1 parial daños 4
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Título del Test:
![]() 1 parial daños 4 Descripción: 1 parial daños 4 |



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La prelación normativa significa la regulación de las situaciones y que normas se aplican y en que orden. V. F. Un tercero puede arbitrar medidas para evitar o disminuir el daño y luego si los hizo cobrar gastos al culpable de la conducta. V. F. En la legislación actual el daño extra patrimonial y el daño moral son sinónimos. V. F. En el factor subjetivo es muy importante el riesgo creado con las cosas o por las cosas. V. F. El Código, el tema de la responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. V. F. Cuando se atribuye un factor objetivo en la comisión de un daño es muy importante la conducta de quien dañó. V. F. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. Aun en el caso de cosa riesgosa el agente si prueba que el daño se causó en contra de su voluntad por el uso de la cosa se libera de responsabilidad. V. F. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la causa ajena. V. F. Cuando estamos frente a un factor objetivo de atribución el agente productor del daño se exime de responsabilidad probando que el no tuvo culpa en la producción del hecho. V. F. La primera norma aplicable en una cuestión a considerar son las normas supletorias del Código Civil. V. F. Los factores objetivos de atribución basan su análisis en la culpa y el do. V. F. El daño se da cuando se lesiona un derecho o un interés. V. F. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. Para la ley es mas importante el factor subjetivo que el factor objetivo de atribución del daño ya que atañe al sujeto. V. F. Cuando se atribuye un factor objetivo en la comisión de un daño es muy importante la conducta de quien dañó. V. F. El estado de necesidad puede ser un justificativo del daño. V. F. Los factores objetivos de atribución basan su análisis en la culpa y el dolo. V. F. Cuando se trata de una obligación de medios el factor de atribución aplicable es el subjetivo. V. F. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indeminizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. V. F. Cuando estamos frente a un factor objetivo de atribución el agente productor del daño se exime de responsabilidad probando que el no tuvo culpa en la producción del hecho. V. F. Un tercero puede arbitrar medidas para evitar o disminuir el daño y luego si los hizo cobrar gastos al culpable de la conducta. V. F. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la causa ajena. V. F. El Código, el tema de la responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. V. F. Aun en el caso de cosa riesgosa el agente si prueba que el daño se causó en contra de su voluntad por el uso de la cosa se libera de responsabilidad. V. F. En el factor subjetivo es muy importante el riesgo creado con las cosas o por las cosas. V. F. La primera norma aplicable en una cuestión a considerar son las normas supletorias del Código Civil. V. F. Cuando estamos frente a un factor objetivo de atribución el agente productor del daño se exime de responsabilidad probando que el no tuvo culpa en la producción del hecho. V. F. En el deber de prevención del daño, NO se encuentra incluido el agravamiento del daño si esta ya se produjo. V. F. El consentimiento que dispone sobre los derechos personalísimos no es revocable. V. F. El consentimiento que dispone sobre los derechos personalísimos no es revocable. V. F. El principal responde por el dependiente por el factor de atribución objetivo (garantía). V. F. Cuando se trata de una obligación de medios el factor de atribución aplicable es el subjetivo. V. F. la guerra es un supuesto de fuerza mayor. cuando es anterior el incumplimiento. cuando es sobreviniente al incumplimiento. Cuando se atribuye un factor objetivo en la comisión de un daño es muy importante la conducta de quien dañó. V. F. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indeminizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. V. F. El principal responde por el dependiente por el factor de atribución objetivo (garantía). V. F. Para la ley es mas importante el factor subjetivo que el factor objetivo de atribución del daño ya que atañe al sujeto. V. F. Los factores objetivos de atribución basan su análisis en la culpa y el dolo. V. F. El consentimiento que dispone sobre los derechos personalísimos no es revocable. V. F. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indeminizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. V. F. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indeminizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. V. F. El principal responde por el dependiente por el factor de atribución objetivo (ga. V. F. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la. V. F. El Código, el tema de la responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. V. F. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. v. f. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. Al comunicarnos con los demás usamos el conocimiento del rol propio y del otro para anticipar y direccionar la conducta. V. F. La empatía entorpece la capacidad de predecir las conductas de otros en la comunicación. V. F. Las expectativas del rol están vinculadas a la comunicación no verbal. V. F. El esquema de la comunicación es útil para el reconocimiento de un propósito en la comunicación. V. F. Las competencias comunicativas no son relevantes para definir el éxito de la comunicación. V. F. La empatía es una habilidad innata que no necesita ser desarrollada. V. F. Las leyes son consideradas como textos legales. V. F. Para interpretar la comunicación es clave ver el marco sociotemporal de la situación enunciativa. V. F. Los roles y las normas de un grupo al que se pertenece pueden entrar en contradicciones. V. F. Las determinaciones psicológicas en el esquema reformulado de la comunicación se relaciona con las capacidades comunicativas. V. F. La comunicación no es un proceso de cambio. V. F. El discurso político es ajeno al argumentativo y no tiene similitudes. V. F. La recompensa y su monto aumentan la eficacia de un mensaje. V. F. El Poder Ejecutivo es un órgano unipersonal. V. F. Los géneros discursivos y los tipos textuales son sinónimos conceptuales. V. F. En la parte de la confirmatio el orador dispone el cuerpo argumentativo. V. F. Los géneros discursivos son guías para la interpretación de los social y para la interacción. V. F. El contenido es lo único que define a un género discursivo. V. F. La elocuencia esta ligada a la creación de una imagen creíble del orador. V. F. |





