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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: UD 3.1 Common Law
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Título del Test:
UD 3.1 Common Law

Descripción:
UNIDAD 3. APARTADO 1

Autor:
AVATAR
Alfonso Durán Echavarría
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Fecha de Creación:
24/10/2021

Categoría: Otros

Número Preguntas: 130
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Temario:
Derechos fundamentales y libertades públicas. Recogidos en los artículos: 10 a 55 de la CE 11 a 55 de la CE 1 a 55 de la CE 9 a 56 de la CE.
Derechos fundamentales y libertades públicas. Recogidos en los arts. 10 a 55 de la CE, bajo la rúbrica: “De los Derechos y deberes fundamentales” se recogen la mayoría de éstos “De las libertades y deberes fundamentales” se recogen la mayoría de éstos “De los Derechos y libertades fundamentales” se recogen la mayoría de éstos “De los Derechos fundamentales” se recogen la mayoría de éstos.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. La práctica totalidad de los derechos recogidos en la Constitución se encuentra en: El título I (arts. 10-55) El título I (arts. 11-55) El título preliminar (arts. 10-55) El título preliminar (arts. 1-55).
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. La práctica totalidad de los derechos recogidos en la Constitución se encuentra en el título I (arts. 10-55), aunque es posible encontrar algunos fuera de él como: El derecho de los españoles a usar el castellano, contemplado en el art. 3 CE El derecho a la propiedad privada El derecho a la vivienda El derecho a la libertada de expresión.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. El título I de la Constitución se denomina: “De los Derechos y deberes fundamentales” “De las libertades y deberes fundamentales” “De los Derechos y libertades fundamentales” “De los Derechos fundamentales” .
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. El artículo 10 es: Todas son correctas Dentro del sistema constitucional es considerada como el punto de partida necesario para la existencia de los demás derechos La clave de bóveda de todo el sistema de derechos y libertades reconocidos en la Constitución Dentro del sistema constitucional es considerado como el punto de partida necesario para el reconocimiento de los demás derechos.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. La clave de bóveda de todo el sistema de derechos y libertades reconocidos en la Constitución es: El artículo 10 El artículo 11 El artículo 55 El artículo 1.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. Dentro del sistema constitucional es considerado como el punto de partida necesario para la existencia y reconocimiento de los demás derechos: El artículo 10 El artículo 11 El artículo 55 El artículo 1.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. En el título I compuesto por cinco capítulos, son propiamente derechos fundamentales los contenidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo II La sección primera del capítulo III, entre los artículos 30 a 55 Capítulo I.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. En el título I compuesto por cinco capítulos, son propiamente derechos fundamentales los contenidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo V Capítulo IV La sección primera del capítulo I, entre los artículos 1 a 29 .
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. En el título I compuesto por cinco capítulos, son propiamente derechos fundamentales los contenidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo I La sección segunda del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 La sección primera del capítulo I, entre los artículos 15 a 29.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. El Tribunal Constitucional ha tendido a reducir la condición plena de fundamentalidad a un núcleo duro de derechos, los comprendidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo II La sección primera del capítulo III, entre los artículos 30 a 55 Capítulo I.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. El Tribunal Constitucional ha tendido a reducir la condición plena de fundamentalidad a un núcleo duro de derechos, los comprendidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo V Capítulo IV La sección primera del capítulo I, entre los artículos 1 a 29.
Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978. El Tribunal Constitucional ha tendido a reducir la condición plena de fundamentalidad a un núcleo duro de derechos, los comprendidos en: La sección primera del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 Capítulo I La sección segunda del capítulo II, entre los artículos 15 a 29 La sección primera del capítulo I, entre los artículos 15 a 29.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El elemento central de los derechos constitucionales contenidos en normas completas reside: Todas son correctas En el hecho de que operan directamente desde la Constitución, que les otorga como mínimo un contenido esencial que se impone al legislador Si bien el legislador puede y debe dictar leyes sobre los derechos constitucionales, no puede determinar libremente su contenido Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación incorrecta. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina: Sus titulares o sujetos pasivos El objeto o bien jurídico de que disponen dichos titulares El contenido de facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Los sujetos pasivos u obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación incorrecta. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina: El objeto o bien jurídico de que disponen los sujetos pasivos Sus titulares o sujetos activos El contenido de facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Los sujetos pasivos u obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación incorrecta. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina: El contenido que nunca serán las facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Sus titulares o sujetos activos El objeto o bien jurídico de que disponen dichos titulares Los sujetos pasivos u obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación incorrecta. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina: Los sujetos activos u obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico Sus titulares o sujetos activos El objeto o bien jurídico de que disponen dichos titulares El contenido de facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto .
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina sus titulares o… Sujetos activos Bien jurídico de que disponen dichos titulares Facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina al objeto: Bien jurídico de que disponen dichos titulares Sujeto activo Facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina el contenido: Facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Sujetos activos El objeto o bien jurídico de que disponen dichos titulares Obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina el contenido: Facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto El objeto o bien jurídico de que disponen dichos titulares Sujetos activos Obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Los derechos poseen una estructura que les viene dada por la propia Constitución, que determina sus sujetos pasivos: Titulares Bien jurídico de que disponen dichos titulares Facultades que les corresponden para poder ejercer esa disposición sobre el objeto Obligados que deben facilitar a los mencionados titulares la libre disposición sobre dicho objeto o bien jurídico.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El artículo 53.1 CE establece que los derechos y libertades reconocidos en el capítulo segundo del título I: Todas son correctas Vinculan a todos los poderes públicos Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas Que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a).
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la incorrecta. El artículo 53.1 CE establece: Que los derechos y libertades reconocidos en el título I vinculan a todos los poderes públicos Que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a) Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de las libertades públicas.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la incorrecta. El artículo 53.1 CE establece: Solo por ley y decreto-legislativo, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales Que los derechos y libertades reconocidos en el capítulo segundo del título I vinculan a todos los poderes públicos Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de las libertades públicas Que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a).
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la incorrecta. El artículo 53.1 CE establece: Solo por ley y reglamento, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de las libertades públicas Que los derechos y libertades reconocidos en el capítulo segundo del título I vinculan a todos los poderes públicos Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales Que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a).
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la incorrecta. El artículo 53.1 CE establece: Que los derechos y libertades reconocidos en el capítulo segundo del título I vinculan a todos los poderes públicos Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales Solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de las libertades públicas Que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.1.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El ______ establece que los derechos y libertades reconocidos en el capítulo segundo del título I vinculan a todos los poderes públicos. Y solo por ley, que, en todo caso, deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a): Artículo 53.1 CE Artículo 161.1.a CE Artículo 10 CE Artículo 1 CE.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En la práctica: Todas son correctas Ha sido el Tribunal Constitucional el que ha ido delimitando lo que debe entenderse por contenido esencial de cada derecho en concreto. Para el TC, ninguna regulación de un derecho hecha por el legislador que desvirtúe el contenido esencial del derecho puede estar justificada Para el TC, ninguna regulación de un derecho hecha por el legislador que desnaturalice el contenido esencial del derecho puede estar justificada.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Aspectos: La naturaleza jurídica o el modo de concebir o de configurar cada derecho Tratar de buscar los intereses jurídicamente protegidos como núcleo y médula de los derechos subjetivos Ambas afirmaciones son correctas Ambas afirmaciones son incorrectas.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Constituyen el contenido esencial de un derecho subjetivo: Todas son correctas Aquellas facultades o posibilidades de actuación necesarias para que el derecho sea recognoscible como pertinente al tipo descrito Aquellas facultades o posibilidades sin las cuales deja de pertenecer a ese tipo y tiene que pasar a quedar comprendido en otro desnaturalizándose Siempre referido al momento histórico de que en cada caso se trata y a las condiciones inherentes en las sociedades democráticas, cuando se trate de derechos constitucionales.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación INCORRECTA. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Constituyen el contenido esencial de un derecho subjetivo: Aquellas facultades o posibilidades de actuación necesarias para que el derecho sea recognoscible como pertinente a otro tipo descrito Aquellas facultades o posibilidades sin las cuales deja de pertenecer a ese tipo y tiene que pasar a quedar comprendido en otro desnaturalizándose Todo ello referido al momento histórico de que en cada caso se trata Todo ello referido a las condiciones inherentes en las sociedades democráticas, cuando se trate de derechos constitucionales.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación INCORRECTA. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Constituyen el contenido esencial de un derecho subjetivo: Aquellas facultades o posibilidades de actuación necesarias para que el derecho sea recognoscible como pertinente a otro tipo descrito Todo ello referido al momento histórico de que en cada caso se trata Aquellas facultades o posibilidades sin las cuales deja de pertenecer a ese tipo y tiene que pasar a quedar comprendido en otro desnaturalizándose Todo ello referido a las condiciones inherentes en las sociedades democráticas, cuando se trate de derechos constitucionales.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación INCORRECTA. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Constituyen el contenido esencial de un derecho subjetivo: Aquellas facultades o posibilidades con las cuales deja de pertenecer a ese tipo y tiene que pasar a quedar comprendido en otro desnaturalizándose Aquellas facultades o posibilidades de actuación necesarias para que el derecho sea recognoscible como pertinente al tipo descrito Todo ello referido al momento histórico de que en cada caso se trata Todo ello referido a las condiciones inherentes en las sociedades democráticas, cuando se trate de derechos constitucionales.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señale la afirmación INCORRECTA. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Constituyen el contenido esencial de un derecho subjetivo: Todo ello referido a las condiciones inherentes en las sociedades democráticas, cuando se trate de cualquier tipo de derecho Aquellas facultades o posibilidades de actuación necesarias para que el derecho sea recognoscible como pertinente al tipo descrito Aquellas facultades o posibilidades sin las cuales deja de pertenecer a ese tipo y tiene que pasar a quedar comprendido en otro desnaturalizándose Todo ello referido al momento histórico de que en cada caso se trata .
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. Aquella parte del contenido del derecho que es absolutamente necesaria para que los intereses jurídicamente protegibles, que dan vida al derecho, resulten: Todas son correctas Realmente protegidos Concretamente protegidos Efectivamente protegidos.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En su sentencia 11/1981, de 8 de abril (fundamento jurídico 8), el TC trata de aproximarse a la idea de contenido esencial. De este modo, se rebasa o se desconoce el contenido esencial cuando el derecho queda sometido: Todas son correctas A limitaciones que lo hacen impracticable Lo dificultan más allá de lo razonable Lo despojan de la necesaria protección.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. La naturaleza jurídica o el modo de concebir o de configurar cada derecho y tratar de buscar los intereses jurídicamente protegidos como núcleo y médula de los derechos subjetivos, según el TC: Son complementarios Son alternativos Son antitéticos Todas son correctas.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. La naturaleza jurídica o el modo de concebir o de configurar cada derecho y tratar de buscar los intereses jurídicamente protegidos como núcleo y médula de los derechos subjetivos, según el TC: Son complementarios Son alternativos Son antitéticos Todas son incorrectas.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Apunta el Tribunal Constitucional, desde la STC 11/1981, de 8 de abril, que: No existen derechos ilimitados Existen derechos ilimitados Pueden existir derechos ilimitados Todas son correctas.
Contenido esencial de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Apunta el Tribunal Constitucional, que no existen derechos ilimitados. Desde la STC 11/1981, de 8 de abril Desde la STC 11/1991, de 8 de abril Desde la STC 11/1981, de 8 de mayo Todas son incorrectas.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista lo han estimado la introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: Todas son correctas El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señala la INCORRECTA. La introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista no lo han estimado El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señala la INCORRECTA.La introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: El legislador puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista lo han estimado Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad .
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señala la INCORRECTA.La introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: El legislador puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista lo han estimado Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señala la INCORRECTA.La introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: Por expreso mandato constitucional, cualquier límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista lo han estimado El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Señala la INCORRECTA.La introducción de límites externos a los derechos constitucionales debe contar con una especial carga de justificación referida a tres aspectos estructurales: En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución, cualquier restricción del derecho, aunque afecte al contenido esencial, no debe respetar el principio de proporcionalidad El Tribunal Constitucional y la doctrina constitucionalista lo han estimado El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho .
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. En cuanto principio deducible implícitamente de la Constitución: Cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad Todas son incorrectas El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción Por expreso mandato constitucional, ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho .
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Por expreso mandato constitucional: Ningún límite externo o restricción puede afectar al contenido esencial del derecho Cualquier restricción del derecho, aunque no afecte al contenido esencial, debe respetar el principio de proporcionalidad Todas son incorrectas El legislador no puede introducir restricciones legítimas al derecho constitucional de que se trate si la Constitución no contiene una habilitación de restricción .
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. Cualquier restricción a los derechos constitucionalmente consagrados solo puede efectuarse: Todas son correctas En defensa de otros derechos constitucionalmente protegidos En defensa de otros bienes constitucionalmente protegidos El legislador no es libre de introducir causas de limitación que aunque no estén prohibidas, no se hallen expresamente determinadas en la Constitución y consideradas como bienes que proteger.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El legislador: No es libre de introducir causas de limitación que aunque no estén prohibidas, no se hallen expresamente determinadas en la Constitución y consideradas como bienes que proteger Es libre de introducir causas de limitación que aunque no estén prohibidas, no se hallen expresamente determinadas en la Constitución y consideradas como bienes que proteger Es libre de introducir causas de limitación que aunque estén prohibidas, no se hallen expresamente determinadas en la Constitución y consideradas como bienes que proteger No es libre de introducir causas de limitación que aunque no estén prohibidas, se hallen expresamente determinadas en la Constitución y consideradas como bienes que proteger.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. La exigencia del respeto al contenido esencial se plantea claramente como un límite a los límites. Límite a la capacidad de establecer límites por el legislador: el del contenido __________ por cualquier poder público incluido el propio legislador. Esencial, intangible e indisponible Esencial, tangible e indisponible Esencial, intangible y disponible Esencial, tangible y disponible.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. La exigencia del respeto al contenido esencial se plantea claramente como un límite a los límites. Límite a la capacidad de establecer límites por el legislador: el del contenido esencial, intangible e indisponible por: Cualquier poder público incluido el propio legislador Cualquier poder público sin incluir al propio legislador Cualquier poder privado incluido el propio legislador Todas son correctas.
Límites de los Derechos fundamentales y libertades públicas. El principio de proporcionalidad: Todas son correctas Ha sido una construcción doctrinal elaborada primero por la doctrina y jurisprudencia alemanas Introducida en el sistema español por la influencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Plantea un cuadro de exigencias normativas con el fin de proteger el respeto y la virtualidad jurídica de los derechos constitucionales.
Clasificación de los derechos. Señale la incorrecta. La Constitución clasifica los derechos en tres tipos: Derechos públicos Derechos fundamentales y libertades públicas Derechos y deberes de los ciudadanos. Principios rectores de la política social y económica.
Clasificación de los derechos. Señale la incorrecta. La Constitución clasifica los derechos en tres tipos: Derechos públicos y libertades fundamentales Derechos fundamentales y libertades públicas Derechos y deberes de los ciudadanos Principios rectores de la política social y económica.
Clasificación de los derechos. Señale la incorrecta. La Constitución clasifica los derechos en tres tipos: Derechos básicos y fundamentales individuales Derechos fundamentales y libertades públicas Derechos y deberes de los ciudadanos. Principios rectores de la política social y económica.
Clasificación de los derechos. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I : Artículos 15 al 29 Artículos 30 al 38 Artículos 39 al 52 Todas son incorrectas.
Clasificación de los derechos. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I : Artículos 15 al 29 Artículos 30 al 38 Artículos 39 al 52 Artículos 10 al 29.
Clasificación de los derechos. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Artículos 15 al 29 Artículos 30 al 38 Artículos 39 al 52 Todas son correctas.
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho a sindicarse libremente (art. 28.1) Derecho a la huelga de los trabajadores (art. 28.2) Derecho de petición (art. 29).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2) Derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15) Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto (art. 16) Derecho a la libertad y a la seguridad (art. 17).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1) Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto (art. 16) Derecho a la libertad y a la seguridad (art. 17) Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (art. 18.1).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho a la libertad y a la seguridad (art. 17) Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (art. 18.1) Derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho de fundación (art. 34) Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (art. 18.1) Derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2) Derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1) Derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2) Derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3) Derecho a la libertad de circulación y residencia (art. 19).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3) Derecho a la libertad de circulación y residencia (art. 19) Derecho a la libertad de expresión e información (art. 20).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a la libertad de expresión e información (art. 20) Derecho de reunión y manifestación (art. 21) Derecho de asociación (art. 22).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38) Derecho a la libertad de expresión e información (art. 20) Derecho de reunión y manifestación (art. 21) Derecho de asociación (art. 22) Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes (art. 23.1).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38) Derecho de reunión y manifestación (art. 21) Derecho de asociación (art. 22) Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes (art. 23.1) Derecho de acceso a las funciones y cargos públicos (art. 23.2).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho de fundación (art. 34) Derecho de asociación (art. 22) Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes (art. 23.1) Derecho de acceso a las funciones y cargos públicos (art. 23.2) Derecho a obtener la tutela judicial efectiva (art. 24).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a la cultura (art. 44) Derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15) Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto (art. 16) Derecho a la libertad y a la seguridad (art. 17).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45.1) Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes (art. 23.1) Derecho de acceso a las funciones y cargos públicos (art. 23.2) Derecho a obtener la tutela judicial efectiva (art. 24).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de acceso a las funciones y cargos públicos (art. 23.2) Derecho a obtener la tutela judicial efectiva (art. 24) Derecho a la educación y libertad de enseñanza (art. 27).
Clasificación de los derechos. Señale la INCORRECTA. Derechos fundamentales y libertades públicas, recogidos en la sección primera del capítulo II del título I: Derecho de la juventud a la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural (art. 48) Derecho a la educación y libertad de enseñanza (art. 27) Derecho a sindicarse libremente (art. 28.1) Derecho a la huelga de los trabajadores (art. 28.2) Derecho de petición (art. 29).
Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Artículos 30 al 38 Artículos 15 al 29 Artículos 39 al 52 Todas son correctas.
Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Artículos 30 al 38 Artículos 15 al 29 Artículos 39 al 52 Todas son incorrectas.
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de fundación (art. 34) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos (art. 41) Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho de fundación (art. 34) Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero (art. 42) Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho a la protección de la salud (art. 43.1) Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Fomento de la educación sanitaria, la educación física y del deporte, y adecuada utilización del ocio (art. 43.3) Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho a la cultura (art. 44) Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho de fundación (art. 34) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45.1) Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2) Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1) Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1) Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de la juventud a la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural (art. 48) Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho de fundación (art. 34) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51) Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2) Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51) Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho de fundación (art. 34) Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a la previsión, tratamiento, rehabilitación e integración (art. 49) Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación incorrecta. Clasificación de los derechos. Derechos (y deberes) de los ciudadanos, recogidos en la sección segunda del capítulo II del título I: Derecho de los ciudadanos de la tercera edad a que los poderes públicos les garanticen la suficiencia económica, mediante pensiones debidamente actualizadas (art. 50) Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1). Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1).
Clasificación de los derechos. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Artículos 39 a 52 Artículos 30 a 38 Artículos 39 a 55 Artículos 15 a 29.
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho de defender a España (art. 30.1) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos (art. 41) Derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero (art. 42).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho a la objeción de conciencia (art. 30.2) Derecho a la protección de la salud (art. 43.1) Fomento de la educación sanitaria, la educación física y del deporte, y adecuada utilización del ocio (art. 43.3) Derecho a la cultura (art. 44).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32.1) Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45.1) Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de la juventud a la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural (art. 48).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho a la propiedad privada y a la herencia (art. 33) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho de los ciudadanos de la tercera edad a que los poderes públicos les garanticen la suficiencia económica, mediante pensiones debidamente actualizadas (art. 50) Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho de fundación (art. 34) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos (art. 41) Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1) Fomento de la educación sanitaria, la educación física y del deporte, y adecuada utilización del ocio (art. 43.3) Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45.1) Derecho de los ciudadanos de la tercera edad a que los poderes públicos les garanticen la suficiencia económica, mediante pensiones debidamente actualizadas (art. 50).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45.1) Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a la previsión, tratamiento, rehabilitación e integración (art. 49) Derecho de los consumidores y usuarios a que los poderes públicos garanticen su defensa, protegiendo la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos (art. 51).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos (art. 41) Derecho a la cultura (art. 44).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (art. 37.2) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47) Derecho de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a la previsión, tratamiento, rehabilitación e integración (art. 49).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y las de su familia (art. 35.1) Derecho de la familia a la protección social, económica y jurídica, así como derecho de los hijos y de las madres a la protección integral (arts. 39.1 y 2) Derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos (art. 41) Derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero (art. 42).
Clasificación de los derechos. Señale la afirmación INCORRECTA. Principios rectores de la política social y económica, recogidos en el capítulo III del título I: Derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios (art. 37.1) Derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero (art. 42) Derecho a la cultura (art. 44) Derecho de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a la previsión, tratamiento, rehabilitación e integración (art. 49).
La eficacia de los derechos fundamentales. El reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales se configuran, especialmente, como: Límites frente al poder del Estado Límites frente al poder del Rey Límites frente al poder del Parlamento Todas son correctas.
La eficacia de los derechos fundamentales. El reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales se configuran, especialmente, como límites frente al poder del Estado. Por lo tanto, alcanzan máxima eficacia en una relación de tipo vertical: Ciudadano-Estado Ciudadano-Ciudadano Estado-Rey Todas son incorrectas.
La eficacia de los derechos fundamentales. Así es como se articula, la máxima garantía, al enunciar el art. 41.2 TC que el recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta ley establece, frente: Todas son correctas A las violaciones de los derechos y libertades del artículo catorce a veintinueve, igual protección será aplicable a la objeción de conciencia, reconocida en el artículo treinta de la Constitución Violaciones originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho de los poderes públicos Poderes Públicos del Estado, las comunidades autónomas y demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes.
La eficacia de los derechos fundamentales. Art. 41.2 LOTC que el recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta ley establece, frente a las violaciones de los derechos y libertades a que se refiere del 14 al 29 y objeción de conciencia del artículo 30, originadas por las ________ de los poderes públicos del Estado, las comunidades autónomas y demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes: Disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho Disposiciones, actos jurídicos pero no omisiones o simple vía de hecho Disposiciones y omisiones Solamente actos jurídicos.
La eficacia de los derechos fundamentales. Art. 41.2 LOTC que «el recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta ley establece, frente a las violaciones de los derechos y libertades a que se refiere del 14 al 29 y objeción de conciencia del artículo 30, originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho: Todas son correctas Los poderes públicos de Estado y las comunidades autónomas Demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional Sus funcionarios o agentes .
La eficacia de los derechos fundamentales. Art. 41.2 LOTC que «el recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta ley establece, frente a las violaciones de los derechos y libertades a que se refiere del 14 al 29 y objeción de conciencia del artículo 30, originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho de los poderes públicos del Estado, las comunidades autónomas y demás entes públicos de carácter: Todas son correctas Territorial Corporativo Institucional.
La eficacia de los derechos fundamentales. Artículo 41.2 LOTC que «el recurso de amparo constitucional se trata de una: Eficacia directa e inmediata Eficacia indirecta e inmediata Eficacia directa y mediata Eficacia indirecta y mediata.
La eficacia de los derechos fundamentales. Sin embargo, en la realidad y consolidado el Estado de derecho, lo cierto es que la mayor parte de las vulneraciones de derechos fundamentales se producen: Entre particulares y, por lo tanto, en relaciones horizontales Entre particulares y, por lo tanto, en relaciones verticales Entre particulares y el Estado; y, por lo tanto, en relaciones horizontales Entre particulares y el Estado; y, por lo tanto, en relaciones verticales.
La eficacia de los derechos fundamentales: Todas son correctas No es posible negar la eficacia de los derechos fundamentales en las relaciones entre ciudadanos En especial, el poder que ostentan algunos sujetos frente a otros particulares es semejable al poder público En especial, el poder que ostentan algunas entidades de naturaleza jurídico-privada frente a otros particulares es semejable al poder público.
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la INCORRECTA: El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional .
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la INCORRECTA: Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad .
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la INCORRECTA: Las organizaciones empresariales forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional .
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la INCORRECTA: La libertad de empresa que establece el art. 38 CE legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad .
La eficacia de los derechos fundamentales: Todas son correctas El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad .
La eficacia de los derechos fundamentales. Todas son correctas El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional .
La eficacia de los derechos fundamentales. Todas son correctas Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional .
La eficacia de los derechos fundamentales: Todas son correctas El Tribunal Constitucional ha declarado que el ejercicio de los derechos no queda limitado a las relaciones que los ciudadanos mantengan con los poderes públicos Un Estado social de derecho como el que consagra el art. 1 CE no puede sostenerse con carácter general que el titular de tales derechos no lo sea en la vida social Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad La libertad de empresa que establece el art. 38 CE no legitima el que quienes prestan servicios en aquellas por cuenta y bajo la dependencia de sus titulares deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central y nuclear en el sistema jurídico constitucional .
La eficacia de los derechos fundamentales. Cuando la vulneración de un derecho fundamental procede de un particular, se mantiene la doctrina de: La eficacia indirecta y mediata La eficacia directa y mediata La eficacia indirecta e inmediata La eficacia indirecta e inmediata.
La eficacia de los derechos fundamentales. Cuando la vulneración de un derecho fundamental procede de un particular, se mantiene la doctrina de la eficacia indirecta y mediata, de manera que los derechos serán de aplicación en las relaciones entre particulares en la medida en la que: Todas son correctas El poder público—legislador haya concretado la eficacia del derecho entre particulares En mayor medida, jueces haya concretado la eficacia del derecho entre particulares En mayor medida, tribunales haya concretado la eficacia del derecho entre particulares.
La eficacia de los derechos fundamentales. La concreción de la eficacia del derecho entre particulares que pueden hacer los jueces les otorga también vinculación: Directa (vinculación mediata subsidiaria) Directa (vinculación inmediata subsidiaria) Indirecta (vinculación mediata subsidiaria) Indirecta (vinculación inmediata no subsidiaria).
La eficacia de los derechos fundamentales. La concreción de la eficacia del derecho entre particulares que pueden hacer los jueces les otorga también vinculación: Directa (vinculación mediata subsidiaria) Directa (vinculación inmediata subsidiaria) Indirecta (vinculación inmediata no subsidiaria) Indirecta (vinculación mediata subsidiaria).
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la opción INCORRECTA. Los tribunales concretan la eficacia del derecho entre particulares: El TC no admite demandas, —vía art. 24 CE— en casos de vulneraciones de derechos laborales por un poder económico-social En todo caso, habrá que valorar cada supuesto en concreto (casuística) En todo caso, habrá que valorar cada supuesto en concreto (casuística) En todo caso, habrá que valorar la posición o no de equilibrio entre los sujetos de manera En aquellas relaciones horizontales en las que no exista verdadera autonomía de la voluntad por existir la posición predominante de una de las partes, deben cobrar plena virtualidad los derechos fundamentales.
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la opción INCORRECTA. Los tribunales concretan la eficacia del derecho entre particulares: En todo caso, nunca habrá que valorar la posición o no de equilibrio entre los sujetos de manera En todo caso, habrá que valorar cada supuesto en concreto (casuística) En aquellas relaciones horizontales en las que no exista verdadera autonomía de la voluntad por existir la posición predominante de una de las partes, deben cobrar plena virtualidad los derechos fundamentales El TC admite demandas, —vía art. 24 CE— en casos de vulneraciones de derechos laborales por un poder económico-social.
La eficacia de los derechos fundamentales. Señale la opción INCORRECTA. Los tribunales concretan la eficacia del derecho entre particulares: En aquellas relaciones horizontales en las que no exista verdadera autonomía de la voluntad por existir la posición predominante de una de las partes, no deben cobrar plena virtualidad los derechos fundamentales En todo caso, habrá que valorar cada supuesto en concreto (casuística) En todo caso, habrá que valorar la posición o no de equilibrio entre los sujetos de manera El TC admite demandas, —vía art. 24 CE— en casos de vulneraciones de derechos laborales por un poder económico-social.
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