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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Constitución española bis 2
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Título del Test:
Constitución española bis 2

Descripción:
AUXILIAR ADMINISTRATIVO JUNTA ANDALUCÍA

Autor:
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EDUARDO VICIANA
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Fecha de Creación:
10/08/2022

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 8
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Temario:
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer: Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 66, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca. De los conflictos de jurisdicción entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí. De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes ordinarias.
El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a: 5 meses 1 año 6 meses 30 dias.
¿Quien podra interponer el Recurso de inconstitucionalidad segun la Constitución? El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo,el Ministerio Fiscal, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas. El Presidente del Gobierno, el Consejo de Gobierno y el Defensor del Pueblo El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas. El Presidente del Gobierno, el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo.
¿Quien podra interponer el recurso de amparo según la Constitución? Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Toda persona natural que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo y el Defensor del Pueblo oda persona natural que invoque un interés legítimo y el Ministerio Fiscal.
Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del: Mismo día de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Día siguiente de su publicación y cabe recurso contra ellas. Mismo día de su publicación y cabe recurso contra ellas. Día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas.
Según el art.167 de la Constitución, aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten: Dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una cuarta parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Dentro de los treinta días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Dentro de los treinta días siguientes a su aprobación, una cuarta parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría: De dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes. Absoluta de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes. De tres quintas partes de cada Cámara. De dos tercios de cada Cámara.
¿Cuando entro en vigor la Constitución? El mismo día de su publicación. Al día siguiente de su publicación. Dentro del mes siguiente al de su publicación. A los 20 dias de su integra publicación.
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