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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEUNED Penal II Septiembre 2017 Reserva

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Título del test:
UNED Penal II Septiembre 2017 Reserva

Descripción:
Examen Penal II Septiembre 2017 Reserva

Autor:
Sergiokuest
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
13/12/2018

Categoría:
UNED

Número preguntas: 27
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Temario:
1) Juan tiene a su cargo la custodia de Blas, menor de edad. María y Pedro son los guardadores de Blas. María y Pedro van el domingo a casa de Juan y le dicen que vienen a buscar a Blas para llevarlo al cine. Juan se niega a ello y no les permite que vean a Blas. Juan realiza una conducta constitutiva de: a) Un delito de detenciones ilegales b) Un delito contra las relaciones familiares si su negativa no está justificada c) Una conducta atípica d) Un delito contra la filiación.
2) El delito de detenciones ilegales puede cometerse por: a) Únicamente por autoridades b) Únicamente por funcionarios públicos c) Únicamente por particulares d) Todas las respuestas son incorrectas.
3) El homicidio puede cometerse: a) Mediante dolo directo únicamente b) Mediante dolo directo o indirecto únicamente c) Mediante dolo eventual d) Mediante dolo directo e indirecto en todos los casos y mediante dolo eventual en las medidas omisivas únicamente.
4) Juan modifica los datos reservados de carácter personal de Pedro que estaban incluidos en el registro público del Ayuntamiento de su localidad de residencia. La conducta de Juan será constitutiva de delito: a) Si se realiza por imprudencia b) Si se realiza en comisión por omisión c) Si se realiza sin autorización d) Si se realiza en connivencia con una autoridad.
5) El delito de impedir, sin causa legal, a un socio ejercer el derecho de información lo pueden cometer: a) Todos los socios de una sociedad constituida b) La Junta de accionistas de una sociedad constituida c) Los administradores de hecho o de derecho de una sociedad constituida d) Todas las respuestas son correctas.
6) El Código penal castiga al que captare o utilizare a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades o se lucrare con ellas. ¿Cuál o cuáles de las siguientes circunstancias contempla el Código penal como agravantes específicas para estas conductas?: a) Que los hechos revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio b) Que el material pornográfico fuera de notoria importancia c) Que concurra la agravante de reincidencia d) Las tres anteriores son correctas.
7) El delito de robo con violencia o intimidación se agrava de forma específica cuando: a) Afecta a cosas de primera necesidad b) A consecuencia de la violencia ejercida se producen lesiones de cierta importancia c) Se comete utilizando armas o medios peligrosos d) Se comete sobre personas indefensas o desvalidas.
8) Pedro utiliza un bien embargado por la autoridad pública que se había constituido en depósito, su conducta será: a) Constitutiva de delito en todo caso b) Constitutiva de una infracción administrativa c) Constitutiva de responsabilidad civil d) Constitutiva de delito si se realiza sin autorización.
9) Los actos hostiles realizados en una relación laboral para que sean constitutivos de delitos deben llevarse a cabo: a) Con violencia b) Con intimidación c) Con reiteración d) Con amenazas.
10) En el asesinato: a) Cabe la tentativa b) Cabe la tentativa excepto en el caso de la alevosía, en el que la muerte tiene que haberse producido necesariamente c) Cabe la tentativa tanto en la modalidad dolosa como imprudente del asesinato d) Cabe la tentativa únicamente en la modalidad dolosa y que el asesinato imprudente sólo se castiga cuando se consuma.
11) Juan borra unos documentos electrónicos de Pedro, con su autorización, lo que ocasiona un resultado grave porque los documentos tenían un contenido valioso. La conducta de Juan sería: a) Constitutiva de un delito de daños b) Constitutiva de un delito informático c) Constitutiva de un delito de sabotaje informático d) Todas las respuestas son incorrectas.
12) La persona que convierte en un lingote de oro treinta cadenas de oro conociendo que proceden del robo de una joyería, comete: a) Un delito de receptación b) Un delito de encubrimiento c) Un delito de blanqueo de capitales d) Un delito contra el mercado y los consumidores.
13) Para averiguar la cuantía defraudada a la Seguridad Social, se tendrá en cuenta: a) La cantidad defraudada en un año b) La cantidad defraudada en un lustro c) La cantidad defraudada en cuatro años d) La cantidad defraudada en tres años.
14) El Código penal castiga a quien, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. ¿Qué circunstancias agravantes específicas se contemplan para este delito?: a) Si la víctima fuere menor de doce años o persona con discapacidad necesita de especial protección b) Que hubiera mediado ensañamiento c) Que hubiera mediado alevosía d) Las tres respuestas anteriores son correctas.
15) La venta ambulante u ocasional de copias fraudulentas de ropa de marca, se castiga como: a) Un delito contra la propiedad intelectual b) Un tipo atenuado del delito contra la propiedad industrial c) Un delito contra la propiedad industrial d) Un tipo atenuado de un delito contra la propiedad intelectual.
16) En la eutanasia, es suficiente que quien solicita la muerte a un tercero: a) Sufra una enfermedad grave b) Sufra una enfermedad grave que produzca graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar c) Sufra una enfermedad que conduzca necesariamente a su muerte d) Sufra graves padecimientos y difíciles de soportar.
17) Cuál de las circunstancias siguientes está contemplada en el Código penal como agravante específica de la conducta de producir el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por la ley: a) Que el acto se realizara por profesional sanitario b) Que se hubiere utilizado violencia para obtener el consentimiento c) Que el acto se realizara por un sujeto previamente condenado ejecutoriamente por un delito de la misma naturaleza comprendido en el mismo título del Código penal d) Que el acto se realizara fuera de un centro o establecimiento público o privado acreditado.
18) Las defraudaciones realizadas mediante tarjetas de crédito, débito, o cheques de viaje, darán lugar a: a) Un delito de falsificación b) Un delito de usurpación de personalidad c) Un delito de apropiación indebida d) Un delito de estafa.
19) El Código penal castiga a quienes manipulen genes humanos de manera que se altere el genotipo. Este delito incluye como elemento del tipo de lo injusto: a) Que se actúe con finalidad distinta a la eliminación o disminución de taras o enfermedades graves b) Que el resultado sea perjudicial para la víctima c) Que no exista consentimiento de la víctima o éste haya sido obtenido mediante engaño, violencia o intimidación d) Las tres respuestas anteriores son incorrectas.
20) El profesional que, estando obligado, abandonare los servicios sanitarios comete un delito de omisión del deber de socorro: a) En todo caso b) Cuando de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas c) No se comete un delito de omisión del deber de socorro, aunque responderá pro el resultado por un delito impropio de omisión d) Cuando como resultado de la denegación se produzca algún resultado material dañoso para la víctima únicamente.
CASO PRÁCTICO HECHOS PROBADOS: Tras haber mantenido la noche anterior una discusión con su cónyuge, Azucena, con la intención de atentar contra la vida de su marido Avelino, le esperó en el interior del garaje de la vivienda, llevando el pelo cubierto con un gorro de ducha y parte del rostro tapado con una manga cortada de un jersey negro y portando un revólver que estaba en el domicilio y, cuando su marido Avelino abrió la puerta del garaje manualmente desde el interior del mismo, le disparó, alcanzándole en la espalda uno de los disparos que realizó. Como consecuencia de estos hechos, Avelino sufrió lesiones consistentes en herida anfractuosa subcentrimétrica en región paravertebral derecha, a la altura de las vértebras dorsales Dl 1 y Dl 2, compatible con orificio de entrada por arma de fuego, no presentando sangrado activo en el reconocimiento en Urgencias, no padeciendo pérdida del conocimiento ni déficit neurológico, ni dificultad respiratoria, no evidenciándose deformidades visibles. Presenta un proyectil en el tejido celular subcutáneo, con afectación leve de la musculatura paravertebral, impactado en la apófisis espinosa de la vértebra D10, alojado entre ésta y la apófisis espinosa inferior, sin que la bala penetrase en la cavidad torácica ni produjese alteraciones fuera de la pared torácica posterior. Al personarse en el lugar de los hechos efectivos de la Guardia Civil, encontraron en el suelo del garaje un arma de fuego con tambor de nueve disparos… correspondían a un revólver detonador marca FOCH, modelo 0220, de calibre original 22 Long Blanc, con número de identificación, parcialmente oculto, NUM001, que presentaba una serie de transformaciones que permitían disparar cartuchos de munición metálica de percusión anular del calibre 22 Long Rifle. El día 16 de enero de 2016 Azucena consignó la cantidad de 3600 € para el pago de la indemnización que solicitaba el Ministerio Fiscal para Avelino. PREGUNTA: 21) Azucena ha cometido, como autora, un delito de: a) Asesinato en grado de tentativa b) Homicidio en grado de tentativa en concurso con lesiones consumadas c) Homicidio en grado de tentativa d) Lesiones agravadas por uso de armas peligrosas.
CASO PRÁCTICO HECHOS PROBADOS: Tras haber mantenido la noche anterior una discusión con su cónyuge, Azucena, con la intención de atentar contra la vida de su marido Avelino, le esperó en el interior del garaje de la vivienda, llevando el pelo cubierto con un gorro de ducha y parte del rostro tapado con una manga cortada de un jersey negro y portando un revólver que estaba en el domicilio y, cuando su marido Avelino abrió la puerta del garaje manualmente desde el interior del mismo, le disparó, alcanzándole en la espalda uno de los disparos que realizó. Como consecuencia de estos hechos, Avelino sufrió lesiones consistentes en herida anfractuosa subcentrimétrica en región paravertebral derecha, a la altura de las vértebras dorsales Dl 1 y Dl 2, compatible con orificio de entrada por arma de fuego, no presentando sangrado activo en el reconocimiento en Urgencias, no padeciendo pérdida del conocimiento ni déficit neurológico, ni dificultad respiratoria, no evidenciándose deformidades visibles. Presenta un proyectil en el tejido celular subcutáneo, con afectación leve de la musculatura paravertebral, impactado en la apófisis espinosa de la vértebra D10, alojado entre ésta y la apófisis espinosa inferior, sin que la bala penetrase en la cavidad torácica ni produjese alteraciones fuera de la pared torácica posterior. Al personarse en el lugar de los hechos efectivos de la Guardia Civil, encontraron en el suelo del garaje un arma de fuego con tambor de nueve disparos… correspondían a un revólver detonador marca FOCH, modelo 0220, de calibre original 22 Long Blanc, con número de identificación, parcialmente oculto, NUM001, que presentaba una serie de transformaciones que permitían disparar cartuchos de munición metálica de percusión anular del calibre 22 Long Rifle. El día 16 de enero de 2016 Azucena consignó la cantidad de 3600 € para el pago de la indemnización que solicitaba el Ministerio Fiscal para Avelino. PREGUNTA: 22) ¿Qué circunstancia agravante específica, cualificadora del asesinato, concurre en la acción de Azucena?: a) Abuso de superioridad b) Ensañamiento c) Alevosía d) No concurre ninguna circunstancia cualificadora ya que se trata de un homicidio.
CASO PRÁCTICO HECHOS PROBADOS: Tras haber mantenido la noche anterior una discusión con su cónyuge, Azucena, con la intención de atentar contra la vida de su marido Avelino, le esperó en el interior del garaje de la vivienda, llevando el pelo cubierto con un gorro de ducha y parte del rostro tapado con una manga cortada de un jersey negro y portando un revólver que estaba en el domicilio y, cuando su marido Avelino abrió la puerta del garaje manualmente desde el interior del mismo, le disparó, alcanzándole en la espalda uno de los disparos que realizó. Como consecuencia de estos hechos, Avelino sufrió lesiones consistentes en herida anfractuosa subcentrimétrica en región paravertebral derecha, a la altura de las vértebras dorsales Dl 1 y Dl 2, compatible con orificio de entrada por arma de fuego, no presentando sangrado activo en el reconocimiento en Urgencias, no padeciendo pérdida del conocimiento ni déficit neurológico, ni dificultad respiratoria, no evidenciándose deformidades visibles. Presenta un proyectil en el tejido celular subcutáneo, con afectación leve de la musculatura paravertebral, impactado en la apófisis espinosa de la vértebra D10, alojado entre ésta y la apófisis espinosa inferior, sin que la bala penetrase en la cavidad torácica ni produjese alteraciones fuera de la pared torácica posterior. Al personarse en el lugar de los hechos efectivos de la Guardia Civil, encontraron en el suelo del garaje un arma de fuego con tambor de nueve disparos… correspondían a un revólver detonador marca FOCH, modelo 0220, de calibre original 22 Long Blanc, con número de identificación, parcialmente oculto, NUM001, que presentaba una serie de transformaciones que permitían disparar cartuchos de munición metálica de percusión anular del calibre 22 Long Rifle. El día 16 de enero de 2016 Azucena consignó la cantidad de 3600 € para el pago de la indemnización que solicitaba el Ministerio Fiscal para Avelino. PREGUNTA: 23) ¿Concurre alguna circunstancia agravante genérica en el caso?: a) Agravante de parentesco b) Ensañamiento c) Abuso de confianza d) Ninguna.
CASO PRÁCTICO HECHOS PROBADOS: Tras haber mantenido la noche anterior una discusión con su cónyuge, Azucena, con la intención de atentar contra la vida de su marido Avelino, le esperó en el interior del garaje de la vivienda, llevando el pelo cubierto con un gorro de ducha y parte del rostro tapado con una manga cortada de un jersey negro y portando un revólver que estaba en el domicilio y, cuando su marido Avelino abrió la puerta del garaje manualmente desde el interior del mismo, le disparó, alcanzándole en la espalda uno de los disparos que realizó. Como consecuencia de estos hechos, Avelino sufrió lesiones consistentes en herida anfractuosa subcentrimétrica en región paravertebral derecha, a la altura de las vértebras dorsales Dl 1 y Dl 2, compatible con orificio de entrada por arma de fuego, no presentando sangrado activo en el reconocimiento en Urgencias, no padeciendo pérdida del conocimiento ni déficit neurológico, ni dificultad respiratoria, no evidenciándose deformidades visibles. Presenta un proyectil en el tejido celular subcutáneo, con afectación leve de la musculatura paravertebral, impactado en la apófisis espinosa de la vértebra D10, alojado entre ésta y la apófisis espinosa inferior, sin que la bala penetrase en la cavidad torácica ni produjese alteraciones fuera de la pared torácica posterior. Al personarse en el lugar de los hechos efectivos de la Guardia Civil, encontraron en el suelo del garaje un arma de fuego con tambor de nueve disparos… correspondían a un revólver detonador marca FOCH, modelo 0220, de calibre original 22 Long Blanc, con número de identificación, parcialmente oculto, NUM001, que presentaba una serie de transformaciones que permitían disparar cartuchos de munición metálica de percusión anular del calibre 22 Long Rifle. El día 16 de enero de 2016 Azucena consignó la cantidad de 3600 € para el pago de la indemnización que solicitaba el Ministerio Fiscal para Avelino. PREGUNTA: 24) ¿Concurre alguna circunstancia atenuante genérica en el caso?: a) Atenuante de parentesco b) Reparación del daño c) Obrar por causas o estímulos tan poderosos que han producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante d) Ninguna.
CASO PRÁCTICO HECHOS PROBADOS: Tras haber mantenido la noche anterior una discusión con su cónyuge, Azucena, con la intención de atentar contra la vida de su marido Avelino, le esperó en el interior del garaje de la vivienda, llevando el pelo cubierto con un gorro de ducha y parte del rostro tapado con una manga cortada de un jersey negro y portando un revólver que estaba en el domicilio y, cuando su marido Avelino abrió la puerta del garaje manualmente desde el interior del mismo, le disparó, alcanzándole en la espalda uno de los disparos que realizó. Como consecuencia de estos hechos, Avelino sufrió lesiones consistentes en herida anfractuosa subcentrimétrica en región paravertebral derecha, a la altura de las vértebras dorsales Dl 1 y Dl 2, compatible con orificio de entrada por arma de fuego, no presentando sangrado activo en el reconocimiento en Urgencias, no padeciendo pérdida del conocimiento ni déficit neurológico, ni dificultad respiratoria, no evidenciándose deformidades visibles. Presenta un proyectil en el tejido celular subcutáneo, con afectación leve de la musculatura paravertebral, impactado en la apófisis espinosa de la vértebra D10, alojado entre ésta y la apófisis espinosa inferior, sin que la bala penetrase en la cavidad torácica ni produjese alteraciones fuera de la pared torácica posterior. Al personarse en el lugar de los hechos efectivos de la Guardia Civil, encontraron en el suelo del garaje un arma de fuego con tambor de nueve disparos… correspondían a un revólver detonador marca FOCH, modelo 0220, de calibre original 22 Long Blanc, con número de identificación, parcialmente oculto, NUM001, que presentaba una serie de transformaciones que permitían disparar cartuchos de munición metálica de percusión anular del calibre 22 Long Rifle. El día 16 de enero de 2016 Azucena consignó la cantidad de 3600 € para el pago de la indemnización que solicitaba el Ministerio Fiscal para Avelino. PREGUNTA: 25) El homicidio puede cometerse: a) Mediante dolo directo b) Mediante dolo directo y eventual c) Mediante dolo directo y eventual e imprudencia grave d) Mediante dolo directo y eventual e imprudencia grave y menos grave.
26) A Juan, funcionario de policía, le encarga el Comisario que interrogue a Pedro que ha sido detenido por un delito de tráfico de drogas. Juan, extralimitándose en sus funciones, y con la finalidad de obtener una confesión, le obliga a tomar tres litros de agua. La conducta de Juan se considera: a) Constitutiva de un delito de lesiones b) Constitutiva de un delito de torturas c) Constitutiva de un delito de trato degradante d) Constitutiva de un delito contra la libertad.
27) Juan interrumpe de forma grave y sin autorización el funcionamiento del sistema informático de su vecino trasmitiendo unos datos. Su conducta será constitutiva de un delito de: a) Un delito de estafa b) Un delito de daños c) Un delito telemático d) Un delito de robo.
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