Vigilante de Seguridad 2013.
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Título del Test:
![]() Vigilante de Seguridad 2013. Descripción: Area Juridica. Test 10. |



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¿Qué ocurre si un testigo de un delito presenta una denuncia?. Que irá al juicio en calidad de imputado. Que irá al juicio en calidad de testigo. Que irá al juicio en calidad de denunciante. Para un testigo, ¿existe la obligación de acudir al juicio?. Sí y además si su testimonio es fundamental puede ser conducido a la fuerza. Sólo si su testimonio es fundamental. No. La denuncia podrá hacerse: Sólo en nombre de abogado y procurador. Sólo por escrito. Verbales o escritas. Con respecto a la denuncia, si una persona no sabe leer ni escribir... No podrá denunciar. Podrá denunciar verbalmente o lo hará otra persona en su nombre. Puede hacer una denuncia verbal. ¿Se castiga el no denunciar un delito que es presenciado directamente?. No, la denuncia es una decisión personal de cada individuo. Sólo en el caso que nos afecte personal y directamente. Sí, aunque existen personas exentas del deber de denunciar, en función de la relación que pueda tener con el delincuente. Aquellos delitos que no son perseguibles de oficio: No son castigados. No necesitan denuncia previa del ofendido. Necesitan denuncia del agraviado para ser perseguidos. Por regla general, ¿en qué juzgado se celebrará el juicio oral tras la fase de instrucción?. En el Juzgado de lª Instancia. En el Juzgado de lo Penal. En el Juzgado de Instrucción. La ley que regula todo lo relativo a la denuncia, fases de los procedimientos y todo lo relacionado con el proceso penal es: La Ley de Enjuiciamiento Civil. La Ley Penal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Dónde se pueden interponer las denuncias?. Ante la policía o el Juzgado de Guardia?. Sólo ante el Juzgado de Instrucción de Guardia. Sólo ante el Cuerpo Nacional de Policía. ¿Qué tipo de Juzgado es el que ejerce las funciones de Juzgado de Guardia?. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El Juzgado de lo Penal. El Juzgado de Instrucción. ¿Tiene los funcionarios públicos obligación específica de denunciar si observan la comisión de un delito?. Sí, la misma obligación que la establecida para el resto de los ciudadanos. Sí, tienen una obligación específica de denunciar por razón de su cargo. No. La pena establecida por no denunciar la comisión de un delito es de: Arresto. Multa. Prisión. Los delitos llamados perseguibles de oficio: No son perseguibles. Sólo son perseguibles previa denuncia del agraviado. Son perseguibles incluso sin denuncia del agraviado. Si imputamos un delito a una persona a sabiendas que no lo ha cometido, esa persona podrá denunciar por un delito de: Injurias. Falsedad. Calumnias. Un delito de injurias: Es peseguible a instancias de parte. Es equivalente a un delito de calumnias. Es perseguible siempre de oficio. Los menores de edad: Son juzgados según el CP si cometen un delito. Están obligados a denunciar si presencian un delito. Están exentos de la obligación de denunciar si presencian un delito. Cuando se interponga una denuncia escrita ante el Juzgado de Guardia: No es necesario firmar la misma. Habrá que incluir copias para el Mº Fiscal y los denunciados. Nunca se presentarán copias. Tras la celebración de un juicio oral por delito: El pleito pasará automáticamente a los archivos judiciales. Comenzarán a computarse los antecedentes penales. El Juzgado deberá dictar la correspondiente sentencia absolutoria o condenatoria. La presencia del Mº Fiscal en los juicios por delitos: No es obligatoria. Garantiza que el culpable pase a prisión inmediatamente. Garantiza la acción de la justicia y el interés social. Si una vez recibida la correspondiente denuncia por delito en un juzgado, el funcionario o Juez se percataren de su manifiesta falsedad: Deberán abstenerse de todo porcedimiento. Se procederá al inmediato ingreso en prisión del denunciante. Deberán seguir con el procedimiento a pesar de la falsedad. Las diligencias previas: Siempre dan lugar a la celebración de un juicio oral una vez concluidas. Son las actuaciones judiciales que se ralizan después de la celebración del juicio oral. Se siguen ante los Juzgados de Instrucción. Los abogados respecto a sus clientes: Tienen obligación de denunciarles si han cometido un delito. Tiene secreto profesional. Tiene secreto de confesión. |





