07. RNAMAMP 145/1989 #4
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Título del Test:
![]() 07. RNAMAMP 145/1989 #4 Descripción: RNAMAMP - PORT.Alex |



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Además de las medidas generales del Título I, ¿qué debe presentar el cargador o consignatario para la admisión de mercancías de clase 7?. La documentación fijada por el Reglamento para el Transporte con Seguridad de Materiales Radiactivos. Únicamente el certificado de arrumazón. Una autorización del Ministerio de Defensa. Exclusivamente la declaración de mercancías peligrosas. Las disposiciones específicas que, en su caso, se dicten sobre esta materia corresponderán: Al Gobierno, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Al Capitán del puerto, previo informe del Director. Al Ministerio de Defensa exclusivamente. A la Organización Marítima Internacional. ¿Cuándo se considera una materia como radiactiva?. Cuando su actividad específica sea mayor de 0,002 microcurios por gramo (74 Bq/g). Cuando sea mayor de 0,02 microcurios por gramo. Cuando alcance exactamente 0,5 rems por año. Cuando supere 200 mrem/h. Un curio (Ci) equivale a: 37 millones de desintegraciones por segundo. 3.700 millones de desintegraciones por segundo. 37.000 millones de desintegraciones por segundo. 370.000 millones de desintegraciones por segundo. En el Sistema Internacional, ¿qué equivalencia establece el Reglamento?. 1 Gray ≈ 10 rads. 1 Gray ≈ 100 rads. 1 Gray ≈ 1.000 rads. 1 Gray ≈ 0,1 rad. ¿Para medir qué magnitud se utiliza el rem?. La dosis equivalente y los efectos biológicos. La actividad de una sustancia. Exclusivamente la temperatura. La presión del recipiente. ¿Cuál NO queda comprendido en la definición de sustancias fisionables cuando no está irradiado?. Plutonio-239. Uranio-235. Uranio natural. Uranio-233. ¿Qué se entiende por criticidad?. Una reacción en cadena automantenida con factor de multiplicación efectivo igual a la unidad. Cualquier emisión radiactiva superior a 0,5 mrem/h. La rotura de un bulto radiactivo. La acumulación de más de 50 bultos. ¿Para qué categorías se tendrá en cuenta el índice de transporte?. Solo para la I-Blanca. Para las categorías II y III, amarillas. Para las tres categorías indistintamente. Exclusivamente para la III-Amarilla. Los bultos de sustancias fisionables de clase I son aquellos que: No presentan riesgos nucleares sea cual fuere su número y disposición de la carga. Solo carecen de riesgo si su número es limitado. Requieren siempre controles administrativos especiales. Solo pueden transportarse individualmente. Los bultos de sustancias fisionables de clase II: No presentan riesgos nucleares sea cual fuere su número. En número limitado no presentan riesgos nucleares, cualquiera que sea la disposición de la carga. Exigen siempre transporte como carga completa. No pueden transportarse por vía marítima. ¿Qué caracteriza a los bultos de sustancias fisionables de clase III?. La ausencia absoluta de controles especiales. Precauciones especiales o controles administrativos o prácticos especiales. Que únicamente contienen uranio natural. Que su índice de transporte siempre es cero. ¿Cuál es la intensidad máxima de radiación en la superficie externa para un bulto de categoría I-Blanca?. 0,5 mrem/h. 5 mrem/h. 50 mrem/h. 200 mrem/h. Para un bulto de categoría II-Amarilla, la intensidad de radiación en su superficie externa no deberá exceder de: 0,5 mrem/h. 5 mrem/h. 50 mrem/h. 200 mrem/h. Con carácter general, ¿qué límites establece el artículo 82.3.1 para la categoría III-Amarilla?. 50 mrem/h e índice 1. 100 mrem/h e índice 5. 200 mrem/h e índice 10. 500 mrem/h e índice 50. La separación respecto de las personas debe basarse en un límite máximo de dosis equivalente anual para el público en general de: 0,05 rems. 0,5 rems. 5 rems. 50 rems. Si la suma de los índices de transporte es de hasta 5, la distancia de separación respecto a zonas frecuentadas por personas será de: 2 metros. 4 metros. 6 metros. 8 metros. ¿Cuándo deberán adoptarse medidas más estrictas respecto a la permanencia del personal?. Cuando permanezca más de 5 horas al mes. Cuando permanezca de media más de 10 horas por semana al año junto al área. Siempre que permanezca más de una hora seguida. Únicamente cuando se superen 40 horas semanales. La suma total de los índices de transporte de cada grupo aislado de bultos o contenedores de categorías II y III no deberá exceder de: 10. 25. 50. 100. ¿Qué separación mínima debe mantenerse entre grupos de bultos o contenedores?. 3 metros. 4 metros. 6 metros. 10 metros. Si el control no se efectúa tomando como base los índices de transporte, ningún grupo podrá superar: 50 II-Amarilla o 5 III-Amarilla. 100 II-Amarilla o 10 III-Amarilla. 25 II-Amarilla o 5 III-Amarilla. 50 II-Amarilla o 10 III-Amarilla. ¿Qué dosis máxima anual podrá recibir el personal encargado del transporte y almacenamiento?. 0,05 rems. 0,5 rems. 5 rems. 50 rems. El examen aduanero de un contenedor con bultos radiactivos se efectuará previo conocimiento: Del jefe de seguridad y de la persona responsable del transporte. Exclusivamente del Capitán del buque. Del cargador y del consignatario únicamente. Exclusivamente del Director del puerto. Cuando se sospeche un escape en un bulto radiactivo, ¿qué deberá hacerse?. Limitar el acceso y llamar con la mayor urgencia a un especialista. Abrir inmediatamente el bulto. Arrojar agua sobre el bulto. Trasladarlo sin inspección a otro almacén. En caso de incendio con materiales radiactivos, el personal no necesario para la extinción deberá mantenerse: A 10 metros como mínimo. A 25 metros como mínimo. A 50 metros como mínimo y a barlovento. A 100 metros obligatoriamente. La admisión de sustancias corrosivas estará supeditada: Al cumplimiento de las disposiciones generales del Título I en cuanto les afecten. Exclusivamente a una autorización del Ministerio de Defensa. A que sean transportadas a granel. A que su punto de inflamación sea superior a 23 °C. ¿Qué propiedad caracteriza a las sustancias corrosivas?. Alterar o destruir tejidos vivos y atacar ciertos metales y otras materias. Emitir siempre radiaciones ionizantes. Ser necesariamente explosivas. Ser exclusivamente sustancias gaseosas. ¿Qué establece el artículo 90 respecto de los bultos que muestren goteo o derrame?. Podrán admitirse si están etiquetados. No deben tocarse ni admitirse. Solo podrán manipularse de noche. Se almacenarán junto a productos alimenticios. ¿Qué material debe estar disponible para casos de derrame de sustancias corrosivas?. Serrín húmedo. Sacos de arena limpia y seca. Únicamente agua de mar. Carbón pulverizado. Si un derrame de sustancia corrosiva contamina el agua del mar deberá avisarse: A la Capitanía del puerto. Únicamente al consignatario. Al Ministerio de Defensa. Exclusivamente al cargador. ¿Qué actuación es común en todo caso ante una emergencia con sustancias corrosivas?. Avisar al centro de control. Aplicar siempre agua. Abrir todos los recipientes. Trasladar inmediatamente la mercancía. ¿Por qué pueden mitigarse las condiciones de admisión de las mercancías de clase 9?. Porque generalmente no ofrecen grandes riesgos y su principal peligro es su posible descomposición o alteración durante el transporte. Porque nunca son mercancías peligrosas. Porque todas son inertes. Porque están exentas del Reglamento. ¿Qué caracteriza a las mercancías de clase 9?. Sus riesgos no pueden quedar comprendidos en las ocho clases precedentes. Son exclusivamente sustancias corrosivas. Son siempre materiales radiactivos. Únicamente comprenden gases tóxicos. ¿Cómo debe figurar el nombre técnico correcto en bultos y contenedores de clase 9?. De forma que permanezca indeleble después de tres meses de inmersión en agua de mar. Durante al menos 24 horas bajo agua dulce. Durante seis meses expuesto al aire. No es necesario que figure. Si una mercancía está envasada con hielo seco, CO₂, el envase o contenedor deberá llevar: «Peligro, gas CO₂ (hielo seco); ventilar antes de entrar». «Peligro, sustancia explosiva; no abrir». «Material radiactivo; mantener 50 metros». «Producto corrosivo; utilizar agua». ¿Qué agente deberá utilizarse en el caso particular de abonos a base de nitrato amónico tipo B?. Exclusivamente espuma. Solamente agua en grandes cantidades. Arena seca exclusivamente. CO₂ exclusivamente. El Director y el Capitán del puerto no autorizarán la manipulación de mercancías peligrosas a granel si: No se ha cumplimentado el artículo 14.3 y acreditado los certificados del artículo 14.3.6. El buque tiene más de diez años. La operación se realiza de noche. La mercancía procede de otro Estado. ¿Cuándo deberá el Capitán del puerto ordenar la inspección del buque?. Siempre que transporte mercancías peligrosas. Cuando existan dudas razonables sobre la veracidad o exactitud del certificado presentado. Únicamente cuando lo solicite el consignatario. Solo cuando el buque sea extranjero. Si no existen terminales específicas o atraques adecuados, ¿qué mercancías deberá limitar el Director del puerto?. Las de punto de inflamación ≤ 23 °C, alto riesgo o propiedades muy tóxicas o corrosivas. Todas las mercancías con punto de inflamación superior a 100 °C. Exclusivamente las radiactivas. Únicamente las mercancías transportadas en contenedores. ¿Dónde resultan aplicables los preceptos del Reglamento a las terminales marítimas especializadas?. Solo cuando estén dentro de la zona portuaria. Solo cuando estén fuera de la zona portuaria. Dentro o fuera de la zona portuaria, cuando manipulen las mercancías peligrosas líquidas a granel del capítulo. Únicamente en puertos de interés general. |





