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1.2. Ley 39/2015

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Título del Test:
1.2. Ley 39/2015

Descripción:
TEMA 9 (PG)

Fecha de Creación: 2026/06/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 41

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Iniciado el procedimiento de revisión de oficio al que se refieren los artículos 106 y 107 de la Ley 39/2015, ¿Se podrá suspender la ejecución del acto en cuestión?. Sí, podrá suspenderse la ejecución por parte del órgano competente cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. Sí, podrá suspenderse la ejecución por parte del órgano superior jerárquico del competente para declarar la nulidad, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. No, no cabe la suspensión de la ejecutividad de los actos mientras no recaiga resolución por parte del órgano competente.

El recurso de alzada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, podrá interponerse. Ante el órgano que dictó el acto que se impugna. Ante el órgano competente para resolver el actos que se impugna. Ante el órgano competente que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Señala la respuesta correcta conforme a las notificaciones reguladas en la LPAC: En ningún caso las Administraciones podrán establecer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos o para ciertos colectivos de personas físicas. Los interesados que estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.

Los interesados, en el trámite de audiencia, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes por un plazo: No inferior a diez días ni superior a veinte. No inferior a diez días ni superior a treinta. No inferior a diez días ni superior a quince.

Dictado un acto administrativo, ¿Puede su eficacia quedar demorada?. Sí, cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación o publicación. Sí, cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior. No.

Cabe recurso en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general. No. Sí, cabe recurso en vía administrativa y judicial. Sí, contra las disposiciones administrativas de carácter general únicamente cabe recurso en vía administrativa.

El ámbito de aplicación y los principio generales de la Ley 39/2015 aparecen en: El Preámbulo de la Ley. El Título preliminar de la norma. El Título I de la norma.

En los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, la constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por: El titular del órgano inferior o funcionario que la reciba oralmente. El titular del órgano superior o funcionario que la reciba oralmente. El titular del órgano superior.

¿En qué supuestos de ejecución forzosa de los actos administrativos se requerirá el consentimiento del titular o bien la oportuna autorización judicial?: En todo caso. Si fuese necesario entrar en el domicilio del afectado. La Administración no necesitará tal consentimiento ni autorización judicial para ejecutar sus actos, puesto que éstos son inmediatamente ejecutivos.

Declarada la nulidad o anulabilidad de las actuaciones en un procedimiento, ¿podrán conservarse actos y tramites de ese procedimiento?. Sí, se dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. Sí, siempre y cuando aquellos actos y trámites se hubieran mantenido igual de no haberse cometido la infracción y el órgano superior jerárquico lo autorice. No, una vez declarada la nulidad o anulabilidad de las actuaciones, el procedimiento queda viciado en su totalidad.

Según la ley que regula el procedimiento administrativo común, ley 39/2015 de 1 de octubre, en los procedimientos iniciados a instancia del interesado, cuando se produzca la paralización del procedimiento por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que: Transcurrido tres meses se le tendrá por desistido. Transcurrido tres meses se producirá la caducidad del mismo. Transcurridos tres meses se producirá la prescripción.

¿Cómo se denominan el Titulo II y el Titulo III de la Ley 39/2015 de 1 de octubre?. Título II: De los interesados en el procedimiento y Titulo III: De la Actividad de las Administraciones Públicas. Título II: De la Actividad de las Administraciones Públicas y Titulo III: De los Actos Administrativos. Título II: De los interesados en el procedimiento y Titulo III: De los actos administrativos.

De conformidad con lo regulado en la Ley 39/2015 en materia de tramitación simplificada del procedimiento, solicitada la misma por parte de los interesados, la Administración tendrá que resolver sobre la petición en un plazo de: 5 días. 10 días. 1 mes.

El periodo de información pública en el procedimiento administrativo es: Obligatorio. Potestativo. Inexistente.

Según el artículo 124 de la Ley 39/2015, si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición: En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. 1 mes. 3 meses.

Según la ley de procedimiento administrativo vigente en su artículo 109, las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables: Incluso cuando haya transcurrido el plazo de prescripción, siempre que ello no constituya dispensa o exención no permitidas por las leyes, ni sea contrario al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. Si ha transcurrido el plazo de prescripción y es solicitada únicamente a instancia del interesado y es debido a un error material o de hecho existente en sus actos. Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

Según la Ley 39/2015, los actos que pongan fin a la vía administrativa: Podrán ser recurridos potestativamente en reposición. Podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Y, concretamente, ¿En qué Título de la Ley 39/2015 se regulan los actos administrativos?. En el Título I. En el Título II. En el Título III.

¿En qué Capítulo del Título III de la Ley 39/2015 se encuentra regulada la nulidad y anulabilidad de los actos administrativos?. I. II. III.

¿Se podrá declarar de oficio la nulidad de los actos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo?. No, únicamente se podrá declarar la nulidad de los actos que hayan puesto fin a la vía administrativa, siempre que nos encontremos en alguno de los supuestos del artículo 47.1 de la Ley 39/2015. No, únicamente se podrá declarar la nulidad de los actos que no hayan sido recurridos en plazo, siempre que nos encontremos en alguno de los supuestos del artículo 47.1 de la Ley 39/2015. Sí, siempre que nos encontremos en alguno de los supuestos del artículo 47.1 de la Ley 39/2015.

Respecto a los informes en los procedimientos administrativos, los mismos serán: Facultativos y no vinculantes, salvo disposición expresa en contrario. Facultativos y vinculantes, salvo disposición expresa en contrario. Preceptivos y no vinculantes, salvo disposición expresa en contrario.

Conforme al artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumen válidos y, salvo que en ellos no se dispone otra cosa: Producirán efectos desde la fecha en se dicten. Producirán efectos a los veinte días de su publicación en Diario oficial que corresponda. Producirán efectos a los diez días de notificación.

Según lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites que no sean indispensables para dictar resolución, tendrá como efecto: La prescripción de las acciones del particular. La caducidad del procedimiento. La pérdida del derecho al trámite del que se trate.

En el artículo 24 de la LPAC se recoge que un acto administrativo que se produce mediante silencio, se podrá hacer valer mediante certificación que expide la Administración de oficio en el plazo de: 15 días desde que expira el plazo para resolver. 10 días desde que expira el plazo para resolver. 10 días desde que tiene entrada en registro la solicitud del interesado.

Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Administración ¿Cómo se iniciarán?. De oficio. A instancia de los interesados. Ambas son correctas.

Los recursos de reposición y alzada, ¿podrán eliminarse o sustituirse?. No, en ningún caso. Únicamente podrá sustituirse, no eliminarse, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje, ante órganos colegiados o Comisiones específicas no sometidas a instrucciones jerárquicas, con respeto a los principios, garantías y plazos que la presente Ley reconoce a las personas y a los interesados en todo procedimiento administrativo. Solamente el recurso de alzada podrá sustituirse, no eliminarse, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje, ante órganos colegiados o Comisiones específicas no sometidas a instrucciones jerárquicas, con respeto a los principios, garantías y plazos que la presente Ley reconoce a las personas y a los interesados en todo procedimiento administrativo.

El procedimiento, sometido al principio de celeridad, se impulsará: De oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. A instancia de parte en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. Ambas son correctas.

Según la Ley de Procedimiento administrativo común vigente, tiene, a todos los efectos, la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento: El silencio estimatorio. El silencio estimatorio. Ambos silencios.

Iniciado a solicitud del interesado un procedimiento de declaración de nulidad de un acto administrativo que haya puesto fin a la vía administrativa o que no haya sido recurrido en plazo, y que no hubiera sido resuelto en el plazo de seis meses, conllevará: Que el interesado deberá entender su solicitud desestimada por silencio administrativo negativo. Que el interesado deberá entender su solicitud estimada por silencio administrativo positivo. Que el procedimiento quedará caduco.

Cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros o a la que se establezca en la correspondiente legislación autonómica, así como en aquellos casos que disponga la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado, será preceptivo solicitar dictamen: Del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. Del Defensor del Pueblo. Del Consejo de Ministros o, en su caso, del Consejo de Gobierno autonómico.

¿Cabrá interponer una sanción cuando no se haya tramitado en su integridad el procedimiento administrativo sancionador?. Sí, cuando lo justifiquen razones de interés público. Sí, cuando lo justifiquen razones de urgente necesidad. No, en ningún caso.

Las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos en los siguientes supuestos: Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento. Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante. Ambas son correctas.

Toda notificación administrativa, según la Ley de procedimiento administrativo deberá (señala la incorrecta): Contener el texto íntegro de la resolución e indicar si pone fin o no a la vía administrativa. Expresar los recursos que procedan, únicamente en vía administrativa. Indicar el órgano ante el que hubieran de presentarse los recursos que procedan y el plazo para interponerlos.

Respecto de las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, el artículo 74 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común determina que: No suspenderán su tramitación cualquiera que sea la cuestión que se suscite. Suspenderán su tramitación si la cuestión incidental planteada es la recusación. Suspenderán su tramitación si éstas se refieren a la nulidad de las actuaciones.

En relación con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala la respuesta correcta: La caducidad no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados interrumpirán el plazo de prescripción. Contra la resolución que declare la caducidad, procederán los recursos pertinentes. Podrá acordarse la caducidad por la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, siempre que no sean indispensables para resolución.

Contra los actos firmes en vía administrativa: No cabe ningún recurso, al haberse agotado la vía administrativa. Sólo procederá el recurso extraordinario de revisión y potestativo de reposición, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1. Sólo procederá el recurso extraordinario de revisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1.

Cuando en el marco de la tramitación de un recurso administrativo hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesados para que formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes en un plazo no superior a: 5 días. 10 días. 15 días.

Según la ley 39/2015 de 1 de octubre, una vez vencido el plazo para dictar y notificar la resolución, en procedimientos iniciados de oficio en los que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen: Se producirá la caducidad. Los interesados contra los que se hubiera dirigido, podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. Los interesados que hubieran comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, no están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas en un procedimiento administrativo: Las personas jurídicas. Las personas físicas. Los notarios.

Los actos administrativos de los miembros y órganos del Gobierno, ¿ponen siempre fin a la vía administrativa?. Sí, en todo caso. Sí, salvo que una Ley establezca lo contrario. No, no ponen nunca fin a la vía administrativa.

¿Qué órgano es el encargado de la revisión de oficio de las disposiciones y actos nulos y anulables del Consejo de Ministros?. El Congreso de los Diputados. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

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