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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: 02 Batería Osakidetza Tec. Jurídico (Ley 41/2002)
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Título del Test:
02 Batería Osakidetza Tec. Jurídico (Ley 41/2002)

Descripción:
Batería Osakidetza Tec. Jurídico

Autor:
AVATAR
JSR
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Fecha de Creación:
12/07/2023

Categoría: Otros

Número Preguntas: 26
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Temario:
26.- El objeto de la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, según se establece en sus disposiciones es: a) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. b) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. c) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. d) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
27.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la documentación clínica es: a) La información contenida en la historia clínica. b) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y la documentación relativa a las voluntades anticipadas. c) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y de investigación biomédica. d) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial.
28.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una intervención en el ámbito de la sanidad es: a) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores, de salud pública o de investigación. b) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación. c) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos o rehabilitadores. d) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos.
29.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, es usuario: a) La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud. b) La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud en el sistema público de salud. c) La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria. d) La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria en el sistema público de salud.
30.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial: a) Como regla general se proporcionará verbalmente. b) Como regla general se proporcionará por escrito. c) Como regla general se proporcionará verbalmente y por escrito d) Como regla general se proporcionará por escrito cuando se trate de pacientes menores de edad.
31.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial contiene, como mínimo: a) La finalidad y la naturaleza de cada intervención b) La finalidad y la naturaleza de cada intervención y sus riesgos. c) La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. d) La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos, sus consecuencias y los derechos de los pacientes.
32.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, garantiza el cumplimiento del derecho a la información asistencial: a) El médico responsable del paciente. b) El médico responsable del paciente y los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto. c) El médico responsable del paciente y el personal de enfermería. d) El centro sanitario.
33.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el titular del derecho a la información asistencial es: a) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. b) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa. c) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita por escrito. d) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho.
34.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico: a) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho si así lo dispone la autoridad judicial. b) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho, después de haber consultado al Comité de Ética Asistencial de Centro. c) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho después de haber consultado con la dirección del centro. d) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
35.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el estado de necesidad terapéutica: a) Excluye el derecho a la información sanitaria de los pacientes. b) Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por su edad la información puede perjudicar su salud de manera grave. c) Se regulará en la normativa autonómica. d) No está contemplado en la legislación.
36.-Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el consentimiento a) Será verbal por regla general, salvo en el caso de pacientes menores de edad. b) Será verbal por regla general. c) Será escrito por regla general. d) Será expreso y escrito por regla general.
37.-Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la renuncia del paciente a recibir información: a) Está limitada únicamente por el interés de la colectividad. b) Está limitada únicamente por las exigencias terapéuticas del caso. c) No está contemplada. d) Todas las respuestas anteriores son falsas.
38.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización: a) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con el consentimiento de los familiares. b) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con el consentimiento del representante legal. c) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con autorización judicial. d) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento.
39.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se otorgará el consentimiento por representación: a) Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad, salvo que no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención b) Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieseis años, salvo que no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. c) Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad. d) Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieciséis años.
40.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en relación con menores de edad, el consentimiento para la práctica de ensayos clínicos: a) Se rige por lo establecido en esta norma. b) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad. c) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por lo dispuesto en esta norma. d) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación.
41.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente: a) Todos los riesgos en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. b) Todos los riesgos, siempre que sean graves, en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. c) Todos los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. d) Todos los riesgos, siempre que sean probables y graves, en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención.
42.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la historia clínica será archivada por: a) Cada centro. b) Cada servicio. c) Cada sistema de salud. d) Cada centro, servicio y sistema de salud.
43.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el acceso a la historia clínica con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación o de docencia: a) Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos o exista autorización judicial. b) Obliga a solicitar el consentimiento del paciente y a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el anonimato. c) Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el anonimato, salvo que el Comité de Ética haya otorgado su autorización para no separarlos. d) Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos, si bien existen excepciones a esta regla.
44.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y de su uso: a) Será regulado por las Comunidades Autónomas. b) Será regulado por el Consejo Interterritorial de Sanidad. c) Será regulado por la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal. d) Será regulado por cada centro sanitario.
45.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la documentación clínica se conservará: a) Como mínimo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. b) Como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. c) Como mínimo, diez años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.. d) Como mínimo, quince años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.
46.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica la gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados, o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará: a) A través de la unidad de admisión y documentación clínica. b) A través de la dirección del centro. c) A través de los servicios del centro. d) A través de la unidad de gestión de historias clínicas del centro.
47.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el derecho de acceso del paciente a la historia clínica: a) Es personalísimo y no admite representación. b) Puede ejercerse por representación. c) Puede ejercerse por el paciente y sus familiares. d) Puede ejercerse por representación únicamente cuando se trate de pacientes menores de edad o incapacitados.
48.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: a) El Estado, exclusivamente, adoptará las medidas necesarias para su efectividad. b) Las Comunidades Autónomas, exclusivamente, adoptarán las medidas necesarias para su efectividad. c) El Estado y las Comunidades Autónomas adoptarán las medidas necesarias para su efectividad. d) No se requiere la adopción de medidas necesarias para su efectividad, que ya es plena a través de su entrada en vigor.
49.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el acceso a la historia clínica de fallecidos: a) No se facilitará a terceros, salvo que se trate de familiares del fallecido. b) Se facilitará a familiares salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente. c) Se facilitará a familiares hasta el segundo grado, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente. d) Se facilitará a familiares hasta el tercer grado, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente.
50.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en caso de que el paciente no acepte el alta: a) El facultativo, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento de la dirección del centro para que confirme o revoque la decisión. b) El facultativo, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme o revoque la decisión. c) La dirección del centro, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme o revoque la decisión. d) La dirección del centro, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento de la autoridad administrativa competente para que confirme o revoque la decisión.
51.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, las infracciones de lo dispuesto en esta ley: a) Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo VI del Título I de la Ley 14/1986, General de Sanidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. b) Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en su capítulo IV, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. c) Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo IV de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. d) Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en las normas autonómicas correspondientes que la desarrollen, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho.
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