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UNED Penal I 1ªP examen Tipo A 2018

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Título del Test:
UNED Penal I 1ªP examen Tipo A 2018

Descripción:
UNED Penal I 1ªP examen Tipo A 2018

Fecha de Creación: 2018/03/16

Categoría: UNED

Número Preguntas: 27

Valoración:(50)
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El principio cogitationis poenam nemo patitur significa que: las personas jurídicas no pueden ser penalmente responsables. la fuerza irresistible, como vis absoluta, excluye la acción como primer elemento del concepto del delito. el pensamiento es penalmente irrelevante salvo que se haya puesto de manifiesto por actos externos (acción u omisión). los animales no pueden realizar una conducta criminal.

La idea que sirve de base a las teorías individualizadoras de la causalidad es distinguir en sede causal: entre causalidad y responsabilidad. entre causalidad y tipicidad. entre tipicidad y reponsabilidad. entre causa y condición.

Lo injusto de los delitos de omisión se constituye por: la antijuridicidad y la culpabilidad. la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y la punibilidad. el desvalor de la omisión y el desvalor del resultado. el desvalor personal, el desvalor social y el desvalor de relación.

Ozar O., ciudadano turco, ha cometido crímenes contra civiles en la guerra de Siria, escapando de la zona de conflicto y estableciéndose en la costa española. Reconocido por una de sus víctimas, esta interpone querella contra Ozar por delitos contra las personas protegidas en caso de conflicto armado. El Estado sirio solicita la extradición al español y esta es rechazada por falta de garantías de que no se le impondrá la pena de muerte. ¿Podrá Ozar ser juzgado en España por los delitos señalados?. no, en ningún caso, Ozar es ciudadano extranjero y sus delitos se han cometido fuera del territorio español. sí, aplicando el principio de la jurisdicción universal. sí, aplicando el principio real o de protección de intereses. sí, aplicando el principio de personalidad activa.

Según el texto básico recomendado, ¿qué elemento del delito excluye la concurrencia de una causa de justificación?. la antijuridicidad de la conducta. la culpabilidad de la conducta. la punibilidad de la conducta. la tipicidad de la conducta.

La circunstancia agravante de alevosía tiene limitado su ámbito de aplicación a los delitos: contra el patrimonio. contra las personas. cuyo sujeto pasivo sea una persona física o jurídica. contra las personas y contra el patrimonio.

Desde una perspectiva sistemática, la causalidad puede ser: solo un elemento de la conducta. solo un elemento de los tipos de lo injusto. tanto un elemento de la conducta como de los tipos de lo injusto. únicamente un elemento de la antijuridicidad.

A los efectos de determinar la la ley aplicable en el tiempo, nuestro CP opta por: el criterio de la acción. el criterio del resultado. un criterio mixto. no establecer regla alguna.

La euro-orden, mecanismo de auxilio jurídico internacional en materia penal, puede ser no ejecutada: por cuestiones relativas a la protección de los derechos fundamentales del acusado. en caso de que el autor del delito no sea nacional de un Estado perteneciente a la UE. ninguna de las anteriores respuestas es correcta. tanto la respuesta a) como la b) son correctas.

Según la doctrina mayoritaria, en la definición de la tentativa del art. 16 CP el legislador español ha impuesto el criterio de imputación objetiva: de la peligrosidad de la conducta. de la ubicuidad. del peligro abstracto. del ánimo del autor.

Según la opinión dominante, seguida en el texto básico recomendado, la determinación de qué es lo descuidado en los delitos imprudentes se hace de acuerdo a criterios: subjetivos, personales, adaptados a las capacidades de cada individuo. generales, objetivos, iguales para todos los ciudadanos. mixtos, teniendo en cuenta tanto elementos subjetivos como elementos generales. no existe un planteamiento general, dependiendo del ámbito social en que nos encontremos se determinará conforme a criterios subjetivos u objetivos.

Cuando hablamos de participación impropia nos referimos: a la autoría mediata. a la complicidad, siempre que sea posterior a la comisión del delito. al encubrimiento. a la coatoría.

Indique cuál de las ss. afirmaciones es correcta con respecto a la reforma de la LO 1/2015, de 30 de marzo: todas las conductas que antes eran constitutivas de falta pasaron a ser delitos menos graves. todas las conductas que antes eran constitutivas de falta dejaron de tener relevancia penal. algunas de las conductas que antes eran constitutivas de falta pasaron a ser delitos leves o menos graves. ninguna de las conductas que antes eran de falta ha pasado a ser mero ilícito civil.

El antiguo delito de infanticidio castigaba con una pena menor que la del asesinato a la "madre que para ocultar su deshonra matare a su hijo recién nacido". De acuerdo con la postura que se defiende en el texto básico recomendado, pertenece al tipo de lo injusto del infanticidio: dar muerte al recién nacido. el motivo por el que se da muerte al recién nacido. tanto dar muerte al recién nacido como el motivo por el que se le da muerte. ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

La legítima defensa tiene naturaleza de: eximente que elimina la pena pero deja subsistente la responsabilidad civil del autor. causa de inculpabilidad que elimina tanto la responsabilidad penal como la civil derivada del delito. causa de inimputabilidad que elimina la culpabilidad e impide la imposición de una pena al autor. causa de justificación: la conducta típica realizada al amparo de la misma será declarada lícita, conforme a derecho.

Quienes afirman que la retribución por el delito cometido es el único fundamento de la pena, mantienen una: teoría absoluta de la pena. teoría utilitaria de la pena. teoría relativa de la pena. teoría mixta de la pena.

Señale cuál de las ss. afirmaciones es CORRECTA: el CP español define el dolo. el castigo de la tentativa, cuyo injusto es incomprensible sin tener en cuenta la voluntad del sujeto, constituye un argumento común para defender la ubicación del dolo en lo injusto. la concepción de las normas penales como normas de determinación no puede utilizarse como argumento para defender la ubicación del dolo en lo injusto. hoy día se defiende mayoritariamente la ubicación del dolo como forma de culpabilidad.

De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado, para descartar el dolo eventual y considerar que se da imprudencia consciente respecto de un determinado resultado: basta con que el autor desee que ese resultado no se produzca, con independencia de que no se atribuya ninguna capacidad de dominio del curso causal para evitarlo. es necesario que el autor, pese a concebir dicho resultado como posible, confié en que no se va a producir porque se atribuye un dominio del curso causal que le permitirá evitarlo. es necesario que el resultado no sea la meta directa que persigue el autor, pero sí una consecuencia necesariamente unida a dicho objetivo. es necesario que el resultado sea la meta directa de la acción que realiza el autor.

De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado: solo repondrán como conspiradores los que se hayan comprometido a intervenir en el hecho realizando actos ejecutivos. solo responderán como conspiradores los que se hayan comprometido a intervenir en el hecho realizando actos de mera participación. responderán como conspiradores los que se hayan comprometido a intervenir en el hecho realizando actos ejecutivos o de mera participación. responderán como conspiradores los que, habiendo resuelto cometer un delito, inviten a otras personas a participar en él.

Rosa quiere matar a Claudio. Envenena la sopa que Claudio va a comer y le da el plato a Rómulo, camarero, quien, sin sospechar nada, le sirve el plato a Claudio, que muere como consecuencia del veneno. Teniendo en cuenta este relato de hechos es correcto afirmar que: Rosa responderá por la muerte de Claudio como autora inmediata individual. Rosa responderá por la muerte de Claudio como autora mediata. Rómulo responderá por la muerte de Claudio como cooperador necesario. Rosa responderá por la muerte de Claudio como inductora.

La "salud pública" como bien que supone una anticipación de la protección de los bienes jurídicos individuales, es un bien jurídico: individual. colectivo. supraindividual. supracolectivo.

El vigente CP clasifica las infracciones penales en: delitos y faltas. delitos graves, delitos menos graves y faltas. delitos graves, delitos menos graves y leves. delitos graves y delitos leves.

En delitos como las detenciones ilegales y secuestros, las coacciones o las agresiones y abusos sexuales, y otros que igualmente protegen algún ámbito de la libertad individual, el consentimiento del portador del bien jurídico actúa como: causa de exclusión de la acción. causa de exclusión de la tipicidad. causa de justificación. causa de inculpabilidad.

Señale cuál de las ss. afirmaciones sobre las causas de justificación es cierta según el texto básico recomendado: ninguna causa de justificación exige la concurrencia de elementos subjetivos. ninguna causa de justificación exige la concurrencia de elementos objetivos. solo algunas causas de justificación exigen la concurrencia de elementos objetivos y subjetivos. todos las causas de justificación exigen la concurrencia de elementos objetivos y subjetivos.

Cuando un sujeto comete un delito putativo realiza una conducta: típica pero no antijurídica. típica y antijurídica pero no culpable. típica, antijurídica y culpable pero no punible. atípica.

Como circunstancia mixta (que puede agravar o atenuar la responsabilidad) encontramos en el vigente CP: los motivos discriminatorios. el abuso de confianza. el parentesco. la reincidencia.

De acuerdo con la postura que se defiende en el texto básico recomendado, el que realiza una tentativa irreal o supersticiosa: actúa sin dolo pero realiza el tipo objetivo de un delito doloso. actúa con dolo pero de manera justificada. lleva a cabo una conducta típica y antijurídica pero no culpable dada su inimputabilidad. lleva a cabo un comportamiento atípico.

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