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Título del Test:![]() 10-----14 Descripción: enferneria |




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Uno de los siguientes derechos no está garantizado por el art.18 de nuestra Constitución: El Derecho a la imagen pública. El Derecho a la intimidad familiar. El Derecho a la intimidad personal. El Derecho al honor. El domicilio, como sabemos, es inviolable. No obstante, se podrá entrar y registrar el de cualquier particular en todos los casos siguientes, menos en uno: Con consentimiento del titular. Por resolución judicial. Por resolución policial. En caso de flagrante delito. El secreto de las comunicaciones: Se encuentra protegido por el art.18.2 de nuestra Constitución. Afecta exclusivamente a las postales, telegráficas y telefónicas. No cubre las efectuadas a través del espacio radioeléctrico mediante telefonía móvil. Sólo puede ser vulnerado mediante resolución judicial. El art.18.4 de nuestra Constitución, de cara a garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos, y el pleno ejercicio de sus derechos, limita: El uso de la publicidad. El uso de la libertad de expresión. El uso de la libertad de prensa. El uso de la informática. Una de las siguientes afirmaciones no es exacta: Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia. Los españoles podrán ver limitado su derecho a circular por el territorio español por motivos políticos. Los españoles tienen derecho a entrar libremente a España en los términos que la ley establezca. Los españoles tienen derecho a salir libremente de España en los términos que la Ley establezca. Uno de los siguientes derechos no se encuentra regulado en el art. 20 de la Constitución española: El derecho a la libertad de cátedra. El derecho de las personas físicas y jurídicas a crear centros docentes. El derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos. El derecho a recibir libremente información veraz. El ejercicio, por ejemplo, del derecho a expresar opiniones por escrito: No puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. Puede restringirse mediante censura previa por parte de los organismos oficiales en los casos en los que esté en peligro la seguridad nacional. Puede restringirse mediante censura previa cuando los destinatarios del la opinión sean menores de edad. Sólo puede restringirse mediante censura previa cuando la opinión sea vertida a través de los medios de comunicación del Estado. La Ley garantizará el acceso a los medios de comunicación social del Estado: De todos los grupos sociales y políticos. Sólo de los grupos sociales y políticos significativos. Respetando el pluralismo de la sociedad, dando cabida a los grupos sociales y políticos más representativos. Debiendo utilizarse en todo caso la lengua oficial del Estado. Uno de los siguientes no es derecho ni colectivo cuyo respeto suponga límite al ejercicio de los derechos reconocidos por el art.20 de la Constitución: La protección de la juventud. El Derecho a la intimidad. La protección de la infancia. El derecho al secreto profesional. El secuestro de grabaciones, publicaciones y otros medios de información: No podrá acordarse nunca. Sólo podrá acordarse en virtud de resolución judicial. Podrá acordarse en virtud de resolución administrativa. Podrá acordarse en virtud de resolución administrativa para salvaguardar el honor o la imagen del Jefe del Estado. El derecho de reunión, reconocido constitucionalmente: Precisará para su ejercicio autorización previa. Sólo precisará autorización previa cuando la reunión a celebrar se vaya a verificar con armas. No precisará autorización previa cuando la reunión sea pacífica y sin armas. Sólo precisará autorización previa cuando se prevea que la reunión no va a discurrir por cauces pacíficos. El derecho de reunión reconocido constitucionalmente, en lugares de tránsito público y manifestaciones: No precisará tampoco ni autorización previa ni comunicación de la misma índole a la autoridad. Podrá ser prohibido cuando existan razones fundadas de alteración del orden público. No podrá ser prohibido ni aún en ese caso, debiendo, eso sí, ser dotado el acto de un intenso servicio de seguridad. Sólo podrá ser prohibido si su celebración implica un peligro para las personas. Son legales las asociaciones: Que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito. Secretas. De carácter paramilitar. Que persigan el conocimiento de las ciencias ocultas. Una de las siguientes afirmaciones relacionada con las asociaciones, es falsa: Deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de fiscalización y control por los organismos públicos. No podrán ser disueltas sino en virtud de resolución judicial motivada. Tampoco podrán ser suspendidas sus actividades sino por idéntico procedimiento al indicado en la opción anterior. Deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos: Sólo de forma directa. Por medio de representantes. Cuando lo haga a través de representantes, estos deberán haber sido elegidos directamente por los afectados, facilitándoseles poder notarial de representación. Todas las respuestas anteriores son falsas. Los ciudadanos, así mismo, y según establece el art.24 de nuestra Constitución: Tienen derecho a acceder a los altos cargos de la Administración del Estado. Tienen derecho a ostentar determinados cargos públicos y funciones. Tienen derecho a acceder a los puestos y a desempeñar las funciones indicados en la opción b), en condiciones de igualdad. Todas las respuestas anteriores son erróneas, en tanto en cuanto el derecho a que se refieren las anteriores opciones no se encuentra regulado en el art.24 de la Constitución. Una de las siguientes afirmaciones no es correcta: Toda persona tiene derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales. Tal tutela se recabará en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. En ningún caso puede producirse indefensión como consecuencia de la actuación de Juzgados y Tribunales a los que acudan los ciudadanos ejerciendo sus derechos o intereses legítimos. La indefensión exclusivamente podrá producirse en los casos previstos constitucionalmente. El ciudadano no tiene derecho: A un juez especial predeterminado por la Ley. A la defensa y asistencia de Abogado. A ser informado de la acusación formulada contra él. A un proceso público sin dilaciones indebidas. Tampoco tienen derecho los ciudadanos: A un proceso público con todas las garantías. A utilizar cualquier medio de prueba para su defensa. A no declarar contra sí mismo. A la presunción de inocencia. El principio de legalidad regulado en el art. 25.1 de nuestra Constitución implica que: Nadie podrá ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito según la legislación vigente en aquel momento. Podrá ser sancionada una persona por la comisión de una infracción administrativa, aún cuando no constituya conducta sancionable en el memento de producirse. Podrá se sancionada una persona por la comisión de una falta, aún cuando no constituya infracción penal en el momento de producirse, siempre que sí lo sea al dictarse sentencia. Todos los ciudadanos y los poderes públicos están sometidos al imperio de la Ley. Las penas privativas de libertad: Podrán estar orientadas hacia la reeducación. En algunos casos deberán dirigirse a la obtención de la reinserción social. No podrán consistir en trabajos forzados. Estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social, al contrario de lo que sucede con las medidas de seguridad. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo condena: No gozará de ninguno de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Gozará de cuantos derechos fundamentales reconoce la Constitución a excepción del que le permite fijar su residencia en cualquier parte del Estado, y entrar o salir del mismo libremente. Gozará de cuantos derechos fundamentales reconoce la Constitución, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley penitenciaria. La Ley penitenciaria no contiene limitación alguna al ejercicio de los derechos fundamentales por el condenado que cumple pena privativa de libertad. No tendrá derecho el condenado que estuviere cumpliendo pena privativa de libertad: A un trabajo remunerado. A los beneficios correspondientes de la Seguridad Social. Al acceso a la cultura. A un trabajo remunerado proporcionado por el Estado cuando sea puesto en libertad. La Administración: No podrá imponer sanciones pecuniarias. No podrá imponer sanciones privativas de documentos oficiales. No podrá poner sanciones que directamente impliquen privación de liberta. Podrá poner sanciones que, subsidiariamente, impliquen privación de liberta. Los Tribunales de Honor: Permanecen vigentes tras la aprobación de la Constitución española. Se prohíben por el art.25.4 de la Constitución española. Se prohíben en el ámbito de la Administración Militar. Se prohíben en el ámbito de las organizaciones profesionales. |