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DERECHO PROCESAL PENAL. LA DENUNCIA ÁREA JURÍDICA
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Título del Test:
DERECHO PROCESAL PENAL. LA DENUNCIA ÁREA JURÍDICA Descripción: vigilante de seguridad Autor:
Fecha de Creación: 26/07/2023 Categoría: Otros Número Preguntas: 20 |
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Temario:
Tienen el deber de denunciar: Los funcionarios públicos Un abogado en el ejercicio de su cargo Los particulares. Según la Ley de enjuiciamiento Criminal, la denuncia puede presentarse: Ante el Juez o la Policía Local Ante el Juez, Ministerio fiscal o Policía Judicial Ante el Juez o Policía Nacional. Están exentos del deber de denunciar un delito público: Los padres del delincuente Los impúberes Todas son correctas. Normalmente los delitos privados se persiguen mediante: Denuncia Querella De oficio. La denuncia debe contener: La simple y formal exposición de un hecho aparentemente delictivo La simple e informal exposición de un hecho aparentemente delictivo La imputación de un hecho delictivo a su presunto autor. En los delitos no públicos denunciar es: Una facultad Un deber Una opción moral. De las vías que se citan a continuación, una no lleva por sí sola a iniciar un proceso penal: Denuncia Querella Acta notarial. Según nuestra legislación, no se debe proceder: Por denuncia manifiestamente falsa Cuando los hechos denunciados no sean constitutivos de delito Todas son correctas. No podremos interponer una denuncia ante: El Ministerio Fiscal El Juzgado de Instrucción El Tribunal Supremo. ¿La denuncia verbal es personalísima? No Si No procede. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿Quiénes no están obligados a denunciar, pero si pueden hacerlo? Los sacerdotes El cónyuge Los abogados. La denuncia puede hacerse: Por escrito Por medio de mandatario con poder bastante Todas son correctas. No se considera una vida idónea para hacer llegar al Juez un presunto hecho delictivo: La querella La denuncia Una llamada telefónica. En los delitos públicos, la denuncia constituye: Un deber Una facultad Todas son correctas. Los atestados que instruye la policía: Se consideran actas notariales Se consideran denuncias Se consideran notificaciones. Para la validez de la denuncia, la identificación del delincuente: Es un requisito indispensable Carecerá de validez si no existe un delincuente responsable No es un requisito indispensable. En los delitos privados no se precisará querella: Cuando el delito sea flagrante Cuando la ofensa se dirija contra funcionarios por hechos relativos a su cargo Todas son correctas. La denuncia verbal se redactará en: Un atestado Un acto notarial Un acta en forma de declaración. Se encuentra obligados a denunciar: Los sacerdotes que hayan tenido noticia del delito en el ejercicio de su cargo Los menores Los funcionarios públicos. Los atestados que instruye la policía: Forman parte del Sumario No forman parte del Sumario Forman parte del Juicio Oral. |
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