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LO 10/1995 - Código Penal

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Título del Test:
LO 10/1995 - Código Penal

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TEMA 10 (PE)

Fecha de Creación: 2026/06/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 35

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A efectos del vigente Código Penal, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier otro instrumento tecnológico de eficacia similar, se consideran: Llaves. Llaves falsas. Ambas respuestas son correctas.

El delito de robo y hurto de uso de vehículo requiere: Que el sujeto activo restituya el vehículo en el plazo de 72 horas. Que el sujeto activo restituya el vehículo en el plazo de 48 horas. Que el sujeto activo restituya el vehículo en el plazo de 24 horas.

Cuando el que sustrae un vehículo a motor o un ciclomotor no lo restituye dentro de las 48 horas siguientes: Será castigado como reo de hurto con fuerza en las cosas. Será castigado como reo de robo con fuerza en las cosas. Será castigado como reo de hurto o robo, según los casos.

Los que alteren términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier otra clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, si la utilidad reportada o pretendida excede de 400 euros o no sea estimable, están cometiendo: Un delito contra el patrimonio. Una falta contra el patrimonio. Una falta contra los intereses generales.

El Código Penal establece que para que exista delito de estafa: No será necesario que el sujeto activo logre su propósito. Lo estafado ha de ser cosa de primera necesidad. Será necesario que el delincuente logre el propósito perseguido.

De conformidad con el vigente Código Penal, será un delito de apropiación indebida: El caso del sujeto al que le ingresan en su cuenta por error 600 euros y no los restituyera. El caso de la cajera que coge de la caja del supermercado 450 euros en metálico para quedárselos. Ambas respuestas son correctas.

El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, cuando se de alguna de las siguientes circunstancias: Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico. Cuando se trate de cosas que no sean de primera necesidad. Todas las anteriores son correctas.

El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de: Uno a dos años. Uno a tres años. Uno a cuatro años.

El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, con ánimo de apropiárselo, será castigado como reo de un delito de: Robo. Hurto. Ambas pueden ser correctas.

Los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, siempre que el valor de lo apropiado no exceda de 400 euros, serán castigados con la pena de multa de: Dos a seis meses. De uno a tres meses. Siete a ocho meses.

El que sin hallarse autorizado, distrajera las aguas de uso público o privativo de su curso, o de su embalse natural o artificial, si excede de 400 euros, será castigado con la pena de multa de: Tres a seis meses. Dos a seis meses. Uno a seis meses.

El que con ánimo de lucro obligare a otro con violencia o intimidación a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, será castigado con la pena de prisión de: De 3 a 5 meses. De uno a cinco años. De 3 a 7 meses.

Con respecto a la apropiación indebida, si recae sobre bienes de valor histórico, la pena de prisión es de : De 6 meses a 2 años. De 1 año a 2 años. De 1 año y 6 meses a 3 años.

En el hurto si no se excede de 400€ se impondrá la pena de multa: De 1 a 2 meses, salvo que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico. De 1 a 3 años, salvo que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico. De 1 a 3 meses, salvo que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico.

El tipo base, por el cual se pena el delito de estafa, si la cuantía excede de 400 euros, es: De 6 meses a 2 años. De 6 meses a 3 años. De 6 meses a 1 año.

El que, sin hallarse autorizado, distrajere las aguas de uso público o privativo de su curso, o de su embalse natural o artificial, si la utilidad reportada excediera de 400 euros, será castigada con la pena de multa de: De 3 a 5 meses. De 3 a 6 meses. De 3 a 7 meses.

El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de: De 3 a 4 meses. De 3 a 5 meses. De 3 a 6 meses.

El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, sin ánimo de apropiárselo, será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días o multa de dos a doce meses, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a: 24 horas. 48 horas. 72 horas.

Es cierto la frase: Se considera casa habitada todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar. Si, en el artículo 241 del CP. No. Si, en el artículo 241.2 del CP.

¿Se considera un mando a distancia, como una llave falsa para enjuiciar a una persona por robo?. No. Si, ya que lo recoge el CP, en su art. 239. Si, ya que lo recoge el CP, en su art. 240.

El tipo base del hurto se recoge en el art. del CP: 233 CP. 234 CP. 237 CP.

El tipo base del robo se recoge en el art. del CP: 233 CP. 234 CP. 237 CP.

Con respecto a la administración desleal, si la cuantía del prejuicio patrimonial no excediere de 400 €, se impondrá una pena de multa: De uno a dos meses. De uno a tres meses. De uno a cuatro meses.

El que cometa estafa si la cuantía de los defraudados no excediera de los 400 € se impondrá la pena de multa de: De uno a dos meses. De uno a tres meses. De uno a cuatro meses.

El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de: De 300 euros. De 400 euros. De 500 euros.

De conformidad con el vigente Código Penal, comete delito de hurto, según el artículo 234.1. El que, con ánimo de lucro, se apoderare de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran. El que sustraiga o utilice sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, cuyo valor exceda de 400 euros, sin ánimo de apropiárselo. El que, con ánimo de lucro, toma las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros.

De conformidad con el vigente Código Penal, son circunstancias que han de concurrir en un delito de robo con fuerza en las cosas: El rompimiento de pared, techo, suelo o fractura de puerta o ventana. La violencia sobre las personas físicas. El robo de más de 400 euros.

Según determina el artículo 236 del Código Penal, el que, siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero, siempre que el valor de aquélla excediere de 400 euros, será castigado con: Pena de multa de tres a doce meses. Pena de prisión. Pena de prisión y multa.

Según el vigente Código Penal, son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas: Empleando fuerza en las personas para acceder al lugar donde éstas se encuentran. Empleando violencia en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran. Ninguna opción es correcta.

El delito de robo se regula en los artículos: Artículos 234 al 236. Artículos 237 al 242. Artículos 235 al 245.

El delito de hurto se regula en los artículos: Artículos 234 al 236. Artículos 237 al 242. Artículos 235 al 245.

El delito de usurpación se regula en los artículos: Artículos 242 al 244. Artículos 240 al 245. Artículos 245 al 247.

El delito de robo y hurto de uso de vehículos se regula en el artículo: Artículos 242. Artículos 245. Artículos 244.

El delito de estafa se regula en los artículos: Artículos 242 al 244. Artículos 248 al 251. Artículos 245 al 250.

El delito de apropiación indebida se regula en los artículos: Artículos 242 al 244. Artículos 252 al 254. Artículos 245 al 250.

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