1 parcial 1 daño
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Título del Test:
![]() 1 parcial 1 daño Descripción: 1 parcial 1 daño |



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La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. El principal responde por el dependiente por el factor de atribución objetivo (garantía). V. F. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la causa ajena. V. F. El daño se da cuando se lesiona un derecho o un interés. V. F. Cuando se trata de una obligación de medios el factor de atribución aplicable es el subjetivo. V. F. Los factores objetivos de atribución basan su análisis en la culpa y el dolo. V. F. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indeminizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. V. F. Aun en el caso de cosa riesgosa el agente si prueba que el daño se causó en contra de su voluntad por el uso de la cosa se libera de responsabilidad. V. F. La prelación normativa significa la regulación de las situaciones y que normas se aplican y en que orden. V. F. El Código, el tema de la responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. V. F. Son consecuencias mediatas: Las que se dan según el curso natural y ordinario. Las que resultan de la conexión con un acontecimiento distinto. La crecida de un río constituye caso fortuito: siempre. si es anormal. si es imprevisible. El supuesto de caso fortuito no libera. en caso de culpa. en ausencia de culpa. en caso de mora. en supuestos de contingencia propias de la actividad. la guerra es un supuesto de fuerza mayor. cuando es sobreviniente al incumplimiento. cuando es anterior el incumplimiento. El hecho del tercero exime de responsabilidad. si es imprevisible e inevitable. siempre. En la legitima defensa los daños: quedan cubiertos respecto del agresor. quedan cubierto frente a terceros. no quedan cubiertos frente a terceros. Aunque ocurra el caso fortuito o fuerza mayor, el deudor es responsable: si ha asumido el cumplimiento, aunque ocurra un caso fortuito o una imposibilidad. si el caso fortuito sobreviene sin su culpa. si está en mora. Interrumpe el nexo de causalidad. la imposibilidad de cumplimiento absoluta, objetiva y no imputable. la imposibilidad de cumplimiento imputable. la imposibilidad de cumplimiento subjetiva. la imposibilidad de cumplimiento objetiva y absoluta. La negligencia se configura por. conducta positiva, precipitada o irreflexiva. no prever lo que era previsible o, habiéndolo hecho, no adoptar la diligencia. incapacidad técnica. El dolo es. es la intención de dañar. un engaño que se emplea para la celebración del acto jurídico. es la manifiesta indiferencia por los intereses ajenos. |





