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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: UD 3.2 Common Law
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Título del Test:
UD 3.2 Common Law

Descripción:
UNIDAD 3. APARTADO 2

Autor:
AVATAR
Alfonso Durán Echevarría
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Fecha de Creación:
24/10/2021

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20
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Temario:
Los titulares de los derechos. Los titulares o sujetos activos de los derechos constitucionales son, en términos generales: Las personas Los españoles mayores de edad Solo los hombres Todas son incorrectas.
Personas físicas y jurídicas. El titular esencial de derechos constitucionales es: La persona física La persona jurídica La persona abstracta La persona colectiva.
Personas físicas y jurídicas. ¿Por qué este reconocimiento de titularidad a las personas jurídicas? Todas son correctas Vivimos, nos movemos y relacionamos en grupo Formamos grupos que conviven y se relacionan, de ahí que surja la necesidad de regular y tutelar dichas relaciones El fin último del reconocimiento de los derechos reconocidos a las personas jurídicas sea favorecer el desarrollo de las personas físicas que las forman).
Personas físicas y jurídicas. La STC 19/1983, de 14 de marzo, estimó que la Diputación Foral de Navarra poseía la titularidad del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva constitucionalizada en el art. 24.1 CE. Señala la afirmación INCORRECTA. En resumen: La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde solo a los ciudadanos La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona jurídica que sea titular de un interés legítimo La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona natural que sea titular de un interés legítimo Corresponde la legitimación aunque no sea titular del derecho fundamental que se alega como vulnerado.
Personas físicas y jurídicas. La STC 19/1983, de 14 de marzo, estimó que la Diputación Foral de Navarra poseía la titularidad del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva constitucionalizada en el art. 24.1 CE. Señala la afirmación INCORRECTA. En resumen: La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona natural pero no jurídica que sea titular de un interés legítimo La legitimación para interponer recursos de amparo no corresponde solo a los ciudadanos La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona natural que sea titular de un interés legítimo Corresponde la legitimación aunque no sea titular del derecho fundamental que se alega como vulnerado.
Personas físicas y jurídicas. La STC 19/1983, de 14 de marzo, estimó que la Diputación Foral de Navarra poseía la titularidad del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva constitucionalizada en el art. 24.1 CE. Señala la afirmación INCORRECTA. En resumen: La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona jurídica pero no natural que sea titular de un interés legítimo La legitimación para interponer recursos de amparo no corresponde solo a los ciudadanos La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona jurídica que sea titular de un interés legítimo Corresponde la legitimación aunque no sea titular del derecho fundamental que se alega como vulnerado.
Personas físicas y jurídicas. La STC 19/1983, de 14 de marzo, estimó que la Diputación Foral de Navarra poseía la titularidad del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva constitucionalizada en el art. 24.1 CE. Señala la afirmación INCORRECTA. En resumen: Corresponde la legitimación cuando sea titular del derecho fundamental que se alega como vulnerado La legitimación para interponer recursos de amparo no corresponde solo a los ciudadanos La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona jurídica que sea titular de un interés legítimo La legitimación para interponer recursos de amparo corresponde a cualquier persona natural que sea titular de un interés legítimo .
Personas físicas y jurídicas. La Constitución recoge expresiones como «todas las personas», empleada en el art. 24.1 CE, incluye, según el TC, a: Todas las personas físicas y jurídicas capaces de ser parte en un proceso Todas las personas físicas y jurídicas capaces o no de ser parte en un proceso Todas las personas físicas capaces de ser parte en un proceso Todas las personas jurídicas capaces o no de ser parte en un proceso.
Personas físicas y jurídicas. Señale la INCORREECTA. Titularidad de los derechos: Las personas jurídicas son titulares de los mismos derechos y en idéntica medida que las personas físicas Las personas jurídicas no gozan de todos los derechos que se les reconocen a las personas físicas La titularidad de las personas jurídicas nacionales depende en la medida en que, por su naturaleza resulten aplicables a ellas Las personas jurídicas nacionales son titulares con el derecho a la inviolabilidad del domicilio, o el derecho a la tutela judicial efectiva.
Personas físicas y jurídicas. Señale la INCORREECTA. Titularidad de los derechos: Las personas jurídicas gozan de todos los derechos que se les reconocen a las personas físicas Las personas jurídicas no son titulares de los mismos derechos y en idéntica medida que las personas físicas La titularidad de las personas jurídicas nacionales depende en la medida en que, por su naturaleza resulten aplicables a ellas Las personas jurídicas nacionales son titulares con el derecho a la inviolabilidad del domicilio, o el derecho a la tutela judicial efectiva.
Personas físicas y jurídicas. Señale la INCORREECTA. Titularidad de los derechos: La titularidad de las personas jurídicas nacionales no depende en la medida en que, por su naturaleza resulten aplicables a ellas Las personas jurídicas no son titulares de los mismos derechos y en idéntica medida que las personas físicas Las personas jurídicas no gozan de todos los derechos que se les reconocen a las personas físicas Las personas jurídicas nacionales son titulares con el derecho a la inviolabilidad del domicilio, o el derecho a la tutela judicial efectiva.
Personas físicas y jurídicas. Señale la INCORREECTA. Titularidad de los derechos: Las personas jurídicas nacionales nunca serán titulares con el derecho a la inviolabilidad del domicilio, o el derecho a la tutela judicial efectiva Las personas jurídicas no son titulares de los mismos derechos y en idéntica medida que las personas físicas Las personas jurídicas no gozan de todos los derechos que se les reconocen a las personas físicas La titularidad de las personas jurídicas nacionales depende en la medida en que, por su naturaleza resulten aplicables a ellas.
Personas físicas y jurídicas: Todas son correctas Afirmó el TC que no existe una necesaria equiparación entre personas físicas y jurídicas Las personas jurídicas al ser una creación del derecho, corresponden al ordenamiento jurídico delimitar su campo de actuación fijando los límites concretos y específicos La titularidad de derechos de las personas físicas abunda en una mayor tutela de los derechos de las personas físicas.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: No refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de grupos Permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: No permite la defensa de los legítimos intereses de grupos Refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: No permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos Refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de grupos y colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: No permite la defensa de los individuos que los conforman Refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de grupos y colectivos Permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: Todas son incorrectas Permite la defensa de los legítimos intereses de grupos Permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: Todas son incorrectas Refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de los colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
Personas físicas y jurídicas. Señale la afirmación INCORRECTA. Desde la perspectiva de la tutela de los derechos de las personas físicas, la titularidad de derechos por parte de las personas jurídicas: Todas son incorrectas Refuerza la tutela de los derechos de las personas físicas que las componen Permite la defensa de los legítimos intereses de grupos y colectivos Permite la defensa de los individuos que los conforman.
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