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Título del Test:
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Descripción:
2 abril

Fecha de Creación: 2010/02/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

Valoración:(3)
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Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas Artículo 12 Además de las funciones jurisdiccionales,... >>>> corresponde a la SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO: a) Preparar la MEMORIA de las ACTUACIONES JURISDICCIONALES del Tribunal durante el ejercicio económico correspondiente y formular la oportuna propuesta al pleno. b) Someter al pleno las VARIABLES que deban introducirse en la estructura de la sección, así como la creación de nuevas salas cuando el numero de los asuntos lo aconseje. c) Sentar los CRITERIOS con arreglo a los cuales deba efectuarse el OD de asuntos entre las salas y entre los consejeros de la sección de enjuiciamiento.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas Artículo 15 >>> De los CONSEJEROS DE CUENTAS. 1. Los Consejeros del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función jurisdiccional, deberán ABSTENERSE. 2. Se entenderán <<JUSTAS CAUSAS>> DE ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN. 3. La TRAMITACIÓN del INCIDENTE de RECUSACIÓN se ajustará.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONALIENTO del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII >>> De la FICALÍA Artículo 16. 1. La FISCALÍA del Tribunal de Cuentas ejercerá sus funciones conforme a los PRINCIPIOS de. 2. En especial, son FUNCIONES de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas:.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII De la FISCALÍA Artículo 16.2. En especial, son funciones de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas: Son funciones de la fiscalía del Tribunal de Cuentas:. NO son funciones de la fiscalía del Tribunal de Cuentas:.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII De la FISCALÍA Artículo 16.2. En especial, son FUNCIONES de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas: a) Consignar su dictamen SUPREMO en las Cuentas generales y en las memorias, mociones y notas del Tribunal, en orden a las responsabilidades contables que de ellas puedan resultar. a) CONSIGNAR SU -------------> {DICTAMEN ESCRITO} en las: >> CUENTAS generales y en las >> MEMORIAS, >> MOCIONES y >> NOTAS del Tribunal, en orden a las responsabilidades contables que de ellas puedan resultar. a) Consignar su dictamen VERBAL en las Cuentas generales y en las memorias, mociones y notas del Tribunal, en orden a las responsabilidades contables que de ellas puedan resultar.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII De la FISCALÍA Artículo 16.2. En especial, son funciones de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas: b) Ser OÍDO en los procedimientos de fiscalización del Tribunal ANTES de su aprobación definitiva y SOLICITAR la práctica de las DILIGENCIAS que estime convenientes en orden a la DEPURACIÓN de las responsabilidades contables que de aquellos puedan resultar. b) Ser OÍDO en los procedimientos de fiscalización del Tribunal TRAS de su aprobación definitiva y solicitar la practica de las diligencias que estime convenientes en orden a la DEPURACIÓN de las responsabilidades contables que de aquellos puedan resultar. b) Ser OÍDO en los procedimientos de fiscalización del Tribunal ANTES de su aprobación definitiva y CONCEDER la practica de las diligencias que estime convenientes en orden a la depuración de las responsabilidades contables que de aquellos puedan resultar. b) Ser OÍDO en los procedimientos de fiscalización del Tribunal ANTES de su aprobación definitiva y SOLICITAR la práctica de las DILIGENCIAS que estime convenientes en orden a la EXIGENCIA de las responsabilidades contables que de aquellos puedan resultar.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII De la FISCALÍA Artículo 16.2. En especial, son FUNCIONES de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas: c) Tomar CONOCIMIENTO de todos los {PROCEDIMIENTOS}: >>> FISCALIZADORES y >>> JURISDICICIONALES ... que se sigan en el Tribunal a efectos de esclarecer las posibles responsabilidades contables que de ellos puedan derivarse. c) Tomar CONOCIMIENTO de todos los PROCEDIMIENTOS FISCALIZADORES y NO JURISDICICIONALES que se sigan en el Tribunal a efectos de esclarecer las posibles responsabilidades contables que de ellos puedan derivarse. c) Tomar CONOCIMIENTO EXCLUSIVAMENTE de todos los {PROCEDIMIENTOS} >>> JURISDICICIONALES ... que se sigan en el Tribunal a efectos de esclarecer las posibles responsabilidades contables que de ellos puedan derivarse. c) Tomar CONOCIMIENTO EXCLUSIVAMENTE de todos los {PROCEDIMIENTOS} >>> FISCALIZADORES ... que se sigan en el Tribunal a efectos de esclarecer las posibles responsabilidades contables que de ellos puedan derivarse.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VII De la FISCALÍA Artículo 16.2. En especial, son FUNCIONES de la FISCALÍA del Tribunal de Cuentas: >>> Ejercitar la <<<ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD CONTABLE>>> y deducir las pretensiones de esta naturaleza en los: ------> JUICIOS de CUENTAS. ------> PROCEDIMIENTOS de REINTEGRO POR ALCANCE. d) Ejercitar la ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA y deducir las pretensiones de esta naturaleza en los: >>> JUICIOS. >>> PROCEDIMIENTOS de REINTEGRO POR ALTERNATIVA. d) Ejercitar la ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD LEGAL y deducir las pretensiones de esta naturaleza en los: >>> JUICIOS de SALAS >>> PROCEDIMIENTOS de SUMA POR ALCANCE.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VIII De la SECRETARÍA GENERAL Artículo 17. 1. Corresponden a la SECRETARÍA GENERAL las funciones a que se refiere la Ley orgánica 2/1982 y las de: >>> GESTIÓN, >>> TRAMITACIÓN >>> DOCUMENTACIÓN >>> REGISTRO .....{ de los asuntos de la COMPETENCIA del}: -----> Presidente, -----> Pleno y la -----> Comisión de Gobierno. 1. Corresponden a la SECRETARÍA GENERAL las funciones a que se refiere la Ley orgánica 2/1982 y las de: >>> GESTIÓN, >>> TRAMITACIÓN >>> DOCUMENTACIÓN >>> REGISTRO .....{ de los asuntos de la COMPETENCIA del}: -----> REY -----> SALAS -----> SECCION DE ENJUICIAMIENTO. 1. Corresponden a la SECRETARÍA GENERAL las funciones a que se refiere la Ley orgánica 2/1982 y las de: >>> GESTIÓN, >>> ADMINISTARCIÓN >>> DATACIÓN >>> ARCHIVO HISTÓRICO .....{ de los asuntos de la COMPETENCIA del} -----> Presidente, -----> Pleno y la -----> Comisión de Gobierno.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VIII De la SECRETARÍA GENERAL Artículo 17. 2. El SECRETARIO GENERAL del Tribunal será elegido entre funcionarios comprendidos en los apartados a), b) y c) del artículo 89.2 de la presente Ley. 2. El secretario general del Tribunal será elegido entre funcionarios comprendidos en los apartados R),S) T) del artículo 89.2 de la presente Ley. 2. El secretario general del Tribunal será elegido entre funcionarios comprendidos en los apartados E), I) yJc) del artículo 89.2 de la presente Ley.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO VIII De la SECRETARÍA GENERAL Artículo 17. 3. La SECRETARÍA GENERAL se organizará en las <<< UNIDADES ADMINISTRATIVAS>>> necesarias para atender la tramitación de expedientes de toda índole y la gestión de asuntos generales, gubernativos y de personal al servicio del Tribunal, asuntos económicos y presupuestarios, inspección y funcionamiento de los servicios propios del mismo, compras y adquisiciones, informatización y procesamiento de datos, registro general, archivo y biblioteca. 3. La SECRETARÍA GENERAL se organizará en los <<< DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS>>> necesarias para atender la tramitación de expedientes de toda índole y la gestión de asuntos generales, gubernativos y de personal al servicio del Tribunal, asuntos económicos y presupuestarios, inspección y funcionamiento de los servicios propios del mismo, compras y adquisiciones, informatización y procesamiento de datos, registro general, archivo y biblioteca. 3. La SECRETARÍA GENERAL se organizará en las <<< DIVISIONES ADMINISTRATIVAS>>> necesarias para atender la tramitación de expedientes de toda índole y la gestión de asuntos generales, gubernativos y de personal al servicio del Tribunal, asuntos económicos y presupuestarios, inspección y funcionamiento de los servicios propios del mismo, compras y adquisiciones, informatización y procesamiento de datos, registro general, archivo y biblioteca.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 18 >>> La función interventora. La función INTERVENTORA se ejercerá por el ---> INTERVENTOR DEL TRIBUNAL, [elegido y REMOVIDO libremente por el PLENO]. La función interventora se ejercerá por el interventor del Tribunal, elegido y removido por sorteo realizado por el pleno. La función interventora se ejercerá por el interventor del Tribunal, elegido y removido libremente por el presidente del tribunal. La función interventora se ejercerá por el interventor del Tribunal, elegido y removido libremente por las salas de enjuiciamiento. La función interventora se ejercerá por el interventor del Tribunal, elegido y removido a elección y por mayoría del pleno.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 19. 1. Bajo la DEPENDENCIA orgánica del presidente, y al servicio de éste y de los órganos colegiados del Tribunal y de los presidentes de las secciones de fiscalización y de enjuiciamiento habrá un <<< GABINETE TÉCNICO>>> ----> ASESORAMIENTO y APOYO ----> Su DIRECTOR y hasta un [MÁXIMO DE 3 ADJUNTOS] serán elegidos y removidos libremente por el pleno entre jurístas o economístas. 1. Bajo la dependencia orgánica del presidente, y al servicio de éste y de los órganos colegiados del Tribunal y de los presidentes de las secciones de fiscalización y de enjuiciamiento habrá un <<< GABINETE JURÍDICO>>> ----> Asesoramiento y Apoyo. ----> Su DIRECTOR y hasta un [MÁXIMO DE 5 ADJUNTOS] serán elegidos y removidos libremente por el pleno entre jurístas o economístas. 1. Bajo la dependencia orgánica del presidente, y al servicio de éste y de los órganos colegiados del Tribunal y de los presidentes de las secciones de fiscalización y de enjuiciamiento habrá un <<< GABINETE CONTABLE>>> ----> Asesoramiento y Apoyo. ----> Su DIRECTOR y hasta un [MÁXIMO DE 8 ADJUNTOS] serán elegidos y removidos libremente por el pleno entre jurístas o economístas. 1. Bajo la dependencia orgánica del presidente, y al servicio de éste y de los órganos colegiados del Tribunal y de los presidentes de las secciones de fiscalización y de enjuiciamiento habrá un <<< GABINETE LEGAL >>> ----> Asesoramiento y Apoyo. ----> Su DIRECTOR y hasta un [MÁXIMO DE 3 ADJUNTOS] serán elegidos y removidos libremente por el pleno entre jurístas o economístas.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 19. La estructuración del <<< GABINETE TÉCNICO>>>, y lo relativo a las dotaciones de personal y de medios materiales es competencia del PRESIDENTE el Tribunal, previa propuesta de la COMISIÓN DE GOBIERNO, todo ello dentro de las previsiones presupuestarias. La estructuración del <<< GABINETE TÉCNICO>>>, y lo relativo a las dotaciones de personal y de medios materiales es competencia del PLENO el Tribunal, previa propuesta de la COMISIÓN DE GOBIERNO, todo ello dentro de las previsiones presupuestarias. La estructuración del <<< GABINETE TÉCNICO >>>, y lo relativo a las dotaciones de personal y de medios materiales es competencia del PRESIDENTE el Tribunal, previa propuesta del PLENO, todo ello dentro de las previsiones presupuestarias.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 19. 2. La situación administrativa del DIRECTOR y los ADJUNTOS será, si fueren funcionarios públicos en RESERVA, la de servicios ESPECIALES. 2. La situación administrativa del DIRECTOR y los ADJUNTOS será, si fueren funcionarios públicos en ACTIVO, la de servicios ESPECIALES. 2. La situación administrativa del DIRECTOR y los ADJUNTOS será, si fueren funcionarios Y PERSONAL LABORAL, la de servicios ESPECIALES. 2. La situación administrativa del DIRECTOR y los ADJUNTOS será, si fueren PERSONAL LABORAL, la de servicios ESPECIALES.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 19. 1. Bajo la dependencia orgánica del presidente, y al servicio de éste y de los órganos colegiados del Tribunal y de los presidentes de las secciones de fiscalización y de enjuiciamiento habrá un <<<GABINETE TÉCNICO>>>,. La ESTRUCTURACIÓN del gabinete, y lo relativo a las dotaciones de personal y de medios materiales es COMPETENCIA del. 2. La SITUACIÓN administrativa del DIRECTOR Y ADJUNTOS será, si fueren funcionarios públicos en ACTIVO,.

Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO IX De los órganos de APOYO del Tribunal y de OTROS órganos que actúan en el mismo. Artículo 20. 1. El Servicio Jurídico del Estado en el Tribunal de Cuentas tendrá las FUNCIONES reconocidas en la Ley orgánica 2/1982 y estará a cargo de. 2. El Servicio Jurídico del Estado asumirá. 3. El servicio jurídico del Estado en el Tribunal de Cuentas EVACUARÁ también LOS INFORMES en derecho que le soliciten.

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