05. RECURSOS ADMINISTRATIVOS
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Título del Test:![]() 05. RECURSOS ADMINISTRATIVOS Descripción: OSAKIDETZA 2022 |




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Elija la respuesta CORRECTA: Es necesario presentar el recurso potestativo de revisión como paso previo al contencioso-administrativo. Es necesario presentar el recurso de alzada como paso previo al contencioso-administrativo, en los procedimientos que ponen fin a la vía administrativa. Corresponde resolver un recurso extraordinario de revisión al órgano jerárquico superior de quel que resolvió el acto recurrido. Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa. Contra los actos de trámite: No cabe recurso. Cabe recurso en determinados casos, por ejemplo, si se determina la imposibildiad de continuar el procedimiento. Únicamente si producen indefensión. Siempre cabe recurso. Respecto a las reclamaciones económico-administrativas: Se resolverán directamente en el contencioso-administrativo. Srerán objeto en todo caso de recurso extraordinario de revisión. Se ajustarán a los procedimientos establecidos por su legislación específica. Ninguna es correcta. Se presenta recurso extraordinario de revisión: Contra actos firmes en vía administrativa. Contras actos no firmes en vía administrativa. Contra actos que han sido objeto de recurso de alzada, únicamente. Contra actos de trámite. Ponen fin a la vía administrativa: Las resoluciones de los recursos de alzada. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Todas son correctas. El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente: Provocará el decaimiento de la solicitud. Será considerado como un recurso de alzada. No será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter. Todas son incorrectas. La presentación de un recurso de alzada contra un acto que pone fin a la vía administrativa: Será causa de inadmisión por carecer de legitimación la persona recurrente. Será causa de inadmisión por tratarse de un acto no susceptible de recurso. Será causa de inadmisión si ya ha transcurrido el plazo para la interposición del recurso. Será causa de inadmisión por carecer el recurso manifiestamente de fundamento. La interposición de cualquier recurso suspenderá la ejecución del acto impugnado: a) Excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario. b) No, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario. c) Si el órgano a quien competa resolver así lo decide. d) B y C son correctas. Si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión de un acto se ha presentado, no se ha dictado resolución alguna: Se entenderá que la La ejecución del acto impugnado no se suspende. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida. Aún no ha transcurrido el plazo legal para resolver. La persona afectada deberá acudir al contencioso-administrativo. En la fase de audiencia del recurso: a. Se recogen nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario. b. Las personas interesadas disponen de un plazo no menor a 15 días ni superior a 20, para presentar alegaciones o documentos. c. Se ofrece la información pública. d. A y B son correctas. La resolución de un recurso administrativo: Debe estimar o desestimar por completo las pretensiones formuladas. Decidirá únicamente las cuestiones alegadas por las personas interesadas. Será congruente con las peticiones formuladas por la recurrente, sin que en ningún caso pueda agravarse su situación inicial. Contendrá elementos discrecionales. Resuelve el superior jerárquico al que dicto el acto recurrido: Recurso de alzada. Recurso de alzada y recurso de reposición. Recurso de revisión. Únicamente recurso de reposición. Se presenta contra actos que ponen fin a la vía administrativa: Recurso de alzada y recurso de reposición. Recurso de reposición y recurso de revisión. Recurso de revisión, únicamente. Recurso de reposición, únicamente. El recurso de alzada: Puede presentarse ante el órgano que dictó el acto o ante el competente para resolverlo. Debe presentarse en el plazo de tres meses. Transcurrido el plazo sin que recaiga resolución, se entenderá estimado. Tiene carácter potestativo antes de acudir al contencioso-administrativo. El recurso potestativo de revisión: Podrá interponerse al mismo tiempo que el recurso contencioso-administrativo. El plazo máximo para resolverlo será de 6 meses. Únicamente de puede presentar si no se ha puesto fin a la vía administrativa. Se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto. En el caso de que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida, podrá presentarse recurso extraordinario de revisión: Dentro del plazo de cuatro años siguientes a la resolución. Dentro del plazo de cuatro meses desde el conocimiento de los documentos. Dentro del plazo de cuatro años desde el conocimiento de los documentos. Dentro del plazo de tres meses desde el conocimiento de los documentos. Un mes para interponer este recurso: Recurso de alzada, únicamente. Recurso extraordinario de revisión, únicamente. Recurso de alzada y recurso potestativo de reposición. Ninguna es correcta. Plazo para esolover los recursos presentados: Un mes para recursos de alzada y recursos potestativos de reposición. Tres meses para recursos extraordinarios de revisión y recursos potestativos de reposición. Un mes para recursos extraordinarios de revisión. Tres meses para recursos de alzada y recursos extraordinarios de revisión. |