Test 1 Ley 50/1997 Gobierno - Titulo 2
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Para ser miembro del Gobierno se requiere (señala la incorrecta): ser español. mayor de edad. disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo. estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme. El nombramiento y cese del Presidente del Gobierno se producirá en los términos previstos en: en la presente ley. en la Constitución. reglamentariamente. todas son correctas. Los Vicepresidentes y Ministros serán nombrados y separados: por el Presidente del Gobierno, a propuesta del Rey. por el Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno. por el Rey, a propuesta del Consejo de Ministros. por el Presidente del Gobierno a propuesta del Consejo de Ministros. La separación de los Vicepresidentes del Gobierno: en ningún caso llevará aparejada la extinción de dichos órganos. en cualquier caso llevará aparejada la extinción de dichos órganos. llevará aparejada la extinción de dichos órganos cuando simultáneamente se designe otro vicepresidente en sustitución del separado. llevará aparejada la extinción de dichos órganos, salvo el caso en que simultáneamente se designe otro vicepresidente en sustitución del separado. Se regulará el estatuto que fuera aplicable a los Presidentes del Gobierno tras su cese: por Real Decreto. reglamentariamente. mediante ley. ninguna es correcta. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, las funciones del Presidente del Gobierno serán asumidas por los Vicepresidentes, de acuerdo con: el correspondiente orden de prelación. el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Secretarios, según el orden de precedencia de los Departamentos. el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Subsecretarios, según el orden de precedencia de los Departamentos. el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Ministros, según el orden de precedencia de los Departamentos. La suplencia de los Ministros, para el despacho ordinario de los asuntos de su competencia, será determinada por: Real Decreto del Consejo de Ministros, pudiendo recaer en un miembro ajeno al Gobierno. Real Decreto del Presidente del Gobierno, debiendo recaer en otro miembro del Gobierno. Real Decreto del Consejo de Ministros, debiendo recaer en otro miembro del Gobierno. Real Decreto del Presidente del Gobierno, pudiendo recaer en un miembro ajeno al Gobierno. La interrupción transitoria de la asistencia a la reunión de un órgano colegiado: se entenderá como ausencia. Las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación no podrán ser ejercidas por ninguna otra persona. se entenderá como ausencia. Las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente. no se entenderá como ausencia. Las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación no podrán ser ejercidas por ninguna otra persona. no se entenderá como ausencia. Las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer: otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario. cualquier otra función pública que no derive de su cargo. actividad profesional o mercantil alguna. todas son correctas. Los Secretarios de Estado son nombrados y separados por: Real Decreto del Consejo de Ministros, aprobado a propuesta del Presidente del Gobierno. Real Decreto del Presidente del Gobierno, aprobado a propuesta del Consejo de Ministros. Real Decreto del Consejo de Ministros, aprobado a propuesta del Presidente del Gobierno o del miembro del Gobierno a cuyo Departamento pertenezcan. Real Decreto del Presidente del Gobierno, aprobado a propuesta del Consejo de Ministros o del miembro del Gobierno a cuyo Departamento pertenezcan. La suplencia de los Secretarios de Estado del mismo Departamento se determinará según el orden de precedencia que se derive de: su reglamento interno. el Real Decreto de estructura orgánica del Ministerio. las actas fundacionales. los acuerdos de Estado. Los Secretarios de Estado dependientes directamente de la Presidencia del Gobierno: no podrán ser suplidos. serán suplidos por el Ministro correspondiente. serán suplidos por los Directores de los Gabinetes de Presidencia. serán suplidos por quien designe el Presidente. El régimen de incompatibilidades previsto para los altos cargos de la Administración General del Estado: únicamente será de aplicación a los miembros del Gobierno. únicamente será de aplicación a los Secretarios de Estado. será de aplicación a los miembros del Gobierno y a los Secretarios de Estado. no será de aplicación a los miembros del Gobierno ni a los Secretarios de Estado. Serán nombrados por Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros (señala la incorrecta): los Directores de los Gabinetes del Presidente. los Directores de los Gabinetes de los Vicepresidentes. los Directores de Gabinete de los Secretarios de Estado. los Directores de los Ministros. Los funcionarios que se incorporen a los Gabinetes del Presidente, de los Vicepresidentes y de los Ministros y de los Secretarios de Estado pasarán a la situación de: servicios en otra Administración, aunque opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen. servicios especiales, aunque opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen. servicios en otra Administración, salvo que opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen. servicios especiales, salvo que opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen. El personal no funcionario que se incorpore a los Gabinetes del Presidente, de los Vicepresidentes y de los Ministros y de los Secretarios de Estado: no tendrá derecho a la reserva del puesto y antigüedad. tendrá derecho a la reserva del puesto y antigüedad, conforme a lo dispuesto en la presente ley. tendrá derecho a la reserva del puesto y antigüedad, conforme a lo dispuesto en su legislación específica. ninguna es correcta. |




