TUTELA PENAL
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Título del Test:
![]() TUTELA PENAL Descripción: Tema 2.- Relaciones entre derecho penal y derecho administrativo |



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1.- Felipe comete el 7 de enero de 2015 una conducta constitutiva de falta en aquel momento está vigente un precepto que establece que las faltas prescriben a los 6 meses No se inicia ningún procedimiento contra él hasta el 29 de octubre de 2015 En ese momento su conducta había pasado a considerarse en virtud de la reforma del Código Penal delito leve y el plazo de prescripción se había modificado a 1 año ¿Qué debería legar su abogado para evitar que se juzgue a Felipe?: Que la conducta ya estaba prescrita antes del cambio de la ley. Que según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos las normas que modifican los plazos de prescripción no son aplicables retroactivamente si son contrarias al reo. No podría alegar nada pero podría solicitar un atenuante de dilaciones indebidas. Que según el TS la prescripción es de naturaleza procesal por lo que le afectan las normas sobre irretroactividad de la Ley penal desfavorable. 2.- Brigitte de nacionalidad francesa pero residente en el momento de comisión de los hechos en España fue citada a declarar como testigo en España en virtud de comisión rogatoria liberada por un tribunal francés en una causa criminal por delito. Brigitte faltó a la verdad a sabiendas y en contra del reo en aquella declaración. Al regresar a Francia fue condenada por el delito de falso testimonio Cumplida su condena cuando el delito todavía no había prescrito en España, se inició un procedimiento contra ella en nuestro país por los mismos hechos ¿Qué debería legar su abogado para evitar la condena?. Que España no tiene jurisdicción para conocer de los hechos ya que la perjudicada ha sido la administración de Justicia francesa. Que se debe aplicar a Brigitte la ley francesa en el caso de que resulte ser más favorable. El principio ne bis in idem. Al tratarse de otra jurisdicción no puede evitar la condena pero podría solicitar el indulto total o parcial. 3.- Si una ley dictada en estado de alarma prevé el aumento de penas para cierto delito y finalizado el estado de alarma y derogada esa ley se vuelva la pena anterior más benévola. ¿la misma poder aplicarse retroactivamente a quienes cometieron aquel delito durante la vigencia de la ley del Estado de la anterior más severa?: No, en ningún caso se les aplicará siempre la pena más severa prevista en la ley del Estado del arma durante cuya vigencia se cometió el delito. Sí, pues la ley posterior más beneficiosa es siempre retroactiva. En principio no, salvo que la ley posterior disponga expresamente lo contrario. Sólo si la ley posterior más beneficiosa ha entrado en vigor antes del juicio. 4.- Juan funcionario público detiene ilegalmente Ascensión en el ejercicio de sus funciones Después de consumarse el delito pero permaneciendo todavía la situación antijurídica (es decir teniendo todavía ilegalmente detenida Ascensión) entra en vigor una ley que endurece el castigo para esa conducta. ¿Según nuestro Tribunal Supremo se le puede aplicar la nueva ley a Juan?. No, se le debe juzgar por la ley vigente en el momento en que detuvo a Ascensión. Sí, al tratarse de un delito permanente y mantenerse la situación anti jurídica cuando entra en vigor la nueva ley. Sólo si Juan lo afecta expresamente. El Tribunal Supremo de la Libertad en estos casos para que cada juez actúe como estime más oportuno. 5.- El artículo 510 CP dispone: Serán castigados con una pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses: a) Quienes públicamente fomenten promuevan o inciten directa o indirectamente al odio contra un grupo por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad. Un juez decide aplicar este precepto a Pedro por fomentar públicamente el odio contra el grupo de los profesionales de las fuerzas de seguridad del Estado, dado que en su opinión el supuesto es similar a los grupos recogidos en él. El juez está conforme a la postura defendida en el texto básico:. Haciendo una interpretación extensiva prohibida. Haciendo una interpretación extensiva permitida. Haciendo una aplicación analógica prohibida. 6.- Braulio es condenado a una pena de localización permanente que debe cumplir según lo estipulado en el Código Penal en su domicilio. Sin embargo el juez para que la pena surta más efecto aflictivo y preventivo decreta que la cumpla en prisión, a pesar de que no se prevé en la ley. ¿Qué aspecto del principio de legalidad se ha vulnerado?. La garantía criminal. La garantía penal. La garantía ejecutiva o de ejecución. 7.- Braulio es sancionado disciplinariamente por la tenencia de droga en su lugar de trabajo conducta que altera la disciplina y el buen orden de la organización Además de la condena por un delito de tráfico de drogas, dado que se prueba por la cantidad aprehendida que la tenencia era para el tráfico ¿Puede alegar para evitar una de las dos sanciones el principio de ne bis in idem y conseguir este objetivo?. Sí. No, porque no se dan los requisitos que a esta establecido el Tribunal Constitucional. No, porque no se dan los requisitos establecidos en el Código Penal. 8.- Un precepto penal que dispusiera "1. El que contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general adquiera, posea, trafique, facilite, trate, transforme, utilice, almacene, transporte o elimine materiales nucleares u otras sustancias radioactivas peligrosas que causen o puedan causar la muerte o lesiones graves a personas o daños sustanciales a la cantidad del aire, la calidad del suelo o a la calidad de las aguas o animales o plantas será castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años, multa de 6 a 18 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de 1 a 3 años" Sería conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional: Una norma penal en blanco constitucional. Una norma penal en blanco inconstitucional. Un prefecto penal completo que no presenta ningún problema respecto del principio de legalidad. 9.- El 2 de octubre de 2020 Antonio es condenado por, actuando en grupo. coaccionar a otras personas para que se sumen a una huelga y se le impone la pena mínima prevista para este delito de una aplicación del artículo 315.3 del Código Penal, un año de prisión. El 23 de abril de 2021 entra en rigor una ley que deroga el artículo 315.3 mencionado. De esta manera, de cometerse en la actualidad los hechos por los que fue condenado a Antonio, los mismos sólo serían subsumibles en el delito común de coacciones, que tiene un marco penal más beneficioso, pues la pena mínima es de 6 meses. En tales circunstancias. La reforma no beneficia a Antonio pues una vez que ya se está cumpliendo la sentencia, la misma solo se puede modificar en el caso de que la nueva ley destipifique los hechos. Antonio podrá pedir la revisión de su condena. La reforma ya no beneficia a Antonio pues la retroactividad de la ley penal favorable, opera sólo hasta el momento en que se dicta sentencia. 10.- Supongamos que un precepto penal estableciera lo siguiente:" El funcionario que infrinja las obligaciones establecidas en la normativa municipal durante un estado de alarma será castigado como autor de un delito leve con la pena..." ¿Según la doctrina del Tribunal Constitucional sobre las leyes penales en blanco estaríamos ante un precepto conforme con la Constitución?. Sí pues las leyes penales en blanco no presentan ningún problema de constitucionalidad. No porque las leyes penales en blanco son siempre inconstitucionales. No porque no cumple con los requisitos establecidos por el TC. Sí pues cumple con los requisitos establecidos por el TC. 11.- Armando se presentó como aspirante a un puesto en el Ayuntamiento de Veredalta. En la convocatoria constaba como requisito de los aspirantes entre otros, no haber sido condenado por delito doloso salvo que los antecedentes estuvieran cancelados. Armando superó las pruebas objetivas y fue nombrado para el puesto por su primo Rufino, alcalde de la localidad, a pesar de que ambos conocían que Armando tenía antecedentes penales no cancelables, hecho por el cual fueron procesados Sin embargo antes de que se dicte la sentencia se produce una modificación del Código Penal por la cual la conducta por la que fue condenado a Armando deja de ser delito Si usted fuera el abogado de Rufino que debería alegar para evitar su condena?. Que la aplicación retroactiva de la ley penal favorable, ha hecho desaparecer el elemento del tipo relativo a la "falta de los requisitos legalmente establecidos". Que si a Armándo se la aplica retroactivamente a la nueva ley más favorable para eliminar sus antecedentes penales, Rufino merece al menos una eximente por analogía. Que aunque la reforma del Código Penal no pueda tener ningún efecto retroactivo para Armando porque ya ha cumplido la condena, se merecen al menos un atenuante por analogía. Aceptaría la condena y luego pediría al indulto total o parcial como una medida posible. 12.- Señale cuál de las siguientes no es una garantía o subprincipio del principio de legalidad penal recogido en el Código Penal español. Garantía criminal. Garantía penal. Garantía jurisprudencial. Garantía Ejecutiva. 13.- Señale cuál de las siguientes afirmaciones es falsa: El principio ne bis in idem sólo se aplica en el ámbito penal pero no se extiende a todo orden jurídico sancionador. El principio ne bis in idem tiene una vertiente procesal -derecho a no ser juzgado dos veces por lo mismo, o prohibición de doble proceso- y una vertiente material -derecho a no ser sancionado dos veces por lo mismo-. El principio ne bis in idem en su vertiente procesal ha sido interpretado de manera cada vez más amplia por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El principio ne bis in idem es un derecho fundamental reconocido en diversos convenios internacionales. 14.- La opinión ampliamente mayoritaria en nuestro país tanto entre los penalistas como entre los administrativistas, mantiene que: Entre ilícito penal y el administrativo no hay diferencias cualitativas sino unicamente cuantitativas. Entre el ilícito penal y el administrativo no hay diferencias cuantitativas sino únicamente cualitativas. Entre el ilícito penal y el administrativo no hay diferencias cuantitativas ni cualitativas. Entre el ilícito Penal y el administrativo y diferencias cuantitativas y cualitativas. 15.- El legislador, si quiere respetar los principios de última ratio y de intervención mínima del Derecho penal a la hora de decidir qué conductas sanciona como ilícito penal y cuáles como lícito administrativo debería según la opinión mayoritaria: Atender para ello exclusivamente al criterio de gravedad de las infracciones desde el punto de vista material. Atender para ello criterios de carácter práctico político. Atender para ello criterios de rapidez y eficacia de la sanción. Tener en cuenta la mayor flexibilidad de un sistema dotado de menores garantías. 16.- Señale cuál de las siguientes afirmaciones es falsa: El principio ne bis in idem está mencionado de manera expresa nuestra Carta Magna y con carácter general. Nuestro Tribunal Constitucional afirma desde antiguo que el principio ne bis in idem goza de reconocimiento constitucional tanto en su vertiente material como procesal. Para la aplicación del principio ne bis in idem el Tribunal Constitucional ha establecido el requisito de la triple identidad. El principio se encuentra recogido en el Tratado Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el acuerdo Shengen. 17.- Señale cuál es los siguientes no es un requisito establecido por el Tribunal Constitucional para que una ley penal en blanco sea considerada conforme al principio de la legalidad: El reenvío la normativa extrapenal tiene que ser expreso. La utilización de esta técnica tiene que estar justificada en razón del bien jurídico protegido. Tienen que quedar suficientemente determinados los elementos esenciales de la conducta en la ley penal, es decir, esta debe contener al menos el núcleo esencial de la prohibición, el verbo típico. El precepto puede remitir para identificar la conducta delictiva a otro precepto del Código Penal o a otra norma con rango de ley pero no a normativa con rango inferior a la ley, como por ejemplo los reglamentos. |




