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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: VIGILANTE DE SEGURIDAD
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Título del Test:
VIGILANTE DE SEGURIDAD

Descripción:
Derecho penal Tema 2

Autor:
ECG
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Fecha de Creación:
29/03/2018

Categoría: Otros

Número Preguntas: 44
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Temario:
Son responsables de los delitos Los autores y los complices Los autores, cómplices y quienes se beneficien de ellos Los autores y encubridores.
No tienen responsabilidad penal por los delitos intentados Quien evite en contra de su voluntad la consumación del delito Quien evite voluntariamente la consumación del delito Ambas son correctas.
El autor mediato de un delito Realiza el delito ayudado de otra persona Realiza el delito por si mismo Ambas son correctas.
Es punible el delito Cuando es consumado En grado de tentativa Ambas son correctas.
El autor inmediato de un delito Lleva a cabo el delito ayudado de otra persona Realiza la conducta descrita por la ley por si mismo Ambas son correctas.
Señala la opción correcta Hay tentativa, cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos que deberían producir el resultado lesivo que se buscaba pero este no se produce, por causas independientes de la voluntad del autor Hay tentativa, cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos que deberían producir el resultado lesivo que se buscaba pero este no se produce, por causas que dependen de la voluntad del autor Hay tentativa, cuando el sujeto no da principio a la ejecución del delito directamente por hechos que deberían producir el resultado lesivo que se buscaba pero este no se produce, por causas independientes de la voluntad del autor.
En la autoría mediata, la participación de otras personas No es absolutamente necesaria Es absolutamente necesaria Es necesaria, a veces.
El bien jurídico protegido en el delito de encubrimiento es La solidaridad La administración publica La administración de justicia.
La provocación para cometer un delito existe cuando Dos o mas personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo El que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a ejecutarlo Directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, a la perpetración del mismo.
Son complices Los que cooperan a la ejecución del hecho con actos posteriores Los que participan a la ejecución del hecho con actos ulteriores Los que cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultaneos.
El vigilante de seguridad que da información necesaria para que alguien cometa un delito en la entidad en que aquel presta sus servicios se le considera Complice Enccubridor Autor.
La conspiración para cometer un delito existe cuando Dos o mas personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo El que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a ejecutarlo Directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante a la perpetración del mismo.
La responsabilidad criminal de los autores y los cómplices supone La misma pena por el delito cometido Les corresponde una pena distinta Que penalmente tienen la misma intervención en la comisión del delito.
La tentativa se castiga Con igual pena que si lo hubiesen consumado Con pena inferior Con pena superior.
La apología es Una forma de conspiración una forma de proposición Una forma de provocación.
En los delitos contra menores los jueces Podrán rechazar la eficacia del perdón No podrán rechazar la eficacia del perdón Estarán a lo que diga el Ministerio Fiscal.
El encubridor de un delito, es responsable del Delito Encubrimiento Falta.
Si a la provocación para cometer un delito le sigue su perpetracion, el hecho se castigará como Conspiración Proposición Inducción.
Son punibles las faltas Que hayan sido cometidas en grado de tentativa contra el patrimonio Que constituyan tentativa contra las personas Ambas son correctas.
Podemos definir la complicidad como la situación En que los actos que realiza un cómplice antes o al tiempo de someterse el delito, son necesarios para la consumación del mismo En que los actos que realiza un cómplice antes o al tiempo de someterse el delito, no son necesarios para la consumación del mismo En que quien realiza la acción delictiva no puede ser sustituido por otro de los particulares en el delito.
Son autores de un delito Los que inducen a ejecutarlo Los que cooperan a su ejecución con actos sin los cuales no se habría efectuado Ambas son correctas.
Son requisitos para que el encubrimiento sea castigado como delito Que tenga por finalidad favorecer al autor del delito Que el encubridor actúe con posterioridad a la ejecución del hecho punible, pero tenga conocimiento de la perpetración del delito Ambas respuestas son correctas.
El encubridor quedará impune Cuando el encubridor tenga por finalidad auxiliar al culpable, si se lleva a cabo con determinados parientes Cuando el encubridor tenga por finalidad el aprovechamiento de los efectos del delito, si se lleva a cabo con determinados parientes En ninguno de los dos casos.
Las penas impuestas por delitos de genocidio prescriben A los cinco año A los diez años No prescriben.
Las disposiciones relativas al encubrimiento se aplicarán Solo cuando el autor del hecho encubiertos sea responsable criminalmente Aun cuando el autor del hecho encubierto sea irresponsable Ambas son correctas.
Se entiende por"actos preparatorios" del delito La conspiración, proposición, provocación La conspiración, indulto, exención La provocación, proposición, exención.
La responsabilidad criminal se extinge Por indulto Por el perdón del ofendido Por ambos.
Los delitos prescriben Por el paso del tiempo Por el perdón de llas víctimas Ambas son correctas.
Se puede definir proposición para cometer un delito como Dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo El que ha resuelto cometer un delito e invita a otra u otras personas a ejecutarlo Directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, perpretacion del mismo.
En relación con los antecedentes penales No pueden cancelarse Pueden cancelarse Pueden cancelarse cuando se extinga la responsabilidad penal.
Son causas que eximen de responsabilidad penal El confesarse culpable El abuso de superioridad El miedo insuperable.
Son circunstancias que modifican la responsabilidad penal La minoría de edad Las agravantes y atenuantes La legitima defensa.
Son circunstancias agravantes de la responsabilidad penal La de actuar el culpable bajo la influencia de sustancias toxicas El arrebato Ejecutar un hecho mediante recompensa.
Son circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal Ejecutar el hecho mediante abusos de seguridad Ejecutar el hecho con un disfraz La reparación del daño ocasionado a la victima antes del juicio oral.
Los antecedentes penales Son siempre computables a efectos de reincidencia No se cancelan nunca No empiezan a contar desde el momento de la comisión del delito.
El empleo de armas de fuego o instrumentos de defensa dentro de la legitima defensa o cumplimiento de un deber o cargo Exige proporcionalidad entre el ataque y el medio empleado para repelerlo. No debe emplearse si existe otro medio menos lesivo para repeler el ataque Ambas respuestas son correctas.
Son presupuestos de legitima defensa La agresión ilegitima y la fata de provocación suficiente La necesidad racional del medio empleado Ambas respuestas son correctas.
El estado de necesidad exige Situación de necesidad Que el mal causado no sea mayor del que se pretende evitar Ambas respuestas son correctas.
El que por sufrir alteraciones en su percepción desde su nacimiento tenga alterada la conciencia de la realidad Tendrá una circunstancia atenuante a su favor si comete un delito Es inimputable según el código penal No goza de ningún derecho.
Los trabajos en beneficio de la comunidad se podrán imponer Sin el consentimiento del condenado Solo con el consentimiento del condenado y por un tiempo máximo de ocho horas diarias En ningún caso.
Según el código penal vigente, la tentativa No esta castigada Esta castigado con la misma pena que el delito consumado Esta castigado con la pena inferior en uno o dos grados.
El autor mediato de un delito Es equivalente a autor inmediato Es equivalente al coautor Comete el delito a través de otra persona a la que utiliza como instrumento.
Para ser complice Es necesario el dolo Basta con la concurrencia de negligencia Hay que tener poder de decisión sobre el hecho delictivo.
El carecer de capacidad suficiente para no entender la diferencia entre el bien y el mal puede aplicarse como una circunstancia Agravante Atenuante Eximente.
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