option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

1.12

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
1.12

Descripción:
Ministerio de inclusión, SS y Migraciones

Fecha de Creación: 2024/11/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 32

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Según el artículo 5 de la Ley General de la SS, Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones, le corresponden, entre otras, las siguientes funciones (señale la respuesta incorrecta): Proponer al Gobierno los Reglamentos generales para su aplicación. El ejercicio de la potestad reglamentaria no comprendida en el apartado a). El desarrollo exclusivo de las funciones económico-financieras de la SS. La inspección de la SS a través de la Inspección de Trabajo y SS.

Establecer los supuestos y condiciones en que los sujetos responsables en el ámbito de la SS quedan obligados a recibir las notificaciones por medios electrónicos: Es competencia de la Gerencia de Informática de la SS. Es competencia de la Tesorería General de la SS. Es competencia del Ministerio de Inclusión, Migraciones y SS. Es competencia del Consejo de Ministros.

Corresponde al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones: La propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de SS, así como la elaboración y desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de políticas de inclusión. La propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de SS y clases pasivas, así como la elaboración y desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de políticas de inclusión. La propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de SS y clases pasivas, así como la elaboración y desarrollo de la política de Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración. La propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de SS, así como la elaboración y desarrollo de la política de Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración.

El Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones, bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento, desarrolla las funciones de legalmente le corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes: La Secretaría de Estado de la SS, la Secretaría de Estado de Inclusión, la Secretaría General de Inmigración y Emigración, la Subsecretaría de Inclusión, SS y Migraciones. La Secretaría de Estado de la SS y Clases Pasivas, la Secretaría de Estado de Migraciones, la Secretaría General de Inclusión y Atención Humanitaria, la Subsecretaría de Inclusión, SS y Migraciones. La Secretaría de Estado de la SS y Clases Pasivas, la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social con rango de Subsecretaría, la Subsecretaría de Inclusión, SS y Migraciones. La Secretaría de Estado de la SS y Pensiones, la Secretaría de Estado de Migraciones, la Secretaría General de Inclusión, la Subsecretaría de Inclusión, SS y Migraciones.

De las Secretarías de Estado que a continuación se indican una no pertenece al Ministerio de Inclusión, Migraciones y SS: Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Secretaría de Estado de la SS y Pensiones. Secretaría de Estado de Migraciones.

El organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y SS está adscrito orgánicamente: Al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones a través de la Secretaría de Estado de SS y Pensiones. Al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones a través de la Dirección General de Ordenación de la SS. Al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Dirección General de Trabajo. Al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social.

Los órganos técnicos especializados de las Misiones Diplomáticas y de las Representaciones Permanentes del Reino de España, para el desarrollo de las funciones que, en el marco de las competencias de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, SS y Migraciones, les encomienda la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y el Real Decreto 1052/2015, son: Las Consejerías de Inclusión, SS y Migraciones. Las Consejerías de Trabajo y Economía Social. Las Consejerías de Empleo y SS. Las Consejerías de Trabajo, Migraciones y SS.

Señale la respuesta incorrecta en relación con las Consejerías de Trabajo, Migraciones y SS: Dependen orgánicamente de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría General Técnica, y mantienen una dependencia jerárquica del Embajador. Dependen orgánica y funcionalmente de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social. Desde el punto de vista funcional, dependen conjuntamente del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones, en el ámbito de sus respectivas competencias. A y C.

Pertenecen al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones alguno de los órganos directivos y superiores que a continuación se indican: La Secretaría de Estado de la SS. La Secretaría de Estado de Inclusión y Atención Humanitaria. La Secretaría de Estado de Migraciones. A, B y C.

Indique la frase correcta: El INSS está adscrito al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones; el SEPE está adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social; la Inspección de Trabajo y SS está adscrita al Ministerio de Trabajo y Economía Social; el IMSERSO está adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. El INSS está adscrito al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones; el SEPE está adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social; la Inspección de Trabajo y SS está adscrita al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones; el IMSERSO está adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. El INSS está adscrito al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones; el SEPE está adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030; la Inspección de Trabajo y SS está adscrita al Ministerio de Trabajo y Economía Social; el IMSERSO está adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. El INSS está adscrito al Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones; el SEPE está adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030; la Inspección de Trabajo y SS está adscrita al Ministerio de Trabajo y Economía Social; el IMSERSO está adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

¿Hay órganos de dirección y tutela de la SS incluidos en la estructura orgánica de Ministerios distintos al de Inclusión, SS y Migraciones?. No. Sí. Encuadrados en el Ministerio de Sanidad. Sí. Encuadrados en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Sí. Encuadrados en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y en el Ministerio de Sanidad.

¿Cuál de las siguientes funciones no corresponde a la Secretaría de Estado de la SS y Pensiones?. El análisis, evaluación y realización de proyecciones orientadas a garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de la SS y la eficiencia y adecuación de sus prestaciones. El impulso y la dirección de la ordenación jurídica del sistema de la SS y de las pensiones. La dirección y coordinación de la gestión de los recursos financieros y gastos de SS y de las pensiones. La planificación y tutela de la gestión ejercida por las entidades colaboradoras de la SS.

De la Secretaría de Estado de la SS y Pensiones depende: La Dirección General de Ordenación Jurídica de la SS. La Dirección General de Ordenación Económica de la SS. La Dirección General de Ordenación de la SS. A y B.

Corresponde a la Dirección General de Ordenación de la SS de la SS: La recepción y análisis de la documentación relativa a las enfermedades profesionales y su explotación estadística. La ordenación de la prevención de riesgos laborales con cargo a cuotas de SS. La elaboración, publicación y distribución de la Muestra Continua de Vidas Laborales. A, B y C.

No es una Subdirección General de la Dirección General de Ordenación de la SS: La Subdirección General de Seguimiento Económico de la SS. La Subdirección General de Presupuestos de la SS. La Subdirección General de Planificación de la SS. La Subdirección General de Entidades Colaboradoras de la SS.

La Subdirección General de Planificación y Análisis Económico Financiero de la SS: No es una Subdirección General de la Dirección General de Ordenación de la SS. Es una Subdirección General de la Dirección General de Ordenación de la SS como lo es la Subdirección General de Presupuestos de la SS. Es una Subdirección General de la Dirección General de Ordenación de la SS como lo es la Subdirección General de Ordenación Económica de la SS. Es una Subdirección General de la Subsecretaría de Inclusión, SS y Migraciones.

Es una Subdirección General de la Dirección General de Ordenación de la SS: La Subdirección General de Ordenación Jurídica de la SS. La Subdirección General de Ordenación Económica de la SS. La Subdirección General de Ordenación Presupuestaria de la SS. La Subdirección General de Evaluación y Programación del Fondo Social Europeo.

Según el Real Decreto 497/2020, el 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones, la intervención General de la SS tiene rango orgánico de: Secretaría de Estado. Secretaría General. Dirección General. Subdirección General.

Es cierto: Desde el 6 de octubre de 2020 y hasta que se produzca la total asunción de la gestión del Régimen de Clases Pasivas del Estado por el Instituto Nacional de la SS, las funciones que se atribuyen en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 497/2020 al Instituto Nacional de la SS, son asumidas por la Dirección General de Ordenación de la SS. Desde el 6 de octubre de 2021 y hasta que se produzca la total asunción de la gestión del Régimen de Clases Pasivas del Estado por el Instituto Nacional de la SS, las funciones que se atribuyen en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 497/2020 al Instituto Nacional de la SS, son asumidas por la Dirección General de Ordenación de la SS. Desde el 1 de octubre de 2020 y hasta que se produzca la total asunción de la gestión del Régimen de Clases Pasivas del Estado por el Instituto Nacional de la SS, las funciones que se atribuyen en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 497/2020 al Instituto Nacional de la SS, son asumidas por la Dirección General de Ordenación de la SS. Desde el 1 de enero de 2024, el INSS ha asumido la gestión del régimen de clases pasivas del Estado.

Cuando el INSS asuma la gestión del régimen de clases pasivas del Estado: En INSS deberá considerar el Régimen de Clases Pasivas como un Régimen Especial, por lo que será de aplicación al Régimen el título I de la Ley General de la SS. La jurisdicción competente en los asuntos litigiosos será la contencioso-administrativa y no la social. El INSS gestionará las prestaciones incluidas en el Régimen de Clases Pasivas y las prestaciones que son actualmente gestionadas por MUFACE, MUGEJU e ISFAS. A, B y C.

Según el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 670/1987, en redacción por la Ley 22/2021, de PGE 2022, señale la contestación incorrecta: El Instituto Nacional de la SS es la entidad gestora competente para la realización de las funciones inherentes al reconocimiento de las obligaciones y propuesta de los pagos de todas las prestaciones de Clases Pasivas. Corresponde al Instituto Nacional de la SS la administración y disposición de los créditos para prestaciones de Clases Pasivas. La ordenación del pago de las prestaciones de Clases Pasivas y el pago material de las mismas corresponde a la Tesorería General de la SS. La realización de las funciones de pago material de las prestaciones de Clases Pasivas es competencia de la Dirección General de Ordenación de la SS.

No es una Entidad Gestora de la SS: El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. El Servicio Público de Empleo Estatal. El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales. El Instituto Social de la Marina.

El Instituto Nacional de la SS: Está adscrito a la Dirección General de Ordenación de la SS. Tiene atribuida la competencia para la gestión y funcionamiento el Registro de Prestaciones Sociales Públicas. Tiene atribuida la competencia, en todo caso, para el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas de la SS en su modalidad contributiva. Tiene competencia para la ordenación de los pagos de las obligaciones de la SS.

Según el artículo 1 de Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, le corresponde al INSS: El reconocimiento y control, en todo caso, del derecho a las prestaciones económicas de la Seguridad Social en su modalidad contributiva. El reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del Sistema de la SS en su modalidad no contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio Público de Empleo Estatal en materia de prestaciones de protección por desempleo y al Instituto Social de la Marina en relación con el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. El reconocimiento y control de derecho a las prestaciones económicas del sistema de la SS en su modalidad no contributiva, con excepción de aquellas cuya gestión esté atribuida al Instituto de Mayores y Servicios Sociales o servicios competentes de las comunidades autónomas. A y B.

El Instituto Social de la Marina: Se crea por la Ley de 18 de octubre de 1941. Actúa bajo la dirección y tutela del Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones, estando adscrito a la Secretaría de Estado de la SS y Pensiones. Tiene una doble dimensión de competencias: como organismo encargado de la atención social del sector marítimo-pequero; y como entidad gestora del Régimen Especial de la SS de los Trabajadores del Mar. A, B y C.

¿Cuál de los siguientes Servicios Comunes de la SS carece de personalidad jurídica?. La Tesorería Genera de la SS. El Servicio Jurídico de la Administración de la SS. La Gerencia de Informática de la SS. B y C.

Constituye una Entidad Gestora de la SS: El Servicio Jurídico de la Administración de la SS. El ISM. La TGSS. La Gerencia de Informática de la SS.

Indique la opción incorrecta en relación con el Servicio Jurídico de la Administración de la SS: Es un Servicio Común de la SS. Tiene personalidad jurídica propia. Tiene nivel orgánico de Subdirección General. Su presupuesto está integrado en el de la Tesorería General de la SS.

Indique la opción incorrecta en relación con la Gerencia de Informática de la SS: Es un Servicio Común de la SS. Tiene personalidad jurídica propia. Tiene nivel orgánico de Dirección General. Está adscrita a la Secretaría de Estado de la SS y Pensiones.

No corresponde a la Tesorería de la SS: El aplazamiento o fraccionamiento de las cuotas de la SS, en la forma, condiciones y requisitos establecidos. La titularidad, gestión y administración de los bienes y derechos que constituyen el patrimonio único de la SS. La ordenación de los pagos de las obligaciones de la SS. La elaboración del presupuesto de recursos de la SS.

Señale la contestación correcta en relación con las Mutuas colaboradoras con la SS: Tienen naturaleza jurídica pública. Colaboran en la gestión de la SS bajo la dirección y tutela del Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones. La iniciativa de su creación y extinción corresponde al Ministerio de Inclusión, SS y Pensiones. Tienen ánimo de lucro.

Indique la alternativa incorrecta en relación con las Mutuas Colaboradoras con la SS: Sus funciones se limitan a la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Tienen competencia para la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Tienen competencias para la gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Tienen competencia para la gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Denunciar Test