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FUNCION PUBLICA 7 JUNTA DE ANDALUCIA
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Título del Test:
FUNCION PUBLICA 7 JUNTA DE ANDALUCIA Descripción: AUXILIAR ADMINISTRATIVO JUNTA DE ANDALUCIA Autor:
Fecha de Creación: 05/01/2022 Categoría: Oposiciones Número Preguntas: 11 |
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Temario:
El regimen disciplinario establecido en el EBEP, es de aplicación al: Personal funcionario Personal funcionario y personal laboral El EBEP no establece un régimen disciplinario, solo establece los deberes a cumplir Ninguna es correcta. Los que materialmente cometan las faltas no serán los únicos que incurran en responsabilidad, ya que también incurrirán en ella: Los que encubrieran las faltas muy graves o graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administracion o los ciudadanos Los que encubrieran las faltas consumadas muy graves, cuando de dichos actos se derive daño muy grave para la Administracion o los ciudadanos Los que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria, que no incurrirán en la misma responsabilidad que estos Los que encubrieran las faltas consumadas muy graves o graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administracion o los ciudadanos. Los principios para el ejercicio de la potestad disciplinaria establecidos en el EBEP, son: Legalidad y tipificad de las faltas y sanciones,irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y de retroactividad de las favorables,proporcionalidad,culpabilidad y presunción de inocencia Legalidad,irretroactividad,tipicidad,responsabilidad,proporcionalidad,prescripción y non bis in ídem Legalidad y tipificad de las faltas y sanciones,irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y de retroactividad de las favorables,prescripcion y non bis in ídem Ninguna de las anteriores es correcta. Son faltas muy graves las contempladas en: Solo las establecidas en el EBEP EBEP y las que queden tipificadas como tales en Ley de las Cortes Generales o de las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas o por los Convenios Colectivos en caso de personal laboral Las que queden tipificadas como tales en Ley de las Cortes Generales o de las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas o por los Convenios Colectivos en caso de personal laboral Las que queden tipificadas como tales en Ley de las Cortes Generales o de las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas. Sera falta muy grave según el EBEP: El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulada suponga un mínimo de 10 horas al mes El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones La incorrección con el publico,superiores,compañeros o subordinados El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas. Sera falta grave según el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero: el abandono del servicio,asi como no hacerse cargo voluntariamente de las tareas o funciones que tienen encomendadas La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades La obstaculizaron al ejercicio de las libertades publicas y derechos sindicales La falta de asistencia injustificada de 1 dia. Son faltas leves: Las que se dicten en desarrollo del EBEP y también las recogidas en el Real Decreto 33/1986 Las establecidas en el EBEP y las que se dicten en su desarrollo Las recogidas en el Real Decreto 33/1986 Las establecidas en el EBEP. Por las faltas cometidas se podrán aplicar las siguientes sanciones: Separación del servicio,Suspension firme de funciones,Traslado forzoso,Demerito,apercibimiento y cualquier otra que se establezca por Ley Separación del servicio,Suspension firme de funciones y apercibimiento Separación del servicio,Suspension firme de funciones y Demerito Separación del servicio,Suspension firme de funciones,Traslado forzoso,Demerito,apercibimiento y cualquier otra que se establezca por Decreto. El plazo de prescripción de las infracciones leves será de: 1 año 2 años 3 años 6 meses. El plazo de prescripción de las sanciones empezara a computarse desde: Que la falta se hubiera cometido o cese en comisión de continuadas La firmeza de la resolución disciplinaria Al mes siguiente de que la falta se hubiera cometido o cese en comisión de continuadas Al dia siguiente de la firmeza de la resolución disciplinaria. La imposición de sanciones por faltas leves se llevara a cabo por: Procedimiento publico y ágil con audiencia al interesado Procedimiento sumario sin audiencia al interesado Procedimiento sumario con audiencia al interesado Procedimiento publico y ágil sin audiencia al interesado. |
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