intereses por cantidades debidas por el Principado de Asturias 1. Si el pago de las obligaciones de la Administración del Principado o de sus organismos autónomos no se hiciere efectivo en el plazo de ............................ a su reconocimiento o a la notificación de la resolución judicial, el acreedor tendrá derecho al cobro de intereses al tipo fijado ........................., desde ..........................hasta la fecha de pago, siempre que reclame....................el cumplimiento de la obligación. 2. Cuando se trate de cantidades adeudadas en virtud de contrato administrativo, se estará a lo que a este respecto disponga la normativa vigente en materia de contratación administrativa de las Administraciones públicas. Artículo 19 Prescripción de obligaciones 1. Prescribirá a ..................el derecho .............................por la Hacienda del Principado de toda obligación que no se hubiese solicitado con la presentación de los documentos justificativos. El plazo se contará desde ........................... 2. Prescribirá a ...................... el derecho ............................., si no fuesen reclamadas por los acreedores o sus derechohabientes. El plazo se contará ....................................... 3. Las obligaciones que prescriban serán dadas de baja en las cuentas respectivas, previa la tramitación del correspondiente procedimiento. Artículo 20 Concepto 1. Los presupuestos generales del Principado de Asturias constituyen la .............................de: a) Las obligaciones que, ........................., podrán reconocer el Principado y sus organismos autónomos, y de los derechos que ........................ b) ...............................del resto de entes del sector público, y c) .........................de las empresas públicas. 2. Los presupuestos generales del Principado de Asturias contendrán el ESTADO DE GASTOS, en el que se incluirán debidamente especificados los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones, el ESTADO DE INGRESOS, en el que se incluirán las ............................ que se prevea reconocer y liquidar en el ejercicio, y los estados financieros de las empresas públicas. 3. Se consignará asimismo la estimación del montante de los beneficios fiscales que afecten a tributos propios del Principado y tributos cedidos. 1. ..................................determinará la estructura de los presupuestos generales del Principado que se elaborarán, en todo caso, con criterios que permitan su consolidación con los presupuestos generales del Estado. 2. La estructura del estado de gastos clasificará éstos de forma que ponga de manifiesto su ............................, y su asignación a programas y objetivos. 3. La estructura del estado de ingresos los clasificará con ...............................que haya de regir durante el correspondiente ejercicio. Artículo 22 Elaboración del Proyecto 1. El procedimiento de elaboración de los presupuestos generales del Principado se ajustará a las siguientes normas: a) ............................., de acuerdo con su propia normativa, elaborará su proyecto de presupuesto y lo remitirá ......................... a efectos de su incorporación al proyecto de presupuestos generales del Principado. b) La ..........................y ........................ remitirán a ........................... el anteproyecto del presupuesto correspondiente a sus servicios y competencias, debidamente ajustado a las leyes aplicables, a las directrices aprobadas por el Consejo de Gobierno y a las normas técnicas dictadas por la Consejería competente en materia económica y presupuestaria. Asimismo, entregarán los anteproyectos de los estados de ingresos y gastos del.............................. 2. Los estados de ingresos de los presupuestos generales del Principado se elaborarán por .................................. mediante las evaluaciones técnicas de rendimiento del sistema de recursos que sean procedentes. 3. A la vista de los anteproyectos de gastos y evaluaciones de ingresos, .............................. elaborará el ANTEproyecto de ley de presupuestos generales del Principado y lo someterá a la aprobación del ............................ 1. Las ...........................y.......................... definidas en los apartados 2 y 4 respectivamente del artículo 4 de esta Ley elaborarán anualmente un presupuesto de ............................. un presupuesto de ....................... 2. Los presupuestos de explotación y los de capital se remitirán por las correspondientes entidades y empresas públicas, a través de ........................................ a ............................ para su tramitación conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de esta Ley. Recursos económicos. bienes y valores que constituyen su patrimonio. productos y rentas de dicho patrimonio. consignaciones especificas en los presupuestos. transferencias corrientes o de capital de administraciones o entidades publicas. ingresos ordinarios o extraordinarios. donaciones legados y otras aportaciones de entidades privadas o particulares. Artículo 23 Remisión a la Junta General 1. De conformidad con el Estatuto de Autonomía, el ........................ enviará a ........................, ANTES ..........................., el proyecto de ley de presupuestos generales del Principado integrado por el texto articulado y el estado numérico de ingresos y gastos, para su examen, enmienda y aprobación. 2. El proyecto de ley de presupuestos generales deberá ser acompañado de la siguiente documentación: a) ...............................del Principado y de sus organismos autónomos; b) liquidación ........................... c) Informe .................y.................. d) memoria de ........................... e) anexo de ......................... f) ....................... con el detalle de todas las plantillas de personal de la Administración del Principado y de sus organismos públicos, clasificadas por cuerpos, escalas y grupos y relacionadas por programas y secciones presupuestarias. Artículo 24 Vigencia 1. El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural, y a los presupuestos respectivos se imputarán: • los derechos .................durante ........................aunque.................... • las obligaciones que sean .................... hasta ..........................., siempre que correspondan a adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos en general, realizados .............................. 2. Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán a los presupuestos por ....................., quedando prohibido atender obligaciones mediante ......................... 3. Se exceptúan de lo anterior, las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos por tribunal o autoridad competente y el reembolso del coste de los avales aportados por los contribuyentes como garantía para obtener la suspensión cautelar del pago de las deudas tributarias impugnadas, en cuanto éstas fueran declaradas improcedentes y dicha declaración adquiera firmeza. Artículo 25 Prórroga 1. Si al comenzar el ejercicio no estuviesen aprobados los presupuestos, se considerarán ........................en........................... 2. La prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a servicios o programas que deban ........................... Artículo 26 Carácter limitativo y vinculante de los créditos 1. Los créditos para gastos se destinarán a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados. 2. El importe de los créditos consignados en los estados de gastos tiene un alcance ................, de acuerdo con su clasificación ....................., a nivel de ......................... Los créditos destinados a gastos de ................, gastos de ................ y gastos ..................tendrán carácter vinculante a nivel de ............... los créditos destinados a inversiones reales a nivel de..................... 3. No se podrán adquirir compromisos de gasto por encima de los límites establecidos, siendo ................. los actos administrativos y las disposiciones generales con rango inferior a la ley que infrinjan esta norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. 4. Cuando razones de equilibrio presupuestario lo aconsejen y en la medida en que resulte necesario, se retendrán a lo largo del ejercicio aquellas partidas de gastos ..................... La liberación de la retención se efectuará a medida que se realicen los ingresos efectivos o se aporte documentación justificativa de su percepción con cargo al concepto correspondiente. .................................., dictará las instrucciones oportunas para garantizar su cumplimiento, declarando indisponibles los créditos necesarios y tramitando las retenciones oportunas. Artículo 27 Créditos ampliables 1. Tendrán la condición de ampliables los créditos que, con tal carácter, sean ............................. 2. El carácter de ampliable de un crédito permitirá aumentar su importe,-previo cumplimiento de los requisitos que reglamentariamente se determinen, en función del reconocimiento de obligaciones específicas o de la recaudación efectiva de los derechos afectados, en su caso. 3. Todo expediente de ampliación de créditos estará necesariamente equilibrado y hará referencia a la fuente de financiación del crédito ampliado. Su aprobación corresponderá al ............................que dará cuenta ......................... a ........................ Artículo 28 Imputación de obligaciones 1. Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se efectúen durante el ejercicio presupuestario. 2. No obstante lo anterior, SE IMPUTARÁN A LOS CRÉDITOS DEL PRESUPUESTO VIGENTE en el momento de la expedición de las órdenes de pago LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES: a) Las que resulten de la liquidación de ........................... b) Las que tengan su origen en .................... c) Las obligaciones por suministros, alquileres u otros contratos de pago periódico cuyos recibos o documentos de cobro correspondan ........................... d) Aquellas que, .........................., contasen con ...................... e) Aquellas que ..................... y que debieran ser.......................... f) Las derivadas de compras de bienes inmuebles cuyo precio de compra ...................... sin que en ningún caso el desembolso inicial a la firma de la escritura pueda ser inferior ......................pudiendo distribuirse libremente el resto .........................................a los respectivos vencimientos, dentro de la limitación primera fijada para los gastos plurianuales. Artículo 29 Gastos plurianuales 1. Podrán adquirirse compromisos de gastos que por su naturaleza hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquél en que se autoricen, siempre que no superen los límites y anualidades fijados en el apartado siguiente. 2. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no será superior a 4. El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder, para cada programa presupuestario, de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial del capítulo a que corresponda la operación, los siguientes porcentajes: ............................. ............................ ............................. En los contratos de ................DE CARÁCTER PLURIANUAL, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio, se efectuará una retención adicional de crédito ................del importe de adjudicación, en el momento en que ésta se realice. Esta retención se aplicará ...........................o al..........................., según el momento en que se prevea realizar el pago de la certificación final. Estas retenciones computarán dentro de los porcentajes establecidos en este artículo. Estas limitaciones NO serán de aplicación • a los compromisos derivados de................................ • de .......................... • incluidos ............................ ..........................................a propuesta de............................y en casos especialmente justificados, podrá acordar la modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades o autorizar la adquisición de compromisos de gastos que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial. Artículo 30 Tramitación anticipada de gasto 1. Son EXPEDIENTES DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE GASTO aquellos que • hayan de generar obligaciones económicas para la Hacienda del Principado de Asturias, y • que se inicien en .............................a aquel en que vaya a comenzar a materializarse la contraprestación. • En estos expedientes deberá concurrir la circunstancia de que exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales del Principado de Asturias. Artículo 31 Incorporación de remanentes 1. Los créditos para gastos que en el último día del ejercicio presupuestario no estén vinculados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán ........................ 2. No obstante lo anterior, por resolución del.............................podrán incorporarse al estado de gastos del ejercicio siguiente, generando nuevos créditos en el mismo, los remanentes de crédito que procedan de: a) ..............................cuando sean destinados al pago de liquidación de atrasos a favor del personal del Principado o de sus organismos autónomos. b) ................................... cuando sean destinados al pago de obligaciones derivadas de operaciones autorizadas por el Consejo de Gobierno en el ejercicio anterior. c) Créditos de ....................(2).........................cuando garanticen compromisos de gastos contraídos durante el ejercicio (fase contable «D»), y para los mismos gastos que motivaron, en cada caso, la autorización y compromiso. d) Créditos de capítulo .............................(3)...........................siempre que sean destinados a gastos de la misma naturaleza económica. e) ..........................(3).................., aprobados durante ..........................., siempre que sean destinados a los mismos gastos que motivaron la aprobación de la modificación. 3. Al objeto de atender el pago de obligaciones derivadas de obras, suministros, servicios y operaciones de endeudamiento cuyo saldo contable haya sido anulado a fin de ejercicio, .......................... podrá, excepcionalmente, autorizar la imputación del pago de obligaciones contraídas en ejercicios anteriores a créditos del ejercicio corriente de similar naturaleza y finalidad. Posteriormente, cuando se incorporen los remanentes de créditos afectados, se imputarán a los mismos las obligaciones iniciales previstas para el ejercicio. Para su aplicación será necesario efectuar solicitud motivada a la Consejería competente en materia económica y presupuestaria y haber tramitado, previamente, la propuesta de incorporación. Artículo 32. Crédito extraordinario y suplemento de crédito. 1. Cuando deba efectuarse algún gasto que no pueda ser aplazado hasta el ejercicio siguiente y para el cual no exista crédito consignado en los presupuestos o el existente sea insuficiente y no ampliable, ....................................., remitirá a ............................ el correspondiente proyecto de ley de concesión de crédito extraordinario o suplemento de crédito, respectivamente, haciendo mención necesariamente de los recursos concretos con que será financiado el ....................gasto. 2. Cuando la necesidad de crédito extraordinario o suplemento de crédito se produjera en ......................... y ello no signifique un aumento en los créditos del Presupuesto del Principado, la autorización corresponderá .............................., correspondiendo la autorización al ......................................, en los restantes supuestos. En ambos casos será preceptivo el previo informe de la Consejería a la que el organismo esté adscrito, en el que se especificará el medio de financiación del mayor gasto. De la autorización de estos créditos se dará cuenta a ................................... Artículo 33 Apertura provisional de crédito 1. ..........................podrá autorizar la apertura provisional de créditos en el estado de gastos de los presupuestos, que tengan por objeto contraer obligaciones de gasto inaplazable, en los casos siguientes: a) Cuando la necesidad del gasto se produzca como consecuencia de catástrofes, calamidades públicas u otras situaciones de manifiesta urgencia, así declarada expresamente por ..........................., que deberá iniciar simultáneamente la tramitación del correspondiente expediente de crédito extraordinario o suplemento de crédito. b) Cuando la promulgación de una nueva ley o la notificación de una sentencia judicial genere obligaciones cuyo cumplimiento exija la concesión de crédito extraordinario o suplemento de crédito. 2. En ambos casos si, la Junta General del Principado no aprobase posteriormente la concesión del crédito extraordinario o suplemento de crédito, se ................................y el gasto que hubiere sido contraído se aplicará al crédito presupuestario más similar en sus fines o cuya reducción produzca menos trastorno al servicio público. INCORPORACION DE REMANENTES, se podrán incorporar al estado de gastos del ejercicio siguiente, generando nuevos créditos en el mismo. CAP I Gastos de personal. CAP II Gastos en bienes corrientes y servicios. CAP III Gastos financieros. CAP IV Transferencias corrientes. CAP V Fondo de contingencia. CAP VI Inversiones reales. CAP VII transferencias de capital. CAP VIII activos financieros. CAP IX pasivos financieros. Artículo 34 Transferencias de créditos 1. Los Consejeros podrán autorizar transferencias de créditos para gastos en ................................ Su efectividad quedará demorada hasta en tanto no se haya producido .................................. 2. El Consejero competente en materia económica y presupuestaria, a propuesta de los respectivos Consejeros, podrá autorizar: a) Transferencias entre créditos para operaciones ...................... b) Transferencias, ya sean .........................., entre créditos para ............................ que, contando con ............................. de los presupuestos generales del Principado de Asturias, estén distribuidos entre ............................en función de los distintos beneficiarios. 3. El Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia económica y presupuestaria, podrá autorizar las siguientes transferencias: a) Entre créditos para ............................... b) Entre créditos de cualquier naturaleza, ............................... c) Entre créditos para operaciones de capital .......................... d) Entre créditos del Fondo de Compensación Interterritorial, ............................. e) Entre créditos para operaciones de capital ...........................siempre que .......................... f) Entre créditos para operaciones financieras ........................ g) Entre créditos para operaciones de ....................... que sean consecuencia de la aplicación de las medidas de fomento cultural exigidas en la realización de obra pública. h) Desde créditos del programa ............................. a los capítulos respectivos de los demás programas de gastos. De estas transferencias el Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General del Principado de Asturias en el plazo de ........................... 4. Todas las transferencias de crédito están sujetas a las siguientes limitaciones: a) No afectarán a ........................ni a.................................. b) No minorarán .................................mediante transferencias o suplementos de crédito ni generados a través de....................... c) No determinarán aumento en créditos que, como consecuencia de otras transferencias, hayan sido objeto de...................... d) No afectarán a los créditos para gastos destinados al pago de ........................., salvo que se acredite la renuncia del beneficiario o que, por cualquier otra causa, haya decaído el derecho a su percepción. 5. Las limitaciones contenidas en el apartado anterior no serán de aplicación en los siguientes casos: a) Cuando se trate de créditos de capítulo .................... b) Cuando se trate de créditos modificados como consecuencia de .................... c) Cuando se efectúen transferencias entre........................ teniendo en cuenta que ello ,.................................... y cuando se efectúen entre ...............................siempre que ................................ d) Cuando se efectúen transferencias según lo previsto en las letras e) y f) del apartado 3 de este artículo o se trate de transferencias relativas al programa «Imprevistos y funciones no clasificadas». e) Cuando se trate de créditos para ............................, que, contando con idéntica denominación en el estado de gastos de los presupuestos generales del Principado de Asturias, estén distribuidos entre varios artículos de un mismo programa presupuestario en función de los distintos beneficiarios. 6. Las transferencias de créditos que afecten a créditos para gastos de personal deberán ser informadas previamente por .......................... Artículo 35 Habilitación de créditos 1. El ................................... podrá aprobar la habilitación de créditos, en razón y por la cuantía que pueda producirse, por las siguientes operaciones: a) ............................, de personas naturales o jurídicas, para financiar gastos que por su naturaleza estén comprendidos en las competencias y objetivos de la misma. b) Ingresos por...................... ligados a créditos que .......................... c)............................. de la Comunidad Autónoma. 3. Los ingresos finalistas que no hubieran sido habilitados en el ejercicio en el que se reciban, tendrán la consideración de ............................., pudiendo dar lugar a la habilitación de créditos en ejercicios posteriores siempre que se destinen a la misma finalidad para la que fueron recibidos. Artículo 36. Habilitación por remanente de tesorería no afectado. 1. Cuando de la liquidación del presupuesto se obtenga un remanente de tesorería no afectado positivo, dicho remanente podrá ser habilitado por ............................ para ...................................., correspondiendo su aprobación ................................ 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, corresponderá ................................, la aprobación de las habilitaciones de gastos que se refieran a los programas que determine la ley de presupuestos generales de cada ejercicio así como las que afecten a los presupuestos de los organismos y entes públicos cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de sus presupuestos de gastos. 3. De las habilitaciones de gasto que se dispongan con arreglo al apartado 2 de este artículo, el .......................... cuenta a la Junta General como máximo dentro ..............................a aquél en que hayan tenido lugar. Artículo 37 Reintegro de pagos indebidos 1. Los ingresos obtenidos por reintegro de pagos realizados indebidamente con cargo a créditos presupuestarios, darán lugar a .................................. 2. Aquellos que se produzcan por pagos hechos en ejercicios anteriores continuarán aplicándose al presupuesto de ingresos como ............................, no pudiendo ............................. Artículo 38 Limitación del gasto público 1. Los ......................................que se tramiten no podrán comportar crecimiento del gasto público presupuestado, salvo que, al mismo tiempo, .......................... 2. Todo ......................................, así como los borradores de convenio o protocolo que pretenda suscribir la Administración del Principado de Asturias o sus entes instrumentales, DEBERÁN IR ACOMPAÑADOS DE .............................. en la que se pongan de manifiesto, detalladamente evaluados, cuantos datos resulten precisos para conocer todas las repercusiones presupuestarias de su ejecución, debiendo ser informados preceptivamente, a efectos económicos y con carácter previo a su aprobación, por la Consejería competente en materia económica y presupuestaria. 3. Para la suscripción de los convenios, a que se refiere el número anterior, será necesaria la previa retención de crédito en el concepto adecuado. Artículo 39 Apertura de aplicaciones 1. Las modificaciones de créditos podrán dar lugar, excepcionalmente, a la apertura de capítulos, artículos, o conceptos presupuestarios, siempre que no exista denominación adecuada en el presupuesto y la naturaleza del gasto lo requiera. 2. La autorización de la apertura corresponderá .......................salvo en aquellas modificaciones que ................................ 3. Corresponderá en todo caso ...................... aprobar la creación de conceptos presupuestarios que supongan la aparición de denominaciones nominativas para la concesión de subvenciones. Artículo 40 Reorganizaciones administrativas Corresponde a ...................................... efectuar en los presupuestos aprobados las adaptaciones técnicas que sean necesarias con motivo de REORGANIZACIONES ADMINISTRATIVAS o del TRASPASO de COMPETENCIAS desde la Administración del Estado. Estas adaptaciones técnicas se efectuarán conforme al procedimiento establecido para las modificaciones presupuestarias y los créditos que de ellas resulten estarán sometidos, para ulteriores modificaciones, a las limitaciones establecidas para las transferencias de créditos. La aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior podrá dar lugar a la apertura de cualquier elemento de la aplicación presupuestaria, pero no implicará incremento en los créditos globales del presupuesto salvo cuando exista una fuente de financiación específica. Artículo 40 bis. Fondo de contingencia. 1. En el presupuesto del Principado de Asturias de cada ejercicio se incluirá como fondo de contingencia de ejecución presupuestaria una dotación diferenciada que se destinará a hacer frente durante el correspondiente ejercicio a...............................y.........................en todo o en parte en el presupuesto inicial del ejercicio. 2. En ningún caso podrá utilizarse el fondo de contingencia para financiar modificaciones destinadas a la cobertura de gastos o actuaciones que deriven de .........................que carezcan de cobertura presupuestaria. 3. A las transferencias de crédito que se realicen con cargo a este fondo no les serán de aplicación las limitaciones establecidas en el artículo 34.4 del TRREPPA, a efectos de asegurar la financiación vinculada a las mismas. 4. La cuantía del fondo de contingencia se determinará anualmente en ............................... Artículo 41. Autorización y disposición de gastos. 1. Corresponde ......................y......................... la autorización y disposición de los gastos propios de los ......................a su cargo y de los que establezca la ley de presupuestos generales de cada ejercicio o, en su defecto, la del ejercicio anterior, hasta la cuantía fijada por estas. La autorización de gastos de cuantía superior a la indicada corresponderá ..........................., salvo que se trate de ..........(3).........., o de gastos vinculados a ............................, que serán autorizados por los órganos citados. 2. En materia de autorización y disposición de gastos y ordenación de pagos del presupuesto de la Junta General del Principado, se estará a lo que dispongan sus reglamentos y normas especiales de organización y funcionamiento. 3. La autorización y disposición de gastos de los organismos autónomos se regirán por lo dispuesto en sus estatutos o normas de creación y, supletoriamente, por lo dispuesto en esta ley. La administración de los recursos de la Hacienda del Principado corresponde a. Titular de la Consejería. CEP. Consejo de Gobierno. Los actos de gestión de los derechos económicos se ajustarán a las normas emanadas de. Titular de la Consejería. CEP. Consejo de Gobierno. La gestión tributaria se ajustará a lo dispuesto en el EA las leyes sus reglamentos y las normas de desarrollo dictadas por............... Titular de la Consejería. CEP. Consejo de Gobierno. 3. Corresponde al ............................. la organización de los servicios de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 25.n) de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. Titular de la Consejería respectiva. Consejo de Gobierno. CEP. 3. Corresponde al .............................. transigir y someter a arbitraje las contiendas que surjan sobre los derechos de la Hacienda del Principado. Consejo de Gobierno. Titular de la Consejería. CEP. podrá disponer la no liquidación o, en su caso, la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que fije como insuficiente para la cobertura del coste que su exacción y recaudación representen, con el límite de 50 euros. Consejo de Gobierno. Titular de la Consejería. CEP. 1. ..................................determinará la estructura de los presupuestos generales del Principado que se elaborarán, en todo caso, con criterios que permitan su consolidación con los presupuestos generales del Estado. El Consejo de Gobierno. El CEP. La Junta General. 3. Todo expediente de ampliación de créditos estará necesariamente equilibrado y hará referencia a la fuente de financiación del crédito ampliado. Su aprobación corresponderá ........................que dará cuenta trimestralmente a la Junta General del Principado de Asturias. El Consejo de Gobierno. El CEP. La Junta General. Quien autoriza la apertura de aplicaciones presupuestarias. 3. Corresponderá ..........................aprobar la creación de conceptos presupuestarios que supongan la aparición de denominaciones nominativas para la concesión de subvenciones. 1. La ordenación de todos los pagos con cargo a los fondos y depósitos del Principado corresponderá al ............................... Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Consejo de Gobierno. La Consejería a cuyo presupuesto el pago se refiera. La Junta General. 3. Cuando las necesidades o volumen de los servicios así lo aconsejen, ........................................y bajo la directa autoridad y dependencia de éste, podrá crear ordenaciones secundarias de pagos. En el acuerdo de creación se señalarán, necesariamente, la autoridad o funcionario titular, el ámbito de su competencia y las normas básicas para el ejercicio de la ordenación secundaria de pagos. Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Consejo de Gobierno. La Consejería a cuyo presupuesto el pago se refiera. el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia económica y presupuestaria. 4. En función de las disponibilidades de la tesorería, ............................... podrá establecer, con carácter temporal, periódico o permanente, el orden de prioridad de los pagos. Este orden no perjudicará el cumplimiento de obligaciones de vencimiento fijo. Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Consejo de Gobierno. La Consejería a cuyo presupuesto el pago se refiera. el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Artículo 43 Pagos a justificar 1. Para aquellos gastos cuyos justificantes ............................, podrán expedirse mandamientos de pago con el carácter "a justificar", sin perjuicio de su aplicación a los correspondientes créditos presupuestarios. Asimismo, podrá procederse a la expedición de libramientos a justificar cuando los servicios o prestaciones a que se refieran ................................ 2. Los perceptores de las órdenes de pago "a justificar" vendrán obligados a rendir cuenta justificativa de la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo máximo de ......................., excepto en las correspondientes a pagos de expropiaciones, que podrá ser rendida en el plazo de ..................., y estarán sujetos a las responsabilidades señaladas en las leyes. 3. Para la atención de gastos corrientes de carácter periódico o repetitivo, se podrán librar ....................... Tendrán esta consideración aquellas provisiones de fondos de carácter no presupuestario y permanente que se realicen a pagadurías, cajas y habilitaciones, en los términos que se establezcan reglamentariamente, para la atención inmediata de tales gastos y posterior aplicación al presupuesto del año en que se efectúen. ordenes de pago a justificar, rendir cuenta en. en general. de expropiaciones. Artículo 44 Cierre del ejercicio Los presupuestos de cada ejercicio se cerrarán en cuanto a liquidación y recaudación de derechos y reconocimiento y pago de obligaciones, ...................., formándose la Cuenta General conforme a las normas contenidas en esta ley. 1. El manejo y custodia de todos los fondos y valores de la Comunidad Autónoma corresponderá a ..............y en su caso................ que dependerán orgánica y funcionalmente de .................................... 2. Las garantías que deban constituirse a favor de la Administración del Principado de Asturias o de sus organismos públicos se presentarán en ................................ para su custodia, salvo las excepciones que se determinen reglamentariamente. |